“El hombre es lobo para el hombre”, afirmaba Hobbes (autor del Leviatán) para destacar la importancia del Estado como organizador de la vida en sociedad, de la convivencia pacífica que atenúe o limite las acciones negativas y egoístas de los seres humanos y los lleve a colaborar y pensar en el bien común. Sin Estado, se impone la anarquía. Una de las principales funciones del Estado es la de proveer seguridad e impartir justicia. Así se evita que los hombres se hagan justicia por mano propia y que se imponga la ‘Ley del más fuerte’. Los espacios vacíos siempre se llenan, si el Estado no cumple con sus responsabilidades, los ciudadanos y las mafias adoptan otras modalidades de justicia, algunas de ellas violentas, como ‘juicios populares’, linchamientos y asesinatos.
Las rondas campesinas que surgieron en el Perú en la década de los 70 para combatir al abigeato y se propagaron por buena parte del país en los 80 para defenderse de la insania de Sendero Luminoso, fue una respuesta de las comunidades ante la ausencia e incapacidad del Estado para proveer seguridad. Hace 39 años consiguieron reconocimiento legal mediante la Ley 27908. En esa norma se les permite conciliar en conflictos y apoyar a la justicia.
Las rondas y comités de autodefensa, que fueron claves en la derrota de Sendero, han ido pasándose al ‘lado oscuro de la fuerza’: Se han politizado,han sido capturadas por movimientos anti sistema como Patria Roja, participando abiertamente en acciones anti-inversión, como en Cajamarca;algunas se han vinculado a mafias como las del narcotráfico y; otras, ante la ausencia y poca efectividad de la justicia formal, han incrementado sus capacidades para ‘impartir justicia’, al punto que hoy la policía ha dejado de entregar a los delincuentes que captura al Ministerio Público (fiscalía), como ordena el Código Penal, para dejarlos en custodia de los ronderos. (Ver en Lampadia: La injusticia informal (paralela) no es la solución).
Esta situación ha llevado a que los ronderos se excedan en sus funciones. Se los ha visto flagelando a parroquianos de prostíbulos y bares, golpeando a infieles, secuestrando a estudiantes y profesores por problemas de límites entre comunidades rivales, participando en acciones violentas en marchas, protestas y huelgas, además de mantener un control territorial sobre zonas comunales donde impiden el paso y el libre tránsito (ver en Lampadia: Territorios liberados amenazan libertad, democracia y prosperidad).
A pesar de estos excesos,las rondas han sido legitimadas porel Poder Judicial (PJ) en el 2009, cuando la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena (ONAJUP) adoptara un acuerdo de la Corte Suprema para reconocer la capacidad de las rondas campesinas para ‘impartir justicia’. Desde entonces, esta interpretación del artículo 149º de la Constitución, representa la posición formal del PJ con la que renuncia a sus obligaciones, dejándolas en manos de las rondas campesinas.
Cuando la Comisión de Justicia del Congreso, quiso limitar esta excesiva facultad, pues las rondas podrían detener, pero no juzgar, saltaron las ONG y otros socios de la creación de territorios libres. El Poder Judicial (que no deseaba que le enmendaran la plana) y los propios ronderos que hicieron huelgas, paros, marchas, tomas de carreteras y otras amenazas con la violencia. Los congresistas, como es su costumbre, retrocedieron y convalidaron las prerrogativas que detentan las rondas. De esta forma se volvió a legitimar una nueva instancia judicial paralela en el Perú.
Como la propia Constitución reconoce, al igual que distintos convenios internacionales, las comunidades campesinas y nativas (cualquiera sea su origen), tienen el derecho a impartir justicia dentro de sus áreas de influencia, de acuerdo a sus costumbres, tradiciones y usos. Es decir, una tercera instancia de administración (paralela) de justicia.
La preservación de las facultades de las rondas son una contradicción con los principios más elementales de lo que es administrar justicia. Esta requiere de diversas instituciones, del derecho a la defensa y de la doble instancia. Las rondas (armadas) ejercen las funciones de la policía (capturan), de los fiscales (acusan), de los jueces (condenan) y del sistema carcelario (castigan con reclusiones abusivas y con castigos físicos como azotes, apedreamientos y hasta linchamientos que ‘no pueden controlar’.
El país necesita “Gobernanza”como hemos propuesto varias veces en Lampadia, según la definición del Diccionario de la Real Academia: “Arte o manera de gobernar que se propone como objetivo el logro de un desarrollo económico, social e institucional duradero, promoviendo un sano equilibrio entre el Estado, la sociedad civil y el mercado de la economía”.
Sistemas de justicia paralelos, sin controles de la sociedad, sin límites a sus acciones y sin que se respeten los principios básicos de la administración de justicia en las sociedades civilizadas, son la negación de la propia justicia y uno de los caminos para que en el Perú se consoliden los ‘territorios libres’ controlados por actividades ilegales y anti nacionales como el terrorismo, el narcotráfico, la tala ilegal, la minería ilegal y las culebras armadas del contrabando puneño. (Ver en Lampadia: Visión de Futuro antes que un Acuerdo Nacional).
Así no se hace País. Ya es hora de que las decisiones de gobierno, en cualquiera de sus instancias, se basen en los objetivos de largo plazo de la República y, no en la politiquería cortoplacista y cobarde que solo busca el voto y el aplauso del populismo y los medios. Lampadia