Raúl Benavides Ganoza
El Comercio, 18 de octubre del 2026
“La propuesta del Ministerio de Energía y Minas (Minem) es un punto de partida, pero requiere correcciones fundamentales”.
El Ministerio de Energía y Minas ha presentado una propuesta de ley para la pequeña minería y minería artesanal que merece atención. Tras años de prórrogas, improvisaciones y fracasos en la formalización, es positivo que se busquen reglas claras y permanentes. Sin embargo, una buena intención no garantiza una buena ley.
La propuesta contiene avances importantes: plantea concluir el Reinfo en diciembre del 2026, simplificar los procedimientos, mejorar la trazabilidad del mineral y precisar las responsabilidades ambientales. También incorpora una casilla electrónica única para facilitar las notificaciones. Son medidas razonables que podrían hacer más accesible la formalidad.
No podemos exigirle a un minero artesanal los mismos trámites que a una gran empresa. La regulación debe ser proporcional a la dimensión y los riesgos de cada operación, sin sacrificar la seguridad de los trabajadores ni la protección ambiental. Pero los problemas aparecen al examinar cómo se pretende implementar estas medidas.
El primer riesgo es crear otro Reinfo con distinto nombre. Aunque se anuncia el cierre del registro actual, se propone un régimen transitorio hasta diciembre del 2028. ¿Será realmente el último plazo? Si no existen obligaciones verificables y sanciones efectivas, estaremos prolongando nuevamente la informalidad.
El segundo problema es institucional. Se propone crear el Formape, un nuevo organismo fiscalizador. ¿Necesitamos otra entidad pública o fortalecer las que ya existen? Antes de aumentar la burocracia, debemos definir responsabilidades, recursos y mecanismos de supervisión que realmente funcionen.
Un tercer aspecto es combatir el ingreso del oro ilegal al mercado formal. La trazabilidad es necesaria, pero el control fundamental debe realizarse en la primera compra. Allí debe comprobarse quién produjo el mineral, de dónde proviene, si cuenta con autorización y si los volúmenes declarados son creíbles. De poco sirve rastrear comercialmente un oro cuyo origen nunca fue verificado.
Igualmente importante es fiscalizar las plantas que procesan minerales de terceros. Controlar estas instalaciones, incluidas las operaciones de lixiviación y manejo de relaves, puede resultar mucho más efectivo que perseguir miles de explotaciones dispersas.
La nueva ley también debe garantizar el respeto a los derechos de los concesionarios. Formalizar no puede significar autorizar la invasión de concesiones ajenas ni responsabilizar a sus titulares por actividades clandestinas que no controlan.
Pero existe un asunto todavía más delicado: la responsabilidad penal. Estar inscrito en un proceso de formalización jamás debería otorgar protección frente a delitos ambientales, explotación de las personas, minería ilegal o lavado de activos. La formalización no puede convertirse en un escudo para la delincuencia por encima de la constitución y las leyes.
La pequeña minería puede generar empleo y desarrollo regional. Precisamente por eso necesita reglas sencillas, exigibles y permanentes, que protejan al productor honesto, a las comunidades y al medio ambiente.
La propuesta del Minem es un punto de partida, pero requiere correcciones fundamentales. Su éxito no debe medirse por el número de inscritos, sino por cuántos mineros trabajan efectivamente dentro de la legalidad.
La pregunta sigue siendo inevitable: ¿estamos construyendo una solución definitiva o preparando el próximo Reinfo?






