Por: Lampadia
El Presidente no puede ser acusado por delito alguno durante su periodo
Hay que analizar con detenimiento la transcripción de los audios para establecer si en la reunión del presidente con sus dos secretarias se trató solo de “coordinar” las versiones sobre las vistas de Richard Swing, o hubo un intento de cambiar u ocultar información, lo que podría constituir delito de obstrucción a la justicia, por ejemplo. Pero en ese caso, el artículo 117º de la Constitución establece que el Presidente no puede ser acusado durante su periodo por delito alguno, aunque sí puede ser investigado. Entonces lo lógica sería derivar este tema al Ministerio Público para que investigue.
Pero sí puede ser vacado por faltas éticas
El problema es que, por otra parte, el artículo 113º de la Carta Magna establece que el Presidente puede ser vacado por “permanente incapacidad moral”. Esa expresión viene de las primeras constituciones del siglo XIX, pero se refería a “Incapacidad mental”. Con la declaratoria de vacancia por esa causal de Fujimori, esa acepción cambió y pasó a referirse a incapacidad ética.
Contradicción Constitucional
Esa evolución semántica explica la contradicción de la Constitución: ésta, por un lado, protege al Presidente de las acusaciones por delitos, y sin embargo permite unas acusaciones mucho mas fáciles de hacer por faltas éticas que ni siquiera son delitos -como mentir por ejemplo-, y cuya determinación no está tipificada de modo que se establecen de manera subjetiva y sin debido proceso. Se trata de decisiones puramente políticas, que sin duda se prestan a la arbitrariedad de la mayoría. Por eso, esta institución debería desaparecer de la Constitución.
Por eso afirma que no ha mentido
Por eso el Presidente Vizcarra ha asegurado que él no ha mentido, pues -explicó- él nunca afirmó que no conocía a Richard Swing, sino que no intervino en el procedimiento administrativo de su contratación. Si se llegara a aprobar el proceso de vacancia, el Congreso tendría que probar que mintió en ese tema y que sí intervino en la contratación del cantante. Por lo menos ese nivel de debido proceso debe exigirse.
¿Mentira permanente?
Pero aun si se demostrara que mintió en eso: ¿se trata de una mentira muy grave, que compromete la gestión del Estado o las políticas públicas de alguna manera? Y esa mentira, ¿forma parte de un cuadro permanente de mentiras que afectan la institucionalidad presidencial de modo de configurar “permanente incapacidad moral”? Salvo que se considere que hubo mentira cuando acusó al congreso anterior de generar una crisis política para luego tener el pretexto para disolverlo. Pero, repetimos, todo esto es demasiado subjetivo. No se puede proceder así.