Solo modificaron artículos de Leyes que se usaban para cometer abusos judiciales
Jaime de Althaus
Para Lampadia
Uno de los mitos más falaces de los últimos años ha sido el de las “leyes procrimen” aprobadas por este congreso. Esas leyes modificaban extremos que permitían abusos inaceptables en la justicia penal.

Comencemos con la colaboración eficaz
Edwin Oviedo refiere en su libro cómo “la fiscal Sandra Castro me había pedido que conversara a solas y me propuso ser colaborador a cambio de involucrar a congresistas jueces y fiscales supremos y políticos.
El 10 de diciembre me hizo la misma propuesta…”.
Esa institución se convirtió en un instrumento de extorsión de los fiscales a los investigados para que denunciaran a terceros, en ocasiones al servicio de la justicia politizada. Se usaba las declaraciones de aspirantes para dictar prisiones preventivas contra terceros y luego se abandonaba al aspirante meses y años sin llegar a un acuerdo de colaboración.
Por eso la supuesta “ley procrimen” corrigió los siguientes defectos:
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- que el fiscal se podía reunir con el detenido sin abogado que garantice que el ingreso al proceso de colaboración eficaz sea voluntario y no por coacción;
- se obliga a que declaraciones del aspirante a colaborador sean grabadas para que el fiscal no pueda manipular al aspirante;
- se prohíbe la corroboración entre testigos colaboradores porque son delincuentes que testifican contra otros a cambio de obtener beneficios premiales.
La ley que modificó el tipo penal de organización criminal
Esta ley también era necesaria porque se cometía el abuso de calificar como organización criminal cualquier pluralidad de intervinientes, e incluso a los partidos políticos.
El caso emblemático fue el de convertir al expresidente Kuczynski, su secretaria y su chofer en organización criminal. Todo esto se ha prestado a la persecución política, inaceptable en una democracia.
Y es mentira que quedan fuera de ese tipo penal las extorsiones y el sicariato, por ejemplo.
Tampoco quedan fuera de la extinción de dominio
Otra mentira. Con la extinción de dominio se cometían muchos abusos a personas denunciadas por corrupción, por ejemplo, a las que se les despojaba de sus propiedades sin haber sido sentenciadas.
La ley aprobada establece entonces que se requiere una sentencia firme previa para aplicar la extinción de dominio -que es lo lógico en un estado de derecho-, salvo para ciertos delitos graves con elementos probatorios como tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, trata de personas, minería ilegal, estafa, etc.
Allí sí, en ese tipo de delitos, se aplica la extinción de dominio antes de la sentencia. Entonces no hay nada “procrimen”. Pero si contra el abuso.
Incluso en el caso de la llamada “Ley Soto”
Se corrigió un exceso abusivo del sistema judicial, que suspendía sine die el plazo de prescripción, anulando un derecho humano.
Simplemente se ratifica el plazo de prescripción establecido en el código penal que equivale al máximo de la pena establecida más una mitad, a lo que incluso se le agrega un año.
De esa manera se corta el abuso de extender indefinidamente ese plazo eternizando la persecución penal.
Otra mentira es que la ley 32130 impide el allanamiento hasta que llegue el abogado del allanado
Esto es falso. Lo que esa ley establece es que el fiscal ejecuta el allanamiento acompañado de un defensor público y se realiza esté o no esté el allanado, quien, como siempre, tiene derecho a llamar a su abogado, pero mientras tanto la diligencia de allanamiento continúa.
Todas son mentiras.
Mas bien el Congreso sí ha aprobado leyes anticrimen como la que le devuelve la investigación preliminar a la policía, la que modifica el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, la que regula los alcances de la legitima defensa y la que garantiza el principio de presunción de inocencia y brinda mayor protección al personal policial, con el voto en contra de la izquierda, por supuesto.
También la que crea el Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato y la relativa a la comercialización de chips telefónicos y la que fortalece la geolocalización y rastreo de comunicaciones.
No nos dejemos engañar.
Lampadia






