Natale Amprimo
El Comercio, 1 de abril del 2026
“La realidad es que la sola decisión de su implementación generaría una fuerte presión internacional”.
Uno de los temas que diversos candidatos abordaron durante los primeros debates presidenciales realizados fue invocar la supuestamente necesaria salida del sistema interamericano de derechos humanos, y específicamente de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como requisito sine qua non para poder combatir eficazmente la delincuencia e inseguridad que penosamente campea en nuestro país.
Más allá de lo que cada quien piense sobre el tema –en lo particular, no me encuentro entre aquellos que fomentan la medida que se propone–, quisiera hacer notar el camino que habría que seguirse si se quisiera implementar dicha decisión. Ello en razón de que, pese a que muchos de quienes aspiran a gobernarnos tienen entre sus filas a candidatos al Congreso con desempeños anteriores en el Poder Judicial e, incluso, con antecedentes ministeriales, los he escuchado bramar indicando que desde el próximo 28 de julio, en caso fueran elegidos, se haría efectivo el retiro del Perú de dicho sistema e instancia jurisdiccional, a efectos de posibilitar, ¡desde el primer día!, la aplicación de la pena de muerte y, como lo dijo alguno de los candidatos, poder juzgar a los delincuentes sin debido proceso ni derecho a la defensa y, además, con jueces sin rostro.
Dado lo estrambótico de las propuestas, no entraré a analizar y refutar cada uno de tales planteamientos que presumo que de escucharlo algún extranjero, pensaría que se ha transportado al siglo XIII.
En ese sentido, lo que busca el presente artículo es alertar sobre el planteamiento absolutamente demagógico que se formula y que, en el afán por la búsqueda de votos, o quizás solo algo de atención, se exponen planeamientos que nos muestran como si fuéramos un pueblo integrado por semisalvajes, sin un mínimo de racionalidad.
Parto por indicar que para salirse del sistema se requiere, primero, una decisión política del Poder Ejecutivo que también requiere ser aprobada por el Congreso.
Por otro lado, la notificación internacional de denuncia del tratado debe esperar, desde que se formula, un año para que sea efectiva, plazo dentro del cual el Perú seguiría obligado a la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Además, para aprobar la pena de muerte habría que seguir el camino de una reforma constitucional, con votaciones en cada cámara, en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación superior a los dos tercios del número legal de miembros de cada cámara, no siendo posible reducir el número de votos necesarios para su aprobación por las cámaras ni acelerar los plazos por la vía de la convocatoria a un referéndum.
En ese sentido, en el improbable caso de que se lograse tal aprobación –lo que desde mi punto de vista sería como pasar un camello por el ojo de una aguja y, además, su ejecución efectiva demoraría no menos de dos años–, esas declaraciones de supuesta ejecución inmediata, como consecuencia de la sola voluntad de quien ejerza la presidencia de la República, son una engañifa.
Sin perjuicio de lo indicado, parece que no se evalúan las posibles consecuencias que implicarían llevar a la realidad los planteamientos bajo comentario. El retiro no es un simple trámite jurídico. La realidad es que la sola decisión de su implementación generaría una fuerte presión internacional, que incluso podría afectar otros tratados, además de diversas inversiones.
El Perú requiere seriedad de quienes aspiran a gobernarlo.






