Por: Pierino Stucchi, Experto en regulación
Gestión, 22 de mayo de 2020
Diferentes proyectos de ley plantean regular los precios de las medicinas. En síntesis, estos proyectos proponen, cada uno a su estilo, que la Digemid pueda fijar precios máximos de venta al consumidor y que el Indecopi supervise su cumplimiento.
Bajo exigencias de calidad regulatoria, estas propuestas legislativas debieran acreditar que a regulación de precios-bajo determinada situación y en determinado sector es necesaria por tratarse de la opción más viable y coherente con el ordenamiento constitucional. Sin embargo, como veremos, no lo logran siguiendo la metodología aplicable:
Identificación del problema y sus causas
No existe evidencia de que incrementos de precios recientes sean causados por prácticas abusivas sobre el consumidor, sino más bien por:
-Incremento de costos de los insumos, de los productos y de la cadena logística. Al aumentar la demanda a nivel mundial, los proveedores de productos farmacéuticos también podrían sufrir incrementos en el costo, elevándose con ello-también-los costos a nivel mayorista y, finalmente, a nivel de boticas y farmacias.
-Incremento de la demanda local de los consumidores. En el corto plazo, sus necesidades pueden quedar insatisfechas, provocando escasez relativa. Esto genera presión para el incremento de precios , los cuales pueden servir para racionalizar los productos escasos, hasta que la oferta de las medicinas se amplíe.
-Consumidores que no encuentran todas sus medicinas en los establecimientos del sistema público de salud (Estado). Ello aumenta la demanda sobre el stock de los productos en las boticas y farmacias privadas y, en consecuencia, su precio.
Los proyectos de ley no presentan un sustento adecuado para acreditar el problema que pretenden solucionar ni sus causas. Si no se entiende el problema, no se puede diseñar soluciones adecuadas.
Utilidad de la medida
¿Una regulación de precios máximos sirve para garantizar el acceso a los medicamentos, por la mayoría de la población? No.
El razonamiento detrás de los proyectos de ley es que, con menores precios, más personas consumirán medicinas que hoy no puede adquirir. Sin embargo, la regulación de precios afecta a aquellos a quienes se pretende proteger, al generar:
-Desincentivos. Si se fijan precios muy bajas, se podría desincentivar la producción, importación o comercialización de los medicamentos, manteniendo escasez o agravándola. Un precio máximo que sea menor al que libremente tendría en la venta al consumidor final, reduce los precios que las empresas pueden pagar a sus proveedores y reduce los incentivos de todos los actores en la cadena para proveer los productos regulados.
-Dificultades. ¿Cómo determinar el precio “adecuado”? Se necesita coordinación constante y cuantiosa información. Tendría que regularse cada una de las presentaciones de cada medicamento y los precios de cada un de los niveles comerciales relevantes (productor, importador, mayorista). ¿Las autoridades pueden administrar adecuadamente la pandemia? ¿Podrán administrar todo lo que implica un control de precios?
-Incomprensión de la realidad. Un precio regulado no reflejará las circunstancias de riesgos, escasez, costos y otros, propias de una crisis sanitaria y económica, ni los efectos de las restricciones a las libertados impuestas por el Gobierno.
-Marasmo. Un precio regulado no incentivará a los agentes económicos actuales o nuevos a invertir, producir, importar o comercializar mayor cantidad de los medicamentos críticos.
En los proyectos de ley no se presenta un adecuado análisis costo-beneficio, ni estimaciones de los costos o distorsiones indicados.
Alternativas
Si existiera precios altos en medicamentos, las ganancias que ello generaría deberían incentivar la entrada de nuevos competidores o el incremento de la oferta de los competidores existentes. Sin embargo, si lo que falta es competencia, en vez de regular precios, se debería promoverla. La competencia es como un remedio natural.
En un escenario de urgencia, deberían considerarse las siguientes alternativas inmediatas para promover o desregular lo correspondiente:
-Permitir la importación de medicinas a toda empresa que pueda asegurar un debido control de calidad, no solo a establecimientos farmacéuticos.
-Permitir que los productos de venta sin receta médica se expendan también en establecimientos no farmacéuticos, generando acceso y ahorro al consumidor, como se ha evidenciado en Chile. Esto abre el mercado inmediatamente.
-Promover la venta online a través de plataformas digitales, que permitan verificar recetas. Pensemos, por ejemplo, en un «Amazon» o «Linio» de medicamentos.
-Dotar de recursos suficientes a Digemid para que implemente procedimientos céleres, enfocados en garantizar el bastecimiento en alta demanda.
-Superar la falta de abastecimiento de productos farmacéuticos en las entidades del Estado, con eficiencia, vía compras conjuntas. No es necesario regular el precio de las medicinas. El Indecopi no debiera invocar facultades para controlar o regular precios”. Se necesita su oposición férrea y pública ante propuestas para regular precios, al ser innecesario y nocivo.