Jaime de Althaus
El Comercio, 30 de agosto del 2025
“Esperemos que el Congreso apruebe esta reforma constitucional en primera votación en esta legislatura y en segunda votación en la siguiente”.
Si el Tribunal Constitucional, en atención al artículo 2 de la Constitución, que establece que “nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible […]”, archiva o exige al juez atenerse a ese principio en el Caso Cócteles, ayudará a cerrar por fin la etapa oprobiosa de la politización de la justicia en nuestro país. También colaboraría con ese fin la reciente sentencia que precisa hasta dónde pueden llegar las investigaciones al presidente de la República.
Quizá se avecine una era de mejora del sistema de justicia. Pues sorprendentemente la comisión especial del Congreso encargada de presentar una propuesta de reforma judicial, presidida por Maricarmen Alva, ha formulado un borrador de reforma constitucional bastante bueno. Para comenzar, crea en la Constitución el “sistema de administración de justicia”, para asegurar el funcionamiento integral, coordinado e interoperable de todas las instituciones integrantes del sistema (Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Ministerio Público, Escuela Nacional de Justicia, autoridades de control, etc.), que ahora actúan cada una por su cuenta sin proyecto común.
La Escuela Nacional de Justicia reemplazaría a la Junta Nacional de Justicia en el nombramiento, evaluación y promoción de jueces y fiscales, que solo pueden acceder a la carrera respectiva luego de haber aprobado con méritos un programa académico de alto nivel de dos años y de haber hecho una pasantía supervisada de un año luego de ello.
Se elimina la ratificación cada siete años y la evaluación cada tres años y medio, una espada de Damocles sobre los magistrados que condicionaba su independencia.
Se cambia la naturaleza de la Corte Suprema: ya no hará casación, sino que resolverá la materia de fondo en última instancia, pero solo para un número reducido de casos escogidos por su relevancia, a fin de establecer jurisprudencia uniformizadora. Esta reforma es fundamental para darle predictibilidad a la justicia, lo que a su vez sirve para reducir la corrupción de la compra de sentencias. Pero supondría mejorar la calidad de las cortes superiores, lo que requeriría una secuencialidad.
El cargo de presidente de la Corte Suprema no será de dos años, sino de tres y reelegible por otros dos años. Lo mismo respecto del fiscal de la Nación. Esto es importante para asegurar mayor continuidad en las políticas institucionales.
Las autoridades nacionales de control del Poder Judicial y del Ministerio Público adquieren rango constitucional y autonomía administrativa y presupuestal para asegurar su independencia respecto de los fiscalizados.
El Tribunal Constitucional se compondría de nueve magistrados elegidos por ocho años, y ya no de siete por cinco años. En Estados Unidos los miembros de la Corte Suprema son vitalicios.
Estos y otros cambios propuestos son muy positivos. Algunos, sobre todo los relativos a la Corte Suprema, estuvieron contenidos en la propuesta del Ceriajus, que no se llegó a aplicar. Esperemos que el Congreso apruebe esta reforma constitucional en primera votación en esta legislatura y en segunda votación en la siguiente. Sería un aporte fundamental a la mejora de la justicia en el Perú.