Una reciente propuesta, desde la academia, para asignar impuestos a los gobiernos regionales, específicamente el impuesto a la renta de las personas naturales, llama la atención, no solo porque esta rompería con el principio de gradualidad del proceso, sino también porque constituye una medida que, en las condiciones actuales, es totalmente inviable. Nuestro país aún no está preparado para esto. Entre otras, por estas tres razones:
1. Una condición necesaria para asignar una coparticipación de impuestos en los gobiernos regionales, que es la segunda etapa de la descentralización fiscal, es la conformación y creación de regiones de mayor tamaño que los actuales departamentos (Ley de Descentralización Fiscal, DL 955). Sin una fusión de departamentos será imposible tener regiones fiscalmente viables. Esto es con un tamaño crítico y una carga poblacional que permita generar economías de escala no solo en la administración de sus contribuyentes, sino también en la provisión de servicios públicos. No podemos dar impuestos a los gobiernos regionales si antes no se han conformado las verdaderas regiones que el país necesita.
2. Establecer impuestos regionales que se constituyan en verdaderos instrumentos de correspondencia fiscal y accountability requiere de una base tributaria homogéneamente distribuida en el territorio, por lo menos eso es lo que enseña la experiencia internacional. Nuestro país es aún altamente concentrado: Lima representa casi la mitad del PBI y la segunda economía departamental, Arequipa pesa no más del 6% en la economía nacional. ¿Qué tan viable será una administración tributaria en Tumbes o Huancavelica, departamentos que no representan ni el 1% del PBI?
3. Los actuales gobiernos regionales que administran a los departamentos carecen de capacidades institucionales en general, más allá de honrosas excepciones. Es difícil imaginar a la administración regional del departamento de Madre de Dios o de Puno fiscalizando a sus contribuyentes en contextos territoriales altamente informales. La administración tributaria en países concentrados requiere de economías de escala y alta especialización. Cualquier duda al respecto la puede despejar la experiencia del Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile, país también concentrado territorialmente, que administra hasta el impuesto predial de manera centralizada, y vaya que su recaudación en este impuesto es cuatro veces mayor que la nuestra comparada respecto al PBI.
Más que descentralización tributaria necesitamos avanzar hacia un modelo de descentralización selectiva y dejar la responsabilidad de proveer servicios descentralizados a aquellas administraciones regionales que han demostrado capacidades y resultados tangibles, y revertir las competencias al nivel nacional de los gobiernos regionales fallidos.