EDITORIAL DE LAMPADIA
Mientras el Ejecutivo se recompone luego del golpe mortal al gabinete Cateriano, el Congreso no para. Agendó para el día de hoy el debate de las mociones de interpelación al Ministro de Educación, Martín Benavides; y a la Ministra de Economía, María Antonieta Alva.
No solo eso: la comisión de Educación aprobó un dictamen que establece la rebaja de las pensiones en las instituciones educativas privadas de educación básica y superior. Es decir, establece un control de precios, que es inconstitucional, entre otras disposiciones ilegales. Y la Comisión de Defensa del Consumidor incurre en lo mismo cuando busca bajar las pensiones de los colegios privados cuando brinden clases virtuales durante un periodo de emergencia, y cuando enumera arbitrariamente de los conceptos que no pueden ser incluidos en el cobro de pensiones de los colegios privados. He aquí algunos de esos conceptos:
- Depreciación de bienes muebles e inmuebles.
- Servicios básicos de internet, agua, luz y telefonía.
- Seguridad y vigilancia.
- Franquicias, licencias y convenios que se celebran entre entidades vinculadas.
- Mantenimiento de los inmuebles, equipamiento e infraestructura.
- Seguros de los bienes muebles e inmuebles.
- Alquiler de inmuebles.
- El pago de impuestos prediales y arbitrios.
Ingresamos así al mundo de la irrealidad socialista: costos que no cuestan. ¿Cómo se van a financiar? ¿El Estado los va a pagar? Por supuesto que no. Se trata de una clara afectación de los principios constitucionales de la economía social de mercado. Violenta la libertad de empresa defendida en el art. 59° de la Constitución: “El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria”. También viola abiertamente el Artículo 62°: “La libertad de contratar garantiza que las partes pueden pactar válidamente según las normas vigentes al tiempo del contrato. Los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase”.
Es inaudito. Pero allí no queda la cosa. Se establece máximo de 30 alumnos por aula, lo que implica reducir el aforo que era de 35 alumnos, sin que se ofrezca solución respecto a qué hacer con los estudiantes “restantes”. Además, que se afecta económicamente a la institución poniendo en riesgo la continuidad del servicio educativo.
Se obliga al acceso a información financiera de la institución, lo que contraviene el artículo 2, inciso 10, de la Constitución, que consagra el derecho al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados, lo que incluye los libros, comprobantes y documentos contables y administrativos. Del mismo modo, divulgar las planillas de los trabajadores atenta contra sus derechos a la inviolabilidad de sus documentos privados e intimidad, y es contrario a la Ley de Protección de Datos Personales y los coloca en una situación de riesgo al revelarse sus ingresos.
En fin, estas son solo algunas de las disposiciones intervencionistas e inconstitucionales de estos proyectos de ley, que pueden convertirse en el puntillazo final sobre la educación privada de todos los niveles, que había sufrido ya los embates del DU 02 del Ministerio de Educación.
Hay que considerar que según fuentes vinculadas a asociaciones de colegios, la morosidad en el pago de pensiones se acerca a un 60%. Ello ha generado que, a la fecha, aproximadamente 5,000 docentes han quedado desempleados y 2 mil colegios han cerrado, con un estimado de 5 mil colegios quebrados a fines del año. El tema es grave considerando el 63% de colegios privados cobran pensiones menores a 200, que son los mas afectados.
Es inconcebible que el Congreso se sume alegremente al exterminio de la educación privada, cuyos rendimientos son superiores a los de la educación pública. Lampadia