Un mejor uso de los recursos fiscales generados por el mayor crecimiento pasa por modernizar el Estado y no por una nueva Constitución. Los cambios propuestos a la Carta Magna significarían repetir errores que, en el pasado, se tradujeron en décadas de atraso.
Instituto Peruano de Economía (IPE)
El Comercio, 19 de febrero de 2023
El régimen económico de la Constitución de 1993 (C93) ha sido fundamental para el desarrollo del Perú. Este marco legal, compuesto por apenas 32 artículos agrupados en 6 capítulos ha permitido, por ejemplo, asegurar que no se repita la hiperinflación, dejar de desperdiciar impuestos en empresas estatales ineficientes, contar con mayores recursos públicos para el cierre de brechas sociales y atraer inversión productiva que genera mejores empleos con mayores salarios.
Si bien los avances y los retos pendientes son claros, los problemas de gestión del Estado para hacer efectivos los derechos y servicios públicos que requiere la ciudadanía no se resolverán con una nueva Constitución que vuelva a enumerarlos. Peor aún, los cambios propuestos a la Carta Magna significarían repetir errores que, en el pasado, se tradujeron en décadas de atraso.
¿Cómo el Perú no repitió una hiperinflación de hasta 7.650%?
Art. 84: “El Banco Central (…) tiene autonomía dentro del marco de su Ley Orgánica. (…) El Banco está prohibido de conceder financiamiento al erario (…)”
Se prohibió que el Banco Central use “la maquinita” para financiar al Gobierno y cubrir los elevados desequilibrios fiscales. Esto significó mayor independencia para cumplir su objetivo de mantener una inflación baja y estable.
Durante los últimos 28 años, la inflación del Perú ha sido una de las más bajas de la región.
¿Qué permitió que el país deje de tener tantas empresas públicas quebradas?
Art. 60: “(…) Solo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial (…)”
El Estado dejó de controlar empresas que cumplían objetivos de corto plazo para los políticos de turno, imponiendo pérdidas millonarias que le costaban a todos los peruanos. Entre 1985 y 1989, las empresas estatales generaron pérdidas totales por US$1.700 millones, casi 2% del PBI por año. Ante malos resultados, una empresa privada quiebra. En cambio, una empresa pública puede ser salvada con los recursos del Estado.
¿Qué condiciones han permitido priorizar el cierre de brechas de servicios básicos?
Art. 58 y 59: “(…) el Estado (…) actúa principalmente en (…) promoción de empleo, salud educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.” “(…) brinda oportunidades de superación a sectores que sufren desigualdad (…)”
Sin recursos desperdiciados en aventuras empresariales, el Estado pudo enfocarse en sus verdaderas prioridades de garantizar derechos, proveer servicios básicos y brindar oportunidades de superación a los sectores menos favorecidos. El cierre de brechas, aunque importante, pudo ser mucho mayor con una mejor gestión pública.
El presupuesto público para educación y salud se ha multiplicado cinco veces en los últimos 25 años.
¿Cómo el Perú tiene una de las mayores tasas de inversión privada en la región?
Art. 58, 62 y 63″ “La iniciativa privada es libre”. “(…) Los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes. (…) Mediante contratos-ley, el Estado puede establecer garantías y otorgar seguridades. (…)” “La inversión nacional y la extranjera se sujetan a las mismas condiciones. La producción de bienes y servicios y el comercio exterior son libres. (…)”
Con reglas de juego predecibles, el sector privado se convirtió en el principal motor de la inversión. La mayor libertad para emprender duplicó la participación de la inversión privada en la economía peruana, por encima del promedio de la región.
Por cada sol de inversión pública, hay S/4 de inversión privada.
¿Qué dice la Constitución sobre los monopolios?
Art. 61 y 65: “El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley (…) puede autorizar ni establecer monopolios. (…)”. “El Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios. (…)”
Este marco legal permite al Perú contar con políticas efectivas para prevenir el abuso de posiciones monopólicas, como el control de fusiones empresariales. Según la OCDE, la legislación vigente sobre competencia en el Perú es adecuada y alineada a estándares internacionales.
Prohibir monopolios significaría, por ejemplo, la eliminación de Sedapal, empresa que monopoliza la provisión de agua en Lima y Callao.
¿Qué avances permitió la actual Constitución y cuáles son los retos pendientes?
El nuevo régimen económico de la C93 sentó las bases para que el Perú revierta las pérdidas que generaron décadas de malas políticas económicas. El alto crecimiento económico permitió que un peruano promedio tenga casi el triple de ingreso que hace tres décadas, lo cual redujo la pobreza y desigualdad.
Consolidar estos avances requiere corregir las fallas de la gestión pública que impiden un adecuado acceso a derechos y servicios básicos. Un mejor uso de los recursos fiscales generados por el mayor crecimiento pasa por modernizar el Estado y no por una nueva Constitución.
Lampadia