Por: Arturo Woodman
Expreso, 12 de enero de 2021
En relación con el Decreto Supremo 430-20 EF que reglamenta el Decreto Legislativo 1438, está obligando a todos los bancos y sistema financiero del país que deben informar a la Sunat todos los meses los abonos superiores a los 10 mil soles de las cuentas personales o empresariales que tengan registrados, además de dar el número de cuenta y el nombre del titular.
En el Perú la presión tributaria es baja debido a dos causas prioritarias: el porcentaje elevado de la informalidad que supera 70% (por la pandemia alrededor del 80%) y además porque en los últimos 20 años, nuestro PBI se ha incrementado considerablemente en más de 4 veces (de 54MM a 218MM) contra la recaudación de impuestos que ha sido menos (3,2 veces) dando como resultado que el porcentaje de impuestos en relación al PBI (presión tributaria) esté entre el 15% al 15.5%. Como referencia, Colombia bordea el 20% y los países desarrollados superan el 23% al 25%.
Con estos índices es comprensible y teóricamente necesario, que los gobiernos presionen a levantar los índices indicados, con el objetivo de que el país a través de los impuestos, dispongan de más dinero, para mejorar nuestra infraestructura, salud, educación, seguridad, compra de vacunas, etc., pero a la vez es conveniente que los gobiernos presionen a su aparato gubernamental en general, a disminuir los elevados gastos burocráticos e inclusive insistir con los Congresos, en especial con el actual, que sus leyes populistas no produzcan gastos innecesarios e ineficiencia en el indispensable desarrollo del país.
Respecto a la nueva reglamentación que permite a la Sunat, pedir a los bancos y al Sistema Financiero, una información mensual de los abonos superiores a los 10 mil soles, tiene una serie de consideraciones negativas en la que la mayoría de los peruanos, no las encuentran apropiadas. Entre otras:
1. El Decreto es anticonstitucional (artículo 2 de la Constitución). Desconoce la disposición que protege el secreto bancario y que solo puede ser vulnerado por un pedido judicial, fiscal o de una comisión de investigación del Congreso.
2. Producirá la inconveniente disminución de la bancarización
3. El número de empresas y personas naturales factibles de realizar abonos superiores a los 10 mil soles es amplia (300 mil eEmpresas y 1’800,000 personas) y será difícil manejarlo
4. Será fácil romper la “confidencialidad” de los usuarios, que es necesario mantener.
5. Existe desde el 2004 la aplicación del ITF (Impuesto a las Transacciones Financieras) por el cual la Sunat ya conoce los abonos que se efectúan en los bancos e inclusive el Estado recauda 285 millones de soles por este impuesto, pero el sistema lo estarían anulando para que los bancos les hagan su chamba gratis y logrando la Sunat, tener los informes de los abonos requeridos.
Finalmente, el Perú necesita recaudar más impuestos con mayor eficiencia y cobertura e igualmente disminuir los gastos públicos reduciendo la burocracia, pero no es conveniente controlar los abonos de 10 mil soles. Esperemos que el MEF lo anule.