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La gran apuesta del gobierno contra la corrupción policial

La gran apuesta del gobierno contra la corrupción policial

Según el análisis de Jaime de Althaus, que presentamos líneas abajo, sobre los decretos legislativos dirigidos a facilitar la lucha contra la corrupción policial, se puede decir que el gobierno ‘ha puesto toda la carne en el asador’. Sin embargo, como sabemos en el Perú, del ‘dicho al hecho hay mucho trecho’.

Por lo tanto, toda la atención de la ciudadanía tiene que estar puesta en la implantación de las normas. Para que ellas sean efectivas, hay que insistir en las recomendaciones de Althaus:

  • Una sólida campaña de comunicación para que el ciudadano esté claramente advertido sobre las penalidades
  • Un acuerdo político con las fuerzas más importantes, para convertir estas normas en políticas de Estado 
  • Compromiso público de la Fiscalía y el Poder Judicial con las nuevas normas, de modo que la opinión pública pueda vigilar su ejecución
  • Simplificación de normas y procesos que propician la coima

Esperemos que el propulsor de estas normas, Carlos Basombrío, Ministro del Interior, no solo haya recogido las mejores prácticas de otros procesos anti corrupción policial, sino que haya preparado a las instituciones que dirige, el ministerio y la Policía Nacional, para empezar la ejecución de la mejor manera.

Nos preocupa, que en cuanto a la difusión de las normas, el ministro se haya limitado a declarar que el ciudadano está obligado a conocer las leyes. ¿Broma? O error que hace temer un enfoque teórico, poco realista, que generará mil complicaciones que pueden debilitar el resultado. Ojo, que la responsabilidad del ministro no termina con la dación de las normas. Lampadia

Fuente:  rpp.pe 

Jaime de Althaus
Para
Lampadia

El gobierno ha decidido apostar fuerte en la lucha contra la corrupción en la Policía. Los decretos legislativos aprobados dibujan un conjunto de medidas, algunas de ellas drásticas, que requerirán del apoyo político, judicial y ciudadano para consolidarse y producir el cambio rápido y profundo que buscan. Porque sin duda afectan de raíz el modus operandi mismo de muchos policías.

Comencemos por la medida que ha empezado a ser puesta en práctica estos días: pena privativa de la libertad de entre 6 y 10 años para el policía “que solicita, directa o indirectamente, donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones derivadas de la función policial o a consecuencia de haber faltado a ellas”; y de entre 5 y 10 años para el “que acepta o recibe donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio, para sí o para otro, para realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones derivadas de la función policial…”. Además, “El miembro de la Policía Nacional que condiciona su conducta funcional a la entrega o promesa de donativo o cualquier otra ventaja o beneficio, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años e inhabilitación conforme a los incisos 1, 2 y 8 artículo 36 del Código Penal” (Decreto Legislativo 1351).

No solo eso. El que ofrece o da la coima también será reprimido con pena privativa de la libertad de entre 4 y 8 años de cárcel. Para ello, se ha anunciado que los policías llevarán “camaritas” en sus uniformes, a fin de registrar los ofrecimientos de sobornos.

Son medidas sumamente drásticas que sin duda pueden llevar a minimizar la coima no solo en las infracciones de tránsito sino en otras actuaciones policiales. Pero deberían ser antecedidas de una campaña de medios que informe claramente acerca de las nuevas reglas de juego, pbustamante@lampadia.com para evitar que muchos terminen en la cárcel simplemente por desconocimiento de la nueva ley.

Y, además, deberían venir acompañadas de una reducción de las multas y sanciones asociadas a diversas infracciones, que son tan absurdamente altas para amplios sectores de un país como el nuestro, y que parecen diseñadas justamente para provocar la coima. Y eliminar ciertos trámites o requisitos. Así como ahora no es necesario revalidar cada dos años la licencia para lunas polarizadas y ésta es para el vehículo y no para el conductor, suprimiendo así un foco de corrupción, hace falta eliminar también las revalidaciones de brevetes, que es otro tinglado montado para imponer cobros y armar corruptelas.  Asimismo sería necesario suprimir el requisito de las revisiones técnicas, que son otro núcleo de corrupción incluso para pasarlas, y no previenen nada. Y sería necesario graduar las sanciones sobre consumo de alcohol, que son sumamente drásticas tanto para el que realmente conduce en estado de ebriedad como para el que apenas ha tomado dos o tres cervezas pequeñas.

De otro lado, se necesitaría desarrollar paralelamente una política efectiva de personal que brinde mejores servicios de salud, educación y vivienda a los agentes policiales, como una manera efectiva de complementar sus ingresos. De hecho, el ministro ha anunciado que estos días se inicia la construcción de un hospital de 300 millones de soles, muy moderno y con equipamiento. Habría que conocer si su administración se concesionará, para asegurar un buen servicio.

Quizá en parte para contribuir al equilibrio financiero de los policías, aunque sobre todo debido a demandas reales de seguridad, el gobierno ha dado el decreto legislativo 1267 que establece que “La Policía Nacional del Perú, a través del personal policial que se encuentre de vacaciones, permiso o franco y de manera voluntaria, podrá prestar servicios policiales extraordinarios en entidades del Sector Público y/o del Sector Privado, en situaciones que puedan comprometer y/o afectar el orden público y la seguridad ciudadana”. Esto siempre mediante convenio con la entidad solicitante, sea una municipalidad, la asociación de bancos, una empresa minera o un concierto, por ejemplo. Y como resultado de ese servicio extraordinario, el policía recibirá una remuneración adicional, pero pagada por la institución policial. De ninguna manera los policías podrán brindar servicios a particulares de manera individual, lo que también es una manera de prevenir que policías trabajen para mafias de distinto tipo.

Ahora bien, las medidas dadas para erradicar la corrupción de la Policía van más allá. El decreto legislativo 1291 establece una serie de instrumentos. Uno de ellos es la “prueba de integridad”: consiste “en plantear situaciones similares a las que un efectivo policial o servidor civil podrá enfrentar como parte de las actividades propias de su función”, para “determinar si el personal policial en actividad o servidor civil del Sector Interior tiene una conducta íntegra, proba, honrada, incorruptible e insobornable en sus acciones cotidianas, de manera libre y espontánea”. La prueba la realiza un “comisionado de integridad”, que es una suerte de agente encubierto. Así se podrá detectar si un policía acepta una coima que se le ofrece, por ejemplo, aunque en estos casos el comisionado tendrá que actuar junto con un fiscal según explica Leonardo Caparrós, asesor del gabinete ministerial. Lo normal será que se haga para evaluar la medida en que el policía atiende bien a un ciudadano que acude por alguna razón.

Pero eso no es todo. También se aplicará al personal la “prueba de control y confianza”, mediante la utilización del polígrafo u otros medios tecnológicos. Tiene por finalidad “evaluar el comportamiento laboral del personal del Sector Interior, el cual debe ser profesional, ético y moral…”. En este caso, sin embargo, “el sometimiento a la Prueba de Control y Confianza es voluntario y deberá contar con la autorización expresa del personal seleccionado para pasar la misma”. Según Caparrós, en el área de Inspectoría, por ejemplo, la aplicación del polígrafo es parte del procedimiento para postular, aunque no se puede obligar a nadie a pasar la prueba. Rehusarse a pasarla, sin embargo, sería visto como un indicativo no favorable. 

Otra medida preventiva establecida en el decreto legislativo 1291 es la obligación de todos, oficiales y suboficiales, de presentar declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, y se le encarga a la Oficina General de Integridad Institucional verificar la información contenida en dichas declaraciones.

Pero aún hay más: el decreto legislativo 1242 establece que “La Inspectoría General, la Dirección Ejecutiva de Personal y la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú, coordinadamente revisan y evalúan en forma anual las referencias disciplinarias del personal, con el fin de determinar su idoneidad para desempeñarse en los diferentes cargos, informado de manera sustentada al alto mando sobre su resultado y efectuando propuestas que permitan una adecuada asignación del personal. Una copia de este informe deberá ser remitida a la Inspectoría General del Ministerio del Interior, que ahora es la Oficina General de Integridad Institucional.

Es probable que es ese informe, que de alguna manera condensa el resultado de la aplicación de todos los instrumentos anteriores, más el de las evaluaciones de desempeño –cuyo reglamento, sin embargo, no ha sido aprobado aún-, arroje regularmente un listado de personas no idóneas para desempeñar la función policial –sea por razones éticas o profesionales- que deberán ser retiradas de la Institución. Para ese fin el decreto legislativo 1242 regula la llamada “renovación de cuadros de manera excepcional”, que se podrá producir no solo cuando se designa a un nuevo Director General, sino en cualquier momento y una vez al año, precisándose que dicha renovación de cuadros no constituye sanción administrativa.

Esta última precisión es importante porque implica que las resoluciones de pase al retiro por tal renovación  excepcional de cuadros, no tienen que ser fundamentadas en el sentido de acopiar pruebas de la comisión de delitos o faltas. De hecho, el personal que pase al retiro por este expediente, lo hará percibiendo la pensión y otros beneficios.

Es importante que haya acuerdo político en torno a estas medidas y que ese acuerdo incluya una convicción al respecto de parte del Poder Judicial. El Ministro Basombrío ha hablado de este tema con el Presidente del Poder Judicial, pero la prueba de fuego la tendremos dentro de poco, si es que algunos de los 790 oficiales que fueron pasados al retiro en noviembre por razones de reestructuración de la pirámide policial, acuden al Poder Judicial para conseguir su reposición. Hasta el momento de escribir esta nota, el Ministerio sólo había recibido una notificación de un oficial que había demandado en Arequipa, pero habría grupos que se estarían organizando para esos efectos. Según el Ministerio, tal reclamo judicial carece de fundamento legal, de modo que no debe prosperar, aunque nunca se sabe con los jueces “creativos”. Ya se ha presentado una acusación constitucional contra el Ministro en el Congreso. Esto no va a ser fácil.

Ahora bien, todo este conjunto de instrumentos depende, para su ejercicio eficiente, de que haya una inspectoría policial y un sistema disciplinario íntegros y que cumplan bien su función. Para conseguir ese resultado, se ha añadido una especialidad a las ya señaladas en la Ley de la Policía Nacional (Orden y Seguridad, Investigación Criminal e Inteligencia): la “Especialidad de Control Administrativo Disciplinario”, dentro de la carrera policial. Se establece que el personal policial que accede a esta especialidad permanecerá en ésta hasta el término de su carrera, recibirá una bonificación especial, gozará de vacantes exclusivas en los procesos de ascenso, capacitación permanente en el país y en extranjero y no podrá pasar al retiro por causal de renovación de cuadros. Es este personal el que integra la Inspectoría General de la PNP. La idea es que pase por el polígrafo a la hora de postular, tal como se ha dicho.

A su vez, la Inspectoría General del Ministerio del Interior –no de la PNP- ha sido reemplazada, de una parte, por la Oficina General de Integridad Institucional, que descansa en la Oficina de Asuntos Internos para las investigaciones sobre las infracciones graves o muy graves cometidas por el personal policial, sobre todo por los oficiales generales. Y, de otra, por el Tribunal Policial, que depende directamente del Ministro. La idea es que quien hace las investigaciones no debe ser quien juzgue y sancione. Antes ambas funciones dependían de la Inspectoría General.

Por su parte, la Oficina General de Integridad Institucional tiene no solo la función de investigar hechos cometidos, sino de prevenir, manejando los instrumentos de control y confianza como los polígrafos y los otros instrumentos que hemos reseñado líneas arriba. Con lo que el círculo se cierra.

Hubo, por último, un intento de reforma adicional que debía redundar no sólo en menores opciones de corrupción para los policías sino en una mejor gestión institucional: la disposición según la cual la Secretaría Ejecutiva de la PNP, encargada de los temas administrativos, estará a cargo de un general o de un profesional civil altamente calificado. La redacción original de decreto legislativo 1267 agregaba a continuación: “Los órganos de la Secretaría Ejecutiva están a cargo de personal civil altamente calificado y/o especializado en los sistemas administrativos”. La reacción de generales en retiro fue tal que se tuvo que modificar ese párrafo de la siguiente manera: “Los órganos de la Secretaría Ejecutiva están a cargo de personal policial o civil altamente calificado y/o especializado en los sistemas administrativos”. Un retroceso que habla a las claras de la presión de los oficiales por manejar los recursos, una tarea extrínseca a la función policial que debería estar, efectivamente, en manos de civiles especializados. Lampadia

 




¿Qué querían las comunidades que atacaron a los policías?

¿Qué querían las comunidades que atacaron a los policías?

Jaime de Althaus
Para Lampadia

Cuando se desatan los llamados conflictos sociales, especialmente cuando se debe lamentar la pérdida de una vida humana, se genera una avalancha de información y afirmaciones cruzadas que hace muy difícil separar la paja del trigo. A fin de contribuir a presentar los hechos de una manera objetiva, presentamos a continuación el siguiente análisis.

Es importante entender bien lo que llevó a cuatro comunidades a cavar zanjas para bloquear una carretera por la que la empresa Las Bambas sacaba el mineral. ¿Tiene fundamento su pedido? ¿En qué consistió? Su argumento principal es que la carretera fue construida por ellos, es comunal, y por lo tanto la empresa debe pagarles una compensación por su uso. Asesoradas por buscadores de rentas, una de las comunidades planteó peajes de 5 mil soles por camión y otra un pago 6 millones de dólares por daños y perjuicios y servidumbre.

Efectivamente la carretera fue originalmente construida por las comunidades. Pero era una trocha. Según la empresa, las propias comunidades le pidieron a la mina  la ampliación de la mencionada trocha el año 2010. Luego, el 2011 la empresa presenta el expediente técnico a la municipalidad de Chalhuahuacho. La trocha se amplía convirtiéndose en una carretera y el 2014 la municipalidad provincial de Cotabambas la incorpora como ruta vecinal, y solicita al Ministerio de Transportes (MTC) que se incluya en el  clasificador de rutas, es decir, en el sistema nacional de carreteras, cosa que ocurre el 27 de julio reciente mediante el Decreto Supremo 011-2016-MTC, que clasifica la Ruta Nº AP -954 como vecinal (pag. 594682).  

El hecho de que haya sido incorporada en el sistema nacional de carreteras, aunque fuera como vecinal (2014), la convierte en una vía pública. Por lo tanto, ningún particular tiene derecho a cobrar peajes o compensaciones por su uso. Pero su clasificación en ese sistema permite que esa vía sea gestionada desde el Estado (puede recibir recursos, aplicar obras x impuestos, etc.)

Por eso, lo que venía ocurriendo, según la vice ministra Transportes, Fiorella Molinelli, es que las cuatro comunidades en cuestión pedían que la carretera sea desclasificada, precisamente para poder exigir compensaciones. Habrían argumentado que la mina les estaba pagando compensaciones. Y eso es cierto, pero no por el uso, sino por las afectaciones ocasionadas durante la construcción. Al ampliarse la trocha, la empresa pagó efectivamente indemnizaciones por daños y perjuicios a las comunidades y a los campesinos cuyos terrenos o pircas se hubiesen visto afectados. Para ello celebró convenios con todos los que recibieron pagos. Según la empresa no hubo nunca un compromiso de pagar por el uso mismo de la vía una vez que estuviera terminada. Existen actas que señalarían que se hicieron los pagos y que estos se harían solo hasta la culminación de las obras.

Ahora bien, si estas cuatro comunidades piden la “desclasificación” de la vía, las demás comunidades, que participan en la mesa de diálogo ambiental,  piden, por el contrario, recategorizar la vía como “Nacional” para asegurar el compromiso del Estado de pavimentarla. De esa forma ya no se levantaría la polvareda que supuestamente afecta al ganado (pese a que las mediciones indican que el polvo no excede los estándares ambientales).

De hecho, en el acta de la mesa de diálogo sobre medio ambiente realizada el 6 de octubre se consigna, como pedido de parte, lo siguiente: “El Gobierno Regional de Apurímac y las organizaciones sociales, solicitan la reclasificación de la vía que sale del proyecto minero Las Bambas desde Huancuire hasta el puente Sayhua, como vía nacional”. Precisamente para que el MTC se encargue de pavimentarla. Algo que la empresa ha anunciado que va a hacer en 83 km., un kilómetro antes y después de cada centro poblado, para evitar la generación de polvo. 

Fiorella Molinelli nos indica que el MTC, por su parte, viene trabajando en el tema para resolverlo: ha presupuestado ya el costo de los estudios y el costo de pavimentar la ruta AP -954. Según Provías, todo costaría 456 millones de soles. “Hemos reunido a las empresas mineras, a los gobiernos regionales del Cusco y Apurímac y todos, incluyendo el MTC, estaríamos dispuestos a financiar cada uno una parte del asfaltado de la vía”

Refiere, en ese sentido, que la última reunión con las cuatro comunidades fue el miércoles 12 de octubre, dos días antes del enfrentamiento. Allí la constructora de la zona se comprometió a revisar el presupuesto y las cifras que el MTC había calculado. Luego había que definir los porcentajes que cada institución de las arriba mencionadas podría asumir. La minera Bambas había señalado que podía hacerse cargo de los costos del estudio de Ingeniería para ir avanzando sin pérdida de tiempo.

La idea era que estos acuerdos se materializaran en un Convenio. Pero todos estos avances quedaron suspendidos luego del sorpresivo ataque de los comuneros a la policía que terminó con la lamentable muerte del señor Cereceda.

Lampadia

PD: El lector podrá apreciar la distancia entre este análisis y buena parte de los reportajes radiales de las emisoras limeñas.

 




La pésima noticia de un muerto en Las Bambas

La pésima noticia de un muerto en Las Bambas

La lamentable  muerte de un comunero por una herida de bala en la cabeza disparada probablemente como una acción defensiva por un policía atacado por una turba en Las Bambas,  así como las heridas sufridas por 20 policías, uno de ellos con daños considerables, son una pésima noticia en todos los sentidos posibles, tanto por la tragedia familiar que involucra el deceso de Quintino Cereceda, que nos duele a todos, como por la exacerbación del enfrentamiento desatado que ya ha paralizado los envíos de cobre, que era sin duda lo que algunos buscaban.

Pero la tragedia hay que medirla también en términos de los recursos que el país dejaría de percibir si una operación como esta y muchos otros proyectos se vuelven inviables. Es decir, en términos de la cantidad de niños que no sacaremos de la desnutrición y la anemia, de la cantidad de jóvenes que no recibirán una buena educación, del número de personas que no serán atendidas en los servicios de salud.

Por eso, la tragedia más grave es la incapacidad del Estado, de la empresa y de la sociedad civil para desarrollar una conversación y una estrategia que permita el crecimiento de todos en un mínimo de armonía, la lenidad con la que se cede terreno a los interesados en anular la inversión minera o sencillamente en medrar con las oportunidades de extorsión creadas por una inversión minera gigantesca que tiene muchos impactos positivos y algunos negativos, que podrían remediarse, en medio de comunidades pobres y atrasadas.

La explicación del ministro del Interior Carlos Basombrío es que esto se originó en una decisión inconsulta del mando local que se tomó sin “orden de operaciones” y sin plan de inteligencia. Una acción precipitada, en suma, que no previó la reacción de las comunidades, e innecesaria en ese momento porque había un diálogo en marcha y la mina estaba sacando el mineral por una ruta alterna.

Falta de previsión y estrategia

Por supuesto, es inexcusable que una operación policial de este tipo se pueda dar de esa manera. Pero la pregunta entonces es cómo es posible que, conociendo la situación explosiva de la zona, el ministerio y el comando de la Policía Nacional no se hayan preocupado de poner al mando de la policía de Apurímac y del contingente mismo de Las Bambas, a oficiales de primer nivel y permanentemente comunicados con Lima, y no se haya montado un equipo especial de inteligencia y diálogo para manejar el tema. Esto configura, por lo menos, una responsabilidad, por omisión, del ministro

Hace tiempo que sabemos que Las Bambas es un polvorín por problemas  vinculados a la evolución del proyecto a pesar de los notorios esfuerzos de la empresa por acercarse a la población y por errores que no supieron evitar, mal previstos por la empresa y los que fueron bien aprovechados por terceros para montar una industria de extorsión, aprovechando los incumplimientos clamorosos del Estado y la falta de una estrategia clara de desarrollo rural, y por haberse convertido en un blanco para las fuerzas radicales de todo tipo, alimentadas por una ideología pos-extractivista que hemos denunciado en Lampadia innumerables veces.

El objetivo de esas fuerzas es paralizar Las Bambas, impedirla. Y, por lo menos desde el lunes 17, con la ayuda de la torpeza policial, lo han logrado. El primer aviso, mortal, fue el ataque a la mina que terminó en tres campesinos fallecidos el 15 de setiembre del año pasado. Y se sabía que, desde entonces, la situación era muy complicada. Las mesas de diálogo que se establecieron tuvieron dificultades para instalarse. Cuando lo hicieron se firmaron compromisos que el Estado no se han cumplido, que se suman a compromisos anteriores que tampoco se habían cumplido. Obviamente la gente se siente burlada. 

Circunstancias complejas aprovechas por terceros

Pero era complicada por otras dos circunstancias. La primera, el fin de la etapa de construcción de la mina, alrededor de noviembre del año pasado, que dejó de contratar a alrededor de 16 mil personas de la zona y de fuera de la zona. Lo que a su vez repercutió en los negocios de comida, alojamiento y otros servicios de Chalhuahuacho, cuya población se había multiplicado varias veces los últimos años y había invertido en establecimientos. Se produjo súbitamente un vacío, que sin duda ha sido aprovechado por los buscadores de rentas económicas y políticas.

Esa situación se vio potenciada por otra circunstancia: la mina tuvo que trasladar toda una población a Fuerabamba, una ciudad construida íntegramente desde cero con diseño urbanístico y casas modelo. Pero los campesinos trasladados no solo recibieron una casa como nunca la habían tenido (con ocho habitaciones), sino además una compensación cuantiosa. Pues ocurre que las comunidades que se movilizan ahora son las que no se beneficiaron con ese traslado, que encuentran en la decisión de sacar el mineral ya no por un minero-ducto sino por la carretera, sin previo estudio de impacto ambiental sino solo con un informe técnico, que cumple con la legislación pertinente, y con consecuencias como el polvo que se levanta y afectaría los campos, el motivo para exigir compensaciones elevadas. A lo que se suman demandas maximalistas tales como la recompra de tierras a precios mucho mayores, la participación en el 50% del accionariado de la empresa y en el 8% de las utilidades, que el 50% de los servicios que usa la empresa sean contratados con las comunidades, etc.

Los pedidos sobre la carretera

En el caso concreto de las cuatro comunidades que abrieron zanjas profundas para evitar el paso de los camiones, ellas exigían el pago de peajes de 5 mil soles por camión y 6 millones de dólares por daños y perjuicios y servidumbre (ver documentación líneas abajo).

El ministro argumenta que estaba en marcha un proceso de diálogo con esas comunidades, y que el despeje de la vía no era urgente porque la mina estaba sacando el mineral por una ruta alterna. Pasa por alto el hecho de que el bloqueo de una carretera y más aun por medio de la excavación de zanjas es un delito frente al cual debe actuarse, más aun cuando ese viernes 14 en que la Policía intervino ya habían pasado 6 días desde que las zanjas fueron cavadas. El ministro responde que se iba a actuar de todas maneras el día lunes 17, fecha para la cual se tenía previsto un diálogo.

El ministro sugirió implícitamente que las comunidades podían tener hasta cierto punto razón porque la mencionada carretera fue construida por ellos y luego ampliada por la mina, y por eso se sentirían con derecho a recibir una contraprestación. Es más, dijo que sorpresivamente el 27 de julio, último día del gobierno anterior, su publicó un decreto supremo clasificando esta vía cono “nacional”, dando a entender que esa sería una manera de descalificar el reclamo comunal. Pero esto no es cierto. El anexo del Decreto Supremo 011-2016-MTC clasifica la Ruta Nº AP -954 como vecinal (pag. 594682). De modo que no hay ninguna conspiración en ese sentido. Incluso en el acta de la mesa de diálogo sobre medio ambiente realizada el 6 de octubre se consigna, como pedido de parte, lo siguiente: “El Gobierno Regional de Apurímac y las organizaciones sociales, solicitan la reclasificación de la vía que sale del proyecto minero Las Bambas desde Huancuire hasta el puente Sayhua, como vía nacional”. Es decir, al revés de lo que dice el Ministro: la ruta es vecinal y quieren que sea nacional, precisamente para que el MTC se encargue de pavimentarla. Algo que la empresa va a hacer en 83 km., un kilómetro antes y después de cada centro poblado, para evitar la generación de polvo. 

Ahora bien, el hecho es que, aun siendo vecinal, se trata de una vía pública, y nadie que no sea el Estado tiene derecho a cobrar peaje y menos aun a interrumpirla. Según la empresa, la ampliación de la trocha original fue un pedido hecho por las propias comunidades el año 2010. Luego, el 2011 la empresa presenta el expediente técnico a la municipalidad de Chalhuahuacho. El 2014 la municipalidad provincial de Tambobamba incorpora la carretera como ruta vecinal, y solicita al Ministerio de Transportes que se incorpore al clasificador de rutas, cosa que ocurre el 27 de julio reciente. Como vecinal. 

Al ampliarse la trocha, la empresa pagó indemnizaciones por daños y perjuicios a los campesinos cuyos terrenos o pircas se hubiesen visto afectados. Para ello celebró convenios con las comunidades. Lo que tenemos ahora es una segunda ronda de demandas de indemnizaciones, por 6 millones de dólares como hemos visto, y establecimiento de peajes, asesorada por personajes externos como los que vemos en la foto. Pero es una ruta que transita a 4,100 metros sobre el nivel del mar. El polvo que pudiera levantarse, luego de que las propias comunidades riegan la carretera con camiones cisternas propios contratados por la mina, no afecta cultivos, que prácticamente no los hay. No sabemos si los pastizales quedan afectados.

El uso legítimo de las armas

Fue efectivamente una temeridad que la policía hubiera actuado sin “orden de operaciones”, sin un trabajo de inteligencia previo y sin consulta al nivel correspondiente. Pero el hecho de que no hubiese inteligencia habla del descuido general del gobierno respecto de lo que está ocurriendo en la zona. Por lo demás, una vez producido el ataque de los comuneros a los policías que estaban rellenando las zanjas con ayuda de las máquinas de la empresa, algo que pudo efectivamente preverse, no es de extrañar que algún policía haya hecho uso de su arma de fuego. Los comuneros atacaron con piedras y huaracas dejando 20 policías heridos y uno de ellos de gravedad. El decreto legislativo 1186,  que regula uso de la fuerza por parte de la PNP, define en su artículo 7 el uso de “fuerza letal” de la siguiente manera: “Es el uso de armas de fuego por el personal de la policía nacional, contra quién realiza una acción que representa un peligro real e inminente de muerte o lesiones graves, con el objetivo de controlarlo y defender la vida propia o de otras personas. Y el decreto supremo Nº 012-2016-IN, que reglamentó el D. Leg. 1186, establece en su artículo 11, que se hace uso excepcional de la fuerza letal, “cuando se genere un peligro real o inminente de muerte del personal policial u otra persona, por la acción de quien participa de una reunión tumultuaria violenta. El uso de la fuerza letal en esta situación solo se justifica ante un acto evidente, manifiesto e inmediato, generado por quien empleando violencia con objetos o armas, puede causar lesiones graves o muerte”. Y este parece ser claramente el caso en cuestión, como implica el ministro. Por lo tanto, sería grave que se acusara al policía que disparó. No sería aceptable.

No hay desarrollo compartido

Pero jamás debió llegarse a esta situación. Puede haber responsabilidad de las jefaturas policiales de Abancay, como señalan el Ministro y el alto comando de la Policía. Pero hay responsabilidad mayor en el gobierno por haber descuidado la estrategia frente a las situaciones creadas y cantadas en un proyecto tan importante para el país. Y, más allá de esto, hay responsabilidad compartida entre el Estado y la empresa no solo por no haber cumplido compromisos (sobre todo en el caso del Estado) sino principalmente por no haber puesto en práctica un plan de desarrollo rural integral en toda la zona de influencia y más allá de ella, que convirtiera a los campesinos en verdaderos empresarios auto dependientes a tiempo completo de modo que no se conviertan en presa fácil de los traficantes de pedidos a la empresa. La única manera en que la mina no sea vista como un botín al que hay que pedirle compensaciones de todo tipo, es que ella ayude a introducir los cambios tecnológicos necesarios en las actividades agropecuarias a fin de incrementar la productividad y los ingresos autogenerados de los campesinos. Es lo que un programa como Sierra Productiva, que llenaría el espacio rural de micro reservorios y riego por aspersión, podría lograr. 

Lampadia

Acta de Quehuira demandando indemnización por 6 millones de dólares

Bloqueo de carretera – ruta N° AP-954

  Los señores Frank y Jorge Chávez Sotelo son dos hermanos de la ciudad de Abancay, que asesoran a la comunidad de Quehuira, siendo ambos abogados de profesión.

  Ambos hermanos han estado buscando intervenir en la zona, asesorando a distintas comunidades.

  Existe un acta de fecha 22 de marzo de 2016, a través de la cual, la comunidad de Quehuira, asesorada por los hermanos Chávez, solicita a Las Bambas 6 millones de dólares por concepto de uso de una vía pública.

  Debido a que la empresa no accedió a dicho pago por no corresponder, la comunidad decide bloquear la carretera. El bloqueo de la misma es considerado un delito.

 

 

 




La responsabilidad de congresistas, Obispos, Fundaciones y dirigentes en el Baguazo

La responsabilidad de congresistas, Obispos, Fundaciones y dirigentes en el Baguazo

Jaime de Althaus

Para Lampadia

Decíamos en la entrega anterior que con la ayuda incluso de la propia Defensoría del Pueblo, los decretos legislativos promulgados el 2008 para adaptar la legislación nacional al TLC con Estados Unidos se convirtieron en un mito, en lo que hemos llamado el “mito expoliador”, que tuvo, a la postre, un efecto letal.

Fuente: plazatomada.co

Pues lo que movilizó a decenas de miles de nativos durante meses, hasta culminar en un enfrentamiento que produjo la muerte de 34 personas, fue el mito de que esos decretos se habían dado para despojar a las comunidades de sus tierras y bosques. Eso era, efectivamente, lo que declaraban los indígenas cuando, con las caras pintadas en son de guerra, eran entrevistados por las cámaras de televisión. Ese mito expoliador fue eficientemente infundido por los dirigentes de AIDESEP (Asociación Interétnica de Desarrollo de la selva Peruana), por congresistas del Partido Nacionalista, por intelectuales y antropólogos vinculados a temas amazónicos y hasta Obispos[1] y sacerdotes [2], en algunos casos de buena fe, sin duda, pero en otros probablemente con el interés de procurar el escalamiento que culminara en la renuncia del presidente de la República y la convocatoria a una asamblea constituyente, el proyecto insurreccional que la izquierda peruana intentó impulsar esos años.   

Congresistas nacionalistas

El Informe que produjo la Comisión Especial de Investigación y Análisis de los sucesos de Bagua del Congreso contiene algunos ejemplos de esto. Refiere que el 5 de marzo del 2009 los congresistas del partido Nacionalista Janeth Cajahuanca, Marisol Espinoza, José Maslucán y Rafael Vásquez acudieron al poblado de Huampami, Cenepa, provincia de Condorcanqui, donde Cajahuanca dijo lo siguiente:

“el decreto 1089 le da facultad a COFOPRI para poder quitar sus tierras incluso a aquellos campesinos que tienen título de propiedad, incluso si lo tienen registrado en registros públicos. Si un campesino tiene 10 hectáreas y sólo tiene platita para producir tres hectáreas, el Estado mediante esta ley le da potestad para quitarle siete hectáreas, porque no tiene plata para producir. ¿Dónde se ha visto eso hermano? ¿Eso lo vamos a permitir?” Más adelante añade lo siguiente: “Y cuál es el interés del Presidente de la República? Su bolsillo, su bolsillo señores esa es la verdad…”. “El día de hoy tenemos una ley de agua. Resulta que no contentos con vender nuestras tierras y nuestros recursos forestales, ahora quieren privatizar nuestras aguas. Más adelante para consumir el agua hay que pagar a una empresa privada” (Manacés et al, 2009).

Está demás argumentar que en decreto legislativo 1089 no hay nada que tenga que ver con lo que señaló Cajahuanca, y menos aun en la ley de aguas, aprobada por el Congreso, se privatiza el agua.

Los Obispos de la Amazonía

El 5 de mayo de 2009, un mes antes del trágico enfrentamiento de Bagua, los Obispos de la Amazonía publicaron un pronunciamiento que en buena cuenta ponía a los decretos legislativos como parte de un modelo de desarrollo cruel que permite que las empresas transnacionales despojen a los pueblos indígenas de sus bosques y destruyan la Amazonía. Ante el conflicto suscitado, el comunicado pedía, en efecto, que “…no predominen los intereses de grupos que arrasan irracionalmente las fuentes de la vida…”, pues, en ese sentido:

 “constatamos cómo, en nombre de un sesgado concepto de desarrollo, el Estado permite la deforestación de grandes extensiones de bosques primarios a favor de empresas nacionales y transnacionales para la inversión en plantaciones aceiteras, caña de azúcar y otros”.

(…..)

 “Acontecimientos como el que estamos viviendo actualmente en la Amazonía nos expresan la pretensión de disponer, de manera inhumana y cruel, de las posesiones de las poblaciones ribereñas y amazónicas por no tener, en su propio País, el amparo legal necesario para defender sus justos reclamos…”

(…..)

“Ante este delicado panorama invocamos al Señor Presidente Constitucional y al Congreso de la República la derogatoria de dichos dispositivos legales” (Mons. José Luis Astigarraga y otros, 2009)

     Por lo tanto, el comunicado de los Obispos de la Amazonía concluía en  la necesidad de:

     “buscar un modelo de desarrollo alternativo, integral y solidario, basado en una ética que incluya la responsabilidad por una auténtica ecología humana y natural, que se fundamente en el Evangelio de la justicia, la solidaridad y en el destino universal de los bienes…” (Loc.Cit).

Fundaciones europeas y norteamericanas

El pensamiento de los Obispos de la Amazonía en relación a la inversión extractiva reflejaba esa ideología antiglobalizadora que se había ido difundiendo los últimos años en el área andina y en la Amazonía en particular, en este último caso alentada por fundaciones europeas y norteamericanas[3] que profesan un radicalismo indigenista, ambientalista y eventualmente anti capitalista que considera la inversión extractiva y la propiedad privada como destructoras de la Amazonía y que postula la defensa de los ‘derechos colectivos indígenas’ no sólo como un fin en sí mismo sino como un medio para preservar los bosques. [4]

Por supuesto, nadie puede estar en contra de defender los derechos indígenas y la preservación de los bosques. Pero, como sabemos, la causa principal de la deforestación amazónica y el despojo de los pueblos indígenas no ha sido la acción de las empresas sino, de lejos, la colonización protagonizada por los campesinos andinos –es decir, la pobreza- y las actividades informales o ilegales como el narcotráfico (los cocales y las pozas), la minería aurífera informal y la tala ilegal. Más bien la única manera de contener esos fenómenos sería precisamente por medio de una alianza con la empresa minera, hidrocarburífera o forestal formal y capitalizada, que, si bien en el pasado afectó seriamente el ambiente, en las últimas dos décadas suele trabajar con técnicas limpias y sostenibles y puede ordenar el espacio. Pero para los Obispos y muchas ONGs eran esas empresas la principal causa de los males amazónicos.

El hecho es que la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana, AIDESEP, era claramente tributaria de aquella ideología. Muchas ONGs conseguían y consiguen fondos de las fundaciones arriba mencionadas desarrollando campañas de defensa de los referidos “derechos colectivos” de los pueblos indígenas y de preservación de la Amazonía (para la humanidad) de las actividades extractivas de las empresas capitalistas, y para esto último buscan como agentes a las comunidades nativas mismas.[5] Se planteó incluso

una estrategia orientada a que las comunidades nativas avancen hacia la declaración de sus tierras como territorios, y ya no sólo de cada comunidad por separado, sino de los grupos étnicos (son alrededor de 1.400 comunidades y solo 42 grupos étnico-lingüísticos) e incluso de conjuntos de grupos étnicos. Es decir, a la determinación de ‘territorios étnicos’ que podrían incluso extenderse a uno y otro lado de las fronteras con Ecuador (la nación jíbara-ashuares, quichuas y otros) y con Bolivia (la nación aimara), y en los cuales las regulaciones del Estado nacional sobre explotación de hidrocarburos y otros recursos no se aplicarían, pues se trataría de territorios autónomos. Con la consecuente afectación a la soberanía nacional.[6] En esa línea, por ejemplo, los Achuar y otros pueblos indígenas de la selva norte acordaron esos años no aceptar la entrada de empresas petroleras, mineras o madereras.

Pizango, AIDESEP y el Movimiento Cumbre de los Pueblos

Es obvio, pues, que la actitud maximalista de los dirigentes y nativos en el conflicto de Bagua –derogatoria total de los decretos o nada- estuvo determinada por esta ideología radicalmente indigenista y anticapitalista, de un lado, pero también por la adhesión de los líderes de AIDESEP al llamado Movimiento Cumbre de los Pueblos que por entonces se desarrollaba y cuyo objetivo era derrocar al presidente García y convocar a una asamblea Constituyente. El 15 de mayo del 2009, poco menos de tres semanas antes de los sucesos de Bagua, Alberto Pizango, presidente de AIDESEP,  divulgó un pronunciamiento de su Comité Nacional de Lucha, llamando a los pueblos a prepararse para declararse “en insurgencia contra el gobierno del Sr. Alan García”. Al día siguiente, sin embargo, a instancias de la Defensora del Pueblo y luego de una larga reunión con ella, acordó dejar sin efecto el llamado a la insurgencia (Lombardi, 2010). Sin embargo, 15 días después Pizango participa en la IV Cumbre de los Pueblos en Puno que acuerda impulsar un juicio internacional contra Alan García “por el auto golpe legislativo de los 102 decretos pro TLC para privatizar los territorios indígenas…, y un inmediato Levantamiento Nacional de los Pueblos del Perú en junio del 2009 por la derogatoria de los decretos anti indígenas generados por el TLC con Estados Unidos”. [7]

A esa Cumbre el presidente boliviano Evo Morales remite una carta en la que ataca al capitalismo neoliberal que pretende destruir la tierra, y llama abiertamente a una “revolución”:

“Durante miles y miles de años hemos convivido con la naturaleza en constante equilibrio con ella y dentro de ella. Hoy en día, sentimos los efectos devastadores del sistema capitalista transnacional neoliberal que destruye aceleradamente nuestro planeta.

(…..)

Este es el momento para que los indígenas, campesinos, los obreros, los jóvenes, los trabajadores, los hombres y las mujeres asumamos nuestro destino como pueblos; que desde el campo, desde las comunidades, desde las fábricas, desde los barrios, construyamos con nuestras propias manos el mundo que queremos para nuestros hijos. Este es el momento para que todos sepan que nuestra lucha no termina, que de la resistencia pasamos a la rebelión y de la rebelión a la revolución. Este es el momento de la segunda y definitiva independencia (Morales, 2009).

El fracaso de los canales democráticos

Por eso, no sorprende tampoco que los intentos del presidente del Congreso, Javier Velasquez Quesquén, por encontrar una salida modificando los decretos legislativos, fracasaran. En efecto, el 22 de abril del 2009 Velásquez Quesquén se reunió con los dirigentes de AIDESEP encabezados por Alberto Pizango para intentar no la derogatoria sino la modificación de los decretos en todo lo que fuese solicitado. Es decir, la solución lógica, sensata, el justo medio. Si la consulta a los pueblos indígenas no se había hecho en su momento –porque no estaba normada, además-, pues ella se estaba realizando en ese acto. Según el congresista José Vargas, quien asistió a la reunión, los dirigentes acordaron que harían llegar en los próximos días, a la comisión técnica que se formaría, sus propuestas de modificación. Por su parte, Velásquez Quesquén dio su palabra de que dichas propuestas serían recogidas en su integridad y apoyadas incondicionalmente por la célula parlamentaria aprista. La reunión había sido auspiciosa. La comisión técnica se formó y empezó a trabajar, pero los insumos de AIDESEP nunca llegaron. Pese a ello, la comisión redactó un borrador de informe con propuestas de modificaciones. El 27 de abril convocó a los representantes de AIDESEP para discutirlas, pero los dirigentes que asistieron a la reunión se negaron a considerar cualquier modificación a los decretos legislativos y advirtieron que solo aceptarían su derogatoria. Alberto Pizango, que inicialmente había aceptado la propuesta de modificar los decretos, terminó desconociéndola. Se había regresado a fojas cero, nuevamente.

El Ejecutivo, por su parte, hizo también todo lo posible. Creó mediante Decreto Supremo una  Comisión Multisectorial para resolver el impasse. Esta  se instaló el 20 de mayo sin que acudieran los representantes de AIDESEP. Los llamados formulados por el Presidente del Consejo de Ministros, Yehude Simon, y su ofrecimiento de allanarse a cualquier modificación solicitada por los nativos, no fueron acogidos. Las pocas reuniones que hubo, no llegaron a nada.

Pocos días después, el 5 de junio, se produjo el fatídico desenlace. Lampadia

Nota: Este artículo toma elementos del capítulo 11 del libro “La Promesa de la Democracia” (2011) de Jaime de Althaus

[1] El 28 de febrero del 2008 los Obispos de la Selva publicaron un comunicado en el que afirmaban: “En las decisiones sobre las riquezas de la biodiversidad y de la naturaleza, las poblaciones tradicionales han sido prácticamente excluidas… Las aguas están siendo tratadas como si fueran una mercancía negociable por las empresas…” “…En particular, nos preocupan los procesos de inversión privada en la selva; los proyectos de ley 840 (denominado “Ley de la Selva”), 1770, 1990 y 1992; las concesiones y adjudicaciones de las tierras y los bosques; la exploración y explotación minera y petrolera, porque pueden amenazar la supervivencia física y sociocultural de los pueblos indígenas e incrementar los conflictos socio-ambientales en la Amazonía” (.Monseñor Gerardo Zerdin et al, febrero 2008).

[2] Por ejemplo, el sacerdote jesuita Francisco Muguiro, vicario de Jaén y director de Radio Marañón,  escribía, el 14 de setiembre del 2008: “…se nos estaba escapando el decreto 1090 y otros que señalan los obispos en su comunicado como atentadores de la vida de las comunidades nativas y de sus recursos”. El 22 de febrero del 2009 escribe: “Así parece que lo entiende nuestro gobierno cuando da las leyes 1050 -ya derogada- 1090, 1064, 1089… todas para apropiarse de la selva y explotar los recursos naturales… Gracias a Dios que, a esta visión y a estas leyes, respondió el pueblo amazónico unificado con el paro del 9 de julio del 2008”. El 19 de abril del 2009 publicó que en el Perú “…se han dado… un conjunto de decretos que atentan contra la Amazonía y los pueblos que la habitan y por eso están con un paro”. Y el 24 de mayo del 2009: “Gracias a Dios que la sociedad civil se ha expresado en contra de los decretos leyes del gobierno… que quiere hacer de la Amazonía una chacra de agro exportación o además una empresa de extracción de madera insostenible como hasta ahora, o unos campos de explotación minera o de hidrocarburos…”.

[3] Esas fundaciones son, entre otras: Ibis (Dinamarca); Internacional Work Group for Indigenous affaires (IGWIA) y American Watch.

[4] La fundación IWGIA, por ejemplo,apoya las organizaciones indígenas en la titulación de sus territorios y en la defensa de éstos contra las amenazas de invasión de empresas forestales, petroleras o de colonización…”. Y agrega, en su página web: “La propiedad individual amenaza a los pueblos indígenas. La tendencia en favorecer a la propiedad individual de la tierra en vez de la propiedad colectiva es una de las grandes amenazas contra los pueblos indígenas ya que de esta manera se abren las puertas a la privatización de la tierra y los recursos. También se corre el riesgo de vender tierras a individuos no indígenas o a intereses de grandes empresas”.

[5] La danesa Ibis, por ejemplo, apoya a los pueblos indígenas de Ecuador, Bolivia y Perú a afirmar sus territorios como autónomos apuntando a un “Estado plurinacional”. Declara que “el apoyo a pueblos indígenas significa defender su derecho al uso sustentable de la biodiversidad y a la conservación y rescate de la sabiduría ancestral, no solamente para beneficio de los propios pueblos indígenas, sino de toda la humanidad”. Ese mismo es el discurso de Alberto Pizango, el líder de la movilización contra los decretos, quien el 18 de noviembre de 2010 lanzó su candidatura a la presidencia de la república por el partido llamado precisamente “Alianza para la Alternativa de la Humanidad”, ofreciendo que de llegar al poder, promoverá “un Estado plurinacional que defienda a la madre tierra de la ambición occidental” (Perú 21).

[6] Esta estrategia, explicitada por el abogado español Pedro García Hierro, ex asesor de AIDESEP, en un documento elaborado en 1992 a solicitud de la ONG IBIS-Dinamarca, recomienda, entre otras cosas, por ejemplo, precisamente la vinculación conceptual entre territorio y nacionalidad, con claras referencias a la exclusión de la acción ordenadora del Estado, así como un trabajo de concientización de las comunidades a fin de que posean capacidad de movilización y procuren una consolidación interétnica que permita presentar propuestas unitarias y sin fisuras. Es decir, un verdadero programa político, que se expresó, por ejemplo, en la formulación del “Plan de vida para el pueblo achuar” (2006), elaborado con el apoyo de varias ONG, que exige respetar los acuerdos de los congresos achuares y de otros pueblos indígenas vecinos como los huambisas, candoshis y quichuas del Pastaza, de no aceptar la entrada de empresas petroleras, madereras y mineras.

[7] Declaración de Mama Quta Titikaka

 




¿Dónde están los autores mediatos de los crímenes de Bagua? (I)

¿Dónde están los autores mediatos de los crímenes de Bagua? (I)

Por Jaime de Althaus

Para Lampadia

Ha sido una pésima noticia el reciente fallo de la Sala Penal de Bagua que absolvió a 52 nativos de los cargos de asesinato de 12 policías ocurrido en la Curva del Diablo el 2 de junio del 2009, como parte de los enfrentamientos que derivaron en la muerte de 24 policías y 9 nativos conocido como el “baguazo”. Pésima noticia porque transmite el mensaje de la impunidad,  de que en nuestro país es posible inventar mitos expoliadores para movilizar irresponsablemente a las poblaciones con consecuencias fatales, y no pasa nada. De que es posible matar policías y no hay consecuencias penales.

Vergonzosa sentencia

 

Esta es una muy mala señal al inicio de un gobierno que podría tranquilamente fracasar jaqueado por movilizaciones basadas también en falsedades inventadas o en medias verdades que son peores que las mentiras porque son más difíciles de desmontar.

Porque eso fue lo que tuvimos en este caso. El “baguazo” fue el punto culminante de una larga movilización de comunidades nativas que fueron convencidas por ONGs, Obispos, antropólogos, periodistas, políticos y por sus propios dirigentes, de que el gobierno, digitado por las transnacionales de las industrias extractivas, había promulgado diez decretos legislativos para despojarlos de sus tierras y bosques. Y, por supuesto, ante tal amenaza, era lógico que las comunidades se pintaran la cara de rojo y se lanzaran a la guerra para defender sus posesiones.

Por eso, aquí no se trata de juzgar y castigar sólo a los que ejecutaron los disparos que cegaron la vida de doce policías. Hay que hacerlo, si es que existen las pruebas, sin dudas y sin miramientos culturales, porque ninguna cultura admite el asesinato. Pero también hay que identificar y juzgar a quienes inventaron y difundieron el mito expoliador de los decretos legislativos. ¿Se configura acá la modalidad de Autoría Mediata?

Es verdad que ese mito pudo alcanzar vuelo gracias a una historia de abusos, pérdidas y amenazas que las comunidades habían sufrido desde la época del caucho. Pero el mito debió tener una fuerza de atracción muy grande para  lograr el poder movilizador que tuvo, que llevó a que comunidades nativas, hasta ese entonces casi desconocidas o ignoradas, muchas en una economía paleolítica, pudieran doblegar al Estado obligándolo a derogar algunos de los decretos legislativos mencionados luego del saldo fatal de 24 policías muertos. Acaso el psicosocial más cruentamente eficaz de la historia contemporánea.

Las comunidades nativas de la selva se movilizaron, efectivamente, contra diez decretos legislativos[1] que fueron promulgados entre marzo y junio del 2008 al amparo de facultades legislativas pedidas por el Ejecutivo con la finalidad de dar las leyes necesarias para adaptar la legislación a los estándares demandados por el tratado de libre comercio firmado con Estados Unidos y aprobado por el Congreso el 2006. El espíritu de esas leyes era conseguir una explotación sostenible y formalizada, controlable, de los recursos forestales de la selva, preservando los derechos de los nativos. Pero los nativos fueron persuadidos de lo contrario, de que la intención aviesa de las leyes era despojarlos de sus tierras y bosques.

Es cierto que uno de esos decretos legislativos contenía una disposición que podía eventualmente ser aprovechada para esos fines protervos, es decir, para adquirir tierras comunales. Era el 1015, dado el 19 mayo de 2008, que permitía a las comunidades campesinas y nativas de la Sierra y Selva vender sus tierras sólo con la aprobación de la mitad más uno de los miembros de la comunidad presentes en la asamblea, lo que, en la práctica, significaba que la comunidad podía enajenar sus tierras por decisión de una fracción pequeña de sus miembros, que podían haber sido comprados por alguna empresa capitalista. Pero resulta que este decreto legislativo ¡ya había sido ya derogado por el Congreso diez meses antes de Baguazo, en agosto del 2008!, y, por lo demás, tampoco era aplicable a los bosques de las comunidades porque éstos no son propiedad de las comunidades nativas sino de la nación, según la Carta Magna, de modo que las comunidades no podían venderlos.

No había, por lo tanto, razón. Los demás decretos legislativos eran inocuos. Nunca resultó claro, durante el debate público y mediático que se desarrolló los meses y semanas anteriores al baguazo, qué artículos o disposiciones de los famosos decretos legislativos pudieran afectar, en su aplicación, los derechos indígenas. Cuando se pedía que se precisara cuáles eran, se evadía la respuesta y se insistía en demandar la derogatoria de todos los decretos ya no por su contenido sino porque no habían sido consultados tal como lo exigía el Convenio 169 de la OIT suscrito por el Estado peruano, convenio del que ni el Estado tenía mayor conciencia y que no había sido reglamentado y, por lo tanto, no podía ser aplicado.

No obstante, recién después de la tragedia aparecieron algunos intentos de señalar artículos potencialmente amenazantes en los decretos. El informe en minoría de la Comisión Especial para Investigar y Analizar los Sucesos de Bagua, firmado por Carmen Gómez Calleja y Jesús Manacés Valverde, señala que los decretos legislativos 994 y 1064 introdujeron un concepto ampliado de tierras eriazas destinadas a la inversión privada: ya no sólo las tierras improductivas por falta de agua, sino también las que tienen exceso de agua y no están tituladas, sugiriendo que por esta vía se pretendía despojar a las comunidades nativas de sus tierras. Pero si se revisa el decreto legislativo 994, vemos que, si bien dice que “son tierras eriazas con aptitud agrícola, las no explotadas por falta o exceso de agua” (Art. 3) (la misma definición está en el 1064), también precisa que está dirigido sólo a “promover la inversión privada en proyectos de irrigación de tierras eriazas con aptitud agrícola de propiedad del Estado” (Art. 2), excluye “aquellas sobre las que exista título de propiedad privada o comunal inscrito en los registros públicos” (3.2), y establece que “no se considera tierras eriazas con aptitud agrícola… las tierras forestales y aquellas con capacidad de uso mayor forestal” (3.3.e). De modo tal que si estas últimas, sean o no de propiedad comunal, no eran materia de concesión al sector privado para proyectos de irrigación, quedaban automáticamente a salvo gran parte de los territorios de las comunidades nativas.

El Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAP), en un documento publicado días después de los sucesos de Bagua, señala que en la Amazonía las tierras consideradas eriazas por exceso de agua, como los aguajales y zonas ribereñas donde se recolecta huevos de tortuga, sirven de sustento a las comunidades. Pero, francamente, es imposible imaginar que alguien quiera hacer una irrigación en un aguajal, de modo que el 994 no se aplica a esas tierras. Sólo se aplicaría, entonces, acaso, a aquellas tierras ya deforestadas y de uso agrícola –no forestal- y que, además, no estuviesen tituladas y fuesen aptas para ejecutarse en ellas proyectos de irrigación. Si las comunidades nativas poseen áreas que reúnen todas esas particulares condiciones, pues, sí, debió incluirse un artículo que precisara que en esos casos no podría haber adjudicación al sector privado mientras no culminara el proceso de titulación a la comunidad, o algo por el estilo. Con una frase se arreglaba el problema. Nadie del lado de los nativos quiso identificar la frase.

Pues, obviamente, el objetivo de ese decreto no era despojar de sus tierras a las comunidades nativas. Era fomentar proyectos de irrigación en tierras eriazas, la mayor parte de las cuales están en la Costa. Pero este decreto fue relacionado al 1090, la Ley Forestal y de Fauna, que establecía que “el cambio de uso debe ser autorizado por la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre basado en un expediente técnico que principalmente garantice la sostenibilidad del ecosistema” (art. 25), de modo que la interpretación era: quienes quieran apoderarse de tierras comunales pues buscarán el cambio de uso para declararlas agrícolas y de esa manera solicitar su adjudicación para proyectos de irrigación. Esa era la supuesta estrategia del despojo.

La suspicacia podía tener sentido en un país en el que, con alguna frecuencia, las normas se han dado para favorecer intereses particulares. Pero aquí estamos en el supuesto negado de que existen tierras comunales no tituladas en la selva en las que se pueda realizar proyectos de irrigación. ¿Proyectos de irrigación en la selva? Aun admitiendo lo imposible, dicha atingencia se podía resolver también muy fácilmente, con una frase o un artículo. De hecho, el Congreso, atendiendo a este y otros asuntos, dictó, el 13 de enero del 2009, cinco meses antes del baguazo, la ley 29317, que introducía modificaciones a la ley Forestal contenida en el decreto 1090. Respecto de este punto, que era más sensible, dispuso lo siguiente:

“No habrá cambio de uso en las tierras que pertenecen al patrimonio forestal cualquiera sea su categoría, salvo cuando se trate de proyectos declarados de interés nacional en cuyo caso la autoridad encargada de determinar la procedencia del cambio de uso es el Ministerio del Ambiente en coordinación con la entidad del sector público correspondiente. Dichos proyectos deben cumplir con lo establecido en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, y su Reglamento” (art. 6).

Fuente: Exitosa

Es decir, la nueva redacción establecía garantías mucho más fuertes para el cambio de uso, que complicaban extremadamente la posibilidad de una arbitrariedad. Pero tampoco fue suficiente. La demanda maximalista de derogar todos los decretos legislativos se mantuvo.

Lo increíble, es que la propia Defensoría del Pueblo había cuestionado la constitucionalidad del mencionado decreto legislativo 1090, con argumentos discutibles y poco equilibrados, acaso ideológicamente sesgados, que legitimaron y dieron alas a las movilizaciones indígenas. Pero esto es algo que veremos en la próxima entrega.

Nota: Este artículo toma elementos del capítulo 11 del libro “La Promesa de la Democracia” de Jaime de Althaus

Lampadia

[1] Los más importantes son:

-994: promueve la inversión privada en proyectos de irrigación para la ampliación de la frontera agrícola.

-1064: régimen jurídico para el aprovechamiento de las tierras de uso agrario

-1020: promoción de los productos agrarios y la consolidación de la propiedad rural para el crédito.

-1081: Crea el sistema nacional de recursos hídricos

-1089: Establece el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales.

-1090: Aprueba la ley forestal y de fauna silvestre

-1083: Promueve el aprovechamiento eficiente y la conservación de los recursos hídricos




Implementemos las “Unidades de Flagrancia Delictiva”

Implementemos las “Unidades de Flagrancia Delictiva”

Jaime de Althaus

Para Lampadia

He aquí una solución sencilla a relativamente bajo costo para mejorar sensible y rápidamente la seguridad ciudadana en Lima y en el Perú, que solo requiere liderazgo y capacidad de coordinación. Se trata de la creación de lo que el presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona, ha llamado  Unidades de Flagrancia Delictiva: establecer en un mismo local a jueces, fiscales y policías, quienes operarían conjuntamente en cada sede, con lo que se evitaría desplazamientos en las diligencias que se requieran para investigar y sancionar a un imputado, ahorrando tiempo y dinero. Y si a ese trípode le agregamos una pequeña carceleta para que los jueces puedan condenar a delincuentes menores a penas cortas de una semana o uno o más meses, con asistencia social, pues se acabaría la sensación de impunidad que indigna a la población y disminuiría apreciablemente la percepción de inseguridad.

Fuente: portal.andina.com.pe

Dichas “unidades de Flagrancia”, agregándoles la carceleta, serían la base de  lo que nosotros hemos denominado “atención primaria de la justicia penal”. El Dr. Ticona anunció que el Poder Judicial ha considerado, inicialmente, implementar dichos módulos en los Distritos Judiciales de Lima Sur, Lima Este, Lima (Cercado) Lambayeque y Arequipa, lo cual requerirá –precisó- de presupuesto adicional. Es decir, no tiene el presupuesto. Y tampoco ha coordinado con el Ministerio Público ni con la Policía para hacerlo ni para sumar recursos. Es una buena idea, pero que no se ejecutará. Salvo que se haga lo que proponemos a continuación.

La idea es sencilla: requiere que el presidente del Poder Judicial, el Fiscal de la Nación, el Ministro del Interior y la de Justicia (o el jefe del INPE), se pongan de acuerdo en un plan de implementación que identifique en qué distritos de Lima habría que comenzar por habilitar dichas “unidades de flagrancia”, y acto seguido hablar con los alcaldes respectivos para solicitarles que hagan la inversión correspondiente en el local y equipamiento.

Algo de esto ya se está haciendo, pero de manera descoordinada, parcial e inorgánica. Por ejemplo, las municipalidades de Miraflores y San Isidro han habilitado sendos locales para la instalación de fiscales, y pronto lo harán las de Magdalena, Breña y San Borja. Y Surco y Surquillo, por su parte, han acondicionado locales para la instalación de juzgados. En todos esos casos faltan las otras partes. Lo lógico hubiese sido una coordinación previa entre el PJ, el MP, la PNP y el INPE para instarse conjuntamente. De todos modos, esos distritos podrían ser el punto de partida para hacerlo de esa manera, ahora sí.

La ventaja de esto es que no se requiere presupuesto adicional. El Dr. Ticona no tendría que pedir más presupuesto al MEF. Las municipalidades, a las que sin duda les interesa, lo ponen. No solo eso, El Poder Judicial y el Ministerio Público podrían terminar ahorrando recursos. Es lo que nos dice el gerente general del Ministerio Público, José Echevarría: “La idea también es expandir las fiscalías descentralizadas a provincias del interior del país; esto aliviará nuestro presupuesto porque dejamos de pagar alquileres (los locales de las descentralizadas los pagan los municipios). Actualmente pagamos 24 millones al año en alquileres, 2 millones al mes, una locura. Esta es una forma innovadora de acercar nuestros servicios al ciudadano bajando nuestros costos”.

Aquí lo que se necesita, entonces, es que alguien tome el liderazgo y los demás no se sientan menos por eso. O que todos lo tomen simultáneamente y coordinen para instalarse conjuntamente. Un escenario natural para estas coordinaciones podría ser el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, donde están todas instituciones partícipes de estos módulos, incluyendo el alcalde de Lima. Se reúne cada dos meses, pero puede conformar una comisión específica para este tema que avance entre reunión y reunión. Allí sería el Ministro del Interior quien tomaría el liderazgo (o el propio Presidente de la República). Los alcaldes distritales, por su parte, podrían tomar el liderazgo en los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana.

Otro foro propicio para esto sería el “Acuerdo por la Justicia”, recién estrenado. Allí el liderazgo correspondería a la ministra de Justicia. Según el documento presentado recientemente al Acuerdo Nacional, las instituciones partícipes de “Acuerdo por la Justicia”, donde no está la PNP, acuerdan institucionalizar “una mesa de trabajo permanente entre los Titulares de las Instituciones del Sistema de Justicia, la misma que sesionará el último viernes de cada mes”, así como crear “una Oficina de Enlace para Coordinación interinstitucional durante los próximos cien días para llevar adelante la agenda de reuniones y acuerdos en el marco del presente Pacto por la Justicia. Dicha Oficina estará a cargo de la Dirección de Justicia y Cultos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”.

En teoría, entonces, podría ser un foro adecuado, aunque no estén ni la PNP ni los alcaldes. Pero, respecto del tema que nos ocupa, se les ha escapado la tortuga, pues figura la propuesta del Ministerio Público de firmar “un convenio marco de cooperación interinstitucional entre el Ministerio Público y los gobiernos locales, estableciendo las contrapartidas de cada una de las instituciones, lo que permita la implementación y puesta en funcionamientos de las fiscalías provinciales penales en los distritos focalizados”. Es decir, lo que decíamos antes: que la municipalidad ponga el local. Sorprende que el Dr. Ticona o el Ministerio no hayan advertido que en dicho convenio hay que incluir también de una vez al Poder Judicial, a la PNP y al INPE para conformar las “Unidades de Flagrancia Delictiva”. También podría hacerse a partir de las comisarías.

Como fuere, se trata de sentarse a coordinar un plan de implementación progresiva de estos módulos, convocando a los alcaldes respectivos. Quizá el programa de incentivos municipales que maneja el MEF podría incluir, en la parte de seguridad ciudadana que ya existe, un plus para los municipios que brinden estos locales. ¿Quién toma el liderazgo? Lampadia




Avances y esperas en la mayor preocupación de los ciudadanos

Avances y esperas en la mayor preocupación de los ciudadanos

En el siguiente informe sobre la seguridad ciudadana (parte 1), se muestran los avances logrados a la fecha y se incide en la necesidad de que el monitoreo de las reformas ya establecidas genere mayor efectividad en su aplicación.

Muchos de los avances no han sido suficientemente difundidos entre los ciudadanos y la percepción de la sociedad sigue siendo, que hasta la fecha no se ha hecho prácticamente nada. Es muy importante hacer más esfuerzos por involucrar a los ciudadanos en estos procesos.

Este artículo es parte de nuestra biblioteca virtual: Estado del Siglo XXI, que recomendamos revisar como un espacio donde compilamos los distintos aspectos de las imperiosas reformas del Estado.

Un policía fue víctima de una brutal agresión durante protestas en Tayacaja – Radio Exitosa

 

Reforma de la Seguridad Ciudadana (I)

Resumen Ejecutivo

Recién a partir del 2012 se pone en marcha una política seria de seguridad ciudadana con supervisión central e incentivos fiscales que buscan que funcionen los Comités Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, presididos por los alcaldes, elaborando y aplicando planes de seguridad ciudadana en cada circunscripción. Pero contrariamente a lo que se esperaría luego de eso, el INEI registra una caída en los niveles de vigilancia de los serenazgos y la Policía en los barrios a partir del 2013, lo que, a su vez, tampoco es congruente con la reducción de la tasa de victimización. Algo anda mal.

Creación del Sinasec

A partir del año 2003, el Estado peruano empezó a tratar de responder a los problemas de inseguridad ciudadana mediante la coordinación de la Policía Nacional y el sistema judicial con los ministerios, los gobiernos regionales y locales y las juntas vecinales. Es decir, mediante un enfoque más integral, participativo y preventivo.

En efecto, ese año, en febrero, se promulgó la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINACEC), cuyo artículo 4º establece que son instancias integrantes de dicho Sistema el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), presidido por el Presidente del Consejo de Ministros[i]; los Comités Regionales de Seguridad Ciudadana, presididos por los presidentes (ahora gobernadores) regionales, los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana y los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana, presididos por los alcaldes respectivos. En todos ellos participan las autoridades policiales, judiciales y fiscales al nivel que corresponda, junto con representantes de otras instituciones y ministerios.

El CONASEC aprueba las políticas y el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y evalúa su aplicación. Tiene una secretaría técnica que es la Dirección Nacional de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior creada recién a partir del 2013. Los comités regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana también elaboran planes y los supervisan y evalúan.

Toda esta estructura permaneció vacía y sin actividad hasta hace relativamente poco. Durante años el CONASEC se reunió en contadas ocasiones y los comités regionales o locales de seguridad ciudadana[ii], si se instalaban, no operaban. Cada año se elaboraba un Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, pero era declarativo. No se evaluaba ni se cumplía.

Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, evaluación, sanciones e incentivos

Esta realidad cambió con las reformas que se dieron a partir del 2012. La nueva ley orgánica del ministerio del Interior creó la Dirección General de Seguridad Ciudadana a la que se le encargó la secretaría técnica del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana así como elaborar y evaluar el cumplimiento del Plan. Se aprobó entonces el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, cuyos avances son evaluados semestralmente. La última evaluación, publicada en la web del Ministerio del Interior[iii], corresponde al primer semestre del 2015.

Pero, además, el reglamento de la ley de seguridad ciudadana le da dientes a la Dirección General de Seguridad Ciudadana para proponer sanciones a los gobernadores regionales y alcaldes por no instalar los comités de seguridad ciudadana o no convocarlos para sesionar. El castigo puede llegar a la suspensión en el cargo[iv]. No solo eso, los representantes del Ministerio Público ante los comités regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana están obligados a denunciar los incumplimientos de lo establecido en la Ley de Seguridad Ciudadana y sus modificatorias, “ya sea por acción u omisión, por parte de los miembros que integran los citados comités. El Ministerio Público determinará en cada caso si existen indicios de la comisión de delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales”. Esto es lo que establece la Tercera Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 27933 incorporada por la Ley Nº 30055.

El asunto, pues, se ha vuelto obligatorio y sancionable. De hecho, la Dirección General de Seguridad Ciudadana ha denunciado a 464 alcaldes (de un total 1,851) por no haber formulado el Plan de Seguridad Provincial o Distrital. Si luego de una primera advertencia, los alcaldes omisos no cumplen, se les suspende 30 días en el ejercicio del cargo. A la segunda advertencia pueden ser vacados. Preventivamente, la Dirección General capacita a los alcaldes en lo relativo a sus responsabilidades en seguridad ciudadana.

El resultado ha sido el que podemos ver en los siguientes cuadros: el 100% de los Comités Regionales de Seguridad Ciudadana formularon sus planes de seguridad ciudadana, y el 93.3% y el  83.6% de los Comités Provinciales y Distritales hicieron lo propio.

Pero no solo hay castigos. También hay incentivos presupuestales. Junto al palo hay una zanahoria. Desde el año 2013 las 250 municipalidades más grandes (tipo A y B, según la clasificación del MEF) tienen el componente de seguridad ciudadana en el programa de incentivos para la mejora de la gestión y modernización municipal del Ministerio de Economía. Desde esa fecha reciben asignaciones presupuestales adicionales para seguridad aquellas municipalidades que ejecuten “al menos el 75 % de las actividades programadas en el Plan Local de Seguridad Ciudadana (PLSC)” del semestre en cuestión. El 2015 el 25% de los 1,100 millones de soles del Programa de Incentivos se podía destinar al componente de seguridad ciudadana.

Es la Dirección General de Seguridad Ciudadana la que verifica que los planes se cumplan. El año 2015, por ejemplo, sólo aprobaron 110 de las 250 municipalidades, nos informa el General Roberto Villar, director general de Seguridad Ciudadana. A las restantes, las que no cumplieron, se les retira el 25% del presupuesto de incentivos que recibían para seguridad, pero pueden recuperarlo si ejecutan las actividades contenidas en el plan respectivo. La municipalidad de San Isidro, por ejemplo, fue una de las desaprobadas.

Además del programa de incentivos, el Ministerio de Economía dispuso el año pasado de 300 millones del FONIPREL[v] para proyectos municipales de seguridad ciudadana, pero Villar nos informa que sólo se gastó 75 millones porque concursaron muy pocas municipalidades.

¿Pero hay menos vigilancia en los barrios?

Ahora bien, la relativa institucionalización de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana y los presupuestos para seguridad ciudadana entregados como parte del programa de incentivos municipales, deberían haber llevado a una mayor vigilancia y presencia en los barrios del serenazgo, de la policía misma o del patrullaje integrado (un policía en el vehículo del serenazgo). Pero resulta que, según el INEI, dicha vigilancia ha caído justamente desde el 2013, año en que empiezan a aplicarse dichas políticas. Veamos el siguiente gráfico:

El INEI especifica que se considera que existe vigilancia en la zona o barrio, si la persona entrevistada manifestó que existe al menos una de las tres formas de vigilancia (Policía Nacional del Perú, Serenazgo o Patrullaje integrado) en las calles de su zona o barrio.

Esta tendencia se mantiene en el 2015, según el boletín de seguridad ciudadana de febrero del 2016 del INEI, que mide hogares en lugar de población:

Una explicación podría ser que los planes de seguridad ciudadana que elaboran los CODISEC, etc, pues son puramente declarativos, no se aplican. Al mismo tiempo, sin embargo, las estadísticas sí registran una disminución de la victimización por delincuencia, lo que sería coherente con una política de vigilancia más estricta producto de la coordinación con los gobiernos locales.

Lo que no es congruente es la caída en los niveles de vigilancia según el INEI, y la caída al mismo tiempo en los niveles de victimización. Alguna de las dos estadísticas tendría que estar mal. El Jefe del INEI, Aníbal Sánchez, nos dice que una explicación podría ser que “hay un cambio de modalidad, los sistemas de vigilancia han variado en estos últimos años: los hogares que tenían vigilancia del Serenazgo en un lugar fijo, ahora lo tienen en forma motorizada; y ello aún no es percibido por algunos hogares como una medida de vigilancia segura en su zona o barrio”. Ello, sin embargo no explicaría la caída en el patrullaje dado por la policía, como se puede constatar en el siguiente cuadro:

Sánchez observa, además, que lo que sí se ha incrementado son “las medidas de seguridad adoptadas en su zona o barrio por los hogares para auto protegerse”. Así, los sistemas de control de acceso a personas ajenas al lugar (rejas con vigilante, tranqueras con vigilante entre otras), aumentaron 7 puntos porcentuales en el último año (2015). Los sistemas de vigilancia a través de video cámaras se incrementaron también en 4,4 puntos porcentuales; y la vigilancia particular en 1 punto porcentual.  

Como fuere, el asunto es importante porque no cabe duda del potencial de una buena coordinación entre la Policía y las municipalidades. Como hemos visto, según el propio INEI el patrullaje del serenazgo está mucho más presente en los barrios de las ciudades del país, que el de la PNP.

Por lo tanto, es importante sumar esfuerzos y avanzar hacia el llamado “patrullaje integrado”, algo que ahora no requiere de la compra del día de franco de los policías sino que la PNP pone los policías en los vehículos del serenazgo a título gratuito, por lo menos en alguna medida. Pero para que esto funcione bien el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, presidido por el alcalde y en el que participan el o los comisarios del distritos junto con otras autoridades, tienen que reunirse regularmente para que el alcalde pueda asumir el liderazgo que le corresponde y aportar los recursos necesarios para integrarlos con los que posee la PNP.

Entrevistas

Gereda Espinoza, Luis O. Director de Diseño y Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana, Ministerio del Interior

Sánchez, Aníbal, Jefe del Instituto nacional de Estadística e Informátiva (INEI)

Gral ® Villar Amiel, Roberto, Director General de la Dirección General de Seguridad Ciudadana,l Ministerio del Interior

Bibliografía
Centro Internacional para la Prevención de la Criminalidad (CIPC): Informe experiencias exitosas en prevención de la criminalidad en América Latina. Una perspectiva territorial de las políticas públicas de seguridad ciudadana en América Latina, Diciembre 2015.

Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana: Evaluación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013 – 2018, periodo ene –jun 2015, Ministerio del Interior

Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana: Evaluación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013 – 2018, periodo jul – dic 2014, Ministerio del Interior

Decreto Supremo Nº 012-2003-IN,  Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana

INEI, “Estadísticas de Seguridad Ciudadana Abril – Septiembre 2015. Informe Técnico No 4 – Diciembre 2015

INEI, “Victimización en el Perú, 2010-2014”, Julio 2015

Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINACEC)

Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018

Lampadia

 


[i] Está integrado, además, por el Ministro del Interior, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, los  Ministros de Educación, Salud,  Economía y Finanzas,  Transportes y Comunicaciones, Comercio Exterior y Turismo, la ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el ministro de Desarrollo e Inclusión Social. También por el  Presidente del Poder Judicial, el Fiscal de la Nación, el Defensor del Pueblo, ell Presidente de la Asociación de Gobernadores Regionales, el Alcalde Metropolitano de Lima, el Presidente de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), el Director General de la Policía Nacional del Perú, el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario, el Presidente del Consejo Nacional de la Prensa y el Presidente de la Sociedad Nacional de Seguridad

[ii] Un Comité distrital de seguridad ciudadana está integrado por el Alcalde Distrital de la jurisdicción, el Gobernador Distrital, el o los Comisarios de la Policía Nacional del Perú del distrito, un representante del Poder Judicial,un representante del Ministerio Público, dos Alcaldes de Municipalidades de Centros Poblados menores, el representante de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, y un representante de las Rondas Campesinas existentes en el distrito.

[iv] Artículo 82.(del reglamento de la ley de seguridad ciudadana)- Los Presidentes de los Gobiernos Regionales y los Alcaldes Provinciales o Distritales que no instalen los comités de seguridad ciudadana en el plazo legal o no los convoquen para sesionar, cometen falta grave y están sujetos a la sanción de suspensión en el cargo, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modificados por la Ley Nº 30055.

[v] El Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local (FONIPREL), es un fondo concursable, cuyo objetivo principal es cofinanciar Proyectos de Inversión Pública (PIP) y estudios de preinversión orientados a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica, que tengan el mayor impacto posible en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el país.

https://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=1592&Itemid=100674&lang=es

 




La Reforma Policial (V)

La Reforma Policial (V)

Construir una meritocracia

Con el siguiente ensayo terminamos el quinto componente de nuestro análisis de la Reforma Policial que incluyen nuestras propuestas de ajustes y mejoras a los avances actuales. Ver los despachos anteriores en nuestra biblioteca virtual: Estado del Siglo XXI.

Algo fundamental para la construcción de un Estado moderno y efectivo es instalar la meritocracia en el ADN de los procesos estatales. Como hemos informado en Lampadia, el país que incorporó la meritocracia con gran éxito fue Singapur, uno de los países más exitosos de la tierra. Esta fue implantada por su fundador, Lee Kuan Yew, que además fue una suerte de maestro de Deng Xiaoping, el gran reformador que sacó a la China del comunismo.

Curiosamente, el ex Presidente García, que en sus presentaciones internacionales alaba a ambos líderes, en su propio segundo gobierno,  cometió el error de ir contra la meritocracia bajando el sueldo a los funcionarios públicos. Peor aun, ahora, en medio de la campaña electoral, ha vuelvo a girar la tuerca en el sentido contrario de la historia proponiendo adherir nuevamente las recetas del populismo, absolutamente contrarias a la prédica y praxis de los líderes que no deja de exaltar.  

Resumen ejecutivo

Si bien la ley de Carrera Policial establece la evaluación de desempeño, esta no ha sido reglamentada aun y apenas tiene un coeficiente de 2 en un total de 10 puntos, para el ascenso. Los exámenes de rendimiento físico se acaban de instaurar pero no los hay de tiro al blanco porque no había balas ni pistolas. Y para el ascenso a general el peso de la amistad o el compadrazgo, cuando no la complicidad, sigue siendo muy elevado.

Introducción

Hemos visto, en el informe anterior, que la adopción del presupuesto por resultados en el sector Interior está permitiendo empezar a introducir racionalidad, planificación y metas en el gasto y la labor policial, particularmente en lo que se refiere a seguridad ciudadana. Pero, como es obvio,  quien aplica las políticas de seguridad contenidas en los presupuestos por resultados y en la matriz de compromisos, son los oficiales y subalternos de la policía. Se necesita, por lo tanto, que ese personal sea idóneo profesional y éticamente. En “La Reforma Policial (II)” hemos dado cuenta del proyecto de ley de depuración de la policía que tendría que ser aprobado por el próximo Congreso y ejecutado por el siguiente gobierno. Pero, mientras tanto, es indispensable avanzar en la organización de una carrera policial meritocrática, que aún no existe plenamente pese a la promulgación, en diciembre del 2012, del Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la carrera y situación del Personal de la Policía Nacional del Perú.

No hay evaluación de desempeño

La mencionada ley de la carrera policial afirma el “principio de meritocracia”, en el sentido de que “el ingreso, la permanencia y los ascensos en la carrera, se fundamentan en los méritos y en las capacidades personales, profesionales y técnicas”. El artículo 36° de la ley establece  la “evaluación de desempeño” con la finalidad de “ubicar al personal en el nivel que le corresponda en las Listas de Rendimiento Profesional y Técnico”, “aportar indicadores objetivos para los procesos de ascensos, asignación de cargo, otorgamiento de incentivos y evaluación para la permanencia en la institución; y garantizar el cumplimiento de las funciones asignadas, mediante indicadores de desempeño”.

Concluye el artículo 36° diciendo: “Las fases, juntas de evaluación y procedimientos para la evaluación del desempeño, se regulan en el reglamento respectivo”. Pues bien, ocurre que el reglamento todavía no había sido publicado en febrero del 2015, pese a que la ley se dio a finales del 2012. En suma, no hay evaluación de desempeño.  

Por lo demás, la propia ley le asigna a la evaluación de desempeño sólo un coeficiente de 2 de un total de 10, para los ascensos. Los otros criterios son “formación académica” (2 puntos), “experiencia para el servicio policial” (¿?) (2 puntos), “moral y disciplina” (3 puntos) y “antigüedad” (1 punto).

No hay exámenes de rendimiento físico ni de tiro al blanco

Los únicos exámenes que se ha venido tomando en la PNP para los ascensos son los médicos y de conocimientos (en este último caso, por lo general sobre temas que muchas veces no son útiles para la labor policial), aunque efectivos u oficiales que están en zonas alejadas o de emergencia son exonerados de dichos exámenes dándoles el puntaje máximo. Como nos explicó el ministro del Interior José Luis Pérez Guadalupe, en los últimos 30 años ni siquiera se ha tomado exámenes de rendimiento físico o de tiro al blanco a los suboficiales porque no había recursos, ni pistolas, ni balas. Recién, hace pocos meses, se reinstauró el examen físico y, en cuanto a las prácticas y exámenes de tiro, se ha comprado alrededor de 3 millones de balas, que ya están en la Policía Nacional, pero todavía falta adquirir las pistolas, un proceso que se dejaría encaminado para que el próximo gobierno compre 90 mil de ellas.

La distribución del personal no es una pirámide

El resultado es que los ascensos en la policía no obedecen a razones de rendimiento, desempeño o capacidad, sino a otros motivos. Y esa es la explicación de los siguientes gráficos de distribución del personal policial. El primero se refiere a los subalternos, a los suboficiales. Allí donde debería haber una pirámide, lo que tenemos es una figura cóncava, una suerte de reloj de arena, donde vemos en los grados superiores más suboficiales que en los niveles intermedios. Es decir, más jefes que subordinados. Esto obedece sencillamente a que el ascenso a los niveles superiores es un medio para subir la remuneración y nada más. No refleja ni las necesidades de la operación policial ni evaluación meritocrática alguna.

El cuadro de los oficiales es distinto, un rombo, pero refleja lo mismo: la necesidad de engrosar las categorías de mayor y comandante como un medio para subir los sueldos, con el resultado, también, de que tenemos, desde allí para abajo, muchos más jefes que subordinados.

Se supone que en el caso de los oficiales hay un grado algo mayor de meritocracia, pues, para ascender, los oficiales –salvo los exonerados, que no son pocos- sí pasan examen físico, examen médico y examen de conocimientos (incluyendo formación académica), aunque no hay una verdadera evaluación de desempeño. Pero en cuanto a la evaluación de la formación académica, por ejemplo, resulta que los criterios para su valoración  son cuestionables. Pérez Guadalupe observa lo siguiente: “…. no termino de ver claramente si esos criterios son objetivos. Un grado académico, por ejemplo, tiene un puntaje, está bien, pero debería tenerlo sólo si es sobre algo que tiene que ver con tu carrera policial. En segundo lugar, cómo llegaste a ese grado académico, de qué universidad es, si fue a distancia…”, porque las tesis, por ejemplo, se pueden eventualmente comprar en algunas universidades.

Por lo demás, como dijimos, no hay una evaluación de desempeño en regla, pues aun no ha salido el reglamento. En la actualidad, en “evaluación de desempeño” todos reciben la calificación de 100. Es algo insólito pero así es. Esa evaluación mide en teoría el rendimiento profesional, la disciplina y la aptitud para el trabajo, pero en la práctica, repetimos, todos reciben la  máxima nota. El incentivo es muy malo porque para qué se va a esforzar un oficial o un subalterno si va a recibir la misma calificación que el que no hizo nada. No hay, en suma, meritocracia. Esta evaluación, por lo demás, debería tener un coeficiente mayor que el de formación académica. En el caso de los comisarios, por ejemplo, el ministro Pérez Guadalupe, nos decía “¿cuál es la diferencia entre una comisaría y otra? No es el número de patrulleros, no es el número de efectivos, no. Es gestión y liderazgo del comisario. Debe evaluarse cuántas armas ha recuperado, cuántos delincuentes capturados, cuántos autos robados, etc.”. Y esto no existe.

Amistad y compadrazgo para el ascenso a general

Pero donde se advierte claramente la ausencia flagrante de meritocracia es en el ascenso de coronel a general. Apunta Pérez Guadalupe: “en el Ejército, por ejemplo, tu meritocracia, tu puntaje te vale el 97% de tu nota final y la entrevista es un 3% nada más. En cambio en la policía puede llegar a 50-60%. Y no la entrevista, porque no hay entrevista, sino la calificación subjetiva que te pone la reunión de generales que elabora el orden de méritos de los coroneles postulantes. Puede ocurrir, entonces, que el coronel más conocido, el más amiguero, sea el que obtenga más votos”.

La propia ley de carrera policial promulgada a fines del 2012 establece como requisito para ascender hasta el grado de coronel “tener un promedio no menor de sesenta y cinco (65) puntos en el factor rendimiento profesional o técnico, correspondiente al grado que ostenta” (el único problema, como hemos señalado, es que la evaluación de desempeño que sirve para determinar tal factor de rendimiento, no ha sido reglamentada y no se aplica), pero no establece tal requisito para el ascenso a general. Los generales gozan entonces del privilegio de escoger a sus segundos o sucesores con criterios no meritocráticos que eventualmente pueden ser de amistad o compadrazgo o incluso complicidad en actos indebidos o en formas de enriquecimiento ilícito. Esto, evidentemente, favorece la conformación de redes de corrupción. Habría que comenzar por modificar la ley en ese punto.

En resumen, aún falta mucho para implantar una verdadera meritocracia en los ascensos, pues la ley de carrera policial no ha sido reglamentada.  

Recomendaciones

  1. Elaborar y publicar el reglamento de evaluación de desempeño y pasar a un sistema de ascensos claramente basado en los méritos y no en la amistad o la compadrería
  2. Aumentar el coeficiente destinado a la evaluación de desempeño
  3. Reducir sustancialmente el peso de la opinión del consejo de generales en los ascensos de coronel a general

Entrevistas

Perez Guadalupe, Jose Luis, Ministro del Interior, entrevista en la Hora N, 3 de diciembre 2015

Reyes, Jaime, Jefe de gabinete de asesores del Ministro del Interior, y Javier Llaque, asesor, 16 de octubre de 2015

Bibliografía

Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú.

Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la Carrera y situación del Personal de la Policía Nacional del Perú.

Decreto Supremo N°016-2013-IN, Reglamento de la Ley de Carrera y Situación del personal de la Policía Nacional del Perú.

Decreto Legislativo Nº 1150, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú.

Lampadia, “La Reforma Policial (I)”, 14 de enero de 2018

Lampadia, “La Reforma Policial (II)”, 8 de febrero de 2016

Pérez Guadalupe, José Luis, Ministro del Interior: “Meritocracia en la Gestión Policial: al servicio del ciudadano”, Presentación en CADE 2015, Lima, 3 de diciembre 2015

Lampadia




La Reforma Policial (II)

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Manipulación política de la cultura

Manipulación política de la cultura

Comentario de Lampadia:

Como hemos comentado en Lampadia (ver: Ministerio de Cultura apoya falta de cultura – El negocio de la fabricación de mitos), nuestro Ministerio de Cultura propicia (dizque sin querer queriendo) la creación de mitos y la malformación política de los ciudadanos.

Este es claramente el caso del ‘documental’ de la Hija de la Laguna en que un documentalista pertinaz sigue consiguiendo apoyo financiero del Estado para falsear la realidad en la forma de un documental.

Además, como destacan los autores de la siguiente nota, un jurado compuesto de extranjeros otorga el premio al ‘documental’ que considera inacabado pero “necesario y urgente” de [difundir], jurados a los que ya ha recurrido anteriormente el Ministerio de Cultura.

Ver líneas abajo el excelente análisis de Camilo Ferreira y Franco Olcese:

¿Hija de la Laguna: Necesaria y urgente?

“Tomando en cuenta que es un ensamblaje preliminar y siendo evidente que al proyecto le falta considerable trabajo de edición para encontrar el hilo conductor que unifique sus diferentes subtramas, el jurado la premia por ser necesaria y urgente, no solo en un contexto peruano, sino global.

Jurado del  Concurso Nacional de Proyectos de Post Producción de Obras de Largometraje 2013 del Ministerio de Cultura justificando su decisión de continuar financiando Hija de la Laguna”.

Del Acta Final del Jurado.

Miembros: Juan José Luzuriaga Franco (Ecuador), Javier Andrés Andrade Morales (Ecuador) y Micaela Sole Malcuori (Uruguay).

 

¿Hija de la Laguna: Necesaria y urgente?

Autores: Camilo Ferreira y Franco Olcese

Centro para el Diseño de Estrategias

Para justificar su ideología contraria al desarrollo, los seguidores locales de corrientes anti-extractivistas, especialmente Europeas, inventan ficciones que son presentadas a la sociedad como si fueran trabajos documentales. Lo que toman de la realidad son algunos fragmentos que, combinados con versiones distorsionadas de los hechos, son incrustados en una narrativa prefabricada. Lo que dejan de mostrar de la realidad son los elementos más importantes para entender los dilemas reales y las posibles rutas de progreso de la población rural Andina. Su amor por la ideología está por encima de su aprecio por los dramas reales de la población. Lamentablemente estas acciones llegan a ser financiadas por el Estado Peruano.

La narrativa de la película.

Una Empresa minera transnacional intenta realizar una mina de oro a tajo abierto en una zona de población indígena de Cajamarca. Dicha actividad devastará, de manera inevitable, las cabeceras de cuenca de las zonas circundantes. Estas caberas de cuencas son críticas por que de ellas surge el agua que alimentan los valles de una zona idílica y habitada por campesinos cuya alegría proviene de la conexión con la tierra y que no aspiran el “desarrollo” que la inversión podría traer para ellos y para sus hijos. Esos campesinos tienen una relación mística con el medio ambiente, están felices en su pobreza, y ante la amenaza de los cambios que pueden venir con la empresa minera piden a la Mama Yacu (Madre Agua) que les ayude (Para nada de esto hay evidencia empírica confiable, pero esto no preocupa a los autores de la obra).

La Empresa tiene a las instituciones del Estado (la PNP y la Presidencia de la República) sometidas y las manipulan para que actúen de acuerdo a sus intereses. Ante la resistencia de la población, la Empresa usa su poder malvado para reprimir abusiva y violentamente a los campesinos pobres locales y forzar su expulsión de las tierras ancestrales que legítimamente ocupan. Para satisfacer su avaricia la empresa deja a los campesinos sin agua pues sus operaciones “asesinan” las fuentes de este líquido (según esta idea los cerros son seres vivos que no deben ser tocados, y los conocimientos de geología e ingeniería no interesan).  Adicionalmente, la minería empeora los problemas sociales pues atrae el alcoholismo y la prostitución. Prueba de estos efectos se perciben en las inmediaciones  a las operaciones de minería (informal) presentes en Madre de Dios (para los autores de la película tampoco interesa que Madre de Dios sea selva baja y esté a dos mil kilómetros de Cajamarca, y que allá se aplique una tecnológica totalmente distinta).

Afortunadamente existen defensores del agua, como el padre Marco Arana y otros líderes, que con coraje y sin temor a perder su vida se enfrentan al extractivismo. Altruistamente, esos líderes impiden que se destruyan las fuentes de alimento de la población urbana y protegen el ecosistema en el que los campesinos pueden mantener su “estilo de vida” cualitativamente superior a la modernidad del occidente (índices de mortalidad infantil y esperanza de vida son indicadores poco relevantes, según ellos). Los problemas de la pobreza, de las enfermedades y del envejecimiento precoz son secundarios ante la belleza de sus tradiciones.

Aunque se percibe claramente la carga ideológica y la descripción fantasiosa de este relato, este es el mundo que nos retrata Hija de la Laguna el promocionado documental financiado por el Estado Peruano a través del Ministerio de Cultura.

No son antimineros pero siempre actúan en contra de la minería

La Hija de la Laguna es el más reciente de los documentales que ha producido Guarango Producciones. Desde su fundación en 1994 ha producido los siguientes largometrajes, todos documentales: De Ollas y Sueños, Tambogrande, Operación Diablo, Choropampa: El Precio del Oro e Hija de la Laguna.  El primer documental trata sobre la gastronomía peruana, todos los demás desarrollan una narrativa anti-minera consistente. Tanto es así que dichos documentales son utilizados en las acciones de adoctrinamiento (llamada concientización) de los grupos anti-extractivistas, y son exhibidos como herramientas de propaganda dirigida a la población a ser radicalizada.  El 80% de la producción de largometrajes de Guarango es hostil a la minería, y el 60% se enfoca en Minera Yanacocha específicamente. Guarango es un claro ejemplo los llamados “artistas comprometidos,” dispuestos a utilizar sus obras para avanzar su agenda ideológica para brindar información sesgada y dedicarse a la manipulación de la población campesina en función a sus objetivos.

El caso de Hija de la Laguna ha sido el más reciente y más visible caso de esta conducta hostil a las actividades mineras modernas. Este documental tuvo recientemente amplia cobertura mediática al informarse que su tráiler tuvo un número sorprendente de 5,7 millones de vistas a finales de agosto de este año.  Queda por entender por qué esta sorprendente aceptación en redes sociales no se traduce en público interesada por asistirla en las salas de cine. Comparando con otra película peruana reciente vemos que Asu Mare tuvo muchísimo menos visitas al tráiler y muchísimo más asistencia a los cines. Hija de la Laguna va por las 8,000 asistencias, en tres semanas y muy probablemente no supere las 10,000 mientras que Asu Mare, hacia su tercera semana, llegó a los 2.1 millones de espectadores, a pesar de que su tráiler tuvo 3,1 millones de vistas. Hija de la Laguna manifiesta un muy reducido ratio espectadores en cine y vistas al tráiler. Esto es sin dudas un fenómeno interesante, y genera la pregunta: Si una parte importante de las visitas al tráiler de Hija de la Laguna no fue obtenida artificialmente vía robots o contratada a empresas de promoción digital, como se explica una diferencia tan notable entre las dos películas?

En entrevista con el Diario Correo TV, Ernesto Cabello, director del documental, afirmó que la cinta “no es un documental anti(-minero), es un documental a favor del agua”.  Sin embargo, existen varios elementos que hacen pensar que este documental sí es principalmente hostil a la minería y que intenta sustentar una posición política anti-extractivista que el director no ha querido manifestar abiertamente. Su postura hostil al progreso es indefendible, así que él se presenta como defensor de un recurso natural. Nadie puede estar en contra del agua. El agua es un elemento mítico dentro de una narrativa anti-minera. Así su falta de perspectiva de futuro se oculta detrás del espejo de agua de las lagunas.

Para sustentar su posición, el director presenta como documento una historia que es una versión tergiversada e incompleta de la realidad, ocultando así los miles de otros casos de campesinos que con mucho esfuerzo e inteligencia están avanzando en sus aspiraciones. El documental no mapea ni documenta ninguna de las buenas prácticas que podrían servir de inspiración o de pistas de progreso para el campesinado Cajamarquino. Sin embargo, un trabajo así está más allá de las posibilidades de quienes quieren mantener a los campesinos en su estado de pobreza tradicional.

Aquí se comparten algunas apreciaciones, que ayudarán al lector a tener un retrato un poco más completode la realidad que el documental dice describir.

Medias Verdades y Mentiras Completas.

Cabello utiliza varias figuras de asociación para inducir las ideas que promueve en la audiencia.  Una de esas asociaciones es el grupo conceptual: indígena, tradición y quechua. Esta condición indígena tradicional es representada en la protagonista de la cinta, la señora Nélida Ayay. Si la misma protagonista de la película puede o no puede hablar Quechua no es importante. Lo que sí es importante es que, a pesar de ser mayoritariamente rural, el98% la población campesina Cajamarquina habla español, siendo el Quechua utilizado por menos del 2% de la población. Es bastante astuto de parte del director presentar el quechua como representativo de la población cajamarquina, a pesar de no serlo. Racialmente, más del 80% de la población peruana tiene trazos indígenas, así que en un escenario urbano casi cualquier campesina puede ser fácilmente vista como representante de culturas ancestrales. El propósito de esa tergiversación es incrementar el “exotismo indígena” de la historia ante las audiencias urbanas, especialmente internacionales, que asocian una lengua indígena con la condición social de grupo indígena marginal, remanente de una cultura ancestral, y ocultar así las características culturales modernas de la gran mayoría de la población peruana. La misma señora Nélida es una estudiante universitaria, de derecho.

También llama la atención que, la “Granja Porcón,” cerca de la cual vive la protagonista, es la máxima representante de la campiña Cajamarquina y realiza una próspera actividad agropecuaria y de piscicultura con aguas que salen, previamente tratadas, de las actividades mineras. El documental oculta que los principales líderes de la Granja Porcón tienen una postura favorable a la presencia de la minería en Cajamarca, y que, con esa cooperación, han logrado cambios notables en la calidad de vida de sus miembros. Esos logros son tan positivos y tan visibles que la Granja Porcón se ha un vuelto destino turístico reconocido. Esta es una realidad que el documental ha buscado ocultar.

Cabello además, muestra al personaje de la señora Chaupe como el símbolo del cajamarquino de las zonas aledañas al proyecto Conga que, supuestamente, se opone al ingreso de la empresa minera. Lo que oculta Cabello es que señora Chaupe es una migrante reciente que viene de fuera de la zona (instaló su vivienda el 2011, según fotos de Google Earth) y no representa el sentir de las 32 comunidades que viven en los alrededores de Conga. La señora Chaupe es una excepción de oposición en un área geográfica con una postura social abrumadoramente favorable a la minería. Dichas comunidades, de las zonas circundantes, se han pronunciado repetidas veces a favor de la actividad minera y en contra de los grupos hostiles que cruzan sus terrenos para hacer manifestaciones, pero este hecho es silenciado en el documental.

En realidad, la gran mayoría de personas que participan en las manifestaciones exhibidas en el documental son de zonas alejadas al proyecto Conga. La misma zona de Porcón Bajo, donde vive la protagonista Nélida es cerca de las operaciones actuales de Yanacocha y de la ciudad de Cajamarca, donde las comunidades también apoyan a la minería, y está bastante alejada de las áreas de influencia económica o ecológica del proyecto Conga, al cual ella se opone. Es evidente la intención de Cabello de manipular al público que desconoce los detalles de la geografía humana local.

En Hija de la Laguna se omite también información relevante sobre los “defensores del agua”  a los que en muchas oportunidades se les presenta como altruistas luchadores sociales pronunciándose o participando en manifestaciones públicas hostiles a la minería. En varios momentos ellos son presentados como si fueran personas que sacrifican sus intereses personales para servir a la comunidad.  Para tener un “retrato más completo”, sería bueno mencionar que los líderes anti-mineros han ascendido económica y políticamente en base a la promoción de la conflictividad. El más notable es el señor Gregorio Santos preso por acusaciones de corrupción, quien pasó de ser un desconocido profesor para transformarse en Gobernador Regional y en referencia nacional de la lucha anti-minera. Otros ejemplos son: Milton Sánchez miembro de Tierra y Libertad quien vive de combatir a la minería y que ha justificado en múltiples oportunidades la represión violenta de cualquier voz disidente a su prédica anti-extractivista en Celendin (http://www.lampadia.com/politica/stalinismo-en-cajamarca) y Edy Benavides, ex-miembro del grupo violentista de Antauro Humala, quien gracias a la oposición a Conga ha logrado elegirse alcalde de Bambamarca.

Con el apoyo de anti-extractivistas Europeos y Americanos esos líderes han sido favorecidos con financiamientos voluminosos y/o con viajes internacionales. Sus ingresos económicos personales se han multiplicado varias veces gracias a la promoción de los conflictos. Nunca le interesó, ni les importa que esa conflictividad haya generado una crisis económica cuyos los costos de están siendo pagados por las empresas y por la población Cajamarquina. Mientras los ingresos de la población local caen, los suyos aumentan. Como explica Sir Paul Collier de Oxford: los conflictos violentos, a pesar de sus terribles costos sociales, pueden ser muy rentables para algunos líderes.

Es notable que el único anti-minero presentado con nombre y apellido es Marco Arana(hoy pre-candidato presidencial) a quien le viene muy bien aparecer en un documental retratado como un líder pacificador, parecido a Gandhi, justo a puertas de su próxima campaña electoral. Al señor Arana  se le sigue denominando  “Padre” en el documental a pesar de haber sido expulsado de la Iglesia Católica. Los padres de la Iglesia Católica son vistos como personas honradas y bien intencionadas. No era conveniente hacer explícita su expulsión. Además, para una persona con ambiciones presidenciales, es muy conveniente y oportuno ser presentado elogiosamente en un documental, y especialmente si el documental es financiado por el Ministerio de Cultura. 

El autor del documental no es Nazi ni está próximo a esa ideología, pero tu obra sí aplica varios de los principios de propaganda de Goebbels. El más destacable es el principio de simplificación. El propagandista Nazi recomendaba identificar a un único enemigo y articular la narrativa hacia ese enemigo. En el documental dicho enemigo es la minería.  En esa línea, se muestran a todos los tipos de minería como si fueran homogéneos: la destructiva minería ilegal en la selva peruana, la minería cooperativista sin estándares ambientales o laborales en Bolivia y a la minería moderna en Perú.  Con esta simplificación, un espectador poco informado puede creer que la falta de estándares de la minería ilegal (contaminación ambiental, precariedad técnica, abusos sociales, evasiones fiscales, etc.) son similares a los estándares de la minería moderna. Ocultando que las operaciones de la minería moderna son rigurosamente auditadas por organismos nacionales e internacionales. El documental oculta la enormidad de la brecha entre las prácticas ambientales y niveles tecnológicos entre las operaciones mineras presentadas. Semejante generalización es equivalente a decir que todas las personas críticas a la  minería son “terroristas anti-mineros.”

En una de las escenas finales, se caracteriza a las mineras como vengativas.  Supuestamente la empresa habría despedido al padre de Nélida, por la participación de su hija en manifestaciones contra Conga. No hay evidencias de ello, pero esto es secundario para el director. El documental oculta que los hijos de varios dirigentes anti-mineros trabajan permanentemente en las empresas mineras que operan en la región. ¿Por qué las mineras se habrían ensañado con un personaje menor como Nélida, que no representa amenaza, y no contra conocidos anti-mineros con capacidad de organización y de dirección política? La imagen de perseguida siempre genera solidaridad en el público. No es sorpresa que ello sea un componente del documental-fantasía.

La escena de la Sra. Máxima Chaupe ordeñando vacas a 4,300 metros de altitud es una distorsión adicional de la realidad. Es conocido que el ganado vacuno no puede sobrevivir largo tiempo a esa altitud, y que en varios de los otros terrenos de la Sra. Chaupe en pisos ecológicos más adecuados, estas vacas podrían estar mucho mejor que en la puna. Como era de esperarse, al finalizar la filmación esos animales fueron retirados para evitar su muerte. Cada vez que sea necesario hacer otra filmación, los pobres animales serán trasladados y obligados a sufrir de asfixia parcial. El reconocido periodista Ricardo Uceda puso en evidencia las habilidades de la Sra. Chaupe para ocupar 9 terrenos y lograr su adjudicación, evidenciando su conocimiento detallado del funcionamiento de los Registros Públicos. La astucia del director consiste en combinar dos distorsiones (las imágenes de Nélida y Chaupe) para generar una impresión de verdad.

El Rol del Estado.

En el ensayo “Poder político y gobierno minero,” escrito por Francisco Durand, se sostiene la tesis filo-marxista de la subordinación del Estado Peruano a los intereses de la minería trasnacional. Según esa concepción, la “todopoderosa” minería controlaría al Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) en función a sus intereses. Lo interesante es que el Estado, supuestamente controlado por la mineras, haya premiado a Hija de la Laguna tanto en su etapa de preproducción, producción y distribución.  Será que las empresas mineras están manipulando el Estado para financiar “documentales” que distorsionan la realidad en contra de sus actividades productivas?

Hija de la Laguna es uno de múltiples casos en que los anti-extractivistas canalizan fondos públicos de manera exitosa para financiar su activismo anti-minero. Este caso, como muchos otros, evidencia la existencia de diversas corrientes de pensamiento al interior del Estado Peruano en relación a las industrias extractivas. Evidencia también que la hipótesis de una posición única del Estado en este respecto tiene por objetivo descalificar las acciones del Estado para hacer que se cumplan las leyes cuando los anti-mineros utilizan la violencia para lograr sus objetivos políticos. La realidad es que cualquier revisión de los documentos de los grupos anti-extractivistas muestra que la deslegitimación de las instituciones públicas constituye un componente fundamental de su narrativa anti-minera.

En Conclusión.

Conceptualmente, un documental es una herramienta para hacer visible una realidad particular. Por ello, todo documental asume un compromiso ético con la fidelidad hacia los hechos y con la necesidad de mostrar las varias facetas de la realidad (principio del balance). Pero si información clave es omitida, si se mencionan las falsedades ya anteriormente desmentidas, el documental pierde su función como un recurso para entender la realidad y se transforma en una herramienta poco honesta de propaganda política.  Desde el punto de vista cinematográfico no era necesario esconder esa realidad, salvo que evidenciarlo hubiera puesto en riesgo el deseado financiamiento de un  Ministerio de Cultura que recompensa la simpatía a la ideología más que la cultura.

El Estado peruano ha premiado a Hija de la Laguna a pesar de las deficiencias técnicas y artísticas evidentes y reconocidas por el mismo jurado (cita el inicio de estas notas) . La pregunta que surge es: Porqué el jurado ha puesto a un lado los requerimientos de objetividad/fidelidad y perspectiva múltiple que debe tener toda obra que se presenta como un trabajo documental? La justificación del jurado para premiar una obra deficiente ha sido su opinión de lo “necesario y urgente” del documental. Es decir que lo premiado no ha sido no la calidad artística, su realismo o la riqueza de datos de Hija de la Laguna, ni menos su poder analítico, sino el criterio de que los argumentos desplegados durante el documental son de urgente difusión entre el público. Para qué y para quiénes es urgente y necesario promover argumentos que se sustentan en una versión distorsionada de la realidad de la población rural andina? Porqué es urgente y necesario promover una ideología contraria al desarrollo? Porque ocultan su pensamiento detrás de la defensa de los recursos naturales?

Con tantas distorsiones reconocidas, una afirmación de necesidad y urgencia solo puede ocurrir a un jurado ideológicamente alineado con el discurso anti-extractivista, a un jurado que está dispuesto a poner sus simpatías ideológicas por encima de la calidad artística de la obra y de su responsabilidad ética con el público nacional e internacional. El jurado que premió ese deficiente documental ha contraído una deuda con los públicos que esperan su buen criterio. Lampadia




Sistema Judicial debe castigar a delincuentes y no a policías

Sistema Judicial debe castigar a delincuentes y no a policías

El mundo al revés: Los policías que detienen o abaten a delincuentes se van presos o son sometidos a interminables investigaciones, mientras que ladrones y sicarios son liberados para que continúen generando zozobra en la ciudadanía. Realmente indignante. El último caso en que el Poder Judicial inexplicablemente invierte los roles (apresa a policías y libera criminales) es el de los suboficiales Harold Palomino, Cristian Ramos y Miguel Vásquez. Los dos primeros acaban de salir del penal de Lurigancho en el que pasaron dos meses luego de que el juez, Carlos Nieves, del Noveno Juzgado del Callao ordenara su detención por haber ultimado a un delincuente prontuariado luego de asaltar a una persona en mayo del año pasado. El suboficial Vásquez, aún se halla preso por este injusto fallo. Este hecho ha provocado una campaña ciudadana exigiendo la inmediata absolución de estos efectivos y sobre todo que el PJ empiece a merituar mejor estos incidentes en un momento en que la seguridad ciudadana se deteriora a pasos agigantados y la delincuencia se hace cada vez más violenta y sanguinaria. 

 

 

El trato recibido por estos suboficiales es absolutamente vejatorio e, incluso, viola el derecho a la defensa y el principio de inocencia. Como ha relatado el suboficial Ramos en una entrevista a Perú21: “Yo llegué a la audiencia pensando que era algo de rutina. Creí que, como otras veces, solo iba a sustentar cómo había sido la intervención. Sin embargo, triste fue nuestra sorpresa cuando escuchamos al juez. [Carlos Nieves, del Noveno Juzgado del Callao]. En esos momentos sentí gran frustración. Nosotros fuimos para ayudar a un ciudadano y no para abatir a un delincuente, como lo aseguró el fiscal”.

Lo mismo señala el suboficial Palomino: “En mi opinión, considero que no se siguió el debido proceso. El juez no debió firmar esa detención. Nos sentimos agraviados por la forma en que ha procedido el Poder Judicial. Es algo ilógico lo que nos ha pasado. El Ministerio Público, que denunció el caso, nunca nos citó para escuchar nuestros descargos”.

A pesar del maltrato y los malos momentos pasados, no solo por estos policías, sino por sus familiares, ambos mantienen la moral y aseguran que “no dudaría en utilizar nuevamente mi arma. Lo volvería a hacer por un ciudadano. Voy a cumplir con mi función combatiendo a la delincuencia. No tengo temor. Voy a cumplir a cabalidad. Ante todo, soy policía por vocación. Hay que recordar que nuestra labor es de todos los días: intervenir delincuentes, incautar armas, decomisar droga. Es el pan de cada día y siempre voy a estar preparado”, señala Palomino. Valientes declaraciones, lo cierto es que este es un precedente nefasto para los efectivos que tienen que estar en calles cada vez más peligrosas, con delincuentes sumamente avezados y casi todos armados. Lo más probable es que los policías se sientan inseguros de usar sus armas por temor a que jueces y fiscales los encarcelen por usar sus armas de reglamento en una intervención legítima.

Mientras nuestro sistema de justicia les da este tipo de trato a nuestros policías, el 95% de los detenidos por la PNP son liberados (según cifras del Ministerio del Interior) y el mejor de los casos el 91% (de acuerdo al PJ y el y el Ministerio Público) son devueltos a las calles. Un escándalo que explica en parte la seria crisis de inseguridad que vivimos. La cuál se agrava día a día. Como manifiesta un Editorial de El Comercio: “Es pasmoso, sin embargo, comprobar cómo esa situación original, ya bastante mala, se sigue deteriorando y a una velocidad difícil de reportar. La percepción de inseguridad en Lima se ha incrementado en 17% durante los últimos dos meses. Y, según la última encuesta de El Comercio realizada por Ipsos-Perú, nueve de cada diez limeños afirman sentirse inseguros en la ciudad”. 

Los homicidios y el sicariato se han, literalmente disparado. El uso de armas de fuego se ha generalizado entre los delincuentes. No hay casi asalto, atraco o hecho criminal en la que no se amenace a los ciudadanos con armas de fuego. Pero lo que es alarmante es como las extorsiones se expanden a casi todas las actividades económicas. De la construcción, han saltado al transporte público y bodegas. Ahora son extorsionados dueños de colegios, hostales, restaurantes, pequeños comercios. Todos los días se reportan casos de esta naturaleza en la que se dejan granadas en puertas de negocios o se disparan contra fachadas. Esta actividad se ha salido de control por completo y es urgente remediarla pronto.

Al igual que en los casos de lucha contra la delincuencia común, los jueces se ponen de parte de manifestantes violentos y criminales cuando estallan conflictos políticos. Así lo demuestra la actuación de la jueza de Investigación Preparatoria de Mollendo, Janeth Lastra, quien desestimó el pedido de la Fiscalía que solicitó prisión preventiva de nueve meses contra 13 procesados a los que detuvo la policía por bloquear vías públicas y por enfrentarse con las autoridades.

A pesar que la jueza sostuvo que habían suficientes indicios de que estos sujetos habían incurrido delito de entorpecimiento de vías públicas, que tiene como pena mínima cuatro años de prisión, los dejó para se les siga el proceso en libertad y los sometió a reglas de conducta. Y como en el caso de los delincuentes comunes, tampoco consideró que se había probado la existencia de indicios que demostraran que los detenidos lanzaron piedras a los policías para causarles daño, sin considerar los numerosos heridos y  el asesinato de uno de ellos. Es decir nadie defiende a los policías contra los radicales que los amenazaron con violar a sus mujeres. (Ver en Lampadia: No se puede poner a los policías como carne de cañón)

 

 

Es hora pues que toda la ciudadanía se una contra la delincuencia y defienda a la policía de ataques en protestas violentas y en su lucha por preservarnos de la delincuencia común. Es imperativo que el Sistema  Justicia esté alineado con este clamor cívico. Lampadia