Sandro Fuentes, Abogado, socio del Estudio Rodrigo Elías & Medrano
El Comercio – Día1, 23 de mayo de 2016
- El frenesí del proceso electoral y dudosas noticias que saltan de lo policial a lo político como si de lo mismo se tratara, no solo producen hartazgo y enconamiento, también desvían la atención de temas más importantes para este país, cuya vida, ciertamente, no comienza ni acaba con la elección del 5 de junio.
- Lo prueba la escasa atención sobre una sentencia del Tribunal Constitucional que declara la inviabilidad constitucional de varios artículos de la Ley Servir, cuyo fin era reformar el régimen de los servidores públicos y por eso que generó aceptación mayoritaria.
- Así, para salvaguardar la autonomía y principalmente la enorme trascendencia de sus funciones, esa ley excluía del sistema general al BCR; SBS y SUNAT.
- El funcionamiento de estas instituciones es crucial para todos y por falta de espacio, pero también por sentido común, no hace falta abundar en las razones que llevaron al legislador a hacer esta excepción. Sin embargo, el TC no les halla diferencias con cualquier otra entidad y ha suprimido tal régimen especial.
- Eso no es correcto si del principio de igualdad se trata, pues se hiere también ese principio cuando se da trato igual a quienes son intrínsecamente diferentes y ese es el caso de estas entidades y sus funciones. Su independencia, profesionalismo, línea de carrera, capacitación y varios otros aspectos medulares en su institucionalidad serán mellados.
- Es de esperar que el nuevo Congreso, enunciando explícitamente las razones del trato diferenciado, expida la Ley que promueva esa institucionalidad.
Lampadia






