Fernando Rospigliosi
Expreso, 6 de abril del 2026
El TC exhortó al Congreso «a modificar el Código Penal, a fin de incorporar los delitos de lesa humanidad tal y como se encuentra regulado en el EPCPI (Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional)»
La mafia caviar izquierdista enquistada en el sistema judicial, ha utilizado sistemáticamente el concepto de lesa humanidad para perseguir y sentenciar ilegalmente a policías y militares que derrotaron al terrorismo entre 1980 y 2000, salvando al país de su destrucción.
No solo lo aplicaron retroactivamente de manera ilícita, porque solo está vigente en el Perú desde 2002, sino porque NUNCA se cometieron delitos de lesa humanidad, de acuerdo al Estatuto de Roma, que fue el que lo estableció en 1998 para que entre en vigor en 2002.
En NINGUNA de las resoluciones prevaricadoras de jueces y fiscales que han utilizado este pretexto para perseguir sin descanso a policías y militares, se precisa por qué se les aplica el delito de lesa humanidad a las fuerzas del orden.
Y no lo hacen por la sencilla razón que es imposible probarlo, como exige cualquier acusación y sentencia judicial.
Este proyecto atiende una explícita recomendación que hizo el Tribunal Constitucional (TC) al Congreso cuando declaró la constitucionalidad de la ley 32107 de lesa humanidad.
El TC exhortó al Congreso “a modificar el Código Penal, a fin de incorporar los delitos de lesa humanidad tal y como se encuentra regulado en el EPCPI (Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional)”.
Por eso, en el proyecto que he presentado, se señala: “Toda persona que realiza, como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una determinada población civil y con dolo y conocimiento de dicho ataque, cualquiera de los delitos de lesa humanidad previstos en el artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Internacional de Justicia, es reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años ni mayor de treinta años”, (Artículo 324 A).
Y luego se define lo que eso significa: “se entiende por ´ataque generalizado´ a aquella línea de conducta de comisión múltiple, masiva, frecuente y a mayor escala realizada contra un gran número de personas identificadas por temas de origen, de raza, de religión, de cultura o de otro tipo; por ´ataque sistemático´ a aquella línea de conducta que sea planificada, mediante una logística previa, para promover ese ataque con aplicación metódica en la perpetración del delito, de conformidad con una política de gobierno (…)”.
Eso dice el Estatuto de Roma y eso se establecerá en el Código Penal al aprobarse el proyecto de ley.
Como es evidente, jamás se ha perpetrado ese delito en el Perú. A pesar de lo cual jueces politizados y prevaricadores como Chávez Tamariz, Maguiña Castro, Callata Vega, Llerena Lezama y varios otros, siguen utilizando ese pretexto con la exclusiva finalidad de afectar y perjudicar a las FFAA y la PNP que derrotaron al terrorismo y que hoy enfrentan a la delincuencia.
¡Se requieren soluciones radicales!






