Gerardo Eto Cruz
Para Lampadia
Andrés Manuel López Obrador (AMLO) antes de terminar su sexenio (2018-2024) dejó instalado un zarpazo para capturar la estructura del poder político en la rama judicial (en el Congreso tiene mayoría), y es que, desde las reflexiones de Montesquieu en el Espíritu de las leyes, el juez sólo se le ha querido cosificar como si fuera un mero robot que es la boca de la ley; y como los tiempos cambian, hoy el juez ha asumido tanto poder que se le identifica como el «señor del derecho» ya no es el legislador; de tal manera que en los actuales y modernos tiempos la justicia a nivel cosmopolita, muchas veces define y controla al régimen político; y en ese entendido, en las postrimerías de la presidencia de AMLO, se estableció el 13.09.24, una reforma constitucional al amparo en el art. 135 de la Constitución mexicana donde declara «reformadas, adicionadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma judicial». Y así, en un solo «artículo único» dicho Decreto de un plumazo, reformó toda la estructura del sistema de justicia, establecido en el capítulo cuarto de la Constitución.
De acuerdo con el art. 96, se ha establecido lo siguiente:
«Artículo 96. Las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistradas y Magistrados de la Sala Superior y las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito, serán elegidos de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones federales ordinarias del año que corresponda conforme al siguiente procedimiento:»
El domingo primero de junio, México ha asistido-y por cierto sin precedentes en América Latina-, salvo pálidamente Bolivia, a una convocatoria de 100 millones de votantes para elegir a todos los jueces incluyendo a los ministros de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación[1].
UNAS ELECCIONES ILEGÍTIMAS E INCONSTITUCIONALES
Lo que ha ocurrido es que del 100% de votantes en todo México, oficialmente se reconoce por el Instituto Nacional Electoral que sólo el 12.5% participaron; y de ellos una gran cantidad han ido a anular su voto en un aproximado de 10.80 %. Si bien los datos y resultados definitivos aún no se saben, de hecho dichas elecciones están deslegitimadas porque la legitimidad es un juicio de justificación de algo o de alguien y ello ocurre cuando se suele conjugar tres condiciones: que la conducta estudiada en este caso la elección popular sea sustancialmente justa (justificación en función de los valores), lícita (justificación por la legalidad), y socialmente aceptada (justificación social).
De estos tres aspectos, es básico el primero, es decir un acto es legítimo o ilegitimo si se trata de un acto justo; pero en este caso no hay razones ni fundamentos más que la propia concepción populista que se viene manejando para pretender legitimar una elección popular con una clara intención: yugular la justicia y tener a los jueces subordinados al poder político, mediante la farsa electoral que en los hechos no tiene respaldo del escrutinio mayoritario de los mexicanos. Estas elecciones son para elegir 2,600 cargos de operadores del sistema de justicia entre más de 7,000 candidatos.
Aun así, la discípula de AMLO, es decir la presidenta Claudia Sheinbaum viene transitando la ruta trazada por Obrador, argumentando que por vez primera el pueblo elige a sus jueces. Lo que existe actualmente es una incertidumbre total por esta inédita elección del cual el resto de países latinoamericanos debe tener sumo cuidado de que se pueda trasladar influencias a otros gobiernos claramente conocidos por su proyecto del autollamado socialismo del siglo XXI.
CÓMO SEMBRARON EL DISCURSO DEL DESPRESTIGIO DEL PODER JUDICIAL
Fue de una manera perversa porque sembraron el discurso del desprestigio, primero de los ministros de la Corte Suprema y luego de todos los demás magistrados del Poder Judicial y estas elecciones no han tenido absolutamente ningún tipo de filtro; cosa que no ocurrió por ejemplo en Bolivia que tuvo participación de las universidades donde se eligieron a miembros de Altas Cortes: Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y del Consejo de la Magistratura; y ahora Costa Rica también parece que quiere impulsarlo.
LA ELECCIÓN POPULAR A LOS JUECES
Corresponde analizar si acaso el mecanismo de una democracia directa de elección popular a los jueces sea un instrumento verdaderamente democrático que garantice una correcta impartición de justicia autónoma e independiente. Sostenemos que no.
En la teoría del Control constitucional Karl Loewenstein, establecía dos grandes directrices, el control horizontal y el control vertical; para el caso que nos interesa, el control vertical es inversamente de abajo hacia arriba; y así se atribuye al demos es decir al pueblo soberano tener determinados mecanismos y que en nuestra constitución se encuentra regulado en el artículo 31, a través del referéndum, iniciativa legislativa, remoción o revocación y rendición de cuentas. En el caso de la elección popular, la Constitución sí lo ha previsto en el art. 139 inc. 17 disponiendo «La participación popular en el nombramiento y en la revocación de magistrados, conforme a ley». Asimismo, el art. 152 establece que «los jueces de paz provienen de elección popular». En otra parte del mismo artículo se ha establecido como clausula programática una norma potencialmente peligrosa si es que logra desarrollarse legislativamente y es la siguiente: «La ley puede establecer la elección de los jueces de primera instancia y determinar los mecanismos pertinentes». En el Perú se ha establecido la Ley 28545 que regula expresamente la elección sólo para jueces de paz: «art. 19- Los Jueces de Paz acceden al cargo por elección directa y democrática, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152º de la Constitución Política del Estado. La Sala Plena de cada Corte Superior de Justicia determinará, de conformidad con la presente Ley, la modalidad de elección aplicable en los Juzgados de Paz de su jurisdicción».
El problema es que una elección supone para los elegidos un compromiso con el elector. En el caso de México resulta alucinante la forma y metodología en la que se ha implementado porque bajo el pretexto de la elección popular, el gobierno izquierdista y grupos vinculados al propio régimen de López Obrador-Sheinbaum, tienen copado ya el Congreso; obviamente el Ejecutivo va tras el copamiento del Poder Judicial por lo que el escenario es claro y no se necesita hacer futurología, pues México se convierte en un muy mal ejemplo para toda la vecindad de la región; dado que constituirían las bases para el inicio de una tiranía que superaría lo que Mario Vargas Llosa dijera en su momento a México: que era una «dictadura perfecta»; puesto que con el actual régimen el reciclaje del poder con el mismo signo ideológico se convierte en el color rojo del mapa del socialismo del siglo XXI.
LA NARRATIVA DE LA MANIPULACION IDEOLÓGICA DE LA IZQUIERDA
Tras este modelo de la elección popular de los jueces, Bolivia inició en su momento la elección para los miembros de su Tribunal Constitucional Pluridimensional; México acaba de instalarlo. Subyace tras este mecanismo las piezas ideológicas del pensamiento socialista. Sebastián Grundberger (La galaxia rosa. Cómo el Foro de Sao Paulo, el Grupo de Puebla y sus aliados internacionales socavan la democracia en América Latina. Fundación Konrad-Adenauer, Montevideo.2024) recientemente ha realizado un trabajo sobre la etiología de la presencia de las corrientes ideológicas de la extrema izquierda a través de la llamada «galaxia rosa» que es una realidad de la región compuesta por diversas constelaciones provenientes del Foro de Sao Paolo (FSP), el Grupo de Puebla (Gdp), la Internacional Progresista (PI), el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO) y otros. Estas agrupaciones se interconectan en reciprocidad con países como Rusia, China e Irán y se constituyen en los soportes de regímenes de la extrema izquierda de tiranías como Cuba, Venezuela, Nicaragua. Lo más relevante de este trabajo es cómo CLACSO a partir de los estudios provenientes de las ciencias sociales impulsa un marcado interés ideológico y pretenden bajo sutiles manipulaciones ofrecer una aproximación de la realidad latinoamericana que lleve a asumir la mística de la opción socialista, dado que la democracia liberal no habría cumplido sus grandes metas de afirmar un bienestar colectivo, bienestar que sí lo impulsa el proyecto ideológico del socialismo, hoy autocalificado por sus partidarios como del “siglo XXI”. Y una de las manifestaciones de esta narrativa es la elección popular de los jueces que al final terminan siendo copados como lo que ocurre en regímenes autoritarios de Cuba, Nicaragua, Venezuela que ya han hecho metástasis. México lindo y querido hoy se convierten en un mal ejemplo para América Latina por el zarpazo que dejó instalado López Obrador.
Lampadia
[1] Vid el enlace de toda la reforma constitucional en el siguiente Link: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5738985&fecha=15/09/2024#gsc.tab=0