Carlos E. Gálvez Pinillos
Expresidente de la SNMPE
Para Lampadia
Ya llevamos más de dos décadas tratando de “formalizar” a los mineros informales/ilegales. Desde hace más de ocho años, los gobiernos y congresistas pro-corrupción, se dieron maña para perennizar el REINFO, constancia con vigencia perentoria, que certifica que un ciudadano ha iniciado un proceso de formalización para obtener una concesión y así, poder explorar y explotar yacimientos minerales en el Perú.
Hasta ahí, todo muy simpático. Lo que recién se ha discutido y ha merecido pronunciamiento del Tribunal Constitucional es, que el Congreso no debe promulgar leyes que, como el referido a tenedores de REINFO, transgreden la Constitución Política del Perú, eximiéndolos de responsabilidad.
Esto ocurre cuando se genera un régimen de excepción, que libera de responsabilidad por delitos penales a quienes disfrutan de un REINFO, sea este vigente o no.
Lo cierto es que, tal como adelantáramos hace unos meses, se le estaría por dar vida eterna al certificado de marras, cambiándole de nombre (como suele suceder en el gobierno), por el llamado RENAPMAT, que no es más que un REINFO reforzado. Lo dicho hasta el momento, es un tema que ya ha sido largamente discutido, pero que prefieren, irresponsablemente, ignorar.
En medio de este desorden legal y “río revuelto”, está pasando inadvertido un delito muy grave. Resulta que, desde la promulgación del Código de Minería de 1950 y las correspondientes leyes generales de minería, está prohibido que:
el presidente, los vicepresidentes, los congresistas, los ministros y viceministros, los funcionarios públicos, entre los que se encuentran gobernadores regionales, alcaldes provinciales y distritales, así como los concejales de los diferentes estamentos y todos aquellos que tengan poder de decisión sobre asuntos mineros y acceso a información privilegiada, puedan acceder a tener una concesión minera.
La prohibición a la tenencia de concesiones mineras mencionada, es tanto por la tenencia directa, como la indirecta, sea a través de familiares o testaferros y, está sujeta a sanciones administrativas de destitución inmediata, acompañada de las correspondientes sanciones penales, con varios años de prisión:
- Negociación incompatible: De 3 a 5 años de prisión.
- Colusión: Hasta 15 años de prisión.
- Enriquecimiento ilícito: Mínimo 5 y máximo 10 años de prisión.
- Nulidad de las concesiones.
- Inhabilitación de los funcionarios.
Ahora, resulta que, el REINFO o RENAPMAT propuesto, no constituye el otorgamiento de una concesión y, consecuentemente, están evadiendo, por esa vía, esas responsabilidades administrativas y penales.
Veamos si no, la larga lista de alcaldes, gobernadores regionales y concejales, que están involucrados en esta actividad informal/ilegal y, que “pasan piola” a los ojos de la fiscalía, el poder judicial y la prensa, quienes no reparan en este delito.
Como gran cosa, es noticia de periódico, que el alcalde de Nasca, llamado el “Burgomaestre minero” y, como no, miembro de APP, tiene REINFOs en Nasca y en Apurímac, pero esto se replica en Madre de Dios, en La Libertad y en muchos otros lugares del Perú en que hay actividad minera informal/ilegal.
¿Cómo podríamos ganarle al delito y a sus mafias, si las autoridades patrocinan el delito por interés propio?
Pero queda claro que, “a río revuelto, ganancia de pescadores” y, jugando al pobrecito, una actividad que maneja en nuestro país entre 10 y 12 mil millones de dólares al año, ahora quiere forzar, con apoyo de muchos congresistas, a que el Banco de La Nación, o cualquier otra institución del Estado, compre todo el oro ilegal y se convierta en la más grande “lavandería de dinero” del Perú.
Si logran eso, olvidémonos de una vez por todas
de las pretensiones de acceder a la OCDE,
desmantelemos la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y
desarmemos la SUNAT.
A los ciudadanos formales no nos pueden exigir pagar impuestos y bancarizar todas nuestras transacciones financieras, cuando el propio Estado estaría fomentando la ilegalidad y el lavado de dinero. Lampadia