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Home Opiniones

El proyecto de bicameralidad

Jaime de Althaus Por Jaime de Althaus
13 de junio de 2022
en Opiniones

Por: Jaime de Althaus
El Comercio, 11 de junio del 2022

“Ojalá en el pleno se hagan los ajustes necesarios”.

Hay que aplaudir que el Congreso se haya decidido a abordar la reforma política, comenzando por la más importante de todas: la bicameralidad. Un Senado revisor ayuda a tener leyes más meditadas y a contener iniciativas impulsivas y eventualmente contraproducentes de la cámara baja.

El proyecto de reforma constitucional propone 60 senadores y 130 diputados por un periodo de cinco años, y deja a la ley la determinación del tipo de distritos electorales en los que se elegirá a los senadores y diputados. Ahora bien, Adriana Tudela ha planteado dos proyectos: uno para elegir a los congresistas (o a los diputados si se aprobara la bicameralidad) en distritos uninominales –un diputado por distrito electoral–,y otro para renovar el Congreso (o la Cámara de Diputados, si fuera el caso) cada dos años y medio, con posibilidad de reelección.

Ambos proyectos son coherentes entre sí: si yo elijo a mi representante en un distrito uninominal (o binominal) y entonces sé quién es, puedo seguir su actuación y hasta relacionarme con él, y por lo tanto lo reelijo o no según haya servido o no correctamente. En esa línea, no tiene sentido limitar la reelección a solo una vez, como plantea tímidamente el proyecto, porque ello debería depender de la voluntad de los electores –que van a estar en un contacto mucho más cercano con su representante–, no de una limitación legal.

De otro lado, una renovación de la Cámara de Diputados a mitad del periodo presidencial, como propone Tudela, permitiría adecuar la composición de esa cámara a los cambios en la percepción de la gestión gubernamental, y vuelve así casi inútil la institución de la disolución de la Cámara de Diputados porque de hecho esta se disolvería cada dos años y medio.

En esa línea, no tiene sentido que el presidente de la República solo pueda disolver la Cámara de Diputados si ésta ha censurado o negado su confianza a tres Consejos de Ministros, como establece el proyecto, regresando al texto de la Constitución de 1979. En realidad, si no se aprobara la renovación del Congreso a mitad de periodo, deberíamos evolucionar, por el contrario, a una fórmula más a la francesa: permitir que el presidente disuelva la Cámara de Diputados por una sola vez sin expresión de causa, si es que carece de mayoría y no puede gobernar.

Al mismo tiempo, sería conveniente, como propone José Luis Sardón, que la Cámara de Senadores se renueve por tercios en periodos de siete años y medio, al estilo norteamericano, para asegurar una cierta continuidad institucional de un periodo gubernamental a otro.

Acierta el proyecto cuando establece que los candidatos a la presidencia pueden postular al Congreso, porque eso levanta el nivel del Parlamento como foro político.

De otro lado, se mantiene el error de que el Congreso puede insistir en una ley observada por el Ejecutivo solo con el voto de la mitad más uno del número legal de cada cámara, en lugar de los dos tercios como es en otros países, para darle más poder de veto al presidente ante leyes inconvenientes. En cambio, no se entiende por qué ahora se designaría a los tres miembros del directorio del Banco Central de Reserva y al contralor con los dos tercios de los votos, en lugar de la mitad. Si no se logran, el Congreso se desprestigia.

Tampoco se entiende por qué se incluye al presidente del BCR, al superintendente de Banca y Seguros, a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, al jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al jefe del Reniec, entre aquellos que la Comisión Permanente puede acusar ante el Congreso por infracción a la Constitución o delitos de función, según el artículo 99. Es muy peligroso.

Ojalá en el pleno se hagan los ajustes necesarios.

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