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Todos los recursos legales para defender la democracia

Todos los recursos legales para defender la democracia

Jaime de Althaus
Para Lampadia

En Estados Unidos el presidente Pedro Castillo llamó a los grandes empresarios a que vayan a invertir al Perú, pero al mismo tiempo insistió en dos ocasiones en una nueva Constitución.

En la OEA dijo que “los pueblos tienen que auto-convocarse y ser convocados también por las autoridades para estructurar…constituciones que estén a la altura de los tiempos”. Y en las Naciones Unidas explicó que “se trata de construir un nuevo pacto social en el Perú, un nuevo contrato social que asegure la gobernabilidad democrática con paz y cohesión social, y que logre reducir drásticamente la pobreza y eliminar la pobreza extrema…”.

¿El presidente Castillo no se da cuenta de la contradicción? ¿O su invitación a invertir es de la boca para afuera? Es imposible que no se percate. Se lo han dicho los propios empresarios peruanos que viajaron con él y se lo dicen en los medios todos los días. El propio Francke debe habérselo señalado porque le aseguró a Aldo Defilippi, presidente de Amcham, que no está en la agenda del gobierno promover una asamblea constituyente.

Pero si el Presidente insiste en el tema es que su programa no es recuperar la economía y crecer a tasas altas y generar empleo, sino la captura total del poder y de la perpetuación en él. Es el programa bolivariano. Porque las razones que da para una nueva Constitución no se sostienen. Pide un “nuevo contrato social que logre reducir drásticamente la pobreza…”, cuando eso es justamente lo que ocurrió con la Constitución de 1993: no hay país de América Latina que haya reducido tan abruptamente la pobreza como el Perú haya antes de la pandemia: de 60% a 20%. Nuestra constitución es la campeona de América Latina en velocidad de reducción de la pobreza. La venezolana, en cambio, ha producido 96% de pobres. ¿Eso buscamos? Y si queremos reducirla aún más rápido, lo que tenemos que hacer es profundizar la economía de mercado, remozar el modelo, repotenciarlo.

El otro gran argumento es que “la salud no sea un servicio, sino que se convierta en un derecho constitucional”. Cuando es exactamente al revés. En la Constitución del 93 la salud es un derecho. El problema es que no es un servicio eficiente. Para que el derecho sea efectivo hay que reformar el servicio. Lo que hay que cambiar es el Estado, la gestión pública, no la Constitución. La palabra no hace la realidad.

Se trata de juegos de ilusión para engañar a la población y apoderarse del Estado. No podemos permitirlo. Si queda claro que el presidente y su partido no van a cejar en ese empeño, no queda sino desplegar todos los recursos legales para impedirlo. Perú Libre ha intensificado una campaña de recojo de firmas que ahora recibe el apoyo desembozado del Premier Bellido y de la vicepresidenta Dina Boluarte. Es una guerra declarada.

Con el agravante de que el referéndum para convocar directamente a una asamblea constituyente, sin pasar por el Congreso, no es constitucional. El artículo 206 de la Constitución es muy claro y el referéndum mencionado en el artículo 32 se refiere evidentemente al referéndum señalado en el 206, como la segunda etapa de la aprobación de una reforma constitucional luego de que ha sido aprobada en primera votación por el congreso. No cabe un referéndum directo sin pasar antes por el Congreso.

Por eso es inaudito que la ONPE haya vendido planillones a Perú Libre para un referéndum sobre este asunto. Debería interponerse acciones legales contra esa decisión, acaso una demanda competencial porque evidentemente la ONPE ha invadido una competencia exclusiva del Congreso.

Si Perú Libre llegara a recoger el número de firmas válidas requerido, tendrá que ser el Jurado Nacional de Elecciones quien determine que tal vía no es válida. Al respecto, la ley 26300, ley de participación ciudadana, como no puede ser de otra manera, establece claramente lo siguiente:

Artículo 39.- Procede el referéndum en los siguientes casos:

  1. La reforma total o parcial de la Constitución, de acuerdo al Artículo 206 de la misma.
  2. ….

¿Y qué dice el artículo 206 de la Constitución?:

Artículo 206°. – Toda reforma constitucional debe ser aprobada por el
Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y
ratificada mediante referéndum. Puede omitirse el referéndum cuando el
acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas
con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del
número legal de congresistas.

Es decir, procede el referéndum luego de que el congreso ha aprobado la reforma constitucional en una primera votación. No hay otro referéndum. Pero, para que el JNE no tenga escape alguno, debería aprobarse una ley que precise que, si le llega un pedido de referéndum directo, debe rechazarlo.

La democracia tiene que defenderse. Lampadia




La Constitución cuando me conviene

Fausto Salinas Lovón
Cusco
Para Lampadia

La Constitución se halla presente en la vida cotidiana de todos los ciudadanos, aunque estos parecen no haberse dado cuenta.

  • Apelamos a la Constitución para exigir que nuestro honor, imagen o buena reputación sean respetadas y para obtener rectificación.
  • La invocamos para solicitar a la administración pública, información o para formular un pedido.
  • La invocamos para crear las asociaciones de vivienda, los clubes deportivos, los frentes de defensa, los gremios empresariales o las ONGs sin autorización previa.
  • Los trabajadores la invocan cuando son despedidos, para obtener la reposición o por lo menos la indemnización. También lo hacen cuando exigen su jornada de 8 horas o sus horas extras, porque la jornada máxima está escrita en la Constitución antes que en los panfletos sindicales.
  • Los medios de comunicación no solamente la han invocado para preservar las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento, sino también para lograr que no se afecte su publicidad y sobre todo la que viene del Estado, a lo cual ya hizo lugar el Tribunal Constitucional.
  • Los sindicatos la invocan cuando presentan un pliego de reclamos, cuando declaran la huelga y sobre todo, cuando se trata de proteger sus licencias sindicales, sus afiliados, sus cuotas sindicales y la exigibilidad de sus convenciones colectivas.
  • Los ciudadanos para poder participar en política como regidores, alcaldes, consejeros, congresistas o gobernadores, para ejercer la democracia que en las sociedades comunistas del partido único no existe.
  • La invocan las concubinas para que su unión de hecho sea respetada pese a la ausencia de matrimonio, derecho que no tenían antes de 1993.
  • Los empleados públicos todos los años para ejercer la huelga y la sindicalización que no tenían algunas décadas atrás.
  • Los padres de familia cuando exigen a las escuelas públicas el derecho de sus hijos a la educación gratuita.
  • Los ambientalistas cuando exigen el derecho al medio ambiente equilibrado saludable, que tampoco estaba reconocido antes de 1993.
  • Los empresarios para que sus contratos e inversiones sean respetadas.
  • Cuando no tenemos que asumir los déficits millonarios de empresas estatales que ya han dejado de existir porque la Constitución acabó con la empresa pública.
  • Los universitarios cuando exigen su acceso a la universidad pública y los presupuestos públicos para que se materialice la autonomía universitaria prevista en la Constitución, autonomía que ejercen hasta la autarquía al tomar los claustros por sus reivindicaciones en perjuicios de sus colegas.
  • La invoca cualquier propietario cuando la municipalidad, el ministerio o cualquier entidad del estado se la confisca, sin pago alguno, para hacer una carretera o una obra.
  • Los colectivos la invocan cuando hacen reuniones, marchas, paros y movilizaciones y cuando denuncian la “criminalización de la protesta”. Ni que decir cuando arrestan a algunos de ellos, donde el derecho a la libertad personal y la proscripción de la detención arbitraria se invocan automáticamente.
  • Las lesbianas, gays, trasnsexuales, bisexuales y queers para exigir igualdad y no discriminación.
  • Las comunidades campesinas que bloquean carreteras, exigen respeto a su territorio comunal, que no existía antes de que ingrese a la Constitución en 1920, con Leguía.
  • Las activistas de género cuando reclaman la igualdad frente a los hombres y cuando piden discriminación positiva a favor de las mujeres o cuotas de género.

La Constitución nos otorga estos y muchos otros derechos, garantías y principios. Pero también se encarga de su principal labor: diseñar el Estado, las instituciones y limitar el ejercicio del poder.

No es aceptable entonces que algunos sectores o algunos ciudadanos, que invocan cada día la Constitución, que se sirven de ella, no la respeten en otros aspectos como estos:

  • Cuando señala que el Parlamento se elige por 5 años (y no por el tiempo que le guste a quienes son minoría).
  • Cuando establece que los poderes públicos son independientes (y que el presidente no dirige la justicia, ni dice como se legisla).
  • Cuando establece que las personas son inocentes hasta que las condenen (y que nadie puede ir preso sin sentencia) o,
  • Cuando la Constitución establece que la legislación y la reforma constitucional son atribuciones del Congreso (y no de un presidente urgido por la necesidad se sobrevivir en base a las encuestas).

En ninguna sociedad sana la Constitución es una margarita que se desoja por los ciudadanos y que se aplica en unos casos si y en otros no. En ninguna sociedad sana los ciudadanos sólo invocan las partes de la Constitución que les conviene. En toda sociedad libre, moderna, abierta, democrática y plural, es el principal catálogo de nuestros derechos y al mismo tiempo el principal límite al poder. Su respeto integral es entonces un aspecto fundamental.

La crisis política, superada esta semana con el otorgamiento de la cuestión de confianza solicitada, ha dejado algunas evidencias. La más nítida es que hay sectores políticos para los cuales la Constitución sólo les sirvió cuando les convenía para llegar al poder o ser elegidos, pero una vez en el poder, la destruyen, la desprestigian y la denostan. Una de las lecciones de esta crisis política es identificar a quienes son enemigos de la Constitución, porque ellos son ante todo enemigos de todo aquello que la Constitución nos brinda para la vida cotidiana. Lampadia




La imposibilidad de que, a través de ella, el gobierno pueda forzar una reforma constitucional

Natale Amprimo Plá
Para Lampadia

En noviembre pasado, el Tribunal Constitucional (TC) emitió su sentencia en el “Caso cuestión de confianza y crisis total de gabinete”, con motivo de la demanda de inconstitucionalidad que se presentó contra la Resolución Legislativa Nº 007-2017-2018-CR, que modificó el literal e) del artículo 86 del Reglamento del Congreso de la República.

En la referida sentencia, el TC analiza las dos situaciones diferentes que la Constitución contempla como supuestos para solicitar la cuestión de confianza, y cuyos conceptos no deben confundirse, en tanto se producen en contextos distintos:

  1. La cuestión de confianza obligatoria, que se produce cuando, dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el presidente del Consejo concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión (artículo 130 de la Constitución); y,
  2. La cuestión de confianza facultativa, que es la que pueden plantear tanto el presidente del Consejo de Ministros a nombre del Consejo, como un ministro de manera individual (artículos 132 y 133 de la Constitución).

Como lo ha precisado el TC en la sentencia mencionada, la cuestión de confianza facultativa, a diferencia de la obligatoria, no establece supuestos para su planteamiento, habiendo sido “… regulada en la Constitución de manera abierta, con la clara finalidad de brindar al Poder Ejecutivo un amplio campo de posibilidades en busca de respaldo político por parte del Congreso, para llevar a cabo las políticas que su gestión requiera(subrayado mío), como se indica en el Fundamento Jurídico 75.

En ese sentido, constituye un error considerar que la cuestión de confianza, ya sea obligatoria o facultativa, es ilimitada, pues, por un lado, en cuanto a la necesidad de aprobación de alguna norma, se encuentra constreñida a aquellas que su gestión requiera; y, por otro lado, se olvida que, en materia de reforma constitucional, el Presidente de la República no tiene la facultad de observación que la Constitución sí le reconoce para cualquier otra ley aprobada por el Congreso, en razón que el artículo 206 expresamente prohíbe ello.  Este sometimiento del presidente de la República a lo que apruebe el Congreso de la República en materia de reforma constitucional -sin poder siquiera formular sus observaciones-, se entiende en razón que, cuando el Congreso realiza la labor de reforma constitucional, si bien es un poder constituido actúa como poder constituyente.

De forma tal que, en materia de reforma constitucional, el Presidente de la República sólo tiene iniciativa legislativa, saliendo de su ámbito el debate y aprobación de las propuestas. 

En consecuencia, en tales materias el gobierno no puede imponer su criterio al Congreso, ni forzar una cuestión de confianza. Lampadia

Ver líneas abajo la Nota de Prensa de Tribunal Constitucional sobre la declaración de su Presidente el doctor Ernesto Blume, que expresa en esencia la misma línea de análisis que el doctor Amprimo:

 




La reforma perpetua y el sistema de administración de justicia

Natale Amprimo y Delia Muñoz
Para Lampadia

Hemos vivido un proceso de reforma constitucional sujeto a mandato imperativo y plazo determinado que, entre otras cosas, no permitió la adecuada discusión de los diversos aspectos que una reforma constitucional sobre el sistema de justicia debería implicar.

Así, existen muchos temas, tanto o mas importantes, que han quedado en el tintero y que hoy, en momentos que se elaboran las leyes de desarrollo constitucional, surgen preguntas respecto de temas importantes no contemplados en las normas aprobadas.  Una vez más, esperemos que la prisa no impida el debate apropiado que se precisa, porque no se pueden seguir repitiendo errores en aras de querer transmitir una falsa impresión de avance.

Los modelos constitucionales de selección de jueces y las crisis de corrupción de los últimos cuarenta años

En nuestro país, en forma cíclica, se discute la reforma del sistema jurisdiccional de administración de justicia, que tiene a su cargo el Poder Judicial. Por ello, antes de ingresar a comentar la actual reforma, creemos pertinente recordar los dos últimos modelos constitucionales de selección, nombramiento y sanción de jueces; ello por cuanto llegado a la conclusión que con la reforma en marcha solo estamos haciendo un update de los modelos ya utilizados, pero, claro está, no estamos proponiendo innovación.

En la Constitución de 1979[1],tuvimos un modelo mixto que conjugaba lo político con lo técnico. En efecto, se diseñó un Consejo Nacional de la Magistratura, con rango constitucional y amplia independencia, que tenía por función principal la de alcanzar las propuestas para el nombramiento de los magistrados para la Corte Suprema y de las Cortes Superiores.

El Presidente de la República era el encargado del nombramiento de los Magistrados a propuesta del Consejo de la Magistratura; sin embargo, en el caso de los Magistrados de la Corte Suprema, el nombramiento debía ser ratificado por el Senado. Había, en consecuencia, un proceso de selección, donde la negociación política resultaba inevitable.

Como es por todos conocido, en los años siguientes se vivió todo un proceso de criticas del funcionamiento del sistema judicial, donde se alegaba no sólo corrupción sino también injerencia política, generando gran desazón en la ciudadanía.

Luego vino el periodo de quiebre constitucional del año 1992, en el cual fueron cesados centenares de magistrados y fiscales de todos los niveles del sistema judicial, mediante la dación de Decretos Leyes. Evidentemente, tales ceses fueron declarados no solo inconstitucionales sino anti convencionales, tanto por jueces peruanos como por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por lo que, posteriormente, se tuvo que permitir el retorno de los afectados a la magistratura, al considerarse que habían sido separados en forma arbitraria.

En dicho contexto, mención especial merece el Decreto Ley 25446, que dispuso la conformación de una Comisión Evaluadora, que, en un plazo de noventa días, debía investigar la conducta funcional de todos los Magistrados de la República, ya fuere Juez Supremo o de Paz Letrado; también se le dieron facultades para que pueda obtener información que revele un desbalance patrimonial de los jueces, sus cónyuges y, de ser el caso, hasta sus parientes.

Es decir, la revisión de la conducta funcional y la aplicación de sanciones, en un contexto de lucha contra la corrupción, no es nueva, pero hay que tenerla en consideración para que la ejecución de la tarea de control posterior no resulte violadora de derechos, que luego invaliden las decisiones y acciones que se puedan implementar.

La Constitución Política de 1993, tomando modelos existentes, sobre todo en Europa, nos trajo un renovado Consejo Nacional de la Magistratura, donde los integrantes que conforman el pleno, son elegidos por los propios organismos, colegios o entidades representadas, con una ausencia total de control político sobre el mecanismo de designación por parte de los Consejeros.

En este esquema, se permite el acceso de personas ajenas al funcionamiento de un sistema de justicia, a que participen del poderoso mecanismo constitucional creado, que le confiere a una sola entidad: la selección, el nombramiento, la ratificación cada siete años y la sanción de jueces o fiscales.  El Consejo Nacional de la Magistratura[2] estuvo integrado por representantes de la Corte Suprema, la Junta de Fiscales Supremos, los rectores de las universidades nacionales y particulares y, los Colegios Profesionales.

Los hechos ocurridos nos mostraron que este sistema abierto del organismo de selección de Magistrados no funciona y permitió acumular un poder excesivo a los integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura, facilitando el acceso de mecanismos de corrupción en todo nivel del sistema de justicia.

Este recuento, nos hace ver que los sistemas de elección de Magistrados aplicados en los últimos 40 años y, hasta el actual inclusive, no son sino un dar vueltas en círculo, donde las decisiones se toman por reacción ante el destape de la corrupción.  No se evalúa la realidad, de forma que se modele un sistema acorde a las necesidades y retos, que una sociedad en crecimiento como la nuestra plantea.

¿Qué estamos haciendo? ¿Hacia donde vamos? Comentarios y propuestas

Hoy en día, hemos tenido un proceso de reforma constitucional revestido con una peculiar característica: la ausencia de debate sobre los planteamientos y, por ende, la desinformación sobre lo que se estaba decidiendo y la falta de una propuesta técnica sobre lo que se necesita para atacar una enfermedad grave. ¿Que puede salir de este proceso? Muchas normas y buenos discursos, pero ninguna reforma seria e innovadora para contar con un sistema de resolución de conflictos, que vaya de la mano con la tecnología y un perfil adecuado de magistrados, pues, lamentablemente, los mejores abogados que egresan de nuestras universidades no desean acercarse a la carrera judicial.

La reforma aprobada, no trae mayores novedades, volvemos a la conformación de un órgano colegiado denominado Junta Nacional de Justicia que asume todas las funciones del ex Consejo Nacional de la Magistratura. Se mantiene el diseño de conferir todos los poderes en las mas diversas fases de la vida profesional de una Magistrado a una sola entidad y se insiste en la dañina ratificación de magistrados, cuna de la argolla, el compadrazgo y la collera.

Desde nuestro punto de vista, la ratificación del Magistrado cada siete años (además de la evaluación parcial de desempeño cada tres años y seis meses), constituye una seria afectación a la independencia del juez o fiscal. Es, en el mejor de los casos, un debilitamiento a su autoridad (pues, pues pasará por ese callejón oscuro inevitablemente, por lo que hay de él si falló en contra de algún poderoso) y, en otros casos, funcionará como un incentivo a la mediocridad e, inclusive, a la corrupción.

Consideramos que la evaluación del desempeño de un juez o fiscal debe ser realizada por los órganos competentes cuando existen quejas razonadas y fundamentadas, cuidando eso sí que el cuestionamiento no obedezca a los criterios utilizados para aplicar el derecho.

El nombramiento y permanencia de un juez o fiscal en el cargo debe estar garantizado; eso es lo que asegura su independencia. Obviamente, ello no es incompatible con un correcto sistema de análisis de quejas y denuncias, en caso de que se produzca una inconducta.

La atolondrada reforma judicial también generó que no se aborden importantes aspectos como son, por ejemplo, el crear una carrera judicial con una sola vía de acceso a través de la Academia de la Magistratura y, en consecuencia, la generación de incentivos para hacer de la carrera judicial un proyecto de vida viable y deseable.

Los egresados de la Academia de la Magistratura deberían estar aptos para postular a las vacantes que se vayan produciendo a nivel de jueces de paz y de primera instancia, y de ahí ir escalando según las vacantes que se vayan produciendo, vía concurso, como ocurre, por ejemplo, con los egresados de la Academia Diplomática.

Otro tema a discutir es, sin duda, cómo atraer a los mejores alumnos a la magistratura. Por qué no plantear convenios para que, aquellos que estén en el décimo superior, hagan sus prácticas en el Poder Judicial o Ministerio Público, y puedan ser atraídos con algún beneficio (se nos ocurre el ofrece becas en el exterior para aquellos alumnos de excelencia que se decidan por la magistratura, y elijan continuar su formación en la Academia de la Magistratura).

Para concluir, la reforma no sólo precisa de cambios de nombres y personas en el Poder Judicial y en el Ministerio Público, amén de nuevos miembros del Consejo Nacional de Justicia; lo que se precisa es un nuevo marco normativo, que agilice procesos y que establezcan el uso apropiado de la tecnología; y, sobretodo, mecanismos para solucionar las diferencias de manera directa, donde las partes sean los protagonistas de la decisión.

Hoy todo el esquema esbozado como “reforma”, no trae mayor novedad, por ello tampoco nos confiere demasiado entusiasmo. De verdad, esperamos estar equivocados. Lampadia

[1] DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

“Artículo 245.­- El Presidente de la República nombra a los Magistrados, a propuesta del Consejo Nacional de la Magistratura.
El Senado ratifica los nombramientos de los Magistrados de la Corte Suprema.

Artículo 246.­- El Consejo Nacional de la Magistratura están integrado en la siguiente forma:
El Fiscal de la Nación que lo preside.
Dos Representantes de la Corte Suprema.
Un Representante de la Federación Nacional del Colegio de Abogados del Peru.
Un Representante del Colegio de Abogados de Lima. Y
Dos Representantes de las Facultades de Derecho de la República.
Los Miembros del Consejo son elegidos cada tres años. No están sujetos a mandato imperativo. Son remunerados con dietas que se fijan en el Presupuesto General de la República.
La ley establece la organización y el funcionamiento del Consejo. Este se reúne cada vez que es necesario”.

[2] Artículo 150.- Consejo Nacional de la Magistratura

El Consejo Nacional de la Magistratura se encarga de la selección y el nombramiento de los jueces y fiscales, salvo cuando éstos provengan de elección popular.

Artículo 154.- Atribuciones del Consejo Nacional de la Magistratura

Son funciones del Consejo Nacional de la Magistratura:

1. Nombrar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los jueces y fiscales de todos los niveles. Dichos nombramientos requieren el voto conforme de los dos tercios del número legal de sus miembros.
2. Ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años. Los no ratificados no pueden reingresar al Poder Judicial ni al Ministerio Público. El proceso de ratificación es independiente de las medidas disciplinarias.
3. Aplicar la sanción de destitución a los Vocales de la Corte Suprema y Fiscales Supremos y, a solicitud de la Corte Suprema o de la Junta de Fiscales Supremos, respectivamente, a los jueces y fiscales de todas las instancias. La resolución final, motivada y con previa audiencia del interesado, es inimpugnable.




¿Qué hacer para reconvertir en positiva la unicameralidad sin reelección?

¿Qué hacer para reconvertir en positiva la unicameralidad sin reelección?

Jaime de Althaus
Para Lampadia

El referéndum ha servido para consolidar la aprobación presidencial y para canalizar el rechazo de la población al Congreso y a la clase política. Pero, como sabemos, las soluciones respaldadas por el pueblo no son las mejores para consolidar una democracia funcional y eficiente. La unicameralidad sin reelección es un albur completo, y no sirve para consolidar una clase política capacitada ni para reconstruir un sistema de partidos. En ese marco, ¿qué podemos hacer?

La solución que había conversado en privado el presidente Martín Vizcarra con el presidente del Congreso, Daniel Salaverry, era que luego del referéndum, el Congreso aprobaría el establecimiento de la bicameralidad vía dos legislaturas ordinarias, lo que sería respaldado por el Presidente para darle respaldo político. Pero el resultado del referéndum ha sido abrumador en este punto: sólo un 9% del voto válido respaldó el SI a la bicameralidad. Más de un 90% lo ha hecho por el NO. ¿Es viable políticamente que el Congreso proceda a aprobar una reforma constitucional que el pueblo ha rechazado de manera tan contundente?

Muy difícil. Si, como parece, no queda más remedio que resignarse a mantener la unicameralidad, solo quedan tres medidas para controlar en alguna medida tanto la tentación del poder como la eventual mala calidad o el populismo de las normas que pueda dictar una cámara única:

  • La primera sería que la insistencia del Congreso ante una ley observada por el Ejecutivo, sólo pueda ser aprobada por los 2/3 del número legal de congresistas (como es en casi todas las democracias) y no solo por la mitad más uno, como es ahora, que limita severamente el poder de veto presidencial. La observación de leyes excesivas por parte del Ejecutivo cumpliría en alguna medida el papel del Senado.
  • La segunda es que las exoneraciones de segunda votación o del pase a comisiones, o sean prohibidas, o requieran también una votación bastante más alta que en la actualidad.
  • La tercera es aún más importante: crear en el Congreso una Oficina de Análisis de Impacto Regulatorio y Económico de los proyectos de ley, cuyos informes no tengan necesariamente poder vinculante pero sí sirvan como una referencia tanto para el legislador como para la opinión pública, que podrá juzgar si una ley tiene efectos contraproducentes o un costo mucho mayor que el beneficio que traería. El congresista Alberto de Belaunde planeó a inicios de este Congreso un proyecto de ley para crear dicha Oficina, pero no ha sido considerado hasta ahora. 

Por su parte, la no reelección de congresistas, que dificulta la formación de una clase política y atenta contra la consolidación de los partidos políticos, obliga a aprobar una reforma política que ayude a consolidar unos pocos partidos serios y a que los congresistas que no pueden reelegirse de manera inmediata puedan reciclarse en un think tank partidario un su período sabático.  Las reformas serían las siguientes:

Para reducir el número de partidos:

  • Distritos electorales más pequeños, uni o binominales
  • Subir la valla a las alianzas, para que no sean una manera de saltar la valla del 5%
  • Obligación de participar en todas las elecciones generales y en todas las subnacionales con candidatos por lo menos en el 50% de las circunscripciones

Para fortalecer los partidos:

  • Eliminar el voto preferencial (reemplazándolo precisamente por distritos electorales más pequeños)
  • Elecciones internas, de preferencia primarias y abiertas, organizadas por la ONPE

Para que los congresistas que acaban su periodo puedan tener la opción de seguir en actividad política en el partido y contribuir así a firmar una clase política preparada:

  • Que las empresas puedan financiar con el pago de sus impuestos think tanks en los partidos. Es decir, Partidos por Impuestos (PxI), una muy buena propuesta de Carlos Meléndez.

Esta reforma como esta ayudaría de paso a fortalecer los partidos políticos, pues tendría el efecto importantísimo de permitir que las organizaciones partidarias se conviertan en centros de estudios y discusión de la realidad nacional e internacional de modo que puedan formular planes de gobierno serios que les sirvan para gobernar cuando llegan al poder. Esto redundaría, entonces, en la gobernabilidad del país, haciendo la democracia más eficiente y capaz de responder a los problemas del pueblo.  

El Congreso debería aprobar estas propuestas, a fin de sacar el mejor provecho posible del referéndum del 9 de diciembre del 2018. Lampadia




Se aprobó el segundo proyecto de reforma constitucional

EDITORIAL DE LAMPADIA

El Congreso aprobó anoche el segundo proyecto de reforma constitucional, el referido a la financiación de los partidos.

El cambio más importante es el que dispone que “sólo se autoriza la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación radiales y televisivos mediante financiamiento público indirecto”. Esto significa que los partidos y candidatos ya no podrán comprar spots radiales y de televisión, sino que estos tendrán que ser colocados en las franjas electorales que el Estado compre en las estaciones de radio y los canales de televisión.

Esta disposición tendrá varias consecuencias. La primera es que tenderá a haber mayor igualdad entre las agrupaciones políticas desde el punto de vista del acceso de sus mensajes de propaganda al gran público. Ello ya no dependerá de los ingresos que para tal efecto logre recaudar el partido. Esto sin duda beneficia a las organizaciones políticas menos proclives a recibir financiamiento de fuentes empresariales o ilegales.

Pues la segunda consecuencia es que los partidos necesitaran, efectivamente, mucho menos recursos para desarrollar sus campañas porque es sabido que el gasto mayor en el que incurren en una campaña electoral es precisamente en el de la propaganda televisiva y radial. Esto podría ser calificado como un avance desde el punto de vista democrático.

Y una consecuencia derivada de esta es que, por esa misma razón, tenderá a haber menos dependencia de fuentes ilegales.

Además, en este mismo sentido, se establece que “el financiamiento privado se realiza a través del sistema financiero con las excepciones, topes y restricciones correspondientes”. Se incorpora así en la Constitución algo que ya estaba en la ley: la bancarización de los aportes. Eso es importante. Y, felizmente, se retiró del texto final la prohibición a las empresas formales de hacer contribuciones en las campañas. Esta prohibición, sin embargo, se mantiene en la ley.

Otra consecuencia debería ser que, en la medida en que los candidatos al congreso ya no puedan comprar publicidad en esos medios, pues el voto preferencial pierde el principal instrumento que tenía para potenciarse. Por esa razón, pero sobre todo porque si el Estado va a invertir mucho más dinero en financiar las campañas de los partidos vía la compra de espacios publicitarios, no tiene sentido que al mismo tiempo propugne un tipo de voto que atenta contra la unidad y consistencia de los partidos al fomentar la competencia y la lucha fratricida entre los candidatos del mismo partido y la emisión de mensajes diferenciados. Por lo tanto, no debería prosperar la parte de la propuesta del proyecto del Ejecutivo que restablece la bicameralidad que, si bien elimina el voto preferencial para la elección de senadores, lo mantiene en los distritos binominales para elegir diputados.

Asimismo, igualmente, si el Estado va a aportar –vía compra de espacios en la televisión y la radio- una cantidad de recursos mucho mayor que en el pasado en beneficio de los partidos, resulta fundamental ir a una reforma que apunte a reducir drásticamente el número de partidos eliminando aquellos que no lo son en realidad. Para ello son buenos los distritos binominales pero también requisitos más fuertes para mantener la inscripción partidaria y para ingresar al Congreso.

Ahora bien, sería importante, si luego se va a aprobar la absurda reforma constitucional que prohíbe la reelección de los congresistas, que en una ley posterior se establezcan incentivos para que las empresas puedan donar recursos para crear think tanks en los partidos a fin de que los congresistas que no puedan ir a la reelección inmediata puedan reciclarse en ellos hasta la siguiente elección. Esto a fin de paliar el sabotaje a la formación de una clase política experimentada que implica la no reelección de congresistas. El mecanismo de impuestos por partidos para este fin podría ser una opción muy interesante. También debería crearse en el nuevo congreso bicameral –si se aprueba- o en el actual, una o dos oficinas de estudios parlamentarios en las cuales también se pueda contratar a congresistas que por razón de la no reelección se encuentran en periodo sabático. Lampadia




Tal como estaba previsto, se aprobó la reforma del CNM

EDITORIAL DE LAMPADIA

Tal como estaba previsto en el cronograma aprobado, la comisión de Constitución aprobó ayer el dictamen de la reforma constitucional del CNM, que debe aprobarse a su vez hoy en el pleno del Congreso. Como hemos explicado también ayer, el segundo borrador de ese texto estaba listo desde el viernes o sábado, mucho antes de que el Presidente Vizcarra anunciara la innecesaria cuestión de confianza. El primer borrador se había discutido el martes pasado.

Y acto seguido, la Comisión de Constitución adelantó para ayer por la tarde la discusión del predictamen sobre restablecimiento de la bicameralidad, que originalmente se iba a debatir hoy en la misma Comisión. Lo interesante es que quizá esa reforma se apruebe también en el pleno de hoy, con lo que la cuestión de confianza quedaría prácticamente fuera de juego.

Novedades

El dictamen sobre reforma del CNM tiene algunas novedades en relación al proyecto que remitió el Ejecutivo. Se establece, por ejemplo, que además de la ratificación de los jueces y fiscales cada 7 años, el CNM realiza, conjuntamente con la Academia de la Magistratura, una evaluación parcial de desempeño de los jueces y fiscales cada tres años y medio. En realidad, la evaluación de desempeño de jueces y fiscales es algo que deberían hacer internamente tanto el Poder Judicial como el Ministerio Público todos los años, permanentemente.  La mencionada evaluación parcial ejecutada por el CNM y la Academia de la Magistratura debería tener como insumo estas evaluaciones permanentes ejecutadas por las mismas instituciones. Esto es algo que debería establecerse en la ley de desarrollo constitucional que al efecto se dé.

Otra innovación consiste en la obligación del CNM de presentar un informe anual al Pleno del Congreso.      

El meollo de la reforma está, como es sabido, en que los miembros del CNM son elegidos por concurso público de méritos. El dictamen aprobado sube a de 5 a 7 el número de consejeros, lo que es apropiado por la carga de trabajo que tendrá el Consejo. Y en cuanto a quiénes integran la Comisión Especial encargada de realizar el concurso de méritos para escoger a los consejeros, el dictamen aprobado ha agregado dos más a los considerados en el proyecto del Ejecutivo: “un rector elegido en votación por los rectores de las universidades públicas licenciadas con más de cincuenta años de antigüedad”, y un rector de las universidades privadas también de más de cincuenta años. La verdad, no se entiende bien por qué agregar a estos miembros. Tratándose de rectores y de las universidades públicas y privadas antiguas, esperemos no hagan daño.

Rectificaciones

En cuanto a la entidad encargada de dar el apoyo técnico a la Comisión Especial para llevar a cabo el concurso que elija a los consejeros, el dictamen ha corregido, felizmente, su versión inicial en el sentido de que se trataría de una secretaría ad hoc, siempre manipulable, pero no ha restablecido explícitamente la propuesta del Ejecutivo en el sentido de que ese soporte técnico esté dado por SERVIR sino –dice- por “una Secretaría Técnica Especializada”. SERVIR cabe dentro de ese concepto, de modo que sería recomendable que la ley de desarrollo constitucional que se dé así lo establezca. SERVIR es la entidad encargada precisamente de normar la implantación de la meritocracia en el Estrado peruano. No hay entidad más apropiada que esa.

En cuanto a los requisitos para ser miembro del Consejo Nacional de la Magistratura, el dictamen felizmente ha restablecido casi todos los que fijó el proyecto del Ejecutivo y que habían sido eliminados en el predictamen. Incluso el de “tener reconocida trayectoria profesional y solvencia e idoneidad moral”. Pero se eliminó lo de “trayectoria democrática y respeto a los derechos humanos”, acaso para evitar que esa formulación pudiera ser usada arbitrariamente para marginar a algún postulante por razones políticas o ideológicas. Además, se incluyó también que la función de los consejeros “no debe incurrir en conflicto de intereses”, disposición que había sido retirada en el predictamen original.

Y, como hace días se difundió, también se restableció en el dictamen final la disposición complementaria transitoria que autoriza al CNM a revisar los nombramientos y ratificaciones efectuadas por los consejeros removidos, algo fundamental que tampoco había sido considerado en el predictamen inicial y que sí estaba en el proyecto del Ejecutivo.

En suma, el dictamen finalmente aprobado en la Comisión de Constitución ha sido el fruto de un productivo intercambio de opiniones y argumentos en el seno de la Comisión que ha permitido agregar nuevas disposiciones interesantes y al mismo tiempo recuperar los aportes positivos que venían del Ejecutivo y habían sido desechados en el predictamen original. El Congreso hizo, en este caso, su tarea dentro del plazo establecido. Si, además, se aprueba hoy en el pleno el dictamen que restablece la bicameralidad, el gobierno debería proceder a retirar anunciada la cuestión de confianza, por carecer de objeto. Lampadia




¿Son suficientes las propuestas presidenciales?

Jaime de Althaus
Para Lampadia

Algunas de las propuestas del presidente Martín Vizcarra en su discurso de 28 de julio tienen el potencial de lograr un verdadero cambio de era en el Perú, de pasar a una sociedad gobernada por la ley. Nos referimos a la reforma constitucional orientada a elegir el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por concurso público y aprobarla mediante referéndum, en la medida en que dicha reforma sea la punta de lanza de una serie de medidas que apunten a cambiar las características básicas -el neo patrimonialismo y el favoritismo- del Estado pre moderno que tenemos, por la meritocracia y la imparcialidad, elementos clave del Estado moderno. Significa pasar de organizaciones basadas en redes personales de intercambio de favores y, en ocasiones, de venta de decisiones, a organizaciones basadas en los méritos y en la evaluación de resultados. 

No toda estructura tradicional es mafiosa. Es normal y correcto que en una familia o en una comunidad campesina o en un grupo de amigos prevalezcan los lazos de lealtad y reciprocidad mutuas. El problema se presenta cuando trasladamos los valores familiares, comunales o amicales al manejo de la institucionalidad estatal. Esa es la realidad de muchas entidades públicas en el Perú, desde gobiernos locales y regionales hasta el Poder Judicial, pasando por algunos ministerios. Las “islas de modernidad”, que funcionan sobre la base del mérito, la evaluación del cumplimento de metas y la aplicación de la “razón técnica” a la solución de los problemas, son escasas.

No solo eso. En la medida en que, desde los 2000, lanzamos un proceso de descentralización sin amarrar bien los controles centrales y transferimos ingentes recursos a los gobiernos sub-nacionales, lo que ocurrió fue que mafias se organizaron para extorsionar las obras, proveer bienes y servicios y eventualmente tomar los propios gobiernos locales o regionales para apropiarse de recursos públicos. En ese momento las tradicionales redes familiares, amicales o de compadrazgo se transformaron en redes para el delito. Se intersectaron, por ejemplo, con organizaciones criminales dedicadas a la usurpación de terrenos, que cooptaron redes de policías, fiscales y jueces en varias Cortes Superiores del país.  

Este proceso se vio agravado por la fragmentación política derivada de la disgregación del sistema de partidos. En cada nueva elección una proporción cada vez menor de alcaldes pertenecía a partidos nacionales, de modo que ni siquiera dichos alcaldes estaban sujetos algún tipo de control derivado de la pertenencia a un grupo nacional. El país se feudalizó. Incluso a nivel del sistema de justicia, la influencia que entes tenían los partidos políticos en él pasó a ser ejercitada por organizaciones criminales.   

Por eso, la introducción del principio meritocrático en el sistema de justicia sería un avance gigantesco, un cambio fundamental. La elección del CNM por concurso público de méritos, en ese sentido, es clave. Pero tiene que estar bien hecha, para que logre atraer a los mejores. Un nuevo CNM que reclute jueces también de manera realmente meritocrática, rompería, a su vez, el sistema de selección de fiscales y jueces por redes amicales, familiares o políticas. Por supuesto, como hemos reclamado, esto tiene que venir acompañado de otros elementos:

  • Un sistema serio de evaluación del desempeño de policías, fiscales y jueces, que no existe
  • La digitalización y oralización de los procesos
  • Una Corte Suprema pequeña dedicada a sentar jurisprudencia y predictibilidad –para reducir espacio a sentencias compradas
  • Un proceso de depuración de la Policía Nacional, que requiere una ley que cuyo proyecto ser elaborado y presentado al Congreso
  • También supone una reforma radical de las escuelas de la Policía, que no solo padecen una muy baja calidad académica, sino que son la puerta de entrada de delincuentes al cuerpo policial.

Liderazgo presidencial y del ministro de Justicia

El presidente Vizcarra no entró en estos temas, pero si anunció un proyecto de ley que crea el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia presidido por él mismo e integrado por los presidentes del Congreso, Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Tribunal Constitucional, presidente del Consejo Nacional de la Magistratura y el Defensor del Pueblo. Si el presidente mantiene el liderazgo en esta reforma integral –que incluye la de la Policía- podremos esperar resultados. Pero en la medida en que la secretaría técnica de ese Consejo estará en el ministerio de Justicia, se requiere que el ministro de esta cartera tenga el peso y la capacidad para liderar también la gran reforma. Esto es crucial y sin duda en este momento es una incógnita, por decir lo menos.

Limpiar las Cortes Superiores

Por supuesto, como bien ha señalado Javier de Belaunde, no se puede reformar la Corte Suprema como queremos si no se limpia las Cortes Superiores, pues, como decíamos, hay distritos judiciales tomados por la mafia. En ese tema podemos ser optimistas, porque el presidente anunció además un proyecto de ley que crea la Autoridad Nacional de Integridad y Control en el Poder Judicial y en el Ministerio Público, en lugar de la OCMA y la Fiscalía de Control Interno. Sus miembros serán elegidos también por concurso público, y tendrá asignada una policía especializada precisamente para destapar redes de corrupción en los distritos judiciales más infectados. Esto es fundamental. Y el nuevo CNM debe terminar la tarea, nombrando buenos jueces y fiscales superiores.

Faltó, sin embargo, anunciar un proyecto de ley para modificar el artículo 454 del Código Procesal penal que impide acusar directamente y detener, en los mega-operativos, a los fiscales y jueces vinculados a organizaciones criminales.

Distritalizar la justicia penal

Y es claro también que aún no se coloca en la agenda gubernamental la necesidad de distritalizar la justicia penal, integrando en un solo local municipal o en la comisaría a un fiscal, un juez y una carceleta, a fin de acabar con la impunidad y reducir la altísima victimización por delincuencia común. Si esto va de la mano con Barrio Seguro y Vecindario Seguro, tendremos grandes avances en seguridad ciudadana. El presidente podría liderar una cruzada llamando a los alcaldes y comisarios a reunirse en los comités de seguridad ciudadana para elaborar y ejecutar estos planes. 

Reforma del servicio civil

Ahora bien, la modernización y la limpieza no son solo las del sistema de justicia. Es la del Estado en su conjunto. Para ello, un elemento central es la instauración del nuevo régimen de la ley de servicio civil en todas las entidades públicas. Es decir, la implantación, acá también, de la meritocracia. Este proceso clave perdió apoyo político durante la etapa del presidente Kuczynski, pero el Premier Villanueva, en su discurso al Congreso, le devolvió la prioridad perdida. El presidente, sin embargo, no lo mencionó en su discurso. Esperemos que esto no signifique que no lo considere fundamental, porque este es el típico cambio complejo y difícil de hacer que requiere de mucha tracción política. El presidente debe exigirlo a los ministros y a los gobernadores regionales.  

Reforma de la descentralización

Esto es particularmente importante para los gobiernos sub-nacionales pues, como decíamos, el proceso de descentralización que hemos tenido ha llevado a que el Estado central haya perdido autoridad y control sobre el territorio, que ha sido ganado en medidas diversas por mafias de distinto tipo. Entonces se requiere una reforma de la descentralización que reconstruya la autoridad central. 

Al respecto, el presidente anunció que el presupuesto total para los gobiernos regionales y locales pasará del 30% aproximadamente al 40% en el 2019 (lo que no se dice es que, en realidad, el presupuesto de inversiones es alrededor del 65% del total de la obra pública). Pero no precisó con qué medidas de control y monitoreo del gasto vendrá acompañada esta mayor transferencia, a fin de que no sirva solo para incrementar las arcas de la corrupción. Sí explicó que “nos proponemos delimitar con mayor claridad las competencias y las responsabilidades”. Esto es fundamental, sobre todo en la medida en que implique un fortalecimiento de la capacidad rectora y de control del gobierno central.

Pero habría que ir más allá, fortaleciendo la competencia del gobierno nacional en el manejo de recursos estratégicos tales como el desarrollo minero, forestal o la pesca. Y debería rescatarse y poner en práctica la reingeniería del Seguro Integral de Salud (SIS) que llevó a cabo el Dr. Moisés Rosas cuando estuvo a cargo de esa entidad.

No solo eso. Debe autorizarse al gobierno central a intervenir en la gestión de los gobiernos sub-nacionales en casos de extrema deficiencia o necesidad, y fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas de las autoridades regionales y locales.

Un avance importante desde el punto de vista de la recuperación del control central, es que desde setiembre las Oficinas de Control Interno de los gobiernos regionales y las municipalidades provinciales, pasarán a depender directamente de la Contraloría General de la República y ya no de sus dependencias originales. Esto será útil siempre y cuando la Contraloría vaya sustituyendo las auditorias de cumplimiento de normas, que solo sirven para inhibir a los honestos, por auditorías de gestión o de desempeño, de la mano con el avance de la reforma del servicio civil y de los presupuestos por resultados. 

Un elemento importante es tener un Plan Nacional de Infraestructura, para que los proyectos respondan a una priorización técnica y no política o una tan discrecional que favorezca la corrupción. Al respecto, el presidente anunció que se pondrá en marcha el Plan Integral Multianual de Infraestructura a nivel regional y Programas Integrales de Mantenimiento de Infraestructura a nivel provincial.

Por supuesto, la reforma política es clave para reconstruir la unidad del Estado nacional y mejorar las estructuras de gobernabilidad.

Informalidad

Reducir los espacios para la corrupción implica también simplificar los trámites para obtener cualquier licencia o autorización y reducir sustancialmente la carga regulatoria. El presidente no habló de esto, pero sabemos que en la PCM se está avanzando en estos campos.

Esto incluye también las cargas sobre la empresa y el trabajo, a fin de reducir la informalidad. Pues la frontera entre la informalidad y la ilegalidad es difusa. Si la mayor parte de los peruanos y de las empresas desarrollan sus actividades fuera de la ley, significa que no hay imperio de la ley. Esto se debe, en parte, a que la ley es muy onerosa, impone cargas insoportables, exige obligaciones incumplibles.  Necesitamos, entonces, una ley atractiva, inclusiva. Una reforma de la regulación. De eso habló muy poco el presidente. Dijo que se estaba trabajando en la “formalización de las empresas y nuestro mercado de trabajo”, pero no dijo cómo, salvo el anuncio de que “se masificará el uso de comprobantes de pago y libros electrónicos” y “se implementarán medidas que creen incentivos a las personas naturales para demandar comprobantes de modo que se conviertan en socios del Estado en el proceso de formalización de las actividades económicas”. La reforma laboral sigue siendo el gran tema pendiente.

En resumen, para dar el salto histórico a la implantación del imperio de la ley en todo el territorio y ahogar a la corrupción, es necesario atacar las redes ilícitas en todos sus frentes para no dejar resquicio a la reagrupación del mal, implantar la meritocracia en todo el Estado y reformar la descentralización, la política y la legalidad. Lampadia




Un maestro pone la reforma judicial en contexto

Un maestro pone la reforma judicial en contexto

Un ‘jurista por vocación’, el Doctor Javier de Belaunde, nos ayuda a entender la crisis judicial que actualmente toma toda nuestra atención y que esperamos no sea solo una reacción pasajera, en la magnífica entrevista de Jaime de Althaus para el diario El Comercio.

Líneas abajo, compartimos la entrevista que hemos editado para destacar su estructura y hacerla llegar a todos nuestros seguidores: 

“La no reelección me parece un desafío innecesario al Congreso”

El jurista Javier de Belaunde opina que el presidente Martín Vizcarra está exagerando la sintonía que quiere tener con el estado de ánimo del pueblo.

De Belaunde considera que hay que hacer un sistema serio de
evaluación de la producción y del rendimiento de los jueces.

(Foto: Juan Ponce/ El Comercio)

Entrevista de Jaime de Althaus a
Javier de Belaunde, ex miembro de la Comisión Especial para
la Reforma Integral de la Administración de Justicia (Ceriajus)
El Comercio, 30 de julio de 2018
Glosada por Lampadia

En esta entrevista, el ex integrante de la Ceriajus Javier de Belaunde analiza el mensaje a la nación del presidente Martín Vizcarra, con especial énfasis en las iniciativas relacionadas a la reforma del sistema de justicia.

— ¿Tu opinión acerca de las propuestas del presidente en el mensaje al Congreso?
El mensaje presidencial es un hito. Ha sentado bases importantes. Siendo intérprete de la indignación ciudadana, el presidente busca apoyo en el pueblo, llamando a la convergencia de ciudadanos, poderes públicos y de los diversos sectores para emprender la reforma judicial y política.

  • Ha resaltado que la corrupción, redes articuladas al interior del sistema de justicia, intereses políticos y económicos, no fueron detectados ni por los órganos de control del Poder Judicial ni del Ministerio Público ni menos por el CNM.
  • Ha delimitado bien lo que en la reforma judicial puede ser iniciativa del Poder Ejecutivo, lo que requiere del Poder Legislativo, y lo que necesita reforma constitucional (muy destacable abordar al perverso litigante: la ONP).
  • Es fundamental el anuncio de que se someta a referéndum la reforma constitucional del Consejo Nacional de la Magistratura, sustituyendo el sistema de representación de consejeros por un concurso público.
  • Anunció una disposición transitoria que es de la mayor importancia: un mecanismo de revisión de nombramientos y ratificaciones hechos por el CNM destituido recientemente, para limpiar los malos nombramientos.

El anuncio de referéndum es en realidad un jaque al Congreso, quien tendrá que pronunciarse sobre la reforma constitucional.

—Pero incluir en el referéndum la no reelección de los congresistas, ¿no es un desafío innecesario al Congreso? ¿No sería contraproducente? Fuera de ser un error, porque nunca consolidaríamos una clase política…

Lo del Senado me parece positivo, pero la no reelección de congresistas me parece efectivamente un desafío innecesario al Congreso; está exagerando la sintonía que quiere tener con el estado de ánimo del pueblo; los estados de ánimo no pueden guiar a un estadista; además es un error. Los grandes parlamentarios de antaño han sido reelegidos porque el pueblo lo quería así; es la manera de consolidar políticos y no alentar aventureros. La no reelección de alcaldes o gobernadores regionales no es un buen ejemplo. Un error no puede inspirar otro error. En materia de proyectos de ley, quiero destacar el que anuncia la creación del Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, presidido por el presidente de la República (quien quiere liderar el proceso) e integrado por las cabezas del Legislativo, Poder Judicial, Ministerio Público Tribunal Constitucional, Defensoría del Pueblo y CNM, pues la reforma judicial involucra a todos ellos. Se marca así que la reforma judicial no se trata de abordar y superar una coyuntura, sino de iniciar un proceso que requiere tiempo y convergencia.

—Hubo ocasiones anteriores en que llegamos a situaciones límite y se intentó reformas pero sin resultados…

Después del gobierno del 85 al 90 tuve una sensación de que habíamos tocado fondo en materia de corrupción, terrorismo, desorganización.

  • En 1990 el presidente recién electo, Alberto Fujimori, por primera vez en la historia en su mensaje de asunción presidencial trató el tema de la justicia como un tema fundamental.
  • Fue muy duro con los jueces, los llamó chacales y después en esos dos años democráticos se producen leyes importantes, como la ley orgánica del Poder Judicial, el nuevo Código Procesal Civil y el Código Procesal Penal.
  • Después del golpe de Estado en 1992 Fujimori echa alrededor del 80% de jueces y fiscales. Y nombra provisionales, propensos siempre a la presión política, para montar un proyecto autoritario en el Poder Judicial basado en la provisionalidad.
  • Pero luego, intentando volver del golpe de Estado, convoca al Congreso Constituyente Democrático y en materia judicial se nombra un Jurado de Honor de la Magistratura, cinco personas absolutamente intachables y reconocidas en el medio jurídico, cuya misión fue dotar al Poder Judicial de una Corte Suprema y de las cortes superiores, pero solamente llegaron a la corte de Lima.
  • Y la verdad es que dejaron una buena Corte Suprema y una buena Corte Superior.

—Ahora, de este 80% que fue cesado, ¿eran personas no idóneas? ¿Qué pasó con ellos?
Hubo arbitrariedad, pero de este 80% un gran porcentaje estaba bien echado.

  • Lamentablemente mucha de esta gente ha regresado después vía acciones de amparo o acuerdos amistosos de la Comisión Interamericana.
  • Entonces, esta purga del Poder Judicial hecha por canales no democráticos no tuvo resultados.
  • Ya después se nombra una comisión reformadora, con el comandante [José] Dellepiani, que produce una importante modernización.
  • Pero sobre esa comisión se monta luego un proyecto político autoritario dirigido por Fujimori y por Montesinos que pervierte los objetivos de una auténtica reforma judicial. 

Después de que cae el gobierno de Fujimori, se genera todo un movimiento de reforma muy interesante en el mismo Poder Judicial.

  • Lo lidera Hugo Sivina, presidente de la Corte Suprema.
  • Produce el Acuerdo por la Justicia.
  • Y en ese momento aparecen dos justicias especializadas muy importantes, la justicia anticorrupción y la justicia de derechos humanos, que era la justicia antiterrorista.
  • Luego se crea la Ceriajus que hace un plan de reforma judicial inclusive con apoyo de la cooperación técnica internacional.
  • Lo lamentable es que después no hubo voluntad política de llevarlo adelante.
  • El proyecto se disolvió en buena cuenta en el gobierno de Toledo. Y ni Alan García ni Humala estuvieron interesados. Y aquí estamos.

—Ahora, ¿es posible una reforma desde adentro? 

Yo creo que es muy difícil que una institución como el Poder Judicial se autorreforme. Porque el principal problema que tiene es la cultura judicial generada por los propios jueces, que son una serie de prácticas, y eso lo reconoce el plan que acaba de presentar la Corte Suprema, que es muy interesante. Pero también han fracasado las reformas que se han intentado hacer desde afuera. Yo creo que una reforma judicial es imposible únicamente con los jueces, pero es imposible también sin los jueces. Entonces, hay que generar un ámbito en el cual se pueda conducir la reforma y en el cual estén representados jueces, fiscales, también la sociedad civil. Y también es imposible una reforma judicial sin el Congreso y sin el Poder Ejecutivo.

—¿Cómo podemos hacer ahora para depurar el sistema judicial de los elementos corruptos o no idóneos profesionalmente?

Creo que hay muchos jueces honestos y muy valiosos que se sienten incómodos con la corrupción y no quieren un Poder Judicial ni un país corrupto. Si a estos jueces se los empodera en los órganos de control interno, va a haber resultados distintos.

—Ahora, el asunto clave es cómo elegir a los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura. El sistema actual, corporativo, ha fracasado. El presidente ha propuesto su elección por concurso público… 

Efectivamente. Hay que reconocer que las instituciones de la sociedad civil no han estado a la altura de las circunstancias históricas. Creo que la universidad peruana ha fallado, los colegios profesionales han fallado. Yo no recusaría un sistema de concurso público.

—Transparencia propuso eliminar la ratificación de los jueces cada siete años. Pero esto debería ser reemplazado por un sistema de evaluación permanente de los jueces y fiscales… 

Yo fui partidario de la ratificación. Pensé que era una buena manera de depurar la judicatura, pero creo que no. La inestabilidad del juez no es una buena receta. No puede estar cada siete años en la inestabilidad de si va a ser ratificado o no. Tampoco ha servido para depurar al Poder Judicial. Entonces, lo que hay que hacer es un sistema serio de evaluación de la producción, del rendimiento de los jueces.

—Ceriajus proponía una Corte Suprema pequeña, dedicada a hacer jurisprudencia, para hacer justicia más predecible… ¿Así debe ser?

Yo estuve en la Ceriajus y fui partidario de una sala única de 11 magistrados. Creo que, en el 2004, no previmos el nivel de deterioro de algunos aspectos de la sociedad peruana. Hay cortes superiores que son ‘territorios liberados’, en las cuales realmente la corrupción impera. Por eso, una Corte Suprema más pequeña dedicada realmente a generar jurisprudencia importante, tiene que venir acompañada de una reforma muy importante en las cortes superiores. Me parece terrible que determinadas cortes superiores queden como última instancia y no haya garantía de subir a la Suprema.

—Eso significa eventualmente cambiar a muchos jueces superiores. Y si vamos a una Corte Suprema pequeña de alto valor habría que nombrar nuevos jueces supremos. Si el nuevo CNM va a referéndum ya no habría que esperar hasta mayo o junio del próximo año…

Debo decir que hay magistrados en la Corte Suprema actual de muy buen nivel, de mucha honestidad. Pero la gente no idónea de la Corte Suprema tiene que irse. Tiene que haber algún mecanismo eficaz para que se vayan. Esta es una oportunidad para diseñar un sistema de control mucho más eficaz. Y hay que crear condiciones para la denuncia. Hoy día muchas veces se denuncia a un magistrado por conducta indebida y no pasa nada.

—La OCMA debería poder hacer inteligencia en las cortes superiores para descubrir vinculaciones con mafias. El presidente ha propuesto crear una autoridad nacional de integridad y control en el Poder Judicial y el Ministerio Público con apoyo de una policía especializada…

Buscaría reemplazar a la OCMA, que no ha dado resultados. Si tú vas un día al local de Alzamora, al local de Abancay, y te pasas allí una mañana conversando con los litigantes, tú sacas una idea de qué juez es honesto y cuál no, qué juez es competente o demorón… Con un apoyo de cierta inteligencia se sabría qué cosas están pasando. De hecho, el Poder Judicial acaba de proponer en su plan la creación de una “oficina de investigaciones especiales” para indagar casos graves y en especial redes de corrupción. También propone la “gestión de riesgo” a fin de prevenir la corrupción, a partir de normas internacionales ISO. Que el Poder Judicial plantee algo así, me parece notable.

—¿No deberíamos aspirar a que juristas de primer nivel ingresen a la Corte Suprema?
Sin duda. No quiere decir esto que no haya juristas de primer nivel en la Corte Suprema, muchos de ellos inclusive son provisionales, pero creo que evidentemente la judicatura debería ser un lugar atractivo para la gente más competente. Se ha mejorado la remuneración, pero lo que no ha mejorado son las condiciones de trabajo. Es decir, que un supremo tenga que salir a las dos de la tarde con siete expedientes para estudiar para mañana, es un disparate. Es un tema de descarga procesal, de adecuados asistentes…

—Y de que vea pocos casos y resuelva los casos, no devuelva… Ahora, el tema de los abogados es otro componente importantísimo. Hace unos años Beatriz Boza coordinó un código de buenas prácticas, un pacto antisoborno. Pero al final ningún estudio lo firmó… 
No es exacto que ningún estudio quiso firmarlo. Hay pocos que sí lo firmaron. Lo interesante fue que al final este proyecto se convirtió en el Código de Ética del Colegio de Abogados. No es un problema de falta de normas. A los colegios de abogados hay que reclamarles que su función no es la de sociedades de socorros mutuos, sino controlar la ética de la profesión. El abogado no puede ser un intermediario de corrupción.

—La idea de que en Lima pudiera haber más de un colegio de abogados que compitan entre sí en nivel de exigencias para dar licencias, etc., y donde sea prestigioso pertenecer a tal o cual colegio…

Podría ser. Bueno, en este momento hay el Colegio de Abogados del Cono Norte, que no ha sido creado por ley, es una asociación civil. El único colegio de abogados creado por ley es el Colegio de Abogados de Lima…

—Pero es un monopolio, es decir, tú tienes que estar colegiado allí… 

Sí, es un monopolio. Creo que sí hay varias instituciones que se dedican, digamos, a vigilar la práctica profesional sin duda sería una cosa muy positiva. Quiero ver a todos los abogados de Lima detrás de esta idea…

—Sería buenísimo. ¿En cuanto a la formación de los jueces? Las facultades de Derecho son muy malas y la Academia de la Magistratura solo capacita jueces… 

Se sigue privilegiando la enseñanza de códigos, la transmisión de información y no la enseñanza de habilidades, de razonamiento, salvo en algunas universidades.

  • Es grave pensar que de ahí van a salir los futuros jueces.
  • Sobre el tema de la Academia de la Magistratura, hay que pensarla como un engranaje de ingreso a la judicatura vía la Academia de la Magistratura.
  • Lo está planteando el propio Poder Judicial en la propuesta que ha hecho: que los postulantes a jueces y fiscales mediante un concurso de oposición y méritos ante un CNM reestructurado, accedan a un período de formación en la Academia de la Magistratura por un período de año y medio a dos años.
  • Después de aprobar la academia, serían designados.

Lampadia




Aciertos y vacíos en las propuestas de los candidatos en seguridad ciudadana y reforma judicial

Aciertos y vacíos en las propuestas de los candidatos en seguridad ciudadana y reforma judicial

Uno de los temas confrontados en el último debate entre PPK y Keiko Fujimori fue el de seguridad ciudadana. PPK plantea algo fundamental: depurar la Policía. Keiko Fujimori no lo hace -aunque en su plan de gobierno sí lo insinúa- quizá por razones electorales. Ella se ha dedicado a cultivar el voto de los policías. Por eso ha ofrecido restablecer temporalmente el 24 x 24, una anti promesa que esperemos no cumpla.

En realidad, depuración de la Policía y dedicación exclusiva son dos temas que están vinculados. La primera depuración es eliminar la doble dependencia, eliminar el trabajo para un tercero no policial que en ocasiones es una mafia. En Colombia la depuración de la Policía, que se realizó entre 1995 y 2000, alcanzó al 12% de los efectivos. El resultado fue que la aprobación ciudadana de la Policía pasó de un 21% al 72% en diez años. Pero para hacer posible el retiro de ese porcentaje de policías sin que necesariamente se tenga que probar los delitos o faltas que cometieron, porque muchas veces no es posible la probanza, se aprobó una ley que otorgaba discrecionalidad al ministro del Interior para efectuar la poda. En nuestro país se ha venido preparando un proyecto de ley en el ministerio del Interior en ese sentido, que permite separar al personal nocivo por la causal de ‘falta de idoneidad para la función policial’, aunque siempre con una fundamentación, es decir, con un menor grado de discrecionalidad que en la norma colombiana. Esa ley debería ser aprobada en el Congreso que viene y debe gozar de consenso, incluso con el Poder Judicial, para evitar que éste reponga al personal expelido.

Ahora bien, no se trata solo de limpiar la Policía de los malos elementos. Los que queden en ella deben elevar sustancialmente su nivel profesional, que en ocasiones es lamentable. Las 25 pésimas escuelas de policía deben ser fusionadas en no más de 7 (adecuándose a la estructura regional de la PNP), pero dotadas de buenos profesores e instalaciones, hoy deplorables. Esto es, por lo demás, lo que establece el decreto legislativo Nº 1151, ley del Régimen Educativo de la Policía Nacional del Perú, que no se ha cumplido hasta ahora por oposición de los gobiernos regionales.

Y el sistema de ascensos en la Policía debe ser meritocrático, y no sobre la base de relaciones personales y de compadrazgo como es ahora. Esto es lo que establece el Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, pero no se cumple. El artículo 36° de la ley establece  la “evaluación de desempeño” con la finalidad de “aportar indicadores objetivos para los procesos de ascensos, asignación de cargo, otorgamiento de incentivos y evaluación para la permanencia en la institución; y garantizar el cumplimiento de las funciones asignadas, mediante indicadores de desempeño”. Han pasado casi 4 años desde que se promulgó esa ley, y aun no se aprueba el reglamento de la “evaluación de desempeño”, de modo que ésta todavía no se aplica ni para los subalternos ni para los oficiales. Ascienden sobre la base de otras consideraciones, no meritocráticas.

Sin embargo, ninguno de los dos candidatos ni sus planes de gobierno hacen referencia a la necesidad de implantar la meritocracia en la Policía. Tampoco en el Ministerio Público y en el Poder Judicial, donde los sistemas de medición de la productividad de fiscales y jueces son todavía muy rudimentarios y no sirven para montar un sistema de evaluación que influya en ascensos o en incentivos o bonos de cualquier tipo. Hay jueces penales que ni siquiera saben tipificar un delito.

En ese sentido, debería acogerse la propuesta de Transparencia según la cual no solo hay que modificar la composición del Consejo Nacional de la Magistratura -reforma constitucional-, sino, además, retirarle la función de ratificar a los magistrados cada 7 años, legislando una carrera fiscal y judicial que rija los ascensos y también el retiro de los magistrados a partir de buenos sistemas de evaluación de desempeño propios. Y el mandato del presidente del Poder Judicial debe extenderse a 4 años para que pueda hacer las reformas. Nadie plantea esto.

Pero el problema no está solo en las calidades internas de cada institución, que requieren una reforma profunda, sino también en la articulación entre ellas, que es muy deficiente. Pues la lucha contra la delincuencia requiere de una coordinación muy afinada. Eso lo planteó Keiko Fujimori en el debate: articular el trabajo de la PNP, el Ministerio Público, el Poder Judicial y el INPE. No entró en el cómo. Pero parte del cómo está mencionado en ambos planes de gobierno: instaurar el ‘expediente digital’ único: un solo expediente, digital, para cada caso, a lo largo de todo el proceso desde que el delincuente es capturado en la Policía, hasta el INPE, pasando por la fiscalía y el Poder Judicial. Ese proyecto costaría alrededor de 300 millones de dólares y debería ser priorizado por el próximo gobierno. Junto con el expediente digital se requiere avanzar en la interoperabilidad de las bases de datos de todas las instituciones vinculadas a la seguridad y la justicia.

La otra parte del cómo es mencionada en el plan de Fuerza Popular: reformar el nuevo código procesal penal para darle algo más de autonomía a los policías a fin de que puedan hacer diligencias e interrogatorios sin tener necesariamente que pedir permiso al fiscal, pero dándole cuenta por supuesto.

Consolidar los juzgados de flagrancia, que han significado un avance revolucionario en la capacidad de hacer justicia y sentenciar en pocos días (y horas inclusive), a fin de disminuir drásticamente la impunidad que es la madre de los altísimos niveles de victimización por delincuencia, es otra tarea prioritaria. Y junto con ella avanzar en lo que hemos llamado la “atención primaria de la justicia penal”, es decir, en la descentralización a los distritos de Lima de jueces, fiscales y carceletas, a fin de aplicar justicia inmediata en la localidad haciendo que sea posible condenar a penas cortas de días, semanas o meses en lugar de liberar delincuentes porque su pena es inferior a los 4 años de cárcel.

Esto, por supuesto, sin dejar de reformar el sistema penitenciario en la línea planteada por ambos candidatos: cárceles factorías para recuperar a los delincuentes primarios e incluso esas cárceles a 4 mil metros para delincuentes peligrosos planteadas por Keiko Fujimori.  

Si todo lo anterior se complementa con una reorganización de la PNP a fin de, por un lado, establecer unidades de investigación las ciudades más afectadas por el crimen organizado y poner en operación el potente equipo de interceptación telefónica adquirido por la DINI,  y, de otro, poner más policías en las calles y desarrollar una policía comunitaria capaz de generar inteligencia comunitaria coordinando con las juntas vecinales, la municipalidad y el serenazgo, habremos completado el cerco institucional necesario para que los delincuentes no se puedan escapar e incluso para que ni siquiera puedan nacer.  

Lampadia