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Exportación de la Corrupción

Exportación de la Corrupción

Oscar Schiappa-Pietra (1)
Para Lampadia

Las investigaciones fiscales y procesos judiciales que se realizan en Brasil y en diversos otros países latinoamericanos demuestran palmariamente la acción sistemática de corrupción de Odebrecht y de otras empresas constructoras brasileñas en perjuicio de intereses de alrededor de diez países de la región y dos del África.

Un aspecto que maximiza la gravedad de estos hechos radica en el involucramiento activo, directo e intenso de funcionarios del Gobierno Federal del Brasil en la promoción y facilitación de esa exportación de la corrupción, incluyendo a algunas muy altas autoridades públicas.

Esto tiene sustanciales implicancias ante el derecho internacional, por cuanto configura la existencia de responsabilidad internacional del Estado Federal del Brasil.

Desde una perspectiva jurídica, pueden distinguirse dos tipos de conductas ilícitas por parte de los referidos actores brasileños:

  • de un lado, el financiamiento ilegal de campañas electorales;
  • del otro, el soborno directo para lograr contratos de obras públicas.

En uno y otro caso, el Estado Federal del Brasil ha violado principios fundamentales de las relaciones internacionales, consagrados en el art. 2º de la Carta de las Naciones Unidas y en la Resolución 2131 (XX) de su Asamblea General: el respeto a la soberanía y la prohibición de intervención en los asuntos internos de los estados. Tanto la realización de elecciones libres y transparentes para designar autoridades gubernamentales, como la realización de procesos de contratación honestos para ejecutar obras públicas, son asuntos claramente inscritos en la esfera de la soberanía estatal, ante los cuales otros estados y demás actores internacionales tienen la obligación de no interferir.

Las acciones del Estado Federal del Brasil, en complicidad con Odebrecht y otras empresas constructoras de su país, configura además la violación por parte de aquél de diversas otras normas en distintos ámbitos del Derecho Internacional. El financiamiento ilegal de campañas electorales atenta contra el espíritu y letra del art. 25º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que consagra los derechos de participar en la dirección de asuntos públicos, al voto y a ser elegido para acceder a cargos públicos. Es evidente que el aporte ilegal de financiamiento para fines electorales desnaturaliza el carácter libre, autentico y competitivo en condiciones de igualdad, que debe permear a toda elección de autoridades públicas. En tal virtud, el Estado Federal del Brasil también ha violado su obligación, prevista en el art. 3º del mismo tratado internacional, de comprometerse a garantizar -en este caso, mediante su abstención de promover la financiación ilegal de campañas electorales- la igualdad en el goce de los derechos previstos en el referido art. 25º. Huelga recordar que el Estado Federal del Brasil es parte de este fundamental tratado, así como de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que contiene prescripciones idénticas, y por tanto está obligado al cumplimiento de las normas de ambos.

Tanto en lo tocante al financiamiento ilegal de campañas electorales como al soborno directo para lograr contratos de obras públicas, el Estado Federal del Brasil ha violado diversas normas de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y de su símil americana, incluyendo las obligaciones de:

  • prevenir la corrupción de funcionarios públicos por parte de empresas privadas;
  • promover la integridad, la honestidad y la responsabilidad entre sus funcionarios públicos;
  • dictar medidad para aumentar la transparencia respecto de la financiación de candidaturas a cargos públicos electivos y, respecto de la financiación de los partidos políticos; y,
  • de cooperación internacional para formular y aplicar políticas coordinadas y eficaces contra la corrupción.

De modo más específico, el Estado Federal del Brasil ha incumplido con sus obligaciones de prevenir el blanqueo de dinero, previstas en el art. 14º de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y del encubrimiento, previstas en el art. 24º del mismo tratado.

Ante esta situación de grave y masiva violación de normas de derecho internacional por parte del Estado Federal del Brasil, éste tiene la obligación jurídica de reparar los daños causados. De acuerdo a los principios de derecho internacional universalmente reconocidos, la reparación puede consistir en la restitución, la indemnización y la satisfacción. En el caso que nos ocupa, la restitución ha devenido en imposible, de modo que el Estado Federal del Brasil debe indemnizar al Perú y brindarle la correspondiente satisfacción.

Nuestra Cancillería debe notificar oficialmente a su par del Brasil sobre la existencia de responsabilidad internacional por parte del Estado Federal de éste, según lo antes referido, instándola a iniciar un proceso de negociación amistosa conducente a acordar una adecuada reparación por el daño causado, a través del pago de una indemnización y de brindar las satisfacciones correspondientes. No debemos dejar que un mal entendido espíritu latinoamericanista se anteponga a este justo e indispensable reclamo, orientado a afirmar el rol del Perú como activo promotor del respeto a las normas del derecho internacional. Lampadia

 

 (1)  Internacionalista, con maestrías en Derecho Internacional Económico (Universidad Católica del Perú) y en Derecho Internacional y Comparado (George Washington University, Estados Unidos). Vocal de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional.




La crisis de corrupción requiere rigor y tranquilidad

El 19 de enero pasado publicamos nuestro Editorial sobre la crisis desatada por la corrupción política y empresarial de Lula y sus empresas constructoras en el Perú: ‘Decisión y firmeza en el combate de la corrupción – A grandes males, grandes remedios (sin matar al paciente)’. Dijimos:

Esto configura una situación muy difícil de manejar. Hay que separar la paja del trigo y, para ello, se necesita enfrentar esta crisis con mucha seriedad, sin cacería de brujas, que nos pueda llevar a apuntar a elementos ‘distractivos’ o ‘scape goats’, en lugar de los peces gordos.

En nuestra opinión, en vez de jugar a la ‘gallinita ciega’, una delicia para los medios irresponsables, debemos empezar a tomar medidas drásticas alrededor de la mata de corrupción, por ejemplo: por necesidad moral de la República, el gobierno debe intervenir las empresas brasileñas involucradas en la acusación del Departamento de Justicia de Estados Unidos, que ha singularizado a corruptos y corruptores.

Esperamos que el gobierno actué con firmeza y rigor, que muestre a la ciudadanía un compromiso absoluto de llegar a las últimas consecuencias. ¿Qué mejor manera de hacerlo, que vigilando la gestión de dichas empresas desde adentro? Cuidando así de evitar daños colaterales, pero evitando también que todas las acciones de las empresas estén dirigidas a cautelar el mejor interés nacional, y no a salvaguardar los intereses de los corruptos.

De esta manera se puede dejar el tiempo y espacio para que los procesos judiciales, que deben ser lo más sumarios posibles, puedan ejercerse con seriedad.

Parece que nuestra propuesta de intervenir las empresas involucradas en el escándalo no ha sido entendida por el gobierno. Veamos:

· Hay una confesión de parte de Odebrecht en una corte de justicia de EEUU, en la que reconoce el uso de coimas en proyectos específicos

· Esta declaración de culpa y de malos manejos en el Perú ha sido confirmada en los procesos judiciales llevados a cabo en Brasil

· Ya no hay que confirmar si hubo delito o no. Estos han sido declarados por Odebrecht.

· En todos los procesos, Odebrecht ha aceptado otorgar compensaciones económicas por los daños causados.

· Mientras se determinan todos los detalles de los delitos y se establecen las compensaciones, multas y cargos de toda naturaleza, es menester cuidar las fuentes de los recursos que deberá recibir el Estado y no enterarnos, como hoy, que Odebrecht envió maquinaria a Brasil.

· Las fuentes de recursos a cautelar son los activos físicos y los recursos financieros de las empresas y los proyectos operados por Odebrecht.

· ¿Cómo se cautelan recursos en una situación así?
– ¿Haciendo embargos preventivos que pueden destruir la fuente de recursos?
– ¿Cerrando las empresas y paralizando los proyectos?

· ¡NO!

· La mejor manera de cautelar los intereses del Perú es tener la capacidad de controlar los activos y recursos financieros vinculados al tema.

· Para ello, si además se requiere cuidar la continuidad de las operaciones y proyectos mientras se vayan desarrollando las acciones finales, y dar tiempo al poder judicial para separar la paja del trigo y encausar a los verdaderos responsables, lo mejor es intervenir las empresas y proyectos.

· Esto significa, poner un interventor en cada empresa y proyecto de Odebrecht, con poderes especiales para cautelar los intereses del país.

· Dada la autoincriminación de Odebrecht, se debe poder articular los sustentos jurídicos para hacerlo o, incluso, negociar la presencia de interventores con el propio Odebrecht, puesto que la figura es mejor que embargos o paralizaciones descontroladas.

· Esta medida permitiría mostrar una acción decidida y sólida a la ciudadanía por parte del gobierno para enfrentar esta tremenda crisis.

Hoy coexisten en el Perú múltiples crisis. La inversión privada sigue cayendo. La economía, más allá de las colas del aporte minero, y la demanda interna, dejan mucho que desear. La conflictividad (política) social está atrapando al actual gobierno, como lo hizo con los anteriores. La corrupción de Lula y sus empresas en la política y la economía peruana ha creado una crisis de credibilidad en todas las esferas del país. La popularidad del gobierno está en picada y la economía global se debilitará por acción del ominoso Trump.

Hay que decirles a los vicepresidentes de PPK que se dejen de jugar a la pequeña política, a sus parlamentarios que sean más responsables, y al propio PPK, que estamos jugando con fuego en medio de una situación explosiva. Les toca a ellos romper la inercia de la confrontación. Hoy se requiere de la unión y sentido de propósito de todos los peruanos de buena voluntad. Esperemos que así sea. Lampadia

 




La impostergable reforma del Poder Judicial

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