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Fiscalía y Poder Judicial deben mantener independencia frente a la presión política y mediática

El proceso constitucional contra el Fiscal de la Nación para destituirlo fue y es un exceso que, hasta el momento, solo ha servido para provocar lo que aparenta ser otro exceso, esta vez de parte de la Fiscalía: el pedido detención preventiva por 18 meses a los directores de las empresas Graña y Montero, JJC Contratistas Generales e Ingenieros Civiles y Contratistas Generales (ICCGSA).

La Fiscalía da la impresión de haber pasado de un extremo al otro, de casi no haber investigado a estas empresas o a sus directivos, al pedido de detención preventiva. Y habría actuado así por vergüenza o por temor, movida por la presión política y mediática, lo que se expresaría en la debilidad de los argumentos esgrimidos para pedir dicha medida limitativa de la libertad personal.

Veamos. Según el comunicado del Ministerio Público, “dichos empresarios…habrían defraudado al Estado al concertarse con el ex presidente de la República, Alejandro Toledo, de tal modo que resultaron beneficiadas con el otorgamiento de la buena pro”. El comunicado explica que“ Jorge Simoes Barata, reveló que los pagos ilícitos para el expresidente Toledo Manrique por el favorecimiento en la concesión del proyecto vial Interoceánica Sur, fueron efectuados por la empresa Odebrecht con el conocimiento de las empresas consorciadas, lo que fue conversado por Barata quien declaró haber dialogado sobre el tema con los miembros de los directorios de dichas empresas. Como resultado de dichas conversaciones, el Estado Peruano habría adjudicado la ejecución de los tramos 2 y 3 de la carretera Interoceánica Sur a los consorcios integrados por las empresas ’Constructora Norberto Odebrecht’, ‘Graña y Montero’, ‘JJ Camet Contratistas Generales’ e ‘Ingenieros Civiles y Contratistas Generales’.

Es decir, según la Fiscalía, Barata conversó con las empresas peruanas sobre los pagos ilícitos, antes de la adjudicación.Y según fuentes vinculadas a los empresarios investigados, en el punto 35 del documento se reseña que Barata afirma que comunicó a los socios de “sus tratativas con Alejandro Toledo Manrique para hacerse de la licitación”.

Pero según dichas fuentes, el acuerdo entre Barata y Maiman sobre los 35 millones para el presidente Toledo, y la subsecuente emisión de los decretos supremos y resoluciones que facilitaron el otorgamiento de la obra, ocurrieron antes de que se formara el consorcio y por lo tanto los socios locales no podían estar enterados de nada.

No solo eso, los posibles socios se encontraban en ese momento enfrentados a Odebrecht porque una Circular del 14 de febrero 2005 cambiaba las bases del concurso exigiendo una participación peruana del 40% en los consorcios.

Pero quizá el argumento principal de los investigados se refiere a la afirmación del equipo del fiscal Hamilton Castro de que peritos financieros han establecido que bajo el concepto de “riesgos adicionales” se ha dado apariencia de legitimidad a activos que tenían como fuente el delito de colusión. Es decir, ese concepto sirvió para disfrazar el pago del soborno.

Los investigados señalan que esa afirmación se basa en un Acta de Distribución de Utilidades de las Juntas de Accionistas del 1 de junio 2011, pero, según ellos, la Fiscalía no reconoce que en dicha acta se dice que dicha distribución de utilidades se hace “conforme a lo acordado en la Junta de Accionistas del 15 de febrero 2011”.

Es decir, la Fiscalía concluye que los “riesgos adicionales” serían los montos correspondientes a los pagos ilícitos efectuados por Odebrecht basándose en el acta de 1 de junio, sin considerar ni incluir el Acta del 15 de febrero 2011 (firmada por Jorge Barata), donde “se ve claramente que los “riesgos adicionales” están detallados en 5 obras concretas que representaban problemas y riesgos inminentes en la ejecución de las obras inclusive requiriéndose un aumento de capital”.

Además, según los investigados, las cifras de la acusación no cuadran. En el documento de la Fiscalía se concluye que los montos de utilidades adicionales recibidos por Odebrecht equivalen a US$15,083,805, monto que no corresponde ni de lejos con la parte del soborno que les habría correspondido a los socios locales, que sería US$6,000,000, es decir, el 30% de lo que se le habría pagado al ex presidenteAlejandroToledo.

Por supuesto, todos estos temas deben verse finalmente en el proceso que se abra. Pero, de ser cierta la versión de los investigados, se estaría pidiendo prisión preventiva por 18 meses sobre bases muy febles. El sistema judicial debería ser capaz de mantener su independencia frente a la presión política y mediática. De lo contrario podemos acabar en una espiral de ajusticiamientos que pueden terminar con parte importante del capital empresarial del país.

Como ejemplo de la presión política, el jurista Rolando Souza, vinculado a Fuerza Popular, ha declarado que los proyectos Línea Amarilla y Rutas de Lima pueden declararse “contratos criminalizados”, lo que significa que las concesiones otorgadas podrían pasar al Estado Peruano, sin importar que, en el segundo caso, por ejemplo, el 57 % de las acciones haya sido vendido al fondo canadiense Brookfield, que es muy serio y nada tiene que ver con Odebrecht. Lo mismo opina el congresista de Fuerza Popular Daniel Salaverry. Se suman, así, al incendio del peaje Chillón.


Audiencia del Juez Carhuancho

A su vez, de madrugada, luego de un día de análisis de la acusación, el juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, Richard Concepción Carhuancho, dispuso la prisión preventiva por 18 meses en contra de cuatro de los empresarios de las firmas locales vinculadas al caso de Odebrecht, y detención domiciliaria en contra de otro. El juez dijo que los investigados podrían fugarse del país.

Por otro lado, la ley que incluye a las empresas consorciadas en el DU 003, que las llevará a la quiebra si llega a promulgarse, sin considerar que las decenas de miles de empleados no tienen la culpa de lo que puedan haber hecho o no los directivos.

Tenemos que poner coto a esta fiebre neroniana de destrucción de las empresas y proyectos. Lampadia