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Aprovechemos el caso Swing para implantar la meritocracia en todo el Estado

Aprovechemos el caso Swing para implantar la meritocracia en todo el Estado

Jaime de Althaus
Para Lampadia

La detención preliminar de 10 funcionarios o ex funcionarios públicos vinculados a la supuesta contratación indebida de Richard Cisneros es un exceso que sólo tendría algún sentido si se convirtiera en el punto de partida de un movimiento de implantación de la meritocracia en el Perú vía la imposición de sanciones draconianas.

Es una expresión más del populismo judicial que ha dominado la administración de justicia desde que se dio inicio a la llamada lucha anticorrupción, cuyo substrato es lo que Carlos Meléndez ha llamado la “politización de la moral” ejercida por el antifujimorismo y expresada en decisiones fiscales y judiciales severas que aplican detenciones violando derechos fundamentales como el de la presunción de inocencia, como ha sido señalado por la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional.

Al punto que el populismo judicial no distingue y se vuelca contra su principal socio, el presidente Martín Vizcarra, cuyo populismo político jugaba en pared con los fiscales anticorrupción. César Nakasaki piensa que se trata de un “deslinde” del ministerio Público con el Presidente Vizcarra, una manera de querer demostrar que los fiscales -particularmente Zoraida Avalos y José Domingo Pérez- no están sujetos a las influencias presidenciales reveladas en los audios y dichos de Karem Roca.  

La fiscal Janny Sánchez y la jueza Solía Bazalar justifican en parte las detenciones en el hecho de que las personas investigadas (menos Karem Roca) habrían cometido presuntamente un delito relativamente grave:  colusión agravada, que tiene una pena privativa de la libertad no menor de 6 ni mayor de 15 años.

El artículo 384º del código penal tipifica la colusión agravada así:

El funcionario o servidor público que, interviniendo directa o indirectamente, por razón de su cargo, en las contrataciones y adquisiciones de bienes, obras o servicios, concesiones o cualquier operación a cargo del Estado mediante concertación con los interesados, defraudare patrimonialmente al Estado o entidad u organismo del Estado, según ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince años y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa

Todas estas personas (incluyendo el Presidente Vizcarra, quien, según la Fiscal, supuestamente ordenó, dispuso o recomendó la contratación), se habrían coludido para que Richard Cisneros sea contratado por más de 170 mil soles para unos servicios innecesarios o para los que no estaba calificado. En última instancia se habría robado 170 mil soles al Estado.

Si ese es efectivamente el delito que corresponde a estos hechos, querría decir que en él incurren las personas que han participado en la contratación de decenas de miles de empleados públicos que ingresaron a la administración pública no por medio de un concurso de méritos, o para realizar brindar algún servicio realmente necesario y para el cual estuviese realmente calificado, sino simplemente por tratarse de un amigo, familiar o partidario de la autoridad o el funcionario que contrata. Como ha señalado Fernando Cillóniz, en el Estado hay decenas o cientos de miles de Richard Swings, aunque seguramente no tan pintorescos como él.

Entonces si realmente queremos sacar algo positivo de este caso, habría que aprovecharlo para convertirlo en el punto de partida de la implantación de la meritocracia en el Estado peruano, de la toma de conciencia general de que si no se contrata a alguien por sus méritos y para resolver necesidades objetivas de la acción estatal, pues se comete delito de colusión agravada y uno puede terminar con sus huesos en la cárcel por un mínimo de 6 años. O cuando menos el delito de negociación incompatible (art. 399º del código penal), con pena de cárcel no menos de 4 años ni mayor de 6.   

Se trataría de una sanción draconiana que solo podría establecerse luego de un análisis más fino de la tipología y la gradualidad de la pena, y de una suerte de acuerdo nacional para dar un salto de meritocracia y honestidad en el Estado sobre la base de penas muy severas a quienes incumplen las normas de contratación. Y tendría que hacerse de ahora en adelante, porque revisar todas las contrataciones del pasado con ese criterio podría prestarse a la razzia política. Lo que sí se puede hacer hacia atrás es revisar los títulos universitarios y recomendaciones de trabajo de los funcionarios estatales para ver sin son verdaderos o falsos, y cesar a los que hubiesen falsificado sus documentos.

Parte de este movimiento deberá ser un impulso político para implantar el régimen de la ley del servicio civil en todas las entidades del Estado. Esto, y la revisión de los documentos de los contratados y nombrados, sí sería el comienzo de una verdadera lucha anticorrupción, de una revolución moral en el Estado peruano. Lampadia