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La justicia electoral

La justicia electoral

Fausto Salinas Lovón
Desde Cusco
Para Lampadia

La justicia electoral no debe ser la que protagonice las elecciones. Su rol debe ser discreto, casi invisible, reservado a verificar que se cumplan las reglas del fair play electoral.  Y si actúa, no puede ser rígida para unos y elástica para otros. No puede tener color político. Tiene que ser una sola. De lo contrario, los jueces electorales dejan de ser eso y se convierten en actores políticos. No pueden ser vanguardia para los amigos y quedarse en el pie de la letra para los contrarios. Veamos en perspectiva qué está sucediendo.

  • En el 2016, excluyeron de la presidencia a Julio Guzmán por “infracciones a las normas de elecciones internas”, a César Acuña por “regalar dinero a comerciantes de Chosica” y a Vladimiro Huaroc, candidato a vicepresidente de Fuerza Popular por “entregar bienes con fines proselitistas”.  En el 2020 excluyeron de la carrera parlamentaria a Fernando Cillóniz, porque “dos vehículos figuraban en la SUNARP a nombre distinto de los que el declaró.
  • En estas elecciones 2021, Fernando Olivera no puede competir porque el Jurado Nacional de Elecciones le ha dicho que “el trámite de inscripción de su partido no concluyó” y no ha hecho caso al argumento del candidato de dar preferencia a su “derecho de participación política”. Con la misma lupa, las listas parlamentarias del APRA han sido excluidas por el máximo órgano electoral, quien ha señalado que “el derecho a la participación política no es absoluto”, hecho que trajo consigo el retiro de la candidatura presidencial de Nidia Vílchez.

No hace falta gran análisis para advertir que en esos 5 años de justicia electoral las formalidades contaban en materia electoral. Para el Jurado Nacional de Elecciones la forma importaba tanto como el fondo. Esa corriente varió cuando se ha visto el caso de la exclusión de Martin Vizcarra. Allí, la rigidez de la justicia electoral ha cedido. Se ha elastizado y un vacado por infracción constitucional, la mayor infracción posible a la forma que pueda advertirse en el sistema constitucional, puede ser candidato al Congreso. Más aún, el Jurado Nacional de Elecciones ha ingresado a calificar el alcance material de lo declarado (no su inexactitud), de manera que se evalúo si la empresa omitida por Vizcarra en su declaración le generaba ingresos o no.

Bajo este nuevo panorama de la justicia electoral nacional, en estos días, se han conocido dos decisiones de primera instancia del Jurado Especial Electoral de Lima Centro 1:

  • La exclusión de la carrera electoral a Rafael López Aliaga por ofrecer como slogan de campaña “donar el íntegro de su sueldo como presidente a organizaciones de caridad” y por declarar que la mitad de lo que gana lo “dona para realizar ayuda social”. (Resolución 681-2021 del 25.02.21).
  • La bendición a la candidatura presidencial de Verónica Mendoza, permitiéndole que siga en campaña pese a que “la información consignada en su Declaración Jurada no corresponde con la que figura en los registros públicos de SUNARP” y pese a que ella ha ofreciendo a sus votantes regalarles “15,000 millones de soles en bonos”.

Dos colores distintos de la misma justicia electoral que tendrán que ser revisador por el Jurado Nacional de Elecciones. Rígida con López Aliaga a quien sancionan por declarar ser filántropo y solidario. Elástica con Mendoza a quien dan el tiempo para que sus hermanas corroboren algo que en SUNARP figura de otra manera y que debiera ser lo que cuente, como se lo exigieron a Fernando Cillóniz para sacarlo de la carrera electoral.

Habrá que ver cómo actúa el Jurado Nacional de Elecciones en ambos casos:  Si confirma la escopeta de dos cañones de la justicia electoral de Lima que bendice a la izquierda y dispara contra la derecha, dejarán de haber dudas sobre la idoneidad e imparcialidad de esta justicia y habrá certezas de que no es idónea, ni imparcial. Si enmienda, corrige y revoca, que lo haga con la misma vara.

Lo que sí parece imposible de que este Jurado, más allá de sus rigideces o elasticidades circunstanciales, deje de ver que hay una candidata que pretende comprar el voto del peruano empobrecido por las mismas ideas de quien hoy se los pretende comprar con bonos por 15,000 millones de soles, que por supuesto no saldrán de su bolsillo.  Eso señor Jorge Luis Salas Arenas, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones es, además de una infracción al artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, la expresión más abyecta, achorada y soez del clientelismo político latinoamericano, ese que de la mano de Perón convirtió a una economía del primer mundo en un país tan inviable del tercer mundo como Argentina o que ha destruido, en nuestra cara y cada día, la patria de Bolívar.  Esa, señor Salas Arenas, no es una expresión legítima del derecho a la participación política. Sólo la ceguera ideológica cómplice dejaría de advertir una falta tan grave al fair play electoral.

Parafraseando a Allan Brewer Carias, jurista venezolano exiliado por la dictadura Castro Chavista, podríamos decir que “la perversión del Estado de derecho en Venezuela fue obra del Juez Constitucional”. Ojalá que en nuestro país no sea obra del Juez Electoral. Lampadia