Alejandro Deustua
Contexto.org
24 de febrero de 2026
Para Lampadia
La decisión del Congreso de designar al noveno presidente del Perú en diez años vía una económica censura y la reacción del presidente Trump contra la sentencia de la Corte Suprema de Estados Unidos que declaró ilegales los aranceles impuestos en abril pasado han agudizado la incertidumbre en ambos países y la de sus socios.

Como se sabe, la incidencia de la incertidumbre política y económica en la estabilidad global es hoy un creciente factor de riesgo. Especialmente si aquélla se asocia al grado de confianza gubernamental.
Al respecto, la OCDE estimó en 2025 que el 44% de los ciudadanos en sus países miembros registró poca o ninguna confianza en sus gobiernos (y apenas 39% registró un nivel alto o moderado) con fuertes variantes por país.
En América Latina y el Caribe el nivel de confianza en los gobiernos (35%) se situó ese año nueve puntos por debajo del promedio OCDE.
El Perú, con algo más del 20%, registró el nivel más bajo entre los países considerados.
La tendencia de deterioro en la confianza gubernamental no es reciente.
En Estados Unidos viene cayendo desde 1964 cuando se alcanzó un pico de confianza de 77% (PEW) para situarse hoy por debajo del 50% (Gallup) y muchísimo menos según PEW.
Esta medida, sin embargo, supera de lejos el nivel de aprobación del Congreso peruano (8%-11%, enero-febrero, IEP-Datum). Con esos bajísimos niveles de aceptación ciudadana, el Congreso ha procedido a la destitución de un presidente designado por ese mismo fuero mediante la vía que requería menos votos para hacerlo. Con ello ha sustituido a un encargado vulnerable a operadores chinos y, a la vez, sometido a la informalidad del representante norteamericano en Lima con otro penalmente investigado. Además de ser cómplice en el intento de devolver al gobierno al partido del golpista Castillo, el Congreso también lo es en la degradación del Ejecutivo.
Y si el presidente en funciones carece de suficiente fundamento legal para ejercer el cargo y escasea también en legitimidad y solvencia necesarias al respecto, no está capacitado para dirigir la política exterior del Estado.
Si, de otro lado, bajo las actuales circunstancias, las necesidades del gobierno exigen que el encargado de la presidencia se rodee de la mejor asistencia funcional, ello no implica que quede capacitado para representar, negociar y salvaguardar el interés nacional en ninguna circunstancia. Por ello, no debe asistir a ninguna reunión internacional compromisoria incluida la convocada por el presidente Trump (marzo) con algunos latinoamericanos.
Al respecto debe tomarse en cuenta que luego de la designación inicial por Castillo de cancilleres ideologizados, ha tomado tres años el tránsito de la acción concentrada en la mejoría de la imagen externa (que descartó la influencia) hacia la recuperación de una agenda sensata a pesar de planteamientos discutibles.
Ese proceso no debe sacrificarse hoy. El Canciller y el Primer Ministro en funciones deben reemplazar al encargado presidencial en toda representación externa y encargar a otros ministros las tareas funcionales ligadas a compromisos internacionales. Estos son costos de la degradación institucional que debemos superar a partir de abril próximo.
De otro lado, la sentencia de la Corte Suprema de Estados Unidos que declaró ilegales la mayoría de las cargas arancelarias impuestas por Trump en abril pasado es también un intento de recuperación de la confianza ciudadana ligada a la separación de poderes.
Como se sabe, la Corte sostuvo que el marco empleado para la imposición de esas medidas arbitrarias (la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional -IEEPA-) fue inapropiado.
La Corte no sólo sostuvo que el poder de establecer impuestos (los aranceles lo son) corresponde al Congreso, sino que la ley IEEPA no se ocupa de materia arancelaria ni ha sido empleada con anterioridad para imponerla.
Con la sentencia, la Corte abrió la puerta al derecho de recuperación de lo indebidamente cobrado a las empresas importadoras norteamericana y a los exportadores de terceros países.
Sin embargo, y sin ninguna consideración por sus tolerantes socios comerciales, Trump decidió sobre la marcha imponerles otro arancel universal de15% (originalmente fue 10%) acudiendo a otros marcos normativos. Su sinrazón lo llevó a activar normas que autorizan incrementos por sólo 150 días, que nunca han sido empleadas o que requieren farragosos procesos de investigación previa (la Sección 122 de la ley de comercio de 1974 y las secciones 338 y 301).
La incertidumbre, que tiene efectos multidimensionales, se ha instalado de nuevo entre los socios comerciales de Estados Unidos. Confundidos, éstos piden aclaraciones y respeto por acuerdos previos. La falta de confianza externa en la administración Trump agrava la pérdida de credibilidad institucional reportada por Gallup y PEW.
El riesgo en el escenario global se incrementa adicionalmente. Lampadia






