Carlos E. Gálvez Pinillos
Expresidente de la SNMPE
Paras Lampadia
En la industria minera, estamos llegando al punto que, hacer lo correcto y cumplir con la legislación, es mal visto y motivo de reacción social negativa.
La minería formal, aquella que cumple con todas las disposiciones estatales, está a dos fuegos.

Por un lado, el Estado aumenta incesantemente las exigencias de permisos y estudios conducentes a la exploración, desarrollo, construcción y operación de un yacimiento, tanto como el apetito insaciable del fisco por mayor carga tributaria.
A contramano, para las operaciones mineras a pequeña escala, se busca el otorgamiento de autorizaciones cada vez más laxas; aunque lo nieguen, buscan perennizar del REINFO y obtener mayores prerrogativas que quienes, con gran esfuerzo, han cumplido con todos los mandatos legales.
No obstante, ahora, los mineros informales/ilegales, ya se ponen exigentes y quieren producción aurífera forzosa de minerales que tengan más de dos años sin explotar. Mientras, por su lado, hay sectores políticos a quienes “no les hace ruido” tamaña barbaridad. Para quienes entienden algo de la actividad minera, el contar con reservas probadas y probables por más de tres o cuatro años, cuando menos, es un requisito mínimo para planear el desarrollo de un proyecto minero con estabilidad en el tiempo y poder acceder a financiamiento de mediano plazo para explorar, invertir en crecimiento y prosperar como país.
Es lamentable apreciar que, en nuestro país, a la población y a la clase política, no le interese mirar el futuro del Perú y el de las futuras generaciones. Este es un elemento que se ha enquistado en la cultura peruana; es por eso, que nadie se preocupa por invertir en educación, en infraestructura y en condiciones para formar generaciones sanas y fuertes, tanto física, como intelectualmente. Como los niños no se inauguran, prefieren pequeñas obritas y proyectos, que les permita una pronta ganancia política y con contenidos de corrupción. En esencia, el inmediatismo.
Preocupa que, desde el lado de la informalidad, hablen de “activar concesiones auríferas ociosas”, como si la informalidad no se hubiese extendido al cobre y otros metales. Para empezar, la pregunta es:
¿Qué entienden ellos por una concesión minera ociosa?
¿Una en la que se está explorando para cubicar reservas y desarrollar un proyecto formal y en regla, con vida útil conocida?
Sólo después de contestar esas dos preguntas, podemos preguntar
¿A qué se refieren con “activar concesiones auríferas ociosas”?
Y, la respuesta no es otra, que “tener licencia” para poder explotar yacimientos que quienes tratan de hacer lo correcto, descubrieron con su esfuerzo de exploración.
La piratería minera pretende una “activación productiva obligatoria de concesiones auríferas”. Claro, la primera derivada es el derecho implícito a explotar el oro, cubicado por el titular de la concesión, pero no explotado inmediatamente. Con ese criterio, será imposible dimensionar y diseñar una operación minera técnicamente eficiente y económicamente óptima. Por supuesto que muchos ganarían dinero, producto del trabajo ajeno, de los precios circunstanciales, pero no como resultado de un trabajo técnico.
Creo firmemente en la necesidad de proteger los derechos constitucionales de los titulares mineros y en la importancia de incorporar a los pequeños mineros al mercado formal. Para eso, es fundamental simplificar, como para todo en el país, los procesos burocráticos y obtención de permisos y autorizaciones.
Me preocupa el estímulo que le vienen dando a este asunto las plantas de tratamiento sin mina, pues ellas no tienen ningún compromiso de largo plazo con el país, sino únicamente, un negocio inmediato. Compran todo el mineral aurífero que caiga en sus manos, “tapándose el ojo” a partir del argumento del REINFO que, como sabemos, no significa el respeto a la legalidad y a la propiedad minera, aprovechando también un vacío en la legislación tributaria, para enriquecerse.
Por otro lado, con un entusiasmo preelectoral, ya van aprobando en comisiones:
- Derechos de vigencia diferenciados para mineros artesanales, pequeños y grandes;
- Reducción de los plazos de caducidad de las concesiones y un debilitamiento generalizado de la firmeza de una concesión;
- Incremento de las penalidades por no llegar a la producción mínima;
- La posibilidad de obligar a entregar acciones comunes de la empresa, para lograr aceptación social en un proyecto.
Además, ya están trabajando en comisiones, la propuesta de ampliar la definición de “Pequeño Productor Minero”, para quienes operen a tajo abierto hasta 5,000 TM/día.
¿Cómo se puede calificar de pequeño productor, a quien opera a esos volúmenes de producción?
Igualmente, calificar como “Minero Artesanal” a quienes realizan trabajo mecanizado en operaciones subterráneas.
Como podemos observar, se viene desnaturalizando los conceptos, jugando con la terminología. Al final, lo que se pretende es justificar, de cualquier manera, la informalización de la actividad minera.
Pero eso no es todo, además, esa comisión de energía y minas ha aprobado, que el poder ejecutivo establezca una “Hoja de ruta nacional para una minería sin mercurio”, que defina las acciones necesarias, a cumplir en un plazo de cinco años.
Me recuerda Carlos Arana, experto en estos temas, que en octubre 2012 se aprobó el DL 1103, para controlar el uso de mercurio y otros insumos de uso ilegal (hace 14 años).
Igualmente, que en 2015 (hace 11 años), ratificamos el Convenio de Minamata, con el mismo propósito.
¿Qué significa este planteamiento de cinco años más?
¡Como todo en esta comisión, una vergüenza más! Lampadia






