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Partido ya jugado

Por: Aldo Mariátegui
Perú21. 21 de Octubre del 2022

“Una pena que la caviarada haya logrado sabotear con éxito el proceso de elección de un nuevo Defensor”.

-Como les adelanté ayer, el partido en la OEA hace rato que estaba jugado y perdido, con un árbitro sesgado como el otrora izquierdista, luego trumpista y ahora bidenista Almagro, amigote de Forsyth desde China. Desde el saque, Almagro y el relator CIDH Ralón pintaron todo a favor de Castillo. Mención aparte merece el representante Carlos Raimundi de Argentina, que más parecía un militante de Perú Libre que un diplomático: un mequetrefe que hasta metió la demagogia racial en su panegírico a Castillo. Y no seamos ingenuos: a la actual diplomacia yanqui de los demócratas Biden y Blinken no le molesta Castillo. Por esos varios paisitos que no son rojimios pero sí incondicionales a Washington –tipo Guatemala o Costa Rica– ayer apoyaron a Castillo. Y qué mal el Ecuador de Lasso, otro más de la típica derechita cobarde. ¿Y existen seres más patéticos y abyectos que el lacayo eterno Harold Forsyth y ese pobre hombre llamado César Landa, quienes han asumido el rol de lavanderas internacionales del corrupto de Castilla? No sé porque veía a Landa y a Forsyth y la vieja película “Deep Throat” se me venía constantemente a la mente…

-Una pena que la caviarada haya logrado sabotear con éxito el proceso de elección de un nuevo Defensor del Pueblo. Por el momento, han conseguido que la caviaraza y figuretti defensora provisional Revollar siga al mando. Se había conseguido extirpar a la caviarada del TC y del MP, y todo apuntaba a que, tras muchas peripecias (salida de la impulsora del proceso Maricarmen Alva de la presidencia del Congreso y su reemplazo por el pasivo e inexperto Williams, un amparo metido por el sindicato caviarazo de la DP en pared con un juez constitucional de esa tendencia, campañitas de La República), un moderado alejado de la caviarada como García Toma fuese elegido. Pero García Toma se acobardó y retiró su candidatura, no quedándole al Congreso más remedio que volver a fojas cero, pues elegir al otro candidato Soto Vallenas era entregarle la DP a los caviares.




Intangibilidad de los fondos de pensiones privados

Presentamos el Voto singular del magistrado Augusto Ferrero Costa que explica con mucha claridad qué dicha ley es inconstitucional y los fondos son intangibles.

Ha causado honda preocupación y decepción el reciente fallo del Tribunal Constitucional que declara infundada la demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 1 y 3 de la Ley 31192, que faculta a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones el retiro de sus fondos.

Cuando creíamos que el Congreso había elegido un Tribunal menos populista que el anterior, nos topamos con una sentencia que abre las puertas a la desaparición del sistema privado de pensiones, porque en buena cuenta autoriza la disposición de los fondos acumulados antes de la jubilación.

Y lo hace con el argumento increíble, que el sistema privado de pensiones no forma parte de la seguridad social, como si las pensiones no apuntaran precisamente a asegurar el bienestar social de la población de mayor edad.

Publicamos a continuación la parte central de la argumentación del voto singular del magistrado Augusto Ferrero Costa, que explica con mucha claridad por qué dicha ley es inconstitucional y los fondos son intangibles.

Lampadia




The Economist desbarra

The Economist desbarra

Pablo Bustamante Pardo
Director de Lampadia

Los brazos de las izquierdas más radicales llegan una y otra vez a los mejores medios de prensa internacionales, apoyando posiciones políticas contrarias a las que los caracterizan.

No estoy hablando de El País de España, que le ha entregado su corresponsalía en el Perú a un personaje irresponsable, que miente sin vergüenza, en pro de una agenda política muy alejada del buen periodismo.

Estoy hablando de The Economist y del Financial Times, que también tienen en el Perú, corresponsales que muchas veces filtran nuestras noticias con lentes ideológicos o inclusive en el marco de juegos de poder locales.

En esta ocasión debemos criticar a The Economist, y peor aún al Economist Intelligence Unit (EIU), que increíblemente se está prestando al juego de las izquierdas más radicales, -apoyadas por el diario La República-, quienes justamente vienen saboteando el proceso de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional (TC), para tratar de infiltrar personajes altamente politizados que faciliten el desmontaje de la economía social de mercado establecido por la Constitución. Exactamente lo contrario de lo que afirma el EIU en el artículo que glosamos líneas abajo.

Es muy importante analizar la situación de TC y el proceso de elección de los nuevos magistrados. Veamos algunos puntos importantes:

  • 5 de 6 magistrados se mantenían el tribunal casi 8 años, cuando la Constitución fija solo 5 años.
  • A pesar de ello, algunos magistrados complotaban para alargar su mandato. Por ejemplo, a última hora del proceso, desde el TC se pretendió crear una nueva instancia para evaluar las tesis de los candidatos.
  • Este es el tercer proceso de selección, después de dos fallidos.
  • El proceso ha tomado 8 meses y los currículos de los postulantes han sido ventilados ampliamente.
  • La longitud de este proceso y lo tediosos del mismo complota contra la participación de los juristas más renombrados y capacitados.
  • El TC es el baluarte de la defensa de la Constitución, que justamente pretende ser cambiada por las fuerzas de izquierda radical. De ahí el interés de dichos grupos por capturarlo, como lo tuvieron cuando el TC convalidó el auto golpe de Estado de Vizcarra con el cierre del Congreso.
  • Los grupos radicales pretendían que después del proceso establecido, se haga un debate público que solo serviría para alimentar un ambiente inquisitorial y destructivo, quién sabe, si con el afán de alargar aún más la permanencia de los magistrados de mandatos vencidos.
  • Según algunos constitucionalistas de renombre, tal vez los magistrados elegidos no sean los más ilustres, pero se considera que harán un buen papel.

Más allá de las tareas cotidianas del tribunal, es muy probable que los magistrados tengan que intervenir en temas muy importantes para nuestra democracia, como una eventual vacancia del presidente de la República y los procesos consiguientes; la intención del gobierno de Castillo y Perú Libre de imponer una asamblea constituyente; y la eventual disolución del Congreso de la República.

En estas condiciones no se podía mantener un tribunal precario y largamente excedido en su mandato.

Los magistrados elegidos han recibido altas votaciones, de muchos grupos políticos, algo muy importante para validar el proceso.

 

Esperamos que la campaña destructiva que está desarrollando la izquierda radical y sus socios de conveniencia, fracase palmariamente. Mientras tanto, tenemos que alertar a la opinión pública local e internacional, que lo que está en juego es la estabilidad de nuestra democracia, y no podemos quedarnos callados ante maniobras anti patriotas.

Lean el juego político del EIU.

¿Qué ha pasado?
Congreso aprueba nuevos jueces para el máximo tribunal de Perú

Economist Intelligence Unit
16 de mayo, 2022
Traducido y glosado por Lampadia

El 10 de mayo, el Congreso votó para aprobar seis nuevos jueces para formar parte del Tribunal Constitucional (TC) de siete miembros, después de que cada candidato recibiera al menos 87 votos (una mayoría de dos tercios) en la legislatura unicameral de 130 miembros. Las votaciones se realizaron sin debate previo, lo que pone de manifiesto una preocupante falta de transparencia.

¿Por qué eso importa?

El TC juega un papel importante en la política peruana: es el árbitro final en la relación a menudo conflictiva entre los poderes ejecutivo y legislativo, ya que dictamina sobre la constitucionalidad de las leyes. Como resultado, la elección de los nuevos miembros del TC (cada uno de los cuales cumplirá un mandato de cinco años) será muy importante para la formulación de políticas. Este fue el tercer intento del Congreso de cubrir los puestos desde 2019, cuando expiraron los mandatos de los jueces salientes. El primero fue en septiembre de 2019, cuando el legislativo nombró nuevos magistrados en contra de la voluntad del entonces presidente Martín Vizcarra (2018-20), quien respondió disolviendo el Congreso. El segundo fue en julio de 2021, cuando tres candidatos no lograron obtener una mayoría de dos tercios.

Esta vez, el Congreso decidió acelerar el proceso votando sin debate sobre los seis candidatos, pero los opositores a las nominaciones en el Congreso y los grupos de la sociedad civil afirmaron que el proceso de selección estuvo indebidamente politizado y careció de transparencia. Los nuevos miembros del TC son ampliamente vistos como jueces conservadores alineados con los partidos de derecha; Es probable que esto extienda la polarización política de Perú al máximo tribunal y debilite la confianza en las frágiles instituciones democráticas del país.

[Increíble que The Economist, y peor aún el Economist Intelligence Unit, se presten al juego de las izquierdas más radicales, apoyadas por el diario La República, que justamente vienen saboteando el proceso de elección de los magistrados para tratar de infiltrar personajes politizados que faciliten el desmontaje de la economía social de mercado establecido por la Constitución].

Una escisión en el partido gobernante significa que la legislatura está aún más fragmentada

Aunque muchos de los magistrados tienen afinidades con partidos de derecha, la dirigencia del gobernante Perú Libre (PL) de extrema izquierda intentó azotar a sus miembros para que los apoyaran. Sin embargo, diez legisladores del PL, conocidos informalmente como el bloque de maestros, criticaron el liderazgo y abandonaron el partido para formar un nuevo caucus. El PL ha perdido a 15 de sus 37 miembros desde agosto de 2021 y ahora es solo el segundo partido más grande en el Congreso (Fuerza Popular tiene 24 representantes). No esperamos que la división en el PL afecte el apoyo al presidente, Pedro Castillo, entre los representantes de centro-izquierda en el Congreso, aunque sí representa una creciente insatisfacción con el líder y fundador del partido, Vladimir Cerrón.

¿Qué sigue?

La nueva composición de tendencia derechista del TC y la mayor fragmentación de los partidos de centro-izquierda en el Congreso refuerza nuestra opinión de que la formulación de políticas bajo la presidencia de Castillo no se desviará hacia la izquierda; en cambio, los políticos darán prioridad a las políticas populistas para reforzar sus índices de aprobación extremadamente bajos. Un TC de tendencia derechista también sugiere que los planes del gobierno para la reforma constitucional se han convertido en una posibilidad aún más lejana. Es probable que un tribunal más politizado que esté estrechamente alineado con los intereses partidistas socave los esfuerzos para mejorar la transparencia e implementar medidas anticorrupción, lo que plantea riesgos para la estabilidad política.

[Juzgue usted lector, si estos comentarios están preñados de seriedad o teñidos de politiquería].

Lampadia




El TC hace justicia

El TC hace justicia

Enmienda auto que anulaba habeas corpus de los marinos

Jaime de Althaus
Para Lampadia

Tenemos que alegrarnos de que por fin el Tribunal Constitucional (TC), por medio de un auto emitido el 22 de febrero de 2022, ha enmendado un estropicio que él mismo cometió cuando el año 2016 cuatro magistrados del Tribunal -Miranda Canales, Ledesma Narváez, Ramos Núñez y Espinoza-Saldaña- anularon parte de una sentencia de hábeas corpus dada el 2013 contra el auto de apertura de instrucción por el caso El Frontón del 9 de febrero del 2009.

El Tribunal ha repuesto en todos sus extremos la mencionada sentencia, que declaraba nulo dicho auto de apertura de instrucción “en el extremo que declara que los hechos materia del proceso penal constituyen crímenes de lesa humanidad”.

En efecto, el 5 de abril del 2016 el TC había resuelto que la incorporación de ese punto en la sentencia del habeas corpus había constituido un “error material”, porque el magistrado Juan Vergara Gotelli, según el Tribunal, no estuvo de acuerdo con eso.

Fue un escándalo. Esos cuatro magistrados no solo violaron el principio de la cosa juzgada, sino que tuvieron la osadía de cambiar en buena cuenta el voto del magistrado Vergara Gotelli que, enfermo, ya no podía protestar. Lo despojaron de su voto. Como explicó en su momento el exmagistrado Ernesto Álvarez, uno de los coautores de la sentencia, Vergara Gotelli había sido incluso más radical que los otros tres magistrados en el asunto de la lesa humanidad: para él ni siquiera tenía sentido discutirlo porque no se podía aplicar para eventos ocurridos antes del 2003.  

En efecto, mientras Carlos Mesía Ramírez, Fernando Calle Hayen y Ernesto Álvarez Miranda fueron al fondo del asunto para demostrar que no hubo lesa humanidad, Vergara Gotelli firmó también la sentencia, pero con otro argumento: que el Perú había expresado una reserva cuando firmó la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad el 2003, y esa reserva era que esa Convención solo se aplicaría a los delitos cometidos a partir del momento de la firma en adelante. Es decir, sin retroactividad.

De ese argumento distinto se valieron los cuatro magistrados arriba citados para sostener que la firma de Vergara Gotelli era un “error material”, cuando en realidad concluía lo mismo, pero por otras razones. Fue una jugada artera e inmoral de esos cuatro togados que, alentados por abogados defensores de los terroristas, pugnaron por perpetuar el juicio contra los marinos que participaron en el develamiento del motín senderista en El Frontón, con el recurso de que se trataba de delitos de lesa humanidad que no prescriben.

Se ha hecho justicia a los servidores de la patria que arriesgaron sus vidas en esa acción por defender al país. Ahora haría falta una sanción a los magistrados que llegaron al extremo abyecto de cambiar el voto de una sentencia para favorecer una persecución perpetua e inicua. Se les inició una acusación constitucional en el Congreso disuelto, pero no llegó a culminar. Debería retomarse, por decencia. Lampadia




UNA ASAMBLEA DEMASIADO LEJOS

UNA ASAMBLEA DEMASIADO LEJOS

Aníbal Quiroga León
Jurista. Profesor Principal PUCP
Para Lampadia

Aprobada por insistencia, lo que significa que el Presidente de la República se negó a promulgarla y, antes bien, fue observada por éste (ejerciendo el veto parcial de las leyes que la Constitución le confiere) y que el Congreso la tuvo que volver a votar con una mayoría especial para que se convierta en ley de la República, la Ley 31399 que regula el ejercicio del referéndum dentro de los cánones constitucionales no terminaba de nacer, porque en la Presidencia del Consejo de Ministros, en los estertores de la actual ex presidenta, se negaban a numerarla y enviarla a su debida publicación en el diario oficial El Peruano, como la propia Constitución exige.

Ya sabemos que es requisito de validez de las normas legales en general su necesaria publicación en la gaceta oficial del Estado, a fin de que la ley en cuestión entre en vigencia al día siguiente de su publicación, como también ordena la Constitución.

Cuando parecía que por el expediente de su festinación procesal en Palacio de Gobierno -una más en este gobierno amorfo e informal- la ley nonata vería frustrada su vigencia, el domingo apareció publicada y numerada en El Peruano, habiendo entrado en vigencia a partir del 31 de enero de 2022.

Es muy probable, como ya se ha anunciado entre gritos y admoniciones, que también esta nueva ley sea llevada por el Poder Ejecutivo a los fueros decisorios del Tribunal Constitucional, tal como ha ocurrido con la anterior ley -también aprobada con fórceps e insistencia por el Congreso- relacionada a la correcta interpretación y aplicación de la cuestión de confianza, a fin de evitar que se produzca un nuevo, innecesario, irregular, pernicioso e inconstitucional cierre del Congreso, al estilo de Martín Vizcarra el pasado 30 de septiembre de 2019, y que tanto mal trajo a nuestro país, al punto que el nuevo Congreso corto y mocho mal elegido por causa de ello, terminó fagocitándose a su creador, pues Vizcarra pasó a la historia con el oprobioso título de ser el tercer presidente vacado en la historia en casi 200 años de vida republicada, después de Billinghurst (1914) y Fujimori (2000).

Justamente la ley de la cuestión de confianza está ahora mismo en los fueros del Tribunal Constitucional, al voto, luego de la Vista de la Causa el pasado 26 de enero, y a despecho del pomposo procurador público que se jacta de ser súper especializado en materia constitucional, todo parece indicar que la misma va a ser validada por el TC en su momento, ya que su desarrollo legislativo se encuadra perfectamente en la interpretación natural del texto constitucional.  En consecuencia, si la ley está acorde con la Constitución, por causa de qué tendría que ser invalidada por el TC. No podría hacerse y, más bien, sería validada por el TC.

Otro tanto parece que va a ocurrir con la reciente ley que desarrolla el ejercicio del referéndum para la reforma constitucional, en que se precisa lo mismo que dice el Art. 206° de la Constitución: toda reforma constitucional pasa primero por la aprobación del congreso y de ahí puede bifurcarse:

  1. hacia un referéndum, sujeto a la previa aprobación del Congreso, o;
  2. hacia una segunda votación congresal con un quórum híper calificado (87 votos conformes). 

Es, dicho sea de paso, el camino que siguió Chile para su reforma constitucional, y no como algunos quieren engañar señalando que los chilenos fueron directamente a un referéndum para una supuesta Asamblea Constituyente.

Es curioso comprobar cómo la expresión “Asamblea Constituyente” no consta ni es parte en nuestro texto constitucional escrito, cómo es que se la quiere introducir a troche y moche por la vía impropia de un referéndum malamente convocado supuestamente conforme al Art. 32° de la Constitución (que no pude abrogar ni subordinar al Art. 206°), y cómo no se puede hacer algo inconstitucional (una “Asamblea Constituyente directa”) para lograr una finalidad constitucionalmente válida, que sería la verdadera reforma de la Constitución.  Es como poner el mundo al revés: lo que no está en la Constitución se quiere validar a la mala, y lo que sí está no se quiere respetar.

Todo ello bajo la invocación al “pueblo”, a esa supuesta deidad extracorpórea que nadie conoce, y a la supuesta antigüedad de la Constitución (qué dirían los norteamericanos (1787), o los mexicanos (1917) o los argentinos (1853)); a un supuesto “temor a la consulta popular”, frasecita que se le ha ocurrido a un constitucionalista de izquierda y que los operadores del gobierno repiten cansinamente y en automático con la cartilla en la mano.  No se trata de ser “valientes” o de ser “temerosos”.  Se trata de tener valor para generar el respeto esencial a las formas constitucionales que dan legitimidad a todo gobierno.   Es con esta Constitución que el actual gobierno fue elegido, es con esta Constitución zaherida y denostada que sus autoridades se han investido como tales, y es en nombre de esta Constitución que se dictan las medidas que todos debemos acatar, aunque sea a regañadientes.

Ese tipo de contradicciones sólo ocurren cuando la ignorancia suple al conocimiento, a la preparación, a la institucionalidad y a un verdadero desarrollo constitucional y democrático.

No se puede cumplir la Constitución, propiciando el quiebre ilegítimo y radical de la propia Constitución.  Procuramos estar en un gobierno democrático y constitucional, no en una revolución violentista para ganar el poder a como dé lugar; en donde el amor y el respeto por la patria termina siendo ampliamente superado por el fatal cumplimiento de un destino radical en nombre de una ideología.  Y encima, una ideología violentista, iconoclasta y fracasada en todo el mundo, que solo nos ha traído -y trae- pesares desde el 28 de julio de 2021 hasta la fecha, y que nos traerá muchos mayores males si logra imponerse del todo quebrando finalmente la fortaleza de nuestra Constitución y la institucionalidad que debe imperar.

De momento, la Ley 31399, aprobada inclusive por el propio Jurado Nacional de Elecciones, pone a la pretendida “Asamblea Constituyente” en un punto muy lejano de nuestra realidad política.  Esperemos que se mantenga allí, sin perjuicio de las necesarias reformas constitucionales que, por consenso, y siguiendo las reglas de la propia Constitución regidas en su numeral 206°, establece de manera clara y categórica. Lampadia




Se viene el PAQUETAZO TRIBUTARIO

Se viene el PAQUETAZO TRIBUTARIO

Fausto Salinas Lovón
Para Lampadia

La promulgación de la ley 31355 por el Congreso, que reglamenta la cuestión de confianza, ha dado lugar a que algunos cuestionen esta ley, afirmando que el Congreso no puede interpretar ni reglamentar la Constitución, que se trata de una reforma constitucional, pidiendo que el TC la declare inconstitucional y alegando que la facultad del Poder Ejecutivo de hacer cuestión de confianza ante el Congreso y por ende, de cerrarlo, se puede dar sobre cualquier materia.

Aquí algunas respuestas:

Desde el punto de vista constitucional, que no es un punto de vista jurídico cualquiera, se puede decir lo siguiente:

  • La Constitución es un conjunto de normas usualmente genéricas, abiertas, que enuncia, pero no desarrolla conceptos jurídicos determinables. Si hay un tipo de normas que requieren ser interpretadas son precisamente las normas que están en la Constitución.
  • Las disposiciones de la Constitución también son reglamentadas y esa es tarea del Congreso. Hay reglamentaciones expresas cuando la Constitución así lo indica (reserva de ley) y hay otras que se dan por la necesidad de la cuestión a desarrollar. Ejemplos: La Ley 25593 y su modificatoria la Ley 27912 han regulado el artículo 28 de la Constitución sobre la sindicalización, negociación colectiva o huelga. ¿Alguien podría sostener que se violó la Constitución al interpretar, reglamentar y regular la huelga en el país mediante leyes?
  • La ley 31355 no reforma la Constitución. No modifica lo que esa norma dice. Reglamenta, regula lo que ella no precisa. Eso no es Reforma. Sólo una lectura poco atenta de la naturaleza del texto constitucional podría llevar a pensar que toda reglamentación es una reforma.
  • El Tribunal Constitucional tiene un criterio errado sobre esta materia, al haber considerado a propósito de la modificación del Reglamento del Congreso y la disolución inconstitucional del Congreso anterior, que la facultad de hacer cuestión de confianza no tiene límites. Está a tiempo de cambiar ese errado criterio y establecer un precedente adecuado, que todavía no existe.
  • La regla básica de toda Constitución es la separación de poderes y por ende de las funciones que tocan a cada poder del Estado. La armonía del texto constitucional en su conjunto, el respeto a la formula política de la Constitución y el principio de corrección funcional, todas ellas reglas imprescindibles para cualquier interpretación de la Constitución, nos dicen que ningún poder del Estado puede atribuirse la función de otro y por ende, no puede hacer cuestión de confianza sobre lo que no le compete. Afirmar lo contrario sería como decir que, a través de la cuestión de confianza, el Poder Ejecutivo puede hacer todo lo que la Constitución les ha encargado a otros poderes. Una verdadera estupidez constitucional.

Desde el punto de vista político, esta ley permite evitar que en la interacción política entre gobierno y Congreso se den escenarios tan absurdos como estos:

  • Sin esta ley, el Poder Ejecutivo podría hacer cuestión de confianza para que el Congreso de una ley de Amnistía a terroristas, antauros o dinámicos, cuando la facultad de dar amnistía sólo es del Congreso (artículo 102 inciso 6 de la Constitución).
  • Sin la ley 31355, el hombre del sombrero podría hacer cuestión de confianza para que el Congreso apruebe un presupuesto para comprar votos, conciencias y autoridades locales, pese a que la facultad de aprobar el presupuesto es exclusiva del Congreso (artículo 102 inciso 4 de la Constitución).
  • Si desaparecen la ley 31355, el señor Castillo podrá hacer cuestión de confianza para que el Congreso no ejerza la facultad de investigación que le otorga el artículo 97° de la Constitución o para que no se pida informe sobre los asuntos del estado, como lo permite el artículo 96 de la Constitución.
  • Sin la ley 31355, el inquilino de Palacio podría hacer cuestión de confianza cuando el Congreso lo investigue a el o a sus partidarios de la comisión de algún delito, impidiendo que se ejerza la atribución parlamentaria prevista en el artículo 99 de la Constitución.
  • Sin la ley 31355, el gobierno podría vetar la elección de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional, exigiendo que ingresen los que son de su confianza.
  • Sin una ley como la 31355, el aliado de Maduro y Evo podría conminar al Congreso a que apruebe el ingreso de tropas de esos países, pese a que la competencia para autorizar el ingreso de tropas extranjeras es solo del Congreso.

  • Sin esta ley, mañana podrían hacer cuestión de confianza para que se les otorguen facultades legislativas y aplastarnos a todos los peruanos con el PAQUETAZO TRIBUTARIO que anuncia sin rubor Pedro Francke y que ya advertimos. Ver en Lampadia: Delegación sería Traición.

La ley entonces, más allá de su validez constitucional, tiene una conveniencia política inocultable, por lo que es necesario que el país cierre filas para lograr que la misma sea respetada por el Tribunal Constitucional. Lampadia




¿Incapacidad o mala fe?

¿Incapacidad o mala fe?

Carlos E. Gálvez Pinillos
Expresidente de la SNMPE
Para Lampadia

Quedará claro en la historia del Perú, que justo camino al bicentenario de nuestro país, hubo un tal Vizcarra que generó las condiciones para acelerar un Estado decadente.

No perderemos el tiempo en repasar su prontuario como “lagarto”, bien descrito por el periodista Carlos Paredes, ni la forma ladina como este conspiró contra su jefe y benefactor PPK, quien lo llevó a la vicepresidencia, ministerio de transportes y, finalmente, lo salvó enviándolo a Canadá como embajador. Pero bien vale la pena repasar la manera como, de manera anti-patriótica, manipuló los hilos del poder, abusando de su condición de presidente de la república.

  • En primera instancia, “levantó las banderas anti-corrupción” de la boca para fuera, considerando que lo que más se puede observar son las acciones dolosas, de las que tendrá que dar cuenta tarde o temprano.
  • Colocó como ministros y viceministros a un grupo de gente de bajo nivel intelectual, académico y moral, sólo por el hecho de ser moqueguanos, pero sin visión de país, ni proyección global.
  • De la mano del mensaje anti-corrupción, estimuló los apetitos y aprovechó las debilidades de los jueces y fiscales, para aplastar a unos y encumbrar a otros a los más altos cargos de la fiscalía y poder judicial, con apoyo de gente de izquierda que ha copado la burocracia nacional y sub-nacional durante estos últimos 20 años, pero sin méritos suficientes (recordemos su retorno imprevisto de Brasil, cuando participó en la ceremonia de asunción de mandato de Bolsonaro, para involucrarse en una decisión del Fiscal de la Nación, respecto de la designación de fiscales).
  • Creó la Junta Nacional de Justicia (cambio de nombre al “Consejo Nacional de la Magistratura”), en base a más gente de izquierda proveniente de, o sometida a ONGs, cuyos miembros ni siquiera cumplen con las normas para su permanencia (límite de edad, por ejemplo).

Todas estas condiciones irregulares han convertido al sistema judicial y electoral, en una organización capaz de pasar por encima de todas las normas, pero que, para ellos, son de “aplicación selectiva”. Baste ver el trato dado por estos días al Dr. Luis Arce, quien, mientras les resultaba funcional en el JNE para consolidar un manejo fraudulento de las actas electorales, estaba muy bien y actuando como representante de la Fiscalía ante el JNE, pero tan pronto se resistió a ser parte de un proceso, que denunció abiertamente como a todas luces impropio, se convirtió de inmediato en un ser no ético, indigno de la fiscalía, razón por la que lo destituyeron en pocos días como Fiscal Supremo y en menos de una semana le impusieron una orden de restricción de salida del país, todo contraviniendo la legislación vigente.

Por su lado la población, que siente que le están robando el país, protesta en las calles e internacionalmente solicita una auditoría independiente, dada la actitud de indiferencia de las autoridades electorales ante la denuncia de tantas irregularidades que se pueden verificar, pues hay más de 45 denunciadas, empezando por tener un JNE compuesto sólo por cuatro miembros, cuando tienen que ser 5, o la aceptación de la candidatura de una “plancha presidencial” incompleta, incluyendo como vicepresidente a un miembro de RENIEC, cuando está explícitamente prohibido en la ley electoral.

Paralelamente, seis miembros del TC (Tribunal Constitucional) continúan aún con sus mandatos vencidos por cerca de dos años. Quién diría que el proceso de elección, que generó la pataleta de Vizcarra del 30 de setiembre de 2019, fecha en la que mandó a su primer ministro para detener el proceso de elección de los miembros del TC (función exclusiva y excluyente del Congreso) y que terminó con un golpe de Estado y disolución del Congreso, encubierto con “la denegación fáctica de confianza” sobre un tema que no incumbe al ejecutivo; fue finalmente cohonestado por la mayoría de los miembros del TC, específicamente aquellos que se beneficiaban con esta medida que prorrogaba su propio mandato.

Como consecuencia, se eligió un nuevo Congreso, probablemente el peor de los doscientos años de historia republicana, cuya principal misión era completar el proceso de elección de los miembros del TC. Es tragicómico ver la crítica de la prensa, al decir que no se cumple a cabalidad el reglamento de evaluación de este proceso, porque “la sustentación de las calificaciones dada a los candidatos al TC es de muy baja calidad”. ¿Qué esperan de 130 individuos elegidos sin exigencia académica alguna, ni experiencia? En algo más de un año, lejos de acometer la tarea pendiente, este Congreso, que ha destruido el sistema previsional y aprobado por insistencia, pero sin mayor análisis, muchas leyes inconstitucionales, afectó la marcha del sistema económico y las finanzas públicas del Perú, al extremo que el TC ha tenido que declarar inconstitucionales, al menos tres de esas leyes.

Dicho esto, y a menos de tres semanas del término de su mandato, este Congreso tampoco ha elegido el reemplazo de ninguno de los seis miembros del TC con mandato vencido. No sólo eso, sino que para reafirmar que no hay institucionalidad en nuestro país, una jueza supernumeraria ha acogido un recurso de amparo y ha ordenado al Congreso de la República, que suspenda nuevamente el proceso y se abstenga de elegir a los miembros faltantes del TC. Paralelamente, el vocero de uno de los partidos de izquierda del Congreso, ha enviado cartas a los candidatos al TC, intimidándolos e invocándolos bajo amenaza, a que renuncien a continuar en el proceso reiniciado hace nueve meses.

Hoy el Perú se debate al borde de caer en manos de la izquierda radical, la misma que ya ha amenazado con plantear el 28 julio, durante el mensaje de toma de mando, la convocatoria a una Asamblea Constituyente, con “color, olor y sabor a pueblo”, destruyendo así todo lo avanzado. El sistema judicial y electoral se han convertido en una organización criminal, gracias a los manejos orquestados desde marzo de 2018. Y el Congreso no ha cumplido la única tarea que debía cumplir, por lo que no tenemos un Tribunal Constitucional fuerte e independiente, así que debemos observar con pena, que nuestro país está indefenso y sólo nos queda su defensa en la calle, degradando el concepto de Nación, a su más trágico y bajo nivel.

¿Llegamos así a este bicentenario por incapacidad o mala fe? Lampadia




Las elecciones en los tribunales

Las elecciones en los tribunales

Fausto Salinas Lovón
Desde Cusco
Para Lampadia

Los cuestionamientos de fraude que empañan el resultado de la segunda vuelta electoral de las elecciones peruanas han trasladado el debate a los tribunales. Los argumentos políticos no están ausentes, sin embargo, los que deben protagonizar el debate son los jurídicos.

Veamos las cuestiones jurídicas en debate.:

  1. El derecho a la participación política en el JNE
  2. El derecho a la autenticidad de las elecciones
  3. La revisión judicial de las decisiones del JNE y el rol del TC

El derecho a la participación política

Este derecho lo tenemos todos. Está como derecho de la persona en el 2° inciso 17 Constitucional, como garantía institucional en el 31° de la misma Constitución y en el 23° de la Convención Americana. Incluye el derecho a participar en los asuntos públicos, el derecho a elegir, a ser elegidos y, sobre todo, nuestro derecho al voto, que es personal, libre, secreto y obligatorio. La “neutralidad estatal” es parte del último precepto constitucional.

En base a este derecho fundamental, por ejemplo, el JNE desestimó una de las tachas contra el ciudadano Martín Vizcarra. Al hacerlo, la mayoría del JNE subrayó expresamente el párrafo final del artículo 31° Constitucional que dice: “es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos”.  [i] Queda claro entonces que para el máximo tribunal electoral todo acto que prohíba o limite el ejercicio de este derecho, incluido obviamente el derecho al voto, es nulo y punible.

Bajo esta lógica hay que esperar a ver lo que resuelve el JNE en las apelaciones pendientes y si en ellas conserva su criterio de prevalencia del derecho a la participación política sobre otras consideraciones administrativas o procedimentales y, si continúa subrayando la importancia del párrafo final del artículo 31 de la Constitución. Impedir las impugnaciones por ausencia de tasa (lo cual no sucede ni en el más elemental proceso de cobro de soles) o interpretando restrictivamente el horario previsto en la Ley, va en la dirección contraria. Cambiar de criterio en el mismo proceso electoral sería no solamente una violación del principio de igualdad ante la ley que dimana de todo precedente jurisdiccional, sino una clara infracción constitucional.

El derecho a la autenticidad de las elecciones

Si levantamos la mirada por encima del marco constitucional peruano, encontramos que la Convención Americana tiene una definición más amplia de nuestros derechos políticos y consagra en su acápite 23.1.b), no sólo el derecho a unas elecciones periódicas, sino el derecho a unas elecciones “auténticas”.

Si hay algo que esta en cuestión en estas elecciones es precisamente la “autenticidad” de los resultados electorales, de manera que el debate jurídico en curso tendrá que tener necesariamente presente esta variable convencional, que en caso no sea respetada, trasladará el debate jurídico de los tribunales electorales a otros tribunales, inclusive internacionales.

La búsqueda de la “autenticidad electoral”, dada su ubicación jerárquica del más alto nivel, es entonces una tarea que no puede cesar, ni siquiera si las partes electoralmente interesadas desistieran. Constituye un imperativo jurídico, moral y supra nacional que debe protegerse y que, bajo ninguna circunstancia, podría calificarse como un abuso de derecho o una maniobra antidemocrática. Bastará que un ciudadano acredite que su derecho ha sido suprimido en una mesa, en un acta o en la digitación de un resultado para que la autenticidad haya sido afectada y le estén habilitadas las vías jurisdiccionales para recurrir a ellas.

La revisión judicial de las decisiones del JNE.

La lectura no especializada de la Constitución e inclusive el positivismo pop[ii] de algunos colegas en la interpretación del 142 y 181 de la Constitución, los lleva a opinar acerca de la intangibilidad de las decisiones del JNE.  Nada más errado. Desde el 2003 hasta el setiembre de 2020 que concluyó la revisión para este artículo, la regla ha sido que al interior del Estado Constitucional de Derecho no hay zonas o ámbitos exentos de control constitucional, ni siquiera las decisiones del Jurado Nacional de Elecciones.

Desde el caso 02366-2003-AA/TC hasta el caso 02466-2019-PA/TC, pasando por el caso Lizana Puelles (05854-2005-PA/TC) las decisiones del JNE vienen siendo revisadas a través de procesos constitucionales como el de Amparo o Inconstitucionalidad. Desconocer esto sería muy grave. Discutirlo y considerarlo un abuso de derecho también. Una apreciación autorizada sobre la materia es esta del profesor César Landa Arroyo[iii]

“Desconocer la vinculación del JNE a la Constitución y a los derechos fundamentales que la Carta reconoce, al convertir en irrevisables sus resoluciones en materia electoral por un órgano judicial independiente, consagra potencialmente la impunidad a las violaciones constitucionales en las que éstas puedan incurrir. (…) Por otro lado, nadie duda de la necesidad de preservar también la seguridad jurídica del proceso electoral, pero no es constitucionalmente válido pretender ello a costa de la desprotección de los derechos fundamentales

No nos extrañemos entonces que el debate jurídico se traslade a los tribunales ordinarios y llegue, desde ellos al Tribunal Constitucional o a los tribunales internacionales, si la participación política, el derecho a elegir, el derecho al voto y la neutralidad de los entes estatales no son preservadas por el JNE o si este no hace lugar a su propio criterio de proscribir con la nulidad los actos que hayan limitado el derecho al voto de los ciudadanos.

Tal es la naturaleza y relevancia del derecho a la participación política, que un jurista al cual no se puede acusar de mirar desde el mismo prisma de alguno de los contendientes en esta elección, nos aconseja lo siguiente:

“atrincherarlos constitucionalmente para hacer posible el proceso democrático, entonces la custodia de los mismos supone – con una comprensión adecuada de la independencia judicial – un control judicial rígido y una intervención activa de los jueces…”. Luigi Ferrajoli[iv]

Lampadia

[i] https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/confirman-resolucion-que-declaro-por-mayoria-infundada-la-resolucion-n-0104-2021-jne-1922342-1/

[ii] Calificativo con el cual cariñosamente se refería a este tipo de interpretaciones el maestro Fernando de Trazegnies en las aulas de la PUC.

[iii]https://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con2_uibd.nsf/E0A5FB44937AC8D9052575AC007B0BBA/$FILE/1jurado.pdf

[iv]https://www.google.com/search?q=ferrayoli+caracter+contramayoritario&oq=ferrayoli+caracter+contramayoritario&aqs=chrome..69i57j33i160.6334j0j15&sourceid=chrome&ie=UTF-8




Y ahora, ¿quién podrá defendernos?

Y ahora, ¿quién podrá defendernos?

Alejandra Benavides
Para Lampadia

Las últimas elecciones han dejado en evidencia la precariedad de nuestro sistema electoral, y las distintas formas en que se presta a la manipulación de la voluntad de los ciudadanos. Desde la figura de personeros – que juegan más a la ofensiva que a la defensiva, hasta el copamiento de mesas por miembros de los partidos. Todo está armado para premiar al más “astuto”, sin importar la decisión del votante. Además, hemos visto el uso indebido de material electoral, anulaciones direccionadas de las actas, adulteraciones, sustitución de identidad, así como irregularidades de digitación en sistema ONPE, resoluciones de los JEE sin sustento legal y sin considerar la intencionalidad de cantidad de votos impugnados.

Sin embargo, las elecciones son sólo el reflejo de la democracia artificial en la que vivimos desde hace muchos años, producto de una infiltración sistemática de nuestras instituciones por funcionarios con agenda propia. Ellos juegan en complicidad, para mantener su poder (e impunidad) y son conscientes de que aferrarse a sus cargos en el Estado es clave para su supervivencia. Las instituciones no se deben a los ciudadanos, sino que se han vuelto armas para los gobernantes, quienes las manosean y manipulan a su antojo, concentrando el poder absoluto.

En los años más recientes, esto es lo que ha sucedido con Martín Vizcarra, quien, no contento con hacer de Moquegua su propio reinado, creó uno en Lima, previendo lo que vendría.

Sólo en los últimos dos años hemos sido testigos de eventos anormales, que serían parte de una misma jugada.

  • Hemos participado de un referéndum convocado por Vizcarra, donde se aceptó reemplazar el Consejo Nacional de la Magistratura por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), que tiene en su poder la evaluación, designación, ratificación, y la diversidad de procesos administrativos respecto a jueces y fiscales.
  • También vimos la renuncia del ex Fiscal de la Nación Pedro Chávarry, incitada por el mismo Martín Vizcarra. Con eso, se logró que la fiscal suprema Zoraida Ávalos ocupe dicho cargo, a pesar de serios cuestionamientos sobre cómo fue beneficiada por 4 resoluciones de José Peláez Bardales, para alcanzar el puntaje requerido en sus evaluaciones. De tal forma, Ávalos conformó la Comisión Especial que elegiría a quienes hoy ocupan la JNJ.
  • A raíz de la creación de la JNJ y del caso de “Los Cuellos Blancos del Puerto” – aún un misterio sin resolver, el candidato menos voceado inicialmente para Presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), resultó siendo elegido para el cargo. Esas elecciones se dieron sólo 2 días después de la vacancia de Martín Vizcarra. Suerte para Salas Arenas, las pugnas internas del CAL impidieron la designación de su representante en el Pleno del JNE, con lo que a Salas Arenas le corresponden 2 votos en vez de 1 – es decir, cuenta con el voto dirimente. Además, en dicho Pleno está Jovián Sanjinez, de quien existen serios cuestionamientos sobre su complicidad con César Álvarez, ex gobernador Regional de Áncash. Gracias a los votos de Salas Arenas, Sanjinez y Rodríguez, es que el “lagarto” Vizcarra pudo participar de las elecciones congresales de 2021.

Por otro lado, a dos semanas de la segunda vuelta presidencial, renunciaron 3 miembros del Tribunal de Honor del Pacto Ético Electoral, aduciendo, tímidamente, a que no se habían dado las condiciones para desempeñar sus cargos.

En estos dos años también fuimos testigos del cierre “fáctico” del congreso, para evitar la designación de los nuevos miembros del Tribunal Constitucional, a pesar de que llevan más de 2 años con mandato vencido.

Parece que recién ahora podemos poner en perspectiva todo lo que hemos presenciado y la magnitud de la podredumbre. Y hoy, nos sentimos absolutamente desamparados, pues no existe ni una institución a la que podamos recurrir. Es así, que debemos unirnos para defender lo mínimo que exige una democracia, que es el derecho de voto y de escoger a nuestros gobernantes. Lampadia

Referencias

https://portal.jne.gob.pe/portal/Pagina/Ver/176/page/Que-es-el-JNE

https://www.altavoz.pe/politica/presidente-del-jne-jorge-luis-salas-arenas-ha-sido-abogado-defensor-de-terroristas-revelo-beto-a-saber/

https://gestion.pe/peru/politica/accion-popular-presenta-mocion-para-que-el-congreso-exija-la-renuncia-del-presidente-del-jne-elecciones-2021-jorge-luis-salas-arenas-nndc-noticia/

https://peru21.pe/politica/se-desata-fuego-cruzado-en-el-colegio-de-abogados-de-lima-colegio-de-abogados-de-lima-cal-javier-villa-stein-noticia/

https://andina.pe/agencia/noticia-jne-jovian-sanjinez-salazar-se-incorporo-como-miembro-del-pleno-este-organismo-814698.aspx

https://gestion.pe/peru/politica/elecciones-2021-lo-que-implica-la-convocatoria-realizada-por-el-presidente-martin-vizcarra-nczg-noticia/

https://elfoco.pe/informes/el-ascenso-y-las-condecoraciones-de-la-fiscal-de-la-nacion/

https://rpp.pe/politica/judiciales/zoraida-avalos-el-perfil-de-la-fiscal-de-la-nacion-interina-tras-la-renuncia-de-pedro-chavarry-noticia-1173964

https://peru21.pe/politica/juez-salas-arenas-se-perfila-para-ser-el-nuevo-presidente-del-jne-noticia/




La hora decisiva

La hora decisiva

CONTROVERSIAS
Fernando Rospigliosi
Para Lampadia

Como bien han dicho Mario Vargas Llosa y varios otros, mucho es lo que está en juego en esta elección. No se trata, como en otras ocasiones, de votar por un candidato que puede hacer un Gobierno que podría ser bueno, regular o malo, pero al que cambiaríamos al cabo de cinco años y al que –mal que bien- se podría controlar a través del Congreso, el Tribunal Constitucional, la prensa independiente y otras instituciones.

No cabe duda alguna que de ganar, Pedro Castillo y Vladimir Cerrón arrasarán las instituciones que contrapesan al Gobierno, convocarán una Asamblea Constituyente en elecciones amañadas -60% de “organizaciones populares” según Castillo- para intentar establecer una dictadura comunista y perpetuarse en el poder indefinidamente.

  • No es seguro que lo logren. Si lo hacen, sumirán al país en una noche perpetua, en el hambre y la miseria como Cuba y Venezuela.
  • Y si no, se producirá una situación caótica que terminará de arruinar al Perú después de la monstruosa crisis a la que nos ha conducido la pésima gestión de la pandemia por los gobiernos de Martín Vizcarra y Francisco Sagasti.

Hoy día ya se sienten triunfadores y no les importa dar señales de lo que vendría. Por ejemplo, el domingo 30 de mayo, terroristas atacaron Radio Tarma, emisora crítica de Vladimir Cerrón en Junín. “Nuestra planta transmisora fue saboteada, cortaron los cables de alimentación y también los cables que llevan a las antenas de tal manera que nuestra estación retransmisora estuvo fuera del aire”, dijo el dueño Mario Monteverde. (“Perú.21”, 2/5/21).

En el lugar del atentado, el distrito de Huasahuasi, aparecieron banderas de Sendero con la hoz y el martillo. Un audio de la terrorista de Sendero Luminoso del Vraem que se hace llamar “Vilma”, revela porqué el atentado: “Mario Monteverde de radio Tarma y sus sirvientes mercenarios del habla manipulan la mente y las masas vendiendo mentiras como si fuesen verdades”.

Desde la década de 1990, cuando fue dinamitada dos veces por los terroristas, Radio Tarma no sufría atentados. “Cuando los terroristas salen a amenazarme, demuestran claramente que hay un vínculo (entre Perú Libre y Sendero)”, asevera Monteverde.

Un video difundido por “El Comercio” (2/6/21) muestra al terrorista que se hace llamar “Carlos” incursionando, fusil en mano, en un pueblo cercano a San Miguel, donde Sendero Luminoso perpetró una espantosa masacre el domingo 30. Una prueba más de lo evidente. Pero todos los izquierdistas, sin excepción, negaron de inmediato lo obvio, que SL era el autor de la matanza.

¿Qué motivos tendrían para lavarle la cara al terrorismo? Muy sencillo, ellos saben que son ciertas las informaciones de la Dirección Contra el Terrorismo de la Policía (Dircote) que han establecido un vínculo entre Vladimir Cerrón y los terroristas del Vraem, que hoy han cambiado de postura y llaman a votar contra Keiko Fujimori.

Nada de eso les importa.

Después habrá que evaluar cómo llegamos a esta insólita situación, para no repetir los errores. Ahora hay que impedir que se hagan del poder votando este 6 de junio con esperanza, sin miedo. Lampadia




La complicidad del silencio

La complicidad del silencio

¿Dónde están los peruanos a quienes cada día afrenta el títere de Cerrón?

Fausto Salinas Lovón
Desde Cusco
Para Lampadia

Muchos en esta elección presidencial, dónde esta en juego seguir viviendo en una democracia o elegir a una dictadura que ni siquiera disimula sus apetencias totalitarias, prefieren hasta ahora mantener el silencio, la neutralidad, la cómoda posición de costado que no se juega, no suma, no se hace responsable.

Son muchas las afrentas del candidato Pedro Castillo y de Perú Libre a la sociedad libre y a la democracia, pero también, lamentablemente muchos los silencios.

  • El candidato Perú Libre ha dicho que desactivará el Tribunal Constitucional, la Defensoría del Pueblo, que dejará sin efecto la Constitución mediante una Asamblea Constituyente paralela al Congreso y no prevista en el procedimiento de reforma, tres aberraciones constitucionales que debieran haber puesto de pie a juristas, abogados, estudiantes de derechos y colegios profesionales; sin embargo, hasta ahora, no se escucha una voz de crítica, de protesta o por lo menos de preocupación. ¿Donde están los abogados, los juristas, las facultades y los gremios?
  • El candidato del lápiz ha dicho que desactivará el sistema de AFPs, con lo cual obviamente se engullirá como en Bolivia o Argentina todos los ahorros previsionales de todos los trabajadores peruanos; sin embargo, ni los gremios sindicales, ni las federaciones, ni siquiera los sindicatos de base y menos los futuros pensionistas han dicho esta boca es mía.  ¿Donde están?
  • El candidato que no lee libros de las bibliotecas pero es profe, ha dicho y está escrito en su propuesta política, que no habrá propiedad privada o grupal, sino propiedad social y estatal, sin embargo, en un país donde todos aspiran a ser propietarios de un auto, un terreno en el arenal, un departamento, una casa o una combi y donde el 72.4% de la población según el último censo de vivienda declara ser propietario o posesionario de una vivienda de cualquier tipo o condición, los peruanos propietarios no dicen nada.. ¿Donde están los propietarios que no defienden sus posesiones? ¿Esperarán que las brigadas paramilitares del gobierno, lápiz (o fusil) en mano les toquen la puerta para desposeerlos como ya sucedió en Cuba, Venezuela o en las expropiaciones de Velasco en los 70?
  • El señor Castillo ha dicho que va a expropiar empresas, nacionalizar actividades económicas y desaparecer la libre empresa, la libre competencia y la libertad contractual; sin embargo, salvo los gremios de turismo del Cusco, los dirigentes de Gamarra y los APEMIPES, no se escuchan las voces de indignación, rechazo y protesta de las confederaciones empresariales, las cámaras de comercio y los gremios de producción frente a esa amenaza explícita a los pilares de la actividad empresarial del país. ¿Donde están los empresarios? ¿Dónde están sus gremios?
  • El señor Castillo ha dicho que desactivará los exámenes a los docentes, que derogará la ley de la carrera magisterial, que desactivará la SUNEDU y que los maestros de su facción del SUTE CONARE definirán el currículo escolar conforme al Pensamiento Cerrón; sin embargo, ni una sola APAFA, ni un gremio de padres de familia, ni los demás sindicatos magisteriales salen a cuestionar estas absurdas propuestas. ¿Donde están los estudiantes, los padres de familia? ¿Dónde están los jóvenes del bicentenario?

Podríamos seguir mencionando las diversas propuestas del Lápiz en contra de algunos sectores, actividades, gremios o personas y encontraríamos que todavía hay mucho silencio para tanta afrenta.

Cuando la gravedad de un momento histórico plantea la necesidad de definirse, el silencio deja de ser tal y se convierte en complicidad. Esto sucede en la política, en la moral, en la familia y en la religión.

En el plano espiritual, el Papa Francisco, a propósito de lo que ocurre en el Oriente Medio, reprendió al mundo católico el 2018, que “hay una nube de tinieblas: guerra, violencia y destrucción, ocupaciones y diversas formas de fundamentalismo, migraciones forzosas y abandono”, en medio “del silencio de tantos y la complicidad de muchos.”

En medio de las tinieblas que también se ciernen sobre nuestro país, debiera retumbar el eco de estas frases pontificias para quienes, con su silencio, se están convirtiendo en los cómplices de las largas noches negras de tinieblas que le esperan a nuestra libertad y nuestra democracia de llegar al poder el títere del convicto Vladimir Cerrón. Lampadia




Demanda contra el MEF

Demanda contra el MEF

 

Rafael Rey Rey
15 de enero 2021
Para Lampadia

He interpuesto una Demanda de Acción Popular ante el Poder Judicial, que me ha preparado el doctor Lucas Ghersi Murillo, para que se declaren inconstitucionales los artículos 4.1, literal b), numeral i) y 4.2 del Decreto Supremo 430-2020-EF, (en adelante la “norma”) que obliga al sistema financiero a suministrar cierta información a la Sunat. En la demanda decimos, en esencia, lo siguiente:

1) La norma vulnera el secreto bancario.

El inciso 5 del artículo 2 de la Constitución señala:

“El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del Juez, del Fiscal de la Nación, o de una Comisión Investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado”.

Esta norma debe entenderse según el principio de que las excepciones al ejercicio de los derechos fundamentales se interpretan restrictivamente.

Así que el secreto bancario y la reserva tributaria sólo pueden ser levantados por esas autoridades y no por otras.

Por eso el Tribunal Constitucional:

En su sentencia 004-2004 señala que el secreto bancario y la reserva tributaria están incluidos en el derecho a la intimidad.

En su sentencia 1219-2003 señala que a diferencia de lo que sucede con la información pública, tratándose del conocimiento de información vinculada a la vida privada de una persona, “la regla es siempre el secreto, y su publicidad, la excepción”.

Así que un banco sólo puede entregar la información protegida de sus clientes en los casos expresamente previstos en la Constitución. Levantar el secreto bancario como pretende la Sunat, convertiría la excepción en regla.

2) Existe precedente de inconstitucionalidad de una norma similar.

El TC declaró inconstitucional la Ley 29720, promulgada supuestamente para “fortalecer el mercado de capitales”, que obligaba a todas las empresas con determinados ingresos anuales a entregar sus estados financieros a la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV), porque la publicidad de la información exigida por el mercado de valores solo podía ser exigida a las empresas que habían decidido ingresar a la bolsa, pero no a las empresas que no querían participar del mercado de valores. Por eso, pese a recoger recomendaciones del Banco Mundial, esa ley fue declarada inconstitucional.

Así que, siendo inconstitucional ordenar a las empresas con determinados ingresos anuales entregar sus estados financieros a la SMV, también lo es ordenar a los bancos que informen a la Sunat sobre las cuentas bancarias que contengan más de S/. 10,000.

3) Además de inconstitucional la norma es innecesaria.

Si, como dice la Sunat, la norma tuviera por objeto combatir la evasión tributaria, además de inconstitucional sería innecesaria. Por ejemplo, si alguien paga por ITF 1 sol, la Sunat sabe que hubo una transferencia 20,000 soles y puede tomar las medidas para detectar una evasión tributaria. Por eso el propio Intendente Nacional de Estrategias de la Sunat, señor Palmer de la Cruz, ha declarado que:

“Entre el 2016 y el 2019, a través del ITF, se identificaron facturas falsas por 4,000 millones de soles y operaciones sospechosas por 5,000 millones. Si este impuesto se elimina sería difícil detectarlo”.

Por otro lado, que la norma señale de un límite de 10,000 soles hace pensar que se trata de maximizar el poder de la Sunat permitiéndole acceder automáticamente, y sin solicitar autorización judicial, a una gran cantidad de información sobre la situación financiera de las personas naturales y jurídicas. ¿Con qué fin?

4) La norma atenta contra la separación de poderes.

Como vimos, la potestad de levantar el secreto bancario solo puede ser ejercida por el Poder Judicial, el Ministerio Público o el Congreso de la República, no por el Poder Ejecutivo ni por otras instituciones. El constituyente estableció que si el Poder Ejecutivo desea una información protegida por la Constitución, tiene que acudir a otro poder, ordinariamente al judicial. 

La norma cuestionada autoriza a la Sunat a levantar el secreto bancario incluso sin existir indicio alguno de evasión tributaria.

La norma subvierte el principio de separación de poderes. Aumenta las competencias del Poder Ejecutivo, a costa de las del Poder Judicial, contraviniendo la Constitución.

Más grave. La Sunat cuenta con un poder exorbitante que no se le ha concedido, ni siquiera, a los fiscales que son los funcionarios públicos principalmente encargados de investigar el delito.

5) Vulnera el principio de seguridad jurídica.

Por su naturaleza, la norma debió ser objeto de un debate con transparencia y amplia participación. En vez de ello, fue publicada aprovechando el inicio de año, sorpresivamente, con ausencia de deliberación, como si se quisiera que pase desapercibida y en medio de una pandemia y un proceso electoral convocado.

6) Fomenta la informalidad y refuerza la exclusión financiera.

La informalidad laboral en el tercer trimestre del 2020 alcanzó el 75.2%, la cifra más alta en ocho años. Solo uno de cada diez peruanos paga el impuesto a la renta. Una situación insostenible y preocupante que merece una reflexión profunda y un programa decisivo de reformas por parte del Poder Ejecutivo y el Congreso de la República para fin de ampliar la base tributaria.

Obligar a las entidades bancarias a entregar a la Sunat gran cantidad de información eleva más los costos del sistema financiero, lo que, en lugar de generar inclusión, reforzará la exclusión y la informalidad, y reducirá el grado de bancarización, generando más condiciones para la evasión tributaria. Lampadia