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Momento del acuerdo político para la reforma laboral

Momento del acuerdo político para la reforma laboral

Jaime de Althaus
Para
Lampadia

Hace unos días Lampadia dio cuenta de una noticia extraordinaria: el congreso brasilero había derogado una ley del año 1943 inspirada en la “Carta de Lavoro” de Mussolini que creaba un impuesto para subvencionar a los dirigentes sindicales de las empresas. En buena cuenta el Estado pagaba un salario a las dirigencias laborales. Fuera de eso, la ley aprobada por el congreso brasilero puso fin a la estabilidad laboral absoluta facilitando la contratación y la desvinculación de los trabajadores a cambio de una debida indemnización.

En el Perú no logramos construir hasta ahora la suficiente decisión política para reformar nuestra excluyente y rígida legislación laboral, que no solo mantiene en la informalidad y sin derechos a la gran mayoría de trabajadores peruanos, sino que, de paso, nos pone amarras que no nos dejan competir con eficiencia en la economía global a fin de crecer a tasas que nos permitan desarrollarnos.

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Fuente: scoop.it

En su discurso de 28 de julio, el Presidente Pedro Pablo Kuczynski se refirió de manera muy general al tema del empleo y sencillamente no planteó el problema tal como es ni la necesidad de reformar el carácter excluyente de nuestro marco legal. Su discurso fue vencido nuevamente por el temor político, pero anunció que el tema se vería en el Consejo Nacional de Trabajo, como si no supiera que la CGTP ya se retiró de esa instancia hace pocos meses cuando el ministro Grados empezó a plantear los asuntos de fondo, pese a que, como veremos, la CGTP sería la principal beneficiaria de las reformas, al poder ampliar su base sindical.

Por lo tanto, si no nos vamos a pasar el periodo entero de gobierno sin atrevernos a enfrentar el asunto, no cabría otra salida que convertirlo en materia del acuerdo político que empezó a gestarse en la reciente reunión entre el Presidente Kuczynski y Keiko Fujimori.

Eliminado la estabilidad absoluta, la CGTP podría ampliar su base sindical

No vamos a repetir los datos ya conocidos acerca de los altísimos niveles de informalidad laboral que tenemos, de los más altos del mundo. Somos uno de los pocos países en el que la indemnización no cuenta como una protección adecuada al despido, de modo que el juez puede imponer la reposición del trabajador aun cuando haya sido indemnizado y haya cometido actos manifiestamente delictivos. (Se ha llegado al extremo de reponer policías dados de baja por delitos). Ya conocemos los efectos perversos de este condicionamiento. Perjudica incluso a los sindicatos y a las propias centrales sindicales, que deben resignarse a operar sobre una base sindical minúscula debido no solo a la altísima informalidad, sino a que, aun dentro de la pequeña esfera formal, la tasa de sindicalización es casi inexistente: los trabajadores sindicalizados en el sector privado son hoy apenas el 1.2% de la población ocupada, un porcentaje ridículo que debería darle vergüenza a la CGTP. Y son apenas el 5.8% de los trabajadores privados en planilla.[1] Ridículo también.

La explicación del tamaño irrisorio de la sindicalización en nuestro país es precisamente la legislación laboral vigente y la antojadiza interpretación del artículo 27º de la Constitución por parte del Tribunal Constitucional, presidido por el acciopopulista Javier Alva Orlandini a principios de siglo, que consideró, estableciendo el precedente,que la indemnización por despido no constituye protección suficiente contra el “despido arbitrario”. Esto, sumando a los altos costos no salariales del trabajo, inhibe a las empresas de todo tamaño, y sobre todo a las medianas y pequeñas, de contratar formalmente trabajadores. Y cuando los contratan optan por el contrato temporal a plazo fijo. Si antes la mayor parte de los contratos en el sector privado eran a tiempo indeterminado, en la actualidad cerca del 70% de los contratos son temporales a plazo fijo. Pero, como señala PLADES,[2] los contratos a plazo fijo “desincentivan la afiliación sindical y restringen el acceso a la negociación colectiva de los trabajadores, disminuyendo las posibilidades de obtener mejores remuneraciones y mejores condiciones de trabajo”.

Sí resulta claro que lo que le convendría a la CGTP es que las empresas encuentren atractivo el contrato a plazo indeterminado, para que la mayor cantidad de trabajadores se puedan sindicalizar y pueda así la CGTP ampliar sus bases y su poder, uno se pregunta si la renuencia de la clase política y del Tribunal Constitucional a precisar los alcances del artículo 27º de la Constitución en el sentido natural, obedece a una conspiración política para que ni la sindicalización, ni la negociación colectiva ni la CGTP crezcan.

Las propuestas del Ministro

Por supuesto, no es esa la única reforma que deba ser materia de un acuerdo político. El ministro de Trabajo, Alfonso Grados, ha venido trabajando en el diseño de un conjunto de mejoras específicas de la normativa orientadas a generar nuevos puestos de trabajo, duplicar la formalidad laboral pasándola del 28% de la población ocupada al 52% el 2021, elevar la productividad promedio de los trabajadores y elevar su ingreso promedio. Es obvio que un mercado laboral menos atado demandará más trabajadores formales y una  mayor demanda de trabajadores llevará a mayores salarios. Ese ha sido el camino de los países del sudeste asiático, que comenzaron con salarios misérrimos hace 30 o 40 años y hoy son varias veces superiores a los de nuestros trabajadores peruanos. 

En diciembre del año pasado el ministro de Trabajo presentó al Consejo Nacional del Trabajo 19 propuestas vinculadas a temas como los ceses colectivos (para que funcionen pero protegiendo mejor la situación de los trabajadores),[3] la negociación colectiva (para mejorar el arbitraje potestativo[4] por ejemplo), y las escalas de multas del Sunafil (para que no se aplique a una familia o a una microempresa la misma multa que a una gran empresa, por ejemplo), entre otros. Esas propuestas se discutieron, pero a la hora entrar a discutir reformas de fondo para facilitar la contratación formal de trabajadores manteniéndolos más tiempo en la planilla, es decir, con mayor seguridad para ellos, pero adaptando distintas modalidades laborales a las realidades del mercado en los distintos sectores a fin de mejorar la competitividad global de nuestras empresas y que estas, al crecer, puedan ofrecer más empleo formal y de calidad, las centrales se retiraron.

Las reformas que plantea Grados buscan reducir los llamados “costos no salariales del trabajo” sin reducir beneficios o derechos, a fin de incentivar la contratación de más trabajadores formales, cambiando, por ejemplo, para los nuevos, la CTS por un seguro de desempleo con capacitación, de modo que no se proteja el puesto de trabajo –que puede quedar obsoleto- sino al trabajador mismo. Esta propuesta, sin embargo, aún no ha sido aceptada por el MEF.

¿Eliminar los regímenes especiales para la exportación?

Una de las propuestas que está elaborando el ministro responde a un pedido clásico de la CGTP y de los sindicatos de los países importadores (que buscan así proteger sus mercados). Consiste en eliminar el régimen de exportación no tradicional de inmediato y el régimen agrario a su vencimiento, el 2021.Es una propuesta preocupante a primera vista porque esos regímenes han funcionado muy bien y han permitido desarrollar las exportaciones respectivas de una manera sin precedentes, proporcionando al mismo tiempo gran cantidad de empleo formal. En realidad, es casi el único empleo formal nuevo y masivo generado en los últimos 20 años.

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Fuente: revistaganamas.com

Lo que plantea el Ministro es incorporar esos dos regímenes en el régimen general, introduciendo en este últimoalgunas de las características de esos regímenes especiales. Por ejemplo, el Régimen General adoptaría, de manera voluntaria, la llamada RIA (Remuneración Integral Anual), de manera que se pueda pagar las gratificaciones y la CTS en doce alícuotas, junto con el sueldo mensual. Al mismo tiempo, se ajustaría y simplificaría los contratos sujetos a modalidad del régimen general de modo de incorporar en ese régimen, regulándolas mejor, las modalidades hoy recogidas por los regímenes agrario y de exportaciones no tradicionales. En el caso de este último la idea sería ajustar la contratación a plazo a los pedidos de exportación, por ejemplo, poniendo un límite alto al número de años en que se puede renovar el contrato a plazo. En nuestra opinión, esta última medida corre el riesgo de convertirse en una caja de Pandora que todos los años sea motivo de negociaciones que la lleven a su desnaturalización.

En cuanto al régimen agrario, el ministro nos explica lo siguiente: “La idea es mantenerlo hasta el 2021 con una gradual revisión de las vacaciones, incrementándolas paulatinamente de modo que el impacto sea manejable. Efectivamente la RIA se aplicaría voluntariamente al nuevo régimen general y si eventualmente el MEF valida el seguro del desempleo, resolveríamos el tema de la CTS. Sí tendríamos que ajustar en algo la RIA mínima del régimen agrario pues hoy, al desagregarlo, no cubre la RMV. Creo que ese ajuste lo debemos hacer pronto. Por todo lo dicho, nuestra postura no es eliminar el régimen al 2021, sino que a esa fecha las diferencias entre el régimen agrario y el nuevo Régimen General no serían tan grandes, y con ello se tomarán decisiones más ajustadas”.

En otras palabras, se incorporaría al régimen general, ajustándolas,algunas particularidades de esos dos regímenes especiales.

Una alternativa más efectiva para lograr un ambiente regulatorio ‘pro-empleo’, sería más bien, llevar paulatinamente el régimen general hacia los regímenes especiales, pero es muy difícil que un gobierno débil se avenga a plantearlo.

Paralelamente la llamada “Comisión de Protección Social” ha venido preparando una propuesta, que aún no está lista, que incluiría un nuevo sistema de pensiones, la integración y universalización del aseguramiento en salud, y, como decimos, la protección contra el cese laboral. Algo que debería merecer un amplio debate público antes de empezar a configurarse.

Como fuere, el lastre del marco legal del trabajo en el Perú es demasiado pesado y oneroso como para seguir con la venda en los ojos. Es hora que el gobierno y Fuerza Popular se sienten a trabajar un acuerdo político que permita que la mayor cantidad de peruanos pueda acceder a un empleo formal, con derechos y mejor pagado. Todo lo demás es demagogia o cobardíaLampadia

[1] Ver Ministerio de Trabajo, Anuario Estadístico Sectorial 2015, Cuadro Nº 55

[2]Plades, Trabajo y Desarrollo, Alertas laborales Nº 1, Abril-Mayo 2017

[3]Según el ministro Grados, el Ministerio de Trabajo prácticamente nunca a autorizar ceses colectivos, pero la norma es usada por los empleadores pues les permite que el primer día que ingresa el expediente puedan pedir “suspensión perfecta de labores”, por la cual los trabajadores dejan de percibir ingresos hasta que cese colectivo se resuelva. Si es denegado los trabajadores deben debe ser repuestos y reconocérseles los días no trabajados. Pero el Ministerio casi nunca llega a resolver porque mientras tanto los empleadores negocian uno por uno sus renuncias. En la reforma propuesta ya no hay suspensión perfecta de labores, sino solo  por grave situación económica. En esos casos resuelve en 10 días.  Ya no es unilateral. Y el trabajador recibe una  indemnización aunque pequeña. Por supuesto, la respuesta de la CGTO es: “Ud. Quiere masificar los ceses colectivos”.

[4] Para que el arbitraje potestativo no sea invocado abruptamente, cortando negociación colectiva. Tiene que haber alguna causal: mala fe, primera negociación o si no hay acuerdo en torno a instancia. Y, sobre todo, elimina la capacidad de árbitros de atenuar propuestas de las partes. Deben elegir entra una o otra, a fin de obligar a las partes a aproximar sus posiciones.