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El aprendizaje nacional sobre la izquierda

El aprendizaje nacional sobre la izquierda

Jaime de Althaus
Para Lampadia

Las revelaciones acerca de las gestiones nocturnas el presidente Castillo y la debilidad de sus explicaciones, sumadas a los hallazgos previos relacionados al ex secretario de Palacio, han generado la sensación de que nos vamos acercando al “momento vacador”. Suele ocurrir en este tipo de circunstancias que los hechos adquieren velocidad propia y se precipitan hasta el desenlace final. 

Sería bueno, sin embargo, tratar de regular la velocidad del proceso. Si alguna virtud ha tenido el gobierno de Pedro Castillo, es que ha sido un curso acelerado de capacitación nacional sobre la naturaleza y consecuencias de un gobierno de izquierda. Una verdadera escuela acerca de lo que representa la izquierda en el poder.

Los peruanos estamos aprendiendo que un gobierno de izquierda: 

  • sube el costo de vida porque siembra incertidumbre acerca de la seguridad jurídica y las reglas de juego; 

  • distribuye bonos, dádivas y toda clase de subsidios para generar apoyo político en lugar de asegurar condiciones a la inversión privada para generar empleo e ingresos;

  • destruye las reformas modernizadoras y meritocráticas que habíamos logrado con gran esfuerzo avanzar, solo para regalar privilegios clientelistas para sus fines políticos; 

  • procura darle más poder a un Estado que no funciona solo para repartir puestos entre amigos y partidarios incompetentes o prontuariados o para hacer negocios turbios; 

  • carece de cuadros y profesionales calificados; 

  • muestra cómo se contradicen y acuchillan entre ellos; 

  • transforma el crecimiento de 7 u 8% que tendríamos el próximo año por el precio de los minerales, en uno de apenas 1 o 2%, incrementando la pobreza; 

  • revela que Sendero Luminoso todavía existe y tiene planes muy claros; 

  • pretende intervenir en los ascensos de las fuerzas armadas para subordinarlas a un proyecto político que incluye una Asamblea Constituyente para perpetuarse en el poder, suprimir la democracia y estatizar parte de la economía. 

Ese aprendizaje tiene que terminar de ser absorbido por la sociedad entera para que, allí si, la vacancia, fundamentada en causales irrefutables, sobrevenga como el resultado de una demanda profunda y generalizada. 

En ese sentido, habría que seguir poniendo énfasis no en el clamor de “vacancia ya” sino en la demostración de los hechos que puedan sustentarla legítimamente. De lo contrario, un grito de vacancia demasiado fuerte en este momento, motejado de golpismo, puede distorsionar y enturbiar un proceso de concientización que puede tener efectos profilácticos de largo plazo. Lampadia

 



Demanda contra el MEF

Demanda contra el MEF

 

Rafael Rey Rey
15 de enero 2021
Para Lampadia

He interpuesto una Demanda de Acción Popular ante el Poder Judicial, que me ha preparado el doctor Lucas Ghersi Murillo, para que se declaren inconstitucionales los artículos 4.1, literal b), numeral i) y 4.2 del Decreto Supremo 430-2020-EF, (en adelante la “norma”) que obliga al sistema financiero a suministrar cierta información a la Sunat. En la demanda decimos, en esencia, lo siguiente:

1) La norma vulnera el secreto bancario.

El inciso 5 del artículo 2 de la Constitución señala:

“El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del Juez, del Fiscal de la Nación, o de una Comisión Investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado”.

Esta norma debe entenderse según el principio de que las excepciones al ejercicio de los derechos fundamentales se interpretan restrictivamente.

Así que el secreto bancario y la reserva tributaria sólo pueden ser levantados por esas autoridades y no por otras.

Por eso el Tribunal Constitucional:

En su sentencia 004-2004 señala que el secreto bancario y la reserva tributaria están incluidos en el derecho a la intimidad.

En su sentencia 1219-2003 señala que a diferencia de lo que sucede con la información pública, tratándose del conocimiento de información vinculada a la vida privada de una persona, “la regla es siempre el secreto, y su publicidad, la excepción”.

Así que un banco sólo puede entregar la información protegida de sus clientes en los casos expresamente previstos en la Constitución. Levantar el secreto bancario como pretende la Sunat, convertiría la excepción en regla.

2) Existe precedente de inconstitucionalidad de una norma similar.

El TC declaró inconstitucional la Ley 29720, promulgada supuestamente para “fortalecer el mercado de capitales”, que obligaba a todas las empresas con determinados ingresos anuales a entregar sus estados financieros a la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV), porque la publicidad de la información exigida por el mercado de valores solo podía ser exigida a las empresas que habían decidido ingresar a la bolsa, pero no a las empresas que no querían participar del mercado de valores. Por eso, pese a recoger recomendaciones del Banco Mundial, esa ley fue declarada inconstitucional.

Así que, siendo inconstitucional ordenar a las empresas con determinados ingresos anuales entregar sus estados financieros a la SMV, también lo es ordenar a los bancos que informen a la Sunat sobre las cuentas bancarias que contengan más de S/. 10,000.

3) Además de inconstitucional la norma es innecesaria.

Si, como dice la Sunat, la norma tuviera por objeto combatir la evasión tributaria, además de inconstitucional sería innecesaria. Por ejemplo, si alguien paga por ITF 1 sol, la Sunat sabe que hubo una transferencia 20,000 soles y puede tomar las medidas para detectar una evasión tributaria. Por eso el propio Intendente Nacional de Estrategias de la Sunat, señor Palmer de la Cruz, ha declarado que:

“Entre el 2016 y el 2019, a través del ITF, se identificaron facturas falsas por 4,000 millones de soles y operaciones sospechosas por 5,000 millones. Si este impuesto se elimina sería difícil detectarlo”.

Por otro lado, que la norma señale de un límite de 10,000 soles hace pensar que se trata de maximizar el poder de la Sunat permitiéndole acceder automáticamente, y sin solicitar autorización judicial, a una gran cantidad de información sobre la situación financiera de las personas naturales y jurídicas. ¿Con qué fin?

4) La norma atenta contra la separación de poderes.

Como vimos, la potestad de levantar el secreto bancario solo puede ser ejercida por el Poder Judicial, el Ministerio Público o el Congreso de la República, no por el Poder Ejecutivo ni por otras instituciones. El constituyente estableció que si el Poder Ejecutivo desea una información protegida por la Constitución, tiene que acudir a otro poder, ordinariamente al judicial. 

La norma cuestionada autoriza a la Sunat a levantar el secreto bancario incluso sin existir indicio alguno de evasión tributaria.

La norma subvierte el principio de separación de poderes. Aumenta las competencias del Poder Ejecutivo, a costa de las del Poder Judicial, contraviniendo la Constitución.

Más grave. La Sunat cuenta con un poder exorbitante que no se le ha concedido, ni siquiera, a los fiscales que son los funcionarios públicos principalmente encargados de investigar el delito.

5) Vulnera el principio de seguridad jurídica.

Por su naturaleza, la norma debió ser objeto de un debate con transparencia y amplia participación. En vez de ello, fue publicada aprovechando el inicio de año, sorpresivamente, con ausencia de deliberación, como si se quisiera que pase desapercibida y en medio de una pandemia y un proceso electoral convocado.

6) Fomenta la informalidad y refuerza la exclusión financiera.

La informalidad laboral en el tercer trimestre del 2020 alcanzó el 75.2%, la cifra más alta en ocho años. Solo uno de cada diez peruanos paga el impuesto a la renta. Una situación insostenible y preocupante que merece una reflexión profunda y un programa decisivo de reformas por parte del Poder Ejecutivo y el Congreso de la República para fin de ampliar la base tributaria.

Obligar a las entidades bancarias a entregar a la Sunat gran cantidad de información eleva más los costos del sistema financiero, lo que, en lugar de generar inclusión, reforzará la exclusión y la informalidad, y reducirá el grado de bancarización, generando más condiciones para la evasión tributaria. Lampadia




Las leyes de este Congreso llevan a un Estado inviable y fallido

Las leyes de este Congreso llevan a un Estado inviable y fallido

Jaime de Althaus
Para Lampadia

La irresponsabilidad del ex presidente Vizcarra, que lo llevó a disolver el congreso anterior por puro deporte populista puesto que no buscó tener mayoría en el nuevo Congreso, ha producido el parlamento más populista y destructivo de la historia del Perú. En el año que tiene de funcionamiento, ha logrado socavar seriamente los pilares del crecimiento económico nacional, comprometiendo gravemente la viabilidad del país.

En efecto, las leyes aprobadas, como podemos ver en el siguiente cuadro, han atacado peligrosamente los 4 fundamentos del modelo económico que nos había permitido crecer a tasas altas y reducir la pobreza a la tercera parte de lo que era.

Esos 4 pilares o fundamentos son el equilibrio fiscal y la meritocracia, los motores emblemáticos de crecimiento, la libertad económica y de precios y la seguridad jurídica de los contratos.

Siete leyes han comprometido la viabilidad fiscal del Estado:

  • La de devolución de aportes a la ONP –que esperamos el Tribunal Constitucional declare inconstitucional- que no solo abre un forado de 18 mil millones de soles, sino que deja a muchos pensionistas sin pensión con la contingencia de que en el futuro terminen reclamando al Estado un apoyo. La misma contingencia fiscal se presentará con las tres leyes de retiro de fondos de las AFP que hasta ahora se han aprobado.
  • La ley que fija 2 puntos del IGV para gastos de inversión en las Regiones, cuando ahora ese gasto no pasa de 1 punto. Una carga rígida adicional de 1 punto del IGV a los futuros presupuestos.
  • La ley de rentas para las municipalidades de centros poblados, que saldrá de las municipalidades provinciales. Una carga adicional a los presupuestos futuros que hasta ahora no existía.
  • Están además las leyes que derogaron sendos decretos de urgencia que ordenaban la negociación colectiva en el Estado y la reposición judicial de los CAS que al vencer su contrato acudían al Poder Judicial para que los repusieran con nombramiento permanente, ¡sin concurso! Ambas situaciones estaban fabricando una bomba fiscal que los decretos desactivaban, Al derogarlos, la bomba continúa creciendo.
  • Antes de eso había aprobado la ley de nombramientos y ascensos automáticos en Salud y Essalud, que no solo implicaba un incremento permanente de cerca de 4 mil millones de soles anuales, sino que eliminaba toda meritocracia, sin la cual es imposible avanzar en la reforma del sistema de salud. Felizmente esta ley ha sido declarada inconstitucional por el TC.
  • No contento con eso, aprobó además la ley que pone fin a los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) y ordena el nombramiento de todos los contratados con esa modalidad, con gran costo presupuestal, sin concurso
  • Aprobó también la ley que pone fin a los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) y ordena el nombramiento de los más de 300 mil contratados con esa modalidad, agregando un peso permanente y agravado al erario y sin concurso, sin que ingresen al régimen meritocrático de la ley del servicio civil. Una capa burocrática que se enquistará sin obligación de rendimiento alguna. Más peso muerto, improductivo.
  • Y la cereza de la torta: la reforma constitucional que eleva el presupuesto de educación al 6% del PBI, cuando ahora los ingresos tributarios apenas superan el 14%. Necesitaríamos subir los ingresos tributarios a 17 o 18% del PBI y destinar todo el aumento solo a educación. ¿Y las otras cargas que se han aprobado? ¿Y los otros sectores?

En suma, este Congreso no solo ha incrementado significativamente el gasto Estatal reduciendo sus fuentes de financiamiento, generando así un déficit estructural inmanejable en el mediano plazo, sino que, además, ha dictado leyes que imposibilitan toda reforma de Estado para que pueda brindar servicios eficientes. Más gasto más ineficiente. El Estado como peso muerto. 

Pero el déficit fiscal engendrado con esas leyes quizá podría atenuarse en alguna medida en el largo plazo si es que se hubiese aprobado reformas de productividad y reformas laborales que permitan subir la tasa de crecimiento potencial y reducir la informalidad, a fin de incrementar la recaudación. Pero el Congreso ha hecho lo contrario. Es decir, incrementa el gasto público, pero reduce sus fuentes de financiamiento tributario al ralentizar o anular el crecimiento, pues ha aprobado leyes que atacan sectores punta del crecimiento, afectan la libertad económica y de precios, y la seguridad jurídica y de los contratos. Tenemos, así:

  • La ley de régimen laboral agrario, que corta de un tajo el dinámico crecimiento que tenía la agroexportación y aborta los dos nuevos motores económicos que se habían incorporado en la ley anterior para encenderlos: la acuicultura y el desarrollo forestal. Solo quedará la minería como locomotora, pero ya sabemos que ella también está bajo ataque.
  • Las dos leyes de retiros de fondos de las AFP aprobadas por este congreso, sumadas a la ley 95.5, que merman los fondos de pensiones que son el ahorro nacional que nunca habíamos tenido para financiar proyectos de inversión públicos y privados.
  • A ello hay que sumar la ley de topes a las tasas de interés, que van a dejar sin crédito a la pequeña y micro empresa, que ha sido en las últimas décadas, con el desarrollo del microcrédito, uno de los motores del crecimiento y de la generación de empleo. Se corta también de un tajo el desarrollo del sector de microfinanzas que en el Perú ha sido particularmente exitoso, así como el proceso de inclusión financiera, fuente de energía para el crecimiento, y para un crecimiento equilibrado.
  • Esta ley, sumada a la ley agraria, son un duro golpe a la inclusión económica y formalización de la base de la pirámide. Perderán acceso al crédito formal y al mercado cientos de miles de pequeños productores del campo y de microempresas urbanas, y perderán empleo formal cientos de miles de trabajadores. El dualismo económico y la desigualdad se agravarán. No habrá impulso de crecimiento desde abajo.
  • Para no hablar de las leyes que afectan la confianza del empresariado al violentar la seguridad jurídica y los contratos, como la ley de peajes y la del congelamiento de deudas a los bancos, que felizmente logró ser neutralizada en alguna medida por el Ejecutivo. Pero el precedente ya está dado.

En suma, lo que este Congreso ha hecho es generar un Estado estructuralmente desfinanciado e inviable. Ha aumentado su tamaño reduciendo la capacidad económica del país y anulando la meritocracia. La receta perfecta para un Estado fallido. Lampadia




El derecho de propiedad en el Perú (4)

El derecho de propiedad en el Perú (4)

Gunther Hernán Gonzales Barrón
Doctor en Derecho Summa Cum Laude. Universidad de Castilla-
La Mancha (Toledo, España). Ex Juez Superior Lima
Para Lampadia

CRECIMIENTO VERTICAL U HORIZONTAL, EN CIFRAS

Por la tipología de vivienda, el último censo 2017 arrojó el siguiente resultado:

  • 8’763,360 casas independientes (86,7% del total de viviendas particulares),
  • 820,605 departamentos en edificio (8,1% del total), pero con la atingencia de que 644,00 de esos departamentos se encuentran en la Provincia de Lima y Callao;
  • 126,308 viviendas en quinta (1,3% del total);
  • 85,708 viviendas en casa de vecindad (0,8% del total);
  • 166,374 chozas o cabañas (1,6% del total);
  • 130,932 viviendas improvisadas (1,3% del total).

Es cierto que las viviendas en edificio se han incrementado en 116,6%, es decir, más del doble en el periodo 2007/2017, sin embargo, el porcentaje global todavía es bajo para los estándares internacionales, pues representa menos de la décima parte del total, además, el número de unidades viviendas en departamentos está muy concentrado en la capital, pues, fuera de ella, se advierte un escaso desarrollo inmobiliario: Piura: 97,2% de casas independientes, Cajamarca: 96,8%, Tumbes: 96,4%, Ancash: 95,5%, Huánuco: 95,0%, Huancavelica y La Libertad: 93,8%, Lambayeque: 93,6%, San Martín: 93,4%.

¿HAY IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE PROPIETARIOS?

Las ciudades contemporáneas tratan de crecer en forma vertical para evitar la expansión desmesurada del territorio, pues ello genera graves problemas urbanos, tales como: pérdidas de horas-hombre por necesidad de trasladarse a zonas cada vez más alejadas de los centros laborales o de producción; aumento de la contaminación ambiental por efecto del uso desmesurado de transporte motorizado; incremento del costo por la conexión de servicios domiciliarios en sectores más lejanos o poco accesibles; débil institucionalidad en zonas periféricas (coberturas deficientes o inexistentes en materia de seguridad, educación, salud); incentivo del tráfico de tierras, que, finalmente termina urbanizada por acción política, pero sin equipamiento y servicios que dote a los pobladores de un mínimo de calidad de vida. Por tanto, parece evidente que se necesita un crecimiento hacia arriba.

En tal sentido, el sector formal de la construcción, con soporte financiero y conocimiento técnico-legal, no tiene demasiados problemas en afrontar las regulaciones civiles, registrales, administrativas, municipales, urbanísticas, entre otras, para realizar proyectos de envergadura destinados a la edificación de viviendas en departamentos, pero ese esfuerzo no es suficiente para atender toda la demanda habitacional. En este punto surge la posibilidad de que no solo la gran empresa, sino también los pequeños propietarios ayuden a cerrar la brecha de vivienda mediante la construcción (autorizada y supervisada) en sus azoteas. El censo 2017 señala que existen 8’760,363 casas independientes, por lo que en muchas de ellas sería posible levantar un nivel adicional que incorpore área construida para satisfacer tal necesidad.

Sin embargo, el pequeño propietario, que pretende construir en los aires, sea con fines de arriendo o venta, tendrá que pasar por las mismas etapas que la gran empresa: licencia de obra, conformidad, declaratoria de edificación, constitución del régimen de propiedad exclusiva y común mediante un reglamento interno, independización. No extraña, por tanto, el pequeño porcentaje de construcciones en azoteas que pueden formalizarse o regularizarse. La igualdad de oportunidades aconseja reglas diferenciadas, pero, esta falencia normativa no ha sido abordada.

Por lo demás, la falta de título de propiedad registrado de aires o azoteas determina que no se realicen inversiones que pudieron ser beneficiosas para la sociedad, o se realicen con menor rentabilidad, o que se pierda eficiencias, o que el valor de la vivienda represente solo el uso del inmueble, pero no su cambio. Finalmente, las consecuencias son lamentables, tanto en el ámbito económico, pero fundamentalmente en el social, pues, el ciudadano promedio no se identifica con un sistema legal que lo discrimina, produciéndose así un desprestigio de la legalidad.

PROPUESTA

La venta e independización de aires tiene dos etapas fundamentales: municipal y registral. La primera reclama un procedimiento simplificado centrado en evaluar la zonificación y seguridad constructiva. La segunda tiene que aligerarse en el sentido que el registrador no debería reexaminar los documentos ya aprobados por la municipalidad, por lo que solo bastaría cumplir el requisito del reglamento interno, que bien podría reducirse a un formato estándar llenado por los propietarios, pero siempre con el cuidado de describir literaria o gráficamente las secciones independientes.

La propuesta podría resultar novedosa en un país burocratizado como el nuestro, pero en Inglaterra, por ejemplo, cuyos derechos de propiedad están registrados casi en 100%, la agencia pública solo archiva los planos, ya validados, sin necesidad de una nueva revisión por los funcionarios del registro. En el Perú, con menos del 30% de propiedad formal, cada instancia vuelve a evaluar lo que hizo la anterior. La seguridad jurídica, por tanto, no depende tanto de una multiplicidad controlista, sino de un solo control aplicado en la dosis y momento preciso.​ Lampadia




La demagogia de los peajes

La controversia sobre el alza del peaje de la línea amarilla, operada por la concesionaria LAMSAC, es un claro ejemplo de cómo la política, la demagogia y la propia Contraloría pueden intervenir para socavar las bases de la inversión privada en infraestructura en un país que la necesita a gritos.

El asunto es así: la cláusula 9.9 del contrato de concesión autoriza a LAMSAC a realizar un ajuste anual del peaje por inflación. Dicho ajuste no se hacía desde el 2013. El concesionario calculó que la inflación acumulada entre el 2013 y enero 2018 era de 70 céntimos. En mayo del 2017 se subió 30 céntimos. Y el domingo pasado se subió los 40 céntimos restantes.

¿Qué pasó? Pues que en junio de 2017 la Contraloría advierte a la Municipalidad que, en la actualización de la tarifa de peaje, el concesionario venía aplicando la fórmula de reajuste de tarifa en forma distinta a la establecida en el contrato de concesión suscrito en el año 2009. Esa fórmula se venía aplicando desde el 2013, sin observaciones. Ante ello, el 23 de febrero del 2018 la municipalidad observa la aplicación de la fórmula. Y entonces, tal como señala el contrato, ante una discrepancia, se va a un proceso arbitral. No obstante, meses después, ad portas del alza del segundo tramo, el propio alcalde Luis Castañeda Lossio declara que LAMSAC no tiene autorización para subir el peaje y que si lo hace podría denunciar el contrato. Y la comuna emite un comunicado advirtiendo que “La Municipalidad de Lima no ha autorizado, ni reconoce ningún reajuste al precio de los peajes por lo que estaría iniciando las acciones legales que correspondan”.

Allí el alcalde Luis Castañeda Lossio se dejó llevar por la nostalgia del aplauso popular. Porque la cláusula 9.13 del contrato establece claramente que el concesionario simplemente comunica al concedente el reajuste tarifario, y que, si hay controversia respecto de la aplicación de la fórmula, pues ella podrá ser sometida a los mecanismos de solución de controversias establecidos. Es decir, a un arbitraje. Que es lo que ocurrió en este caso. El tema está en proceso arbitral en la Cámara de Arbitraje Internacional de París, y mientras ésta resuelva el concesionario procede con el alza.

Es decir, la municipalidad no tiene la prerrogativa de autorizar, y menos de anular el contrato, amenaza que era una barbaridad desde el punto de vista de la seguridad jurídica necesaria para que haya inversión privada de esta naturaleza en el Perú. Felizmente al final de la reunión de la comisión de Defensa del Consumidor del Congreso del día martes, Castañeda Lossio se rectificó tácitamente cuando señaló que este asunto debía ser manejado respetando el marco institucional y jurídico, y llamó a esperar el resultado del arbitraje. E incluso añadió que anular el contrato sería popular pero no es lo más apropiado.

De todos modos, el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor anunció la formación de una comisión investigadora del alza del peaje y el presidente de la Comisión de Transportes, por su parte, expresó que habría que extenderla a todos los peajes a nivel nacional. Otra barbaridad demagógica. Es evidente que los contratos y los peajes no pueden estar sujetos a revisión política, pues en ese caso simplemente no habrá inversión en infraestructura con peajes en el país y las carreteras terminarán en el abandono y la destrucción por la falta de mantenimiento.   

Hay aquí, pues, politiquería de la municipalidad y de los congresistas. Pero también, aunque parezca increíble, de la Contraloría. Porque la noche anterior a la reunión de la comisión de Defensa del Consumidor, la Contraloría emitió un comunicado que ignoraba el tema del proceso arbitral y azuzaba la controversia. Decía lo siguiente:

COMUNICADO OFICIAL N° 006 – 2018-CG

Contraloría General señala que tarifas del peaje en concesión Línea Amarilla no se ajustan al Contrato de Concesión

• En junio de 2017, como se desprende del Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 303-2017-CG /MPROY – AC, la Contraloría General identificó y advirtió a la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) que en la actualización de la tarifa de peaje, el concesionario LAMSAC venía aplicando la fórmula de reajuste de tarifa en forma distinta a la establecida en el contrato de concesión suscrito en el año 2009. En ese informe se identificó incluso un perjuicio económico al Estado Peruano por US$ 1,214,000.00 por la no aplicación de penalidades relacionadas a la incorrecta aplicación del contrato.

• Producto de dicha Auditoría, se recomendó a la MML poner en conocimiento de la Procuraduría Pública para que inicie las acciones legales respecto a los funcionarios y servidores involucrados en la observación respecto del reajuste de tarifas, y que disponga a sus unidades orgánicas el adecuado cumplimiento del Contrato de Concesión. A pesar de ello, la concesionaria LAMSAC, con fecha 31 de enero de 2018, informó a la MML sobre un nuevo reajuste tarifario anual de S/ 5.70, cuyo cobro se ha iniciado el 14 de octubre de 2018.

Era un ataque a la municipalidad y a sus funcionarios por haber supuestamente incumplido con actuar conforme al contrato, sin haber tomado nota que ya la municipalidad en febrero había comunicado a LAMSAC su disconformidad y que, en consecuencia, está en marcha un proceso arbitral, que es la solución a la controversia.

La Contraloría agudizó las contradicciones sin respetar la verdad de los hechos, provocando que los congresistas censuraran al alcalde y exigieran una investigación de los peajes, creando un problema donde no lo había, un problema que repercute en las condiciones jurídicas y políticas para la inversión en el Perú.

Por lo demás, la observación de la Contraloría se basa en que la fórmula para calcular el peaje no contempla las modificaciones en el tipo de cambio, sino que se basa solo en la inflación, en el Índice de Precios al Consumidor. Según LAMSAC, esto es así porque el proyecto se financió íntegramente en soles en el Perú, por medio de bonos que fueron comprados por las AFPs entre otros. De ser así, estaríamos ante otro caso de incompetencia de la Contraloría en las observaciones que formula. Como fuere, lo cierto es que hay un arbitraje en curso y de allí saldrá la verdad que las partes deberán respetar. Toda otra movida es absolutamente inútil, inconducente y contraproducente. Lampadia




Falta plata para lo esencial, pero hay mucho gasto inútil y negativo

Falta plata para lo esencial, pero hay mucho gasto inútil y negativo

Jaime de Althaus
Para Lampadia

El Estado peruano adolece de un serio problema de priorización del gasto: hay servicios que tienen que ver con la razón misma de ser del Estado, como la seguridad y la justicia, que claman por recursos, al mismo tiempo que se gasta en burocracia innecesaria creada por la profusión normativa y en servicios o funciones estatales que no son prioritarios.

Los ingresos, como sabemos, no alcanzan, hay un déficit fiscal y el ministerio de Economía está tratando de incrementarlos subiendo el selectivo al consumo y con otras medidas que aún no salen por temor político. Al mismo tiempo, está reduciendo gastos llamados no esenciales, tales como viajes, cocteles o consultorías. Pero la mayor reducción estaría, como veremos, en la sobre burocracia y en oficinas o entidades duplicadas o poco necesarias.

Si hay una reforma que es absolutamente fundamental para recuperar capacidad de crecimiento y por lo tanto aumentar los propios ingresos fiscales, y por supuesto para civilizar el país, es la del sistema judicial y la seguridad. Sin seguridad jurídica e imperio de la ley, habrá cada vez menos inversión, en un país asolado crecientemente por mafias y corrupción de todo tipo. El gasto –bien hecho- en dichas reformas debería ser, pues, absolutamente prioritario.

Mega-operativos y NCPP sin presupuesto

Pues bien, la señal de alarma más clara de que ello no es así la dio el lunes pasado, en entrevista que le hiciera en El Comercio, al fiscal Jorge Chávez Cotrina, cuando reveló que al Ministerio Público ya se le acabó el presupuesto que les habían dado para los mega-operativos y que necesita una ampliación de 15 millones de soles. Uno de las pocas acciones exitosas del Estado peruano en la lucha contra el crimen organizado, ¡sin presupuesto! Algo más grave aún fue la revelación de que el éxito de los mega-operativos se ve mermado porque parte de los 1,193 criminales presos preventivamente como consecuencia de ellos ¡siguen operando desde las cárceles!, pues no funciona el bloqueo de celulares en los penales y no hay política penitenciaria. No puede haberla porque al suprimirse los beneficios penitenciarios para muchos delitos e incrementarse las penas, entran cada vez más presos pero no salen.     

Chávez Cotrina también explicó que la razón por la que de los 1,637 detenidos por pertenecer a organizaciones criminales, solo 143 tengan sentencias condenatorias, se debe a que los procesos -pese a que se llevan a cabo dentro del Nuevo Código Procesal Penal, que es más ágil-, avanzan lentamente por escases de jueces. Según él, hay Cortes Superiores que están colapsadas. Faltan jueces. Eso también es presupuesto, aunque habría que revisar la gestión de las audiencias para ver si realmente se está optimizando el tiempo de los jueces. De repente hay también un problema de organización.

No solo eso. Tampoco hay presupuesto para implementar el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en las Cortes de Lima. Recientemente una nota periodística daba cuenta de que el presidente de la Corte Suprema, Duberlí Rodríguez, pedía al Ejecutivo voluntad política para concluir la implementación del NCPP en el año 2020, algo que debió estar concluido el 2013. El NCPP es importante porque entraña un verdadero cambio cultural en la judicatura penal y permite procesos más rápidos y más certeros.

Plan Cuadrante Seguro no funciona sin jueces y cárceles distritales

Recientemente el ministro del Interior, Mauro Medina, anunció que desde el 1 de junio entraba en aplicación el Plan Cuadrante Seguro, una nueva estrategia contra el robo callejero que divide a Lima y Callao en cuadrantes, cada uno con un número de policías fijos que coordinan labores de prevención e inteligencia con los vecinos. Es decir, la policía comunitaria, por fin, que, de paso, permitirá que los agentes lleguen en un tiempo de 5 a 6 minutos a un hecho criminal.

Muy bien. Pero de poco servirá esta estrategia si no existe en cada distrito un fiscal, un juez y una carceleta distrital en la que se pueda castigar a los delincuentes callejeros atrapados en el Plan Cuadrante a penas cortas de semanas o pocos meses, con asistencia de sicólogo y asistente social para su resocialización. De lo contrario, los ladrones serán capturados y puestos en libertad a las pocas horas, como ocurre en la actualidad. O lanzados a las grandes cárceles, donde de primarios se convierten en delincuentes avezados al cabo de un tiempo de permanencia en ellas. Los locales para este servicio distritalizado de justicia penal pueden ser construidos y financiados por los gobiernos locales, tal como ya lo están haciendo algunas municipalidades para las fiscalías distritales. Pero en ellos falta el juez y el centro de detención. Requiere un presupuesto, pero sobre todo requiere, como lo dijo el fiscal Chávez Cotrina, decisión política, porque las municipalidades están colaborando.

Chávez Cotrina nos dijo además que tampoco existe presupuesto para enfrentar la trata de personas, que es un delito que está adquiriendo proporciones preocupantes en el sur del país.

Aplicar Análisis de Impacto Regulatorio y digitalización para reducir burocracia

Lo cierto es que al mismo tiempo que falta recursos y decisión política para estos temas cruciales, que tienen que ver con la función medular del Estado, se gasta en burocracias innecesarias creadas para gestionar la aplicación de regulaciones excesivas que inhiben la inversión, restando ingresos para financiar al Estado, y se gasta también en oficinas y entidades inútiles o que duplican funciones.

 Para lo primero, es hora de empezar a aplicar de manera consistente un programa de Análisis de Impacto Regulatorio (RIA) de las normas en todos los sectores, para ver en cada caso si la norma se justifica, si resuelve un problema o lo crea, si su costo de implementación por parte de los regulados es alto incentivando la informalidad o desincentivando la inversión, etc.

Ya habido un cierto avance: el MEF está haciendo un piloto, con la OECD, en cinco ministerios. Se entrenó equipos que hicieron el análisis, pero aún faltan las propuestas de reducción de normas que se derivan de ese análisis, y qué implica eso en términos de eventual reducción o reasignación de personal. La Secretaria de Gestión Pública, Mayen Ugarte, nos informa que el próximo año habrá un préstamo del BID para llevar a cabo esto de manera más amplia. Dicho préstamo servirá también para culminar los Análisis de calidad Regulatoria (ACR) que sí se están llevado a cabo, y que consisten en revisar no las normas como tales sino los procedimientos o trámites que tienen que ver con el público, también con la finalidad de eliminarlos o simplificarlos.

Y se supone que todo procedimiento o trámite que pasa el ACR, pasa luego a su digitalización. La propia digitalización del Estado, en la medida en que implica revisión ya no solo de los trámites sino de los procesos para simplificarlos, y en la medida en que reemplaza personal por comunicación directa, ayudaría a reducir burocracia.

Mayen Ugarte nos informa que se han formado “Swat teams”, equipos de tres personas con metodologías de innovación que empiezan a revisar procesos. Reconstruyen hacia atrás a partir de las necesidades de los usuarios. Hasta digitalizar esos procesos.

Un ejemplo de cómo se puede reducir burocracia es la VUCE (Ventanilla Unica de Comercio Exterior), que trabaja con 15 entidades, cuyos trámites condensa. Comienzan con un ACR (si tiene sentido el trámite, si los requisitos que se piden son razonables, cuánto le cuesta al ciudadano, a la empresa, si se justifica esa carga administrativa). Luego pasan a simplificación de procesos y digitalización. El equipo de la VUCE funciona con fondos del BID. Y cuando está listo el trabajo, todo va a gob.pe, una plataforma para hacer los trámites de manera virtual.

Todo eso debería ahorrar burocracia. Se está planificando sacar ventanillas únicas según eventos de vida: qué programas le corresponden al que nace en condición de pobreza hasta que ingresa a colegio, cómo lo gestiona para no tener que ir a cada entidad. O todo lo que le interesa y debe obtener el que cumple 18 años. En una sola ventanilla. O todos los trámites necesarios a partir de la muerte de una persona (partida de defunción, curatela, pensión, registro de los bienes, etc.), que pueden llegar a involucrar a más de 20 entidades.

Los Tupas estandarizados para obtener licencias de construcción y de funcionamiento, próximos a salir, también deben aligerar la burocracia en las municipalidades.

Por supuesto, esto debería hacerse al mismo tiempo que las entidades hacen el tránsito al régimen de la ley de Servicio Civil, que también implica revisión de los procesos para hacer un mapeo de estos y de los puestos realmente necesarios para llevarlos a cabo, e implica una carrera meritocrática que supone evaluaciones de desempeño. 

Dependencias estatales sobrantes

Pero, además, debería hacerse un análisis de consistencia de las distintas dependencias estatales. Muchas podrían ser eliminadas o fusionadas, porque hay mucha superposición o inutilidad.

Basta mirar el organigrama del Ministerio de Agricultura, por ejemplo, para detectar la existencia de una serie de “proyectos especiales” que datan cuando menos de los años 80 y sobreviven como fósiles porque nadie se anima a cerrarlos o fusionarlos. Allí están los proyectos especiales Sierra-Centro-Sur, Jaén-San Ignacio-Bagua, Alto Huallaga, Pichis Palcazu y otros seis más, cada uno con su propia administración, multiplicando gasto inútilmente. Hay una Dirección General de Infraestructura y Riego, y al mismo tiempo dos programas de riego. Hay una Dirección de Políticas Agrarias y otra Dirección de Seguimiento y Evaluación de dichas políticas. Hay una Dirección de Estudios e Información Agraria, y una Dirección de estadística Agraria.

En el ministerio de Educación hay una Dirección General de Educación Superior Universitaria y está, al mismo tiempo, la SUNEDU. Hay una Dirección General de Becas y Crédito Educativo, y está, de otro lado, PRONABEC. Una Dirección General de Infraestructura Educativa, y está el PRONIED.

Y así en casi todos los ministerios. Además, hay superposición entre ministerios: Agricultura con el MIDIS, el MIDIS con Salud, Ministerios y gobiernos regionales, etc. Debería hacerse un análisis de la cadena de valor de cada servicio público para eliminar las superposiciones y distribuir cada función o parte del proceso al nivel que las pueda ejecutar mejor. Es decir, una reingeniería de la descentralización.

Tenemos, como si fuera poco, dos niveles municipales, provincial y distrital, multiplicando profusamente la burocracia. Bastaría con uno solo, el provincial, con oficinas distritales, aunque sería muy difícil que una reforma como esta se apruebe.   

Como fuere, lo cierto es que es hora de racionalizar y simplificar el Estado y concentrar recursos en lo realmente prioritario, como la justicia y la seguridad, que son sectores que tienen el potencial de crear las condiciones para que haya mucha más inversión que permita generar los recursos para invertir en los sectores sociales y en infraestructura. Lampadia