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La crisis política ha sido generada por el pedido de adelanto de elecciones

La crisis política ha sido generada por el pedido de adelanto de elecciones

Jaime de Althaus
Para Lampadia

Todos los argumentos a favor de un adelanto de elecciones o de una cuestión de confianza si es archivado, pecan de una grosera petición de principio: la “crisis política” que se invoca como fundamentación, ha sido creada o magnificada por el propio pedido de adelanto de elecciones. Al punto que, si el presidente retira el pedido de adelanto de elecciones, la crisis cesa como por ensalmo.

Pero como consecuencia de esa irresponsable pretensión, ahora sí que tenemos una crisis política, y grave: mientras el gobierno y sus defensores preparan los argumentos para sostener la validez de la cuestión de confianza y cerrar el Congreso, las bancadas opositoras en el Congreso arman investigaciones sobre Vizcarra para encontrar municiones para la declaración de vacancia presidencial. La colisión parece indetenible.

El presidente “no puede gobernar con un Congreso en permanente pie de guerra”, escribe Rosa María Palacios. Pero eso no era así antes del 28 de julio, como ya hemos demostrado en artículos anteriores. Más bien fue el presidente quien declaró la guerra el 28 de julio del año pasado cuando planteó un referéndum para la no reelección de los congresistas. Esa guerra, sin embargo, no evitó que se autorizaran decretos legislativos y se aprobaran todas las reformas políticas planteadas salvo una que, sin embargo, tuvo mejoras apreciables.

El presidente plantea adelanto de elecciones porque ya no podía hacer cuestión de confianza por las reformas políticas. La cuestión de confianza, que puede llevar a la disolución del Congreso si es denegada, es un recurso para devolverle la decisión al pueblo cuando el enfrentamiento entre poderes es insalvable. Pero resulta que este enfrentamiento ha sido causado por el propio pedido de adelanto de elecciones. Generar una guerra para luego hacer cuestión de confianza y disolver el Congreso, es un mecanismo cínico, populista e inconstitucional, porque manipula la Constitución contra su esencia.

El proyecto de reforma constitucional fundamenta el adelanto de elecciones en solo dos párrafos. En el primero dice:

“El adelanto de elecciones constituye el mecanismo idóneo para superar la actual crisis política en la que se advierte una notoria dificultad para encontrar consensos entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo”.

El texto no especifica cuáles son esos consensos no logrados. Lo que sí tenemos son las declaraciones del ex ministro de Economía Alfredo Thorne y del ministro de Economía actual, Carlos Oliva: que el Congreso les ha facilitado todo lo que han querido, de modo que en lo esencial sí hay consensos. Y lo demuestran las estadísticas que presentó Miguel Torres, según las cuales desde julio del 2016 ha habido menos interpelaciones y censuras y más decretos legislativos aprobados que en los dos gobiernos anteriores.

Las discrepancias están focalizadas en el sector educación, donde han producido la censura –sin razones de peso- de un ministro y la renuncia de otra. Hay allí una oposición de raíz religiosa, algo que una democracia debería ser capaz de procesar, pues sólo un temperamento muy autoritario no soporta diferencias de concepto. También se mueven intereses crematísticos de universidades que podrían no ser licenciadas por el Sunedu.  En todo caso, allí sí hay un campo concreto para el ejercicio de la cuestión de confianza: si el Ejecutivo considera que las disposiciones del Congreso en materia de igualdad de género o de la reforma universitaria obstaculizan la gestión del Ministerio de Educación, puede hacer cuestión de confianza en torno a ello.   

Acuerdo de gobernabilidad

En realidad, como se sabe, no existen diferencias ideológicas o programáticas importantes entre el Ejecutivo y las fuerzas mayoritarias en el Congreso. Por lo tanto, es perfectamente posible un acuerdo de gobernabilidad hacia el 2021 en torno a una agenda país, tal como lo ha planteado el presidente del Congreso, Pedro Olaechea que, además, ha recibido el respaldo en ese empeño de la bancada de Fuerza Popular mediante un comunicado emitido el jueves pasado, luego de que se dispararan inoportunas iniciativas fiscalizadoras contra el presidente. Ocho bancadas respaldan esta búsqueda de un acuerdo. Esa agenda es muy fácil de construir. Está ya dada, en realidad. Si no se concreta formalmente es porque de hacerlo quedaría en evidencia que no hay crisis política. Por eso los ‘adelantistas’ no quieren acuerdo político y tratan de convencer de que es una ilusión.   

El segundo párrafo en el que se fundamenta el pedido de adelanto de elecciones es aún más feble. Dice:

“…se requiere adoptar una decisión que genere un recambio en la clase política que permita fortalecer las instituciones, pero sobre todo optimizar las relaciones entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo…”.

Ya hemos argumentado las razones por las que el adelanto va a producir resultados desastrosos en términos de dificultades para una buena elección y de calidad del próximo Congreso, con el agravante de que, al no haberse aprobado las reformas relacionadas a la gobernabilidad, el próximo gobierno podría caer en la misma trampa de un gobierno con mayoría congresal opositora.

Inconstitucional

El adelanto de elecciones no solo es innecesario y nocivo. Es, además, inconstitucional, por varias razones que expliqué en mi artículo anterior en este portal (viola derechos constitucionales de los congresistas, viola el principio de irretroactividad, entre otras). Pero hay una razón adicional, que se aplica también a la pertinencia de la cuestión de confianza en un caso como este. Según la Constitución, la cuestión de confianza la pueden plantear el presidente del Consejo de ministros o los ministros. Y según el Tribunal Constitucional, ella “ha sido regulada en la Constitución de manera abierta”, con la finalidad de conseguir “respaldo político por parte del Congreso, para llevar a cabo las políticas que su gestión requiera” (parágrafo 75 de la sentencia del TC sobre la cuestión de confianza). Un pedido de adelanto de elecciones no tiene nada que ver con la gestión del Premier o de los ministros. Gestión que, como hemos señalado, no ha sido gravemente obstaculizada en lo esencial. 

Si el presidente realmente cree que no puede gobernar, tiene varias opciones: o el acuerdo de gobernabilidad que hemos mencionado, o la cohabitación, o un Premier de consenso, o la renuncia. Todas ellas opciones constitucionales. Opte por una de ellas presidente. Lampadia




El MEF y la Sunat tiran de la cuerda en distintas direcciones

El MEF y la Sunat tiran de la cuerda en distintas direcciones

En noviembre pasado, el Ministro de Economía, Alonso Segura, lanzó uno de sus paquetes reactivadores cuyo corazón era un conjunto de medidas tributarias (reducción del impuesto a la renta personal, del impuesto selectivo al consumo y otros) destinadas a dejar en manos de los ciudadanos unos 4,500 millones de soles el 2015. La idea era  reactivar el consumo y por ende la economíaPor eso, no se entiende como la Sunat (la cual depende del MEF), haya prepublicado días atrás una nueva reglamentación para el fraccionamiento de las deudas con el fisco que endurece las condiciones para acceder a esta figura. Un contrasentido total, pues el ahorcar a los contribuyentes, especialmente a los más afectados por el menor crecimiento de la economía, va en contra de la política expansiva que impulsa Segura en representación del Gobierno.

 

 

Si se reducen los plazos máximos de fraccionamiento (de 72 a 48 meses), como se indica en el nuevo reglamento y, ahora este será condicionado al pago de cuotas iniciales y garantías (carta fianza o hipoteca), dependiendo del comportamiento del contribuyente, está claro que a las personas naturales y jurídicas con problemas les será más difícil salir de ellos, pues contarán con menor liquidez o no podrán acceder a un mecanismo facilitador de la recaudación y la formalidad.

Por si fuera poco, como se ha denunciado en varias oportunidades (la más reciente, por Rosa María Palacios), “la Sunat, ¡vivísimos ellos! no reciben solicitudes [de fraccionamiento],  porque no activan los formularios para solicitar el fraccionamiento hasta dos meses después de la fecha original de pago. ¿Mientras tanto? Te mandan resoluciones de cobranza coactiva a pagar en 7 días. ¿Qué te queda? Vaciar la cuenta del banco de la EIRL, que felizmente en mi caso, está vacía porque no tengo ingresos o romper el chanchito y pagar la deuda completa. Es decir, te quedas sin fondos o capital de trabajo”. Como señalamos líneas arriba todo lo contrario a lo que aspira la política de expansión del MEF.

La denuncia, obviamente no ha sido atendida. Para la Sunat la cosa es cobrar como sea, al mejor estilo del Sheriff de Nottingham (la némesis de Robin Hood). Incluso como este personaje de la Inglaterra medieval, torciendo la Ley acosta de los ciudadanos. Como bien ha señalado Palacios: “El Fraccionamiento de una deuda tributaria no es un dádiva, un regalo, o un premio. Es un derecho otorgado por la LEY (sí, en mayúscula, a ver si la señora Tania Quispe entiende) con el que la administración tributaria no puede hacer lo que le da la gana para cercenarnos ese derecho”.

Ante las críticas a este proceso, la Sunat acaba de anunciar una flexibilización de sus nuevas normas de fraccionamiento. Lamentablemente, lo único que ha hecho es discriminar entre los que tengan deudas menores a 38,500 soles (10 UIT) y los que superen dicho monto. Esto, que puede parecer aparentemente justo, en verdad sigue condenando a los pequeños y medianos empresarios a mayores dificultades financieras y  fomentando, indirectamente, la informalidad.

Además, como ha reportado el diario Gestión el 21 de abril pasado, de ahora en adelante “Solo los gastos ineludibles serán deducibles del Impuesto a la Renta”. Según la nota de Gestión: “La Sunat desconoce como gasto de las empresas los pagos de indemnizaciones contractuales o gratificaciones extraordinarias de trabajadores, ya que considera que pueden evitarse. (…) El fisco, dispone que para aceptar un gasto como deducible del pago del Impuesto a la Renta (IR), debe ser ‘ineludible o inevitable’. Es decir, cuando no exista otra posibilidad que solo efectuar el gasto. (…) Otro ejemplo ocurre cuando una empresa contrata con otra un servicio y luego, por discrepancias entre los contratantes, llegan a un arbitraje y la primera de ellas pierde el caso. (…) En este caso, la Sunat no aceptará el pago de la indemnización [ordenado por el laudo], ya que pudo evitarse si la empresa cumplía el contrato”. Este criterio contaría ahora con un presedente de la Corte Suprema, informa Gestión.

Aparte del abuso que representan estas medidas de la Sunat, lo que se persibe son enormes contradicción es en el Gobierno. Por ello, cabe preguntarse: ¿En el Ejecutivo se coordina la política económica? ¿La señora Tania Quispe, Superintendente Tributaria, no lee los periódicos? ¿El Ministro de Economía no se entera de este tipo de cosas? ¿Están realmente comprometidos con devolverle el crecimiento al país?

¿No sería bueno, por el bien del país; la imagen de las instituciones que tienen la suerte y responsabilidad de dirigir; e incluso, por su prestigio profesional que se sentaran a evaluar los objetivos a los que aspiran?.  Lampadia