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El avance de Bolsonaro

En contra de todos los pronósticos Jair Bolsonaro parece estar cerca de lograr los acuerdos necesarios con el Congreso para reformar el muy oneroso sistema de pensiones brasileño.

Se estima que esta reforma es el punto de partida para el reacomodo de la estructura económica de Brasil.

Hasta el momento, Bolsonaro sigue teniendo una muy mala prensa internacional, producto de sus expresiones políticamente incorrectas, algo que ha venido enturbiando el análisis de su gobierno.

Después del tema de pensiones hay un largo camino que recorrer. Esperamos que el resto del camino tenga mejores informes.

Caos y progreso
A pesar de las turbulencias, Brasil está empezando a arreglar su sistema de pensiones

El Congreso se ha hecho cargo de la reforma económica más importante

The Economist
22 de junio de 2019

A Jair Bolsonaro, presidente de Brasil, le gustan las metáforas románticas. “Nuestro matrimonio es más fuerte que nunca”, dijo en mayo, después de que la prensa especulara que estaba en desacuerdo con el ministro de economía, Paulo Guedes. “El matrimonio terminó sin resentimientos”, dijo este mes después de despedir a Carlos Alberto dos Santos Cruz, un ministro que había dicho que otros en el gobierno deberían ser más cuidadosos en las redes sociales, suelen molestando a los fans de Bolsonaro que tuitean sobre las virtudes del gobierno de las fuerzas armadas y los horrores de la homosexualidad.

Cuando Bolsonaro asumió el cargo en enero, los inversores pensaron que podría permitir que Guedes, de orientación de libre mercado, reformara el inasequible sistema de pensiones, liberalizara la economía y restaurara un crecimiento robusto. Escándalos, y las relaciones rocosas del presidente con el Congreso y sus propios ayudantes, han estropeado ese estado de ánimo. A mediados de mayo, Bolsonaro remitió un artículo de opinión a sus contactos de WhatsApp diciendo que el Congreso estaba haciendo que Brasil fuera “ingobernable”. Por primera vez más brasileños desaprobaron a su gobierno que lo apoyaron. La moneda, el real, alcanzó un mínimo de ocho meses. Rumores de inminente Impeachment se multiplicaron. Junio trajo la dimisión del respetado director del banco estatal de desarrollo, Joaquim Levy, y filtraciones que avergonzaron al ministro de justicia, Sérgio Moro. “El gobierno es una fábrica de crisis”, dijo Rodrigo Maia, presidente de la cámara baja del Congreso.

La incertidumbre está frenando la economía. El PBI se contrajo un 0.2% en el primer trimestre, la primera vez que se ha reducido desde que terminó una severa recesión en 2016. Un desastre minero en enero y una recesión en la vecina Argentina fueron en parte culpables. Es probable que los economistas revisen a la baja su sombría predicción de que el crecimiento será inferior al 1% este año. Capital Economics, una consultora, llama a la década de 2010 una “década perdida” para Brasil.

A pesar del caos que rodea a la administración de Bolsonaro, han mejorado las opciones de que el Congreso reforme el sistema de pensiones, condición previa para resucitar la confianza de los inversores y, por lo tanto, el crecimiento. Las pensiones engullen el 44% del gasto federal, o el 8.5% del PBI. Los programas de pensiones de Brasil son sorprendentemente indulgentes. Permiten que los trabajadores se jubilen a mediados de los años cincuenta y permiten que las viudas y viudos reciban todos los beneficios de sus cónyuges, lo que alienta a los matrimonios de mayo a septiembre. Brasil dedica siete veces más a sus ciudadanos mayores que a programas para los más jóvenes, como la educación. El promedio regional es de cuatro.

Esto está perjudicando el crecimiento futuro de Brasil. Sin reforma, el gasto en pensiones se duplicará como proporción del PBI para 2060. La deuda pública ha pasado del 52% del PBI en 2013 al 78% ahora, y pronto superaría el 90%. La difícil situación de los gobiernos estatales y municipales es especialmente mala. Siete de los 27 estados dicen que no pueden pagar salarios.

El 23 de mayo, Bolsonaro propuso un “pacto de entendimiento” con los dirigentes de ambas Cámaras del Congreso y el presidente del Tribunal Supremo para cooperar en la reforma de las pensiones y otras medidas a favor del crecimiento. De hecho, ha cedido el control a la legislatura. El congresista a cargo del comité de la cámara baja que se ocupa de las pensiones recomendó cambios en el proyecto del gobierno el 13 de junio. Se espera que el comité vote su plan a finales de mes. Luego irá a la casa llena. Dado que la reforma requiere enmiendas a la constitución, tanto la cámara como el Senado deben aprobarla dos veces con mayorías de tres quintas partes.

La propuesta del Congreso ahorraría al gobierno federal unos 900,000 millones de reales ($230 mil millones) durante diez años elevando la edad de jubilación para la mayoría de los trabajadores, a 65 para los hombres y 62 para las mujeres, aumentando las contribuciones y cerrando lagunas. Es menos ambicioso que el plan de Guedes, que pretende salvar 1.2trn reales. Es más generoso con los pensionistas más pobres y antiguos y con los trabajadores rurales. Recorta la idea de cambiar gradualmente de un sistema de pago por uso a uno basado en cuentas de ahorro individuales. No incluye a los trabajadores gubernamentales de los estados y municipios. Guedes se quejó de que la comisión había “abortado” su reforma. Su plan exagera el dinero que ahorraría, dice.

Su veredicto puede ser excesivamente duro. La mayoría de los analistas piensan que el plan del Congreso ahorraría lo suficiente para tranquilizar a los inversionistas. “El día después de que pase la reforma de las pensiones será el comienzo de un nuevo Brasil”, dice Luiz Franco, de la Asociación Brasileña de Desarrolladores Inmobiliarios. “Todos tenemos un proyecto de 400 m o 500 m de reales sentado en un cajón esperando a que la economía repunte”, dice Carlos Jereissati, CEO de Iguatemi, una cadena de centros comerciales de lujo.

Por sí sola, la reforma de las pensiones puede no restaurar la salud de la economía. Aunque fomentar la inversión, también podría perjudicar el gasto de los consumidores, ya que los trabajadores tendrán que ahorrar más para la jubilación, dice Antonio Spilimbergo, del FMI. La economía italiana recibió un gran impacto porque promulgó una reforma de las pensiones sólo después de una larga espera y durante una recesión. Los recortes en otros gastos, necesarios para cumplir con una congelación de 20 años promulgada por el gobierno anterior de Brasil, están pesando sobre el crecimiento este año. Jereissati mantiene sus millones en el cajón hasta que ve un año de crecimiento del 2% o más.

Otra preocupación es que la disfunción en Brasilia impedirá otras reformas. Para privatizar las empresas estatales y reducir los aranceles de importación, el gobierno tendrá que luchar contra intereses especiales. Bolsonaro necesitará la cooperación del Congreso para renovar el sistema tributario y reducir la ley salarial del sector público. Una reforma de las pensiones “podría hacer que el partido comience”, dice Tony Volpon, economista de UBS, un banco. “Pero estamos a una tormenta de Twitter de todo esto que se va al infierno”. Lampadia




Una reforma política para atenuar los efectos del populismo político presidencial

Una reforma política para atenuar los efectos del populismo político presidencial

Jaime de Althaus
Para Lampadia

El Presidente Martín Vizcarra aprovechó el envío al Congreso de los proyectos de reforma política y los acuerdos logrados con las comunidades en el diálogo en Chalhuahuacho para pasar al contraataque: no solo retomó el evangelio de las grandes reformas institucionales, sino que sacudió al Congreso por demorarse en la aprobación de los proyectos de reforma del sistema judicial y fustigó a los malos empresarios y las grandes corporaciones que eluden el pago de impuestos y a los poderosos que se oponen a su lucha contra la corrupción y a sus reformas.

“Esta firme decisión de corregir y cambiar el sistema político, judicial y tributario, ha afectado grandes intereses y grupos de poder que han reaccionado atacando sistemáticamente al gobierno y a su presidente”, resumió. Acudió así al clásico mecanismo populista de inventar enemigos poderosos que lo atacan por defender los intereses del pueblo y del país.

Pero hay algo de desorbitado e impostado en esta retórica. Sería interesante saber cuáles son esas grandes empresas y corporaciones qué él imagina conjurándose para digitar ataques contra él. Pareciera estar siguiendo el guion de una obra que ya no tiene público, porque, en realidad, el también atacó al punto que el supuesto “enemigo” político fue descabezado, perdió la mayoría en el Congreso y luce ahora dividido y más bien proclive a los entendimientos. El mayor esfuerzo de construcción partidaria de la última década ha sucumbido ante una criminalización de la política que resultó cuando menos funcional al gobierno.

Y, lamentablemente, lo que sí podemos decir es que el presidente resultó el principal enemigo de sí mismo en su intención de mejorar la institucionalidad política del país. Vamos a terminar, como temíamos, sin bicameralidad y sin reelección de congresistas, la peor combinación posible. El presidente ha sacrificado la construcción de la institucionalidad política del país en aras de una popularidad efímera. Proponer la no reelección de los congresistas y oponerse luego a la bicameralidad con el argumento del contrabando que el Congreso había introducido, le valió subir a un pico extraordinario de aprobación popular, que le duró apenas tres o cuatros meses. Por esa gloria pasajera de unas cuantas semanas el país quedará condenado lustros o décadas a una institucionalidad política tullida.

El Congreso debería aprobarla

Salvo, por supuesto, que el Congreso reconozca su parte de culpa en este desenlace y tenga la entereza y la superioridad moral de aprobar la bicameralidad con el mismo argumento que el presidente debió usar para proponerla: que el voto por el No a la bicameralidad en el referéndum no fue contra la bicameralidad como tal, sino contra el supuesto contrabando que el Congreso había introducido. Fue eso lo que el presidente explicó para inducir a los ciudadanos a votar de esa manera.

Donde sí no habría argumento válido para contradecir el resultado del referéndum, es en el tema de la no reelección de congresistas. Sobre eso no se puede hacer nada por ahora, pero sí debería cuando menos aprobarse la posibilidad de la reelección inmediata de los alcaldes y gobernadores regionales. Es un derecho del pueblo que no puede ser recortado, y ya existía un consenso antes de todo esto para restablecerlo.

Ahora bien, hay que decir que, en este contexto, la comisión Tuesta hizo un trabajo meritorio para compensar y tratar de morigerar los efectos de esas amputaciones. Y el Ejecutivo ha recogido la mayor parte de ese trabajo.

Acabamos de ver que un congreso unicameral con mayoría opositora puede hacer muy difícil la gobernabilidad. Por lo tanto, la reforma política debe estar orientada a fortalecer al Ejecutivo y prevenir que algo así ocurra. La no reelección, por su parte, conspira contra la consolidación de los partidos y de una clase política experimentada. La reforma debe estar orientada entonces a crear la mayor cantidad de condicionamientos posibles para que los partidos funcionen realmente pese a esa limitación.

Fortalecimiento del Ejecutivo

Y podemos decir que las reformas propuestas cumplen esos cometidos. Esos son, en realidad, los dos objetivos principales de la reforma planteada. Es claro que ella busca fortalecer el Ejecutivo cuando propone:

  • Elegir al Congreso junto con segunda vuelta
  • Dos tercios del número legal de congresistas para la insistir en una ley observada por el presidente, lo que refuerza el veto presidencial
  • Eliminar la censura a los ministros. Sólo cabe la censura al gabinete, pero cuando se produce todos deben renunciar.
  • Eliminar la vacancia presidencial por incapacidad moral, que se presta a la arbitrariedad. Solo es posible por incapacidad física permanente.
  • Que cuando el presidente del congreso convoca a elecciones éstas sean para la presidencia de la república y también para el congreso de la republica

Fortalecimiento de los partidos

Y es claro también que la reforma busca que haya partidos reales, no cascarones, cuando propone:

  • Que la inscripción de un partido ya no se haga con firmas de adherentes sino presentando una lista de afiliados o militantes que sea como mínimo el 0.075% de los que sufragaron última elección. En el caso de los movimientos regionales el requisito es más exigente: 1%, lo que está bien.
  • Elecciones abiertas con participación obligatoria de todos los ciudadanos para elegir candidatos a elección popular, organizadas por la ONPE, a fin de reconectar a la ciudadanía con los partidos.
  • Que el candidato a la presidencia debe ser afiliado
  • Eliminar el voto preferencial, lo que suprime la lucha fratricida que dicho voto incentivaba
  • Obligar a una participación y presencia permanentes, pues se pierde la inscripción:
    • Al no presentar candidatos en 4/5 de los gobiernos regionales, ½ de los provinciales y 1/3 de los distritales
    • Al no alcanzar 5% de los votos (8% en caso de las organizaciones regionales)
    • Al no alcanzar 1.5% de los que sufragaron en la elección anterior en las elecciones internas (4% en organizaciones regionales)

Lo que sí parece ya una intromisión excesiva, es obligar a la paridad de género en los cargos de dirección del partido político.

Think Tanks partidarios X Impuestos

Una medida que no ha sido propuesta, pero resultaría decisiva para consolidar partidos con capacidad de propuesta, es la de “partidos X impuestos” o, más específicamente, “think tanks partidarios X impuestos”. Es decir, que las empresas puedan financiar, con parte de los impuestos que pagan, think tanks o centros de estudios en los partidos. Esto permitiría, de un lado, que los congresistas que ya no pueden reelegirse, puedan reciclarse en su periodo sabático en el centro de estudios del partido para estudiar la realidad y formular propuestas de política. Así la no reelección no elimina ni corta la carrera de los buenos cuadros.  Y, de otro lado, el partido adquiere capacidad de análisis y discusión de los problemas nacionales y de formulación de planes de gobierno, para que no llegue al poder a improvisar. Tendríamos partidos políticos serios, pensantes.

Por lo demás, tampoco tiene sentido prohibir que las empresas privadas formales aporten a los partidos –como lo hace el proyecto-, si es que este aporte es público y transparente. Eso no solo fortalecería aún más a los partidos, sino que contribuiría a que las empresas desarrollen su compromiso con el país. Lampadia




Una reforma a medias

Una reforma a medias

Jaime de Althaus
Para Lampadia

El Congreso aprobó por fin uno de los 6 proyectos de ley pendientes de la reforma del sistema judicial. Las razones de la preocupante demora son incomprensibles. Todos los proyectos han sido dictaminados hace más de dos meses por las comisiones de Justicia y Constitución, pero no se ponían al debate en el pleno. Según el presidente Daniel Salaverry, ello se debía a que los ponentes de ambas comisiones no estaban dispuestos para tal tarea, versión no desmentida hasta ahora. Pero por fin salió uno, la importante ley de creación de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, que supone la pronta aprobación de su ley gemela para el Ministerio Público.

La gran diferencia con relación a la Oficina del Control de la Magistratura (OCMA) vigente, es que la nueva Autoridad de Control tendrá más autonomía política, porque su jefe no será nombrado por la Corte Suprema sino por la Junta Nacional de Justica (JNJ) mediante concurso de méritos y por un periodo de 5 años no renovables, y solo puede ser destituido también por la propia JNJ. Es un avance importante.

Autonomía política sin autonomía económica

Lamentablemente esa autonomía política no viene acompañada de una autonomía económica y administrativa. La ley no dispone un pliego propio para la Autoridad ni tampoco un porcentaje del presupuesto del Poder Judicial. Se especifica, sí, que “El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a solicitud de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, prioriza la dotación de instalaciones especiales, presupuesto, personal especializado, sistemas informáticos, equipos multidisciplinarios y peritos con reconocida solvencia técnica y probidad en el ejercicio del cargo”. Pero esto es puramente declarativo. A la hora de los hechos, podría ocurrir con la nueva Autoridad lo mismo que ocurre con la OCMA, que carece de recursos y de buenas computadoras acaso porque al sistema no le conviene una autoridad de control fuerte.

Esto se hubiese resuelto si hubiese prosperado la modificación que introdujo el dictamen de la Comisión de Justicia, que adscribía la Autoridad (a la que llamaba Superintendencia) no al Poder Judicial sino a la propia Junta Nacional de Justicia. Lamentablemente esa propuesta no pudo prosperar porque se argumentó que implicaba una enmienda constitucional. Quizá sería bueno entonces plantear dicha reforma constitucional, para que la reforma traiga consigo un cambio real.

En lo administrativo la dependencia del Poder Judicial es absoluta. La Autoridad ni siquiera hará su propio reglamento de organización y funciones, sino que éste será elaborado y aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Solo jueces, aunque especializados en control

También se ha retrocedido en la propuesta de que los integrantes de la Autoridad pudieran no ser todos ellos jueces sino profesionales externos en alguna proporción. Ahora deben ser jueces, aunque jueces especializados en control, pues se crea “la especialidad de control disciplinario judicial”. Eso es mejor que lo actual, sin duda, porque reduce los conflictos de interés y las compadrerías que se presentan cuando un juez puede ir y venir de la judicatura al Control. La ley establece que los magistrados de la Autoridad Nacional de Control “son denominados jueces de control y se incorporan mediante concurso público de méritos conducido por la Junta Nacional de Justicia para prestar servicios en la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial”.

Ya no hay cuerpo policial

Otro retroceso, esta vez en relación al proyecto original de la comisión Wagner, es que se ha eliminado la disposición clave de que la Autoridad tuviera un cuerpo policial adscrito para investigar y develar casos de corrupción en las Cortes. La necesidad de este cuerpo era tanto más notoria luego de que el ex presidente de la Corte Suprema, Víctor Prado, confesara que había cuando menos 14 Cortes Superiores penetradas por el crimen organizado, lo que en realidad no era ninguna novedad. No se entiende por qué el Congreso retiró esta disposición. Debería ser repuesta en un nuevo proyecto de ley.

Tal parece que la concepción de control que ha primado es la de un control puramente disciplinario referido a faltas en el ejercicio de la función, y no a desarrollar mecanismos preventivos y correctivos de la corrupción propiamente dicha. De allí que no se haya admitido la posibilidad de funcionarios de fuera, sino que tengan que ser jueces, y que tampoco se haya incorporado la propuesta de un cuerpo policial.

Conclusión

Para que esta reforma no se diluya y adquiera toda la potencia de cambio que pudiera tener, debería quedar en la agenda legislativa pendiente la necesidad de darle a la Autoridad Nacional de Control tanto autonomía económica como capacidad de investigación de la corrupción existente en el cuerpo judicial. No vale tanto esfuerzo y tanta lucha política para terminar en una reforma a medias. Lampadia




Una reforma a medias

Una reforma a medias

Jaime de Althaus
Para Lampadia

El Congreso aprobó por fin uno de los 6 proyectos de ley pendientes de la reforma del sistema judicial. Las razones de la preocupante demora son incomprensibles. Todos los proyectos han sido dictaminados hace más de dos meses por las comisiones de Justicia y Constitución, pero no se ponían al debate en el pleno. Según el presidente Daniel Salaverry, ello se debía a que los ponentes de ambas comisiones no estaban dispuestos para tal tarea, versión no desmentida hasta ahora. Pero por fin salió uno, la importante ley de creación de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, que supone la pronta aprobación de su ley gemela para el Ministerio Público.

La gran diferencia con relación a la Oficina del Control de la Magistratura (OCMA) vigente, es que la nueva Autoridad de Control tendrá más autonomía política, porque su jefe no será nombrado por la Corte Suprema sino por la Junta Nacional de Justica (JNJ) mediante concurso de méritos y por un periodo de 5 años no renovables, y solo puede ser destituido también por la propia JNJ. Es un avance importante.

Autonomía política sin autonomía económica

Lamentablemente esa autonomía política no viene acompañada de una autonomía económica y administrativa. La ley no dispone un pliego propio para la Autoridad ni tampoco un porcentaje del presupuesto del Poder Judicial. Se especifica, sí, que “El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a solicitud de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, prioriza la dotación de instalaciones especiales, presupuesto, personal especializado, sistemas informáticos, equipos multidisciplinarios y peritos con reconocida solvencia técnica y probidad en el ejercicio del cargo”. Pero esto es puramente declarativo. A la hora de los hechos, podría ocurrir con la nueva Autoridad lo mismo que ocurre con la OCMA, que carece de recursos y de buenas computadoras acaso porque al sistema no le conviene una autoridad de control fuerte.

Esto se hubiese resuelto si hubiese prosperado la modificación que introdujo el dictamen de la Comisión de Justicia, que adscribía la Autoridad (a la que llamaba Superintendencia) no al Poder Judicial sino a la propia Junta Nacional de Justicia. Lamentablemente esa propuesta no pudo prosperar porque se argumentó que implicaba una enmienda constitucional. Quizá sería bueno entonces plantear dicha reforma constitucional, para que la reforma traiga consigo un cambio real.

En lo administrativo la dependencia del Poder Judicial es absoluta. La Autoridad ni siquiera hará su propio reglamento de organización y funciones, sino que éste será elaborado y aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Solo jueces, aunque especializados en control

También se ha retrocedido en la propuesta de que los integrantes de la Autoridad pudieran no ser todos ellos jueces sino profesionales externos en alguna proporción. Ahora deben ser jueces, aunque jueces especializados en control, pues se crea “la especialidad de control disciplinario judicial”. Eso es mejor que lo actual, sin duda, porque reduce los conflictos de interés y las compadrerías que se presentan cuando un juez puede ir y venir de la judicatura al Control. La ley establece que los magistrados de la Autoridad Nacional de Control “son denominados jueces de control y se incorporan mediante concurso público de méritos conducido por la Junta Nacional de Justicia para prestar servicios en la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial”.

Ya no hay cuerpo policial

Otro retroceso, esta vez en relación al proyecto original de la comisión Wagner, es que se ha eliminado la disposición clave de que la Autoridad tuviera un cuerpo policial adscrito para investigar y develar casos de corrupción en las Cortes. La necesidad de este cuerpo era tanto más notoria luego de que el ex presidente de la Corte Suprema, Víctor Prado, confesara que había cuando menos 14 Cortes Superiores penetradas por el crimen organizado, lo que en realidad no era ninguna novedad. No se entiende por qué el Congreso retiró esta disposición. Debería ser repuesta en un nuevo proyecto de ley.

Tal parece que la concepción de control que ha primado es la de un control puramente disciplinario referido a faltas en el ejercicio de la función, y no a desarrollar mecanismos preventivos y correctivos de la corrupción propiamente dicha. De allí que no se haya admitido la posibilidad de funcionarios de fuera, sino que tengan que ser jueces, y que tampoco se haya incorporado la propuesta de un cuerpo policial.

Conclusión

Para que esta reforma no se diluya y adquiera toda la potencia de cambio que pudiera tener, debería quedar en la agenda legislativa pendiente la necesidad de darle a la Autoridad Nacional de Control tanto autonomía económica como capacidad de investigación de la corrupción existente en el cuerpo judicial. No vale tanto esfuerzo y tanta lucha política para terminar en una reforma a medias. Lampadia




Los avances en la digitalización del Estado

Los avances en la digitalización del Estado

Jaime de Althaus
Para Lampadia

La digitalización del Estado es muy importante no solo para simplificarle la vida al ciudadano y a las empresas y ahorrarles mucho tiempo, sino para tener un Estado mucho más eficiente, reducir la corrupción e incluso facilitar la formalización de la economía y el trabajo. Un Estado digitalizado es un Estado al servicio del ciudadano. Cambiaría por completo la relación con las personas.

¿Estamos avanzando en ese camino? Resumiendo, a muy grandes rasgos, el plan de digitalización del Estado peruano tiene, nos dice Marushka Chocobar, Secretaria de Gobierno Digital, las siguientes etapas o metas:

  1. Funcionamiento pleno de la plataforma de interoperabilidad entre las entidades del Estado, para no pedirle al ciudadano, cuando este realiza un trámite, lo que el Estado ya tiene (DNI, antecedentes policiales, poderes, etc.). Tecnológicamente la plataforma ya está plenamente desarrollada y operativa, pero como veremos, todavía hay entidades que siguen exigiendo esos documentos al ciudadano.
  2. Digitalización de todo el trámite documentario al interior del Estado. Es decir “gestión sin papel”. Se espera que esto esté terminado a fines de este año en las entidades del Ejecutivo.
  3. Digitalización de los trámites que hagan los ciudadanos y empresas ante el Estado. Es decir, que puedan hacerlos todos o casi todos on line, no presencialmente. La meta es alcanzar este resultado el 2021. Para esto existe ya la plataforma gob.pe, que da orientación acerca de 600 trámites y permite realizar en este momento algunos trámites on line como sacar el duplicado del DNI, por ejemplo (pero hay que ir a recogerlo), obtener licencia de conducir, el pasaporte o las 121 tasas (70%) que ya se pueden pagar al Banco de la Nación por internet, a través de págalo.pe.
  4. Construcción de una identidad digital para los ciudadanos, con una credencial como el DNI electrónico o DNI móvil, una clave única para transaccionar digitalmente con el Estado, un domicilio digital único, una carpeta ciudadana que almacene todo lo que el ciudadano tiene con el Estado y certificados para autenticación y firma digital.
  5. Despliegue de una sólida arquitectura digital basada en un centro nacional de datos, conectividad a nivel nacional y un centro nacional de seguridad digital.

Hay plataforma de inter-operabilidad pero siguen pidiendo documentos

El decreto legislativo 1246, dado el 9 de octubre del 2016, dispuso que las entidades de la Administración Pública pongan a disposición de todas las demás, a través de la plataforma interoperabilidad, la información o bases de datos que posean respecto de los usuarios o administrados. A su vez, dispuso que las entidades de la Administración Pública están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios los siguientes documentos:

a) Copia del Documento Nacional de Identidad.

b) Copias de Partida de Nacimiento o de Bautizo cuando se presente el Documento Nacional de Identidad, excepto en los procedimientos donde resulte esencial acreditar la filiación y esta no pueda ser acreditada fehacientemente por otro medio.

c) Copias de Partida de Nacimiento o Certificado de Defunción emitidas en fecha reciente o dentro de un periodo máximo.

d) Legalización notarial de firmas, salvo que se exija por ley expresa.

e) Copia de la ficha RUC o certificado de información registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT.

f) Certificados o constancias de habilitación profesional o similares expedidos por los Colegios Profesionales, cuando dicha calidad pueda ser verificadas a través del respectivo portal institucional.

g) Cualquier otro requisito que acredite o proporcione información que conste en registros de libre acceso a través de internet u otro medio de comunicación pública.

En la actualidad todas las entidades del Estado tienen la obligación de conectarse a la plataforma de interoperabilidad para acceder gratuitamente a los documentos mencionados y otros a fin de mejorar el servicio a los ciudadanos. Pero ocurre que en muchas entidades se les sigue pidiendo a los usuarios la copia física de los documentos. Lo que pasa, explica Marushka Chocobar, es que, si bien todas las entidades tienen acceso digital a los documentos, muchas tienen pendiente la transformación de sus normas internas, que siguen exigiendo la entrega de copias. Los órganos de control, por ejemplo, aún mantienen la política del papel. En muchos casos el funcionario tiene habilitada su firma digital, pero si el procedimiento interno de la entidad dice “el formato debe estar debidamente firmado y sellado”, el funcionario no aceptará ni usará la firma digital o sí la usará, pero imprimirá el papel con la firma digital en la parte superior.

Hay resistencias naturales a un cambio que deja sin razón de ser procedimientos y funciones en las entidades. Lo que debe primar es “el enfoque al ciudadano”, nos dice Chocobar. Tecnológicamente la plataforma de interoperabilidad está plenamente operativa, pero el cambio cultural, de servicio al ciudadano, no se ha producido aun plenamente.  

No obstante, la plataforma avanza. En la actualidad 300 entidades consumen 414 servicios web (los servicios son precisamente los datos tales como DNI, RUC, antecedentes, consultas de placas vehiculares, tasas de interés legal, tipo de cambio contable, grados y títulos de Sunedu, vigencia de poderes y representantes legales, récord del conductor, proveedores de Kali Warma, SBN, zarpe y arribo de buques, ejecución presupuestal por sectores, etc.). Son 414 ítems compartidos. 90 entidades publican sus servicios. 

Lo que todavía no se ha dado es la interoperabilidad entre las entidades públicas y privadas. Es el siguiente paso. Tecnológicamente ya es posible, pero la Secretaría de Gobierno digital está investigando aun cómo normar lo relativo a seguridad de datos y otros temas.

Del gobierno electrónico al gobierno digital: el ciudadano

Pero estos avances tecnológicos no han producido aun un cambio cualitativo ni dentro del Estado ni en la relación de éste con la sociedad, porque, en realidad, el cambio no es solo tecnológico. Es, como decíamos, cultural. Chocobar explica el cambio como el tránsito del gobierno electrónico al gobierno digital. En el gobierno electrónico manda la tecnología pura: lo importante es el hardware y el software, quien dirige los cambios es el gerente de tecnología o informática y los problemas son tecnológicos. Pero no se piensa en los cambios tecnológicos desde el punto de vista de los usuarios, de los funcionarios mismos o de los ciudadanos, ni tampoco de la medida en que ayuden a conseguir los objetivos y metas de la institución. El gobierno digital, en cambio, subordina los cambios tecnológicos a los objetivos estratégicos de la institución y los valida preguntando a los ciudadanos con entrevistas en profundidad, realizadas por antropólogos o sociólogos, para extraer de ellas aquello que realmente quiere y necesita el usuario y eso convertirlo en un procedimiento digital.

¿“Gestión sin papel” a fines de año?

Esto es particularmente importante para las etapas dos y tres que reseñábamos al principio. Según Chocobar, las soluciones tecnológicas de gestión documental y mesa de partes digital, necesarias para digitalizar todo el trámite documentario interno del Estado y pasar a una “gestión sin papel”, está también 100% lista. El problema, nuevamente, no es tecnológico. Este año se ha iniciado el despliegue de dicha plataforma y la revisión intensa de los procedimientos con los líderes digitales de las entidades, pero para cumplir la meta de “gestión cero papeles” dentro del Ejecutivo a fin de año se necesita, además:

  1. Reenfoque del Plan Estratégico de la Entidad hacia una organización sin papel
  2. Replanteamiento del 100% de los procedimientos, directivas, políticas internas para que contemplen lo digital desde el diseño
  3. Empoderamiento del funcionario público con clave única y certificados digitales
  4. Compromiso de la alta dirección (que ponga el deadline para el apagón de papel)
  5. Que entidades públicas clave como la Contraloría, Defensoría del Pueblo y el Congreso, entre otras, dejen de solicitar documentos físicos a los funcionarios y acepten en su lugar documentos digitales, lo que no ocurre en la actualidad.

¿Cómo lograr que se cumplan esos puntos en los próximos meses? Para ello el gobierno ha empoderado a la Secretaría de Gobierno Digital y ha creado el Comité de Alto Nivel por un Perú Digital.[1] Ya en mayo del 2018 la PCM había dispuesto que todas las entidades del sector público deban crear un Comité de Gobierno Digital, que debe elaborar un plan de gobierno digital y ejecutarlo. Allí también se dispone que cada entidad debe nombrar un líder digital. Y en diciembre la Secretaría de Gobierno Digital aprobó los lineamientos para el líder del gobierno digital y para la formulación del plan de gobierno digital.

El 80% de los procesos públicos clave se concentra en 94 entidades, entre ellas el Poder Judicial, el Ministerio de Salud, Essalud, Reniec, Sunat, otros ministerios y programas sociales. En la actualidad 62 entidades públicas de esas 94 cuentan ya con líder digital y con el Comité de Gobierno Digital.

El líder digital del ministerio de Salud, por ejemplo, es Vlado Castañeda, ex secretario de coordinación de PCM. El ministerio dispone de 100 millones de dólares para construir para la historia clínica digital de todos los usuarios de la atención primaria y otros procesos. Todos los médicos deben tener firma digital. 

Mariano Cucho –otro ejemplo-, el gerente general del Poder Judicial, es el líder digital de esa institución. El Comité de Gobierno Digital se acaba de formar. Su gran tarea será sacar adelante el expediente digital, en el que hasta ahora se ha avanzado muy poco.

El líder digital

Chocobar nos explica que el líder digital debe ser un miembro de la alta dirección (el secretario general, el viceministro o el jefe del gabinete de asesores). No tiene que saber de tecnología necesariamente, pero si cómo ella impacta en la institución y cómo debe estar orientada al ciudadano. El líder digital pone la tecnología al servicio de la visión estratégica de la entidad. En el Comité de Gobierno Digital participan el jefe del pliego, el líder digital, el gerente de tecnología o informática, el oficial de seguridad digital, el gerente de recursos humanos y el de atención al ciudadano (trámite documentario).

Digitalización de los trámites de los usuarios

Ahora bien, en el caso de los trámites que realizan los usuarios ante el Estado, que deben estar completamente digitalizados al 2021 –es decir, la tercera meta-, es evidente que el avance en la digitalización de los procesos públicos exige también un avance en el Análisis de Calidad Regulatoria (ACR) de los trámites de las instituciones públicas que lleva a cabo la Secretaría de Gestión Pública (SGP), que eliminan o simplifican procedimientos si es que estos no se justifican o agregan más costos que los beneficios que traen.

Lo que se digitalizará inicialmente serán los procedimientos de mayor impacto en la vida de los ciudadanos simplificados y debidamente testeados con los usuarios por medio de una metodología de entrevistas en profundidad. Estamos hablando de un nuevo Estado que opera desde la lógica del usuario, al servicio del ciudadano, algo que no ha existido. Es un proceso de transformación estatal que va mucho más allá de lo tecnológico, y que requiere liderazgo político.

De hecho, la Secretaría de Gobierno Digital está coordinando ya con la Secretaría de Gestión Pública –la encargada de la simplificación administrativa y regulatoria- para empezar a digitalizar luego de que la SGP haya revisado y simplificado los procesos de los servicios públicos vinculados a los principales eventos de vida de los ciudadanos: nacimiento, matrimonio, defunción, inscripción en Sunarp, licencia funcionamiento. Se trata de digitalizar los 24 servicios públicos que impactan en la vida de los ciudadanos, y que constituyen el 80% de los servicios que necesitan. Se comenzaría con los trámites posteriores al fallecimiento de un familiar.

Habría que seguir más de cerca la coordinación entre la Secretaría de Gobierno Digital y la Secretaría de Gestión Pública. Al fin y al cabo, el gobierno digital supone la simplificación administrativa. En Estonia y Uruguay, por ejemplo, ambas funciones están integradas en una sola oficina.[2]

La Secretaría de Gobierno Digital también coordina con la Secretaría de Integridad Pública a fin de trabajar plataformas útiles para prevenir la corrupción, tales como la plataforma de declaración jurada de intereses, como veremos

Fuera de lo anterior, un hito fundamental será la masificación de los comprobantes de pago electrónicos que, junto con la simplificación de los regímenes tributarios en uno solo gradual y progresivo, permitiría reformas sociales profundas tales como la de la salud y la pensionaria desde el momento en que cada persona pueda destinar parte del IGV que paga cuando compra algo a su cuenta individual de pensiones o al seguro de salud, haciendo posible que la capa básica de aseguramiento universal sea pagada con la tributación general, facilitando a su vez la formalización de la economía y el trabajo. 

Certificado digital y firma digital

Ben Schneider, presidente de Indra, sin embargo, advierte que “para hacer transacciones operativas virtuales con el Estado se requiere que cada ciudadano tenga un certificado digital y firma digital en línea y que las entidades del gobierno tengan procesos en línea, y eso no existe todavía en el Perú. Dependerá de que RENIEC cuente con el presupuesto para en un par de años lograr empoderar digitalmente a la ciudadanía”.

Según Marushka Chocobar, en esa dirección vamos, pero “el ciudadano no necesitará autenticarse ni firmar digitalmente para todos los servicios públicos, sino solo los que requieran mayor seguridad digital”. Por ejemplo ya es posible sacar en un cajero PVM de Reniec la partida de nacimiento y de matrimonio, pero pagar impuestos, tramitar poderes, antecedentes penales, sacar una copia literal en la Sunarp, pasaporte, etc., sí requerirán una credencial de identidad digital segura. Es decir, no todos los trámites ante el Estado necesitarán certificados de autenticación y firma digital. Sólo aquellos que requieren efectivamente un nivel de seguridad en lo relativo a la autenticidad de la identificación del usuario y la protección de sus datos personales.

Chocobar agrega que para que todos los ciudadanos puedan tener certificados de autenticación y firma digital, se requiere masificar el DNI electrónico, que contiene el certificado digital, que es el código único o clave de cada persona que le sirve para identificarse. Para ello pronto será posible que cada ciudadano tenga su DNI digital en su celular. En octubre se lanza el piloto y el despliegue total se haría los años 2019 y 2020. El ciudadano ya no tendrá que sacar el DNI físico. Le bastará ir al RENIEC con su celular para que le instalen los certificados y listo. En adelante se identificará con su celular.

Fuera de eso, se ha avanzado llevando a cabo una primera prueba piloto para la certificación y la firma digital con los 11 mil funcionarios que deben presentar declaración de intereses: debían logearse con DNI electrónico (código único), luego llenar el formulario de declaración de intereses y finalmente firmar digitalmente.  Un segundo piloto ha sido poder logearse en págalo.pe con la clave del DNI electrónico (que entraña un nivel de seguridad superior al logeo con correo electrónico o con token). Y el tercer piloto es el que se llevará a cabo este año con la Sunat de modo que los que emiten recibo por honorarios electrónicos puedan logearse no con la Clave Sol sino precisamente con la clave del DNI electrónico, lo que, de paso, implica que no es necesario poner ningún dato porque el Reniec los pone todos. 

Data center y carpeta ciudadana

En la actualidad las entidades públicas más grandes tienen un data center propio. La plataforma de interoperabilidad sirve para compartir la información relevante de cada entidad con las demás, pero no almacena ni centraliza datos.

Chocobar nos explica que se requiere entonces un data center “central” porque la data del Estado debe estar concentrada para desplegar análisis de datos, tomar decisiones oportunamente y generar ahorros para el Estado, orden y transparencia.

Pero hay dos opciones: o un data center físico único, que implica la desaparición de los data centers de las entidades, o la nube, donde las entidades mantienen sus data centers pero el Estado centraliza la información en la nube. La primera opción es más cara, ofrece almacenamiento limitado a la capacidad del hardware, pero ofrece control total de las políticas de acceso y control de la data para procesos complejos. La segunda opción es más barata y ofrece almacenamiento ilimitado, pero no se tiene control sobre las políticas de acceso y tampoco control total sobre la data o sobre los procesos.[3] En mayo se tomará la decisión, luego de las recomendaciones de un estudio. Un data center físico costaría 100 millones de dólares, que no están presupuestados.

Otro producto inminente es la llamada “carpeta ciudadana”, que integrará todos los datos personales de los ciudadanos, su historia clínica, las transacciones que han realizado con entidades del Estado, propiedades, si se ha sido o se es funcionario público, etc.  La Secretaría de Gobierno Digital dispone de 20 millones de dólares del BID para este fin.

Conclusión

La digitalización del Estado requiere de un fuerte liderazgo político al más alto nivel, y de una entidad empoderada. Según Marushka Chocobar, el presidente está comprometido con el proceso y el gobierno ha empoderado a la Secretaría de Gobierno Digital dándole facultades especiales, y está impulsando la creación, en las entidades públicas, de comités de gobierno digital y el nombramiento de líderes digitales capaces de pensar el proceso desde la perspectiva del ciudadano y de los objetivos institucionales. Si se mantiene el empuje, es posible que este año se concluya con la digitalización completa del trámite documentario interno en el Estado y que para el 2021 ocurra lo propio con los trámites de los usuarios. Ello implica masificar el DNI electrónico, que será posible tenerlo en los celulares, y una coordinación estrecha con la Secretaría de Gestión Pública que es la encargada de la simplificación administrativa. El proceso implica un cambio revolucionario en las relaciones entre Estado y ciudadanos, porque supone ordenar los trámites y servicios del Estado en función de las necesidades y experiencias del ciudadano, ahorrándole tiempo y gastos y facilitando su formalización, y permitirá reducir dramáticamente espacios de corrupción. Constituirá una verdadera reforma del Estado. Lampadia

 

[1] La ley de Gobierno Digital (DL1412 del 12 de setiembre del 2018) empoderó a la Secretaría de Gobierno Digital. Luego el DS118-2018-PCM crea el Comité de Alto Nivel por un Perú Digital, Innovador y Competitivo, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene por objeto la coordinación multisectorial para consolidar el gobierno digital, la innovación y la economía digital. Lo integran el/a titular de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante, quien la preside, el/a Secretario/a de Gobierno Digital, quien cumple el rol de Secretaría Técnica, un representante del Despacho Presidencial, el/a titular del Ministerio de Economía y Finanzas o su representante, el/a titular del Ministerio de Educación o su representante, el/a titular del Ministerio de la Producción o su representante y el/a titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o su representante.

[2] Ver “Fin del trámite eterno: ciudadanos, burocracia y gobierno digital” / Benjamin Roseth, Angela Reyes, Carlos Santiso, editores, BID 2018 (http://www.mbc.org.br/portal/wp-content/uploads/2018/06/El-fin-del-tramite-eterno-ciudadanos-burocracia-y-gobierno-digital.pdf)

[3] Ver el resumen ejecutivo del proyecto con el BID “Mejoramiento y ampliación de los servicios de soporte para la provisión de los servicios a los ciudadanos y a las empresas a nivel nacional”




La reforma perpetua y el sistema de administración de justicia

Natale Amprimo y Delia Muñoz
Para Lampadia

Hemos vivido un proceso de reforma constitucional sujeto a mandato imperativo y plazo determinado que, entre otras cosas, no permitió la adecuada discusión de los diversos aspectos que una reforma constitucional sobre el sistema de justicia debería implicar.

Así, existen muchos temas, tanto o mas importantes, que han quedado en el tintero y que hoy, en momentos que se elaboran las leyes de desarrollo constitucional, surgen preguntas respecto de temas importantes no contemplados en las normas aprobadas.  Una vez más, esperemos que la prisa no impida el debate apropiado que se precisa, porque no se pueden seguir repitiendo errores en aras de querer transmitir una falsa impresión de avance.

Los modelos constitucionales de selección de jueces y las crisis de corrupción de los últimos cuarenta años

En nuestro país, en forma cíclica, se discute la reforma del sistema jurisdiccional de administración de justicia, que tiene a su cargo el Poder Judicial. Por ello, antes de ingresar a comentar la actual reforma, creemos pertinente recordar los dos últimos modelos constitucionales de selección, nombramiento y sanción de jueces; ello por cuanto llegado a la conclusión que con la reforma en marcha solo estamos haciendo un update de los modelos ya utilizados, pero, claro está, no estamos proponiendo innovación.

En la Constitución de 1979[1],tuvimos un modelo mixto que conjugaba lo político con lo técnico. En efecto, se diseñó un Consejo Nacional de la Magistratura, con rango constitucional y amplia independencia, que tenía por función principal la de alcanzar las propuestas para el nombramiento de los magistrados para la Corte Suprema y de las Cortes Superiores.

El Presidente de la República era el encargado del nombramiento de los Magistrados a propuesta del Consejo de la Magistratura; sin embargo, en el caso de los Magistrados de la Corte Suprema, el nombramiento debía ser ratificado por el Senado. Había, en consecuencia, un proceso de selección, donde la negociación política resultaba inevitable.

Como es por todos conocido, en los años siguientes se vivió todo un proceso de criticas del funcionamiento del sistema judicial, donde se alegaba no sólo corrupción sino también injerencia política, generando gran desazón en la ciudadanía.

Luego vino el periodo de quiebre constitucional del año 1992, en el cual fueron cesados centenares de magistrados y fiscales de todos los niveles del sistema judicial, mediante la dación de Decretos Leyes. Evidentemente, tales ceses fueron declarados no solo inconstitucionales sino anti convencionales, tanto por jueces peruanos como por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por lo que, posteriormente, se tuvo que permitir el retorno de los afectados a la magistratura, al considerarse que habían sido separados en forma arbitraria.

En dicho contexto, mención especial merece el Decreto Ley 25446, que dispuso la conformación de una Comisión Evaluadora, que, en un plazo de noventa días, debía investigar la conducta funcional de todos los Magistrados de la República, ya fuere Juez Supremo o de Paz Letrado; también se le dieron facultades para que pueda obtener información que revele un desbalance patrimonial de los jueces, sus cónyuges y, de ser el caso, hasta sus parientes.

Es decir, la revisión de la conducta funcional y la aplicación de sanciones, en un contexto de lucha contra la corrupción, no es nueva, pero hay que tenerla en consideración para que la ejecución de la tarea de control posterior no resulte violadora de derechos, que luego invaliden las decisiones y acciones que se puedan implementar.

La Constitución Política de 1993, tomando modelos existentes, sobre todo en Europa, nos trajo un renovado Consejo Nacional de la Magistratura, donde los integrantes que conforman el pleno, son elegidos por los propios organismos, colegios o entidades representadas, con una ausencia total de control político sobre el mecanismo de designación por parte de los Consejeros.

En este esquema, se permite el acceso de personas ajenas al funcionamiento de un sistema de justicia, a que participen del poderoso mecanismo constitucional creado, que le confiere a una sola entidad: la selección, el nombramiento, la ratificación cada siete años y la sanción de jueces o fiscales.  El Consejo Nacional de la Magistratura[2] estuvo integrado por representantes de la Corte Suprema, la Junta de Fiscales Supremos, los rectores de las universidades nacionales y particulares y, los Colegios Profesionales.

Los hechos ocurridos nos mostraron que este sistema abierto del organismo de selección de Magistrados no funciona y permitió acumular un poder excesivo a los integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura, facilitando el acceso de mecanismos de corrupción en todo nivel del sistema de justicia.

Este recuento, nos hace ver que los sistemas de elección de Magistrados aplicados en los últimos 40 años y, hasta el actual inclusive, no son sino un dar vueltas en círculo, donde las decisiones se toman por reacción ante el destape de la corrupción.  No se evalúa la realidad, de forma que se modele un sistema acorde a las necesidades y retos, que una sociedad en crecimiento como la nuestra plantea.

¿Qué estamos haciendo? ¿Hacia donde vamos? Comentarios y propuestas

Hoy en día, hemos tenido un proceso de reforma constitucional revestido con una peculiar característica: la ausencia de debate sobre los planteamientos y, por ende, la desinformación sobre lo que se estaba decidiendo y la falta de una propuesta técnica sobre lo que se necesita para atacar una enfermedad grave. ¿Que puede salir de este proceso? Muchas normas y buenos discursos, pero ninguna reforma seria e innovadora para contar con un sistema de resolución de conflictos, que vaya de la mano con la tecnología y un perfil adecuado de magistrados, pues, lamentablemente, los mejores abogados que egresan de nuestras universidades no desean acercarse a la carrera judicial.

La reforma aprobada, no trae mayores novedades, volvemos a la conformación de un órgano colegiado denominado Junta Nacional de Justicia que asume todas las funciones del ex Consejo Nacional de la Magistratura. Se mantiene el diseño de conferir todos los poderes en las mas diversas fases de la vida profesional de una Magistrado a una sola entidad y se insiste en la dañina ratificación de magistrados, cuna de la argolla, el compadrazgo y la collera.

Desde nuestro punto de vista, la ratificación del Magistrado cada siete años (además de la evaluación parcial de desempeño cada tres años y seis meses), constituye una seria afectación a la independencia del juez o fiscal. Es, en el mejor de los casos, un debilitamiento a su autoridad (pues, pues pasará por ese callejón oscuro inevitablemente, por lo que hay de él si falló en contra de algún poderoso) y, en otros casos, funcionará como un incentivo a la mediocridad e, inclusive, a la corrupción.

Consideramos que la evaluación del desempeño de un juez o fiscal debe ser realizada por los órganos competentes cuando existen quejas razonadas y fundamentadas, cuidando eso sí que el cuestionamiento no obedezca a los criterios utilizados para aplicar el derecho.

El nombramiento y permanencia de un juez o fiscal en el cargo debe estar garantizado; eso es lo que asegura su independencia. Obviamente, ello no es incompatible con un correcto sistema de análisis de quejas y denuncias, en caso de que se produzca una inconducta.

La atolondrada reforma judicial también generó que no se aborden importantes aspectos como son, por ejemplo, el crear una carrera judicial con una sola vía de acceso a través de la Academia de la Magistratura y, en consecuencia, la generación de incentivos para hacer de la carrera judicial un proyecto de vida viable y deseable.

Los egresados de la Academia de la Magistratura deberían estar aptos para postular a las vacantes que se vayan produciendo a nivel de jueces de paz y de primera instancia, y de ahí ir escalando según las vacantes que se vayan produciendo, vía concurso, como ocurre, por ejemplo, con los egresados de la Academia Diplomática.

Otro tema a discutir es, sin duda, cómo atraer a los mejores alumnos a la magistratura. Por qué no plantear convenios para que, aquellos que estén en el décimo superior, hagan sus prácticas en el Poder Judicial o Ministerio Público, y puedan ser atraídos con algún beneficio (se nos ocurre el ofrece becas en el exterior para aquellos alumnos de excelencia que se decidan por la magistratura, y elijan continuar su formación en la Academia de la Magistratura).

Para concluir, la reforma no sólo precisa de cambios de nombres y personas en el Poder Judicial y en el Ministerio Público, amén de nuevos miembros del Consejo Nacional de Justicia; lo que se precisa es un nuevo marco normativo, que agilice procesos y que establezcan el uso apropiado de la tecnología; y, sobretodo, mecanismos para solucionar las diferencias de manera directa, donde las partes sean los protagonistas de la decisión.

Hoy todo el esquema esbozado como “reforma”, no trae mayor novedad, por ello tampoco nos confiere demasiado entusiasmo. De verdad, esperamos estar equivocados. Lampadia

[1] DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

“Artículo 245.­- El Presidente de la República nombra a los Magistrados, a propuesta del Consejo Nacional de la Magistratura.
El Senado ratifica los nombramientos de los Magistrados de la Corte Suprema.

Artículo 246.­- El Consejo Nacional de la Magistratura están integrado en la siguiente forma:
El Fiscal de la Nación que lo preside.
Dos Representantes de la Corte Suprema.
Un Representante de la Federación Nacional del Colegio de Abogados del Peru.
Un Representante del Colegio de Abogados de Lima. Y
Dos Representantes de las Facultades de Derecho de la República.
Los Miembros del Consejo son elegidos cada tres años. No están sujetos a mandato imperativo. Son remunerados con dietas que se fijan en el Presupuesto General de la República.
La ley establece la organización y el funcionamiento del Consejo. Este se reúne cada vez que es necesario”.

[2] Artículo 150.- Consejo Nacional de la Magistratura

El Consejo Nacional de la Magistratura se encarga de la selección y el nombramiento de los jueces y fiscales, salvo cuando éstos provengan de elección popular.

Artículo 154.- Atribuciones del Consejo Nacional de la Magistratura

Son funciones del Consejo Nacional de la Magistratura:

1. Nombrar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los jueces y fiscales de todos los niveles. Dichos nombramientos requieren el voto conforme de los dos tercios del número legal de sus miembros.
2. Ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años. Los no ratificados no pueden reingresar al Poder Judicial ni al Ministerio Público. El proceso de ratificación es independiente de las medidas disciplinarias.
3. Aplicar la sanción de destitución a los Vocales de la Corte Suprema y Fiscales Supremos y, a solicitud de la Corte Suprema o de la Junta de Fiscales Supremos, respectivamente, a los jueces y fiscales de todas las instancias. La resolución final, motivada y con previa audiencia del interesado, es inimpugnable.




Quitándole 26 millones de soles a la educación nacional

El pasado 30 de noviembre, el MINEDU otorgó la buena pro a la empresa de telecomunicaciones Viettel en una licitación correspondiente a la renovación del “Servicio de Conectividad para Instituciones Educativas a Nivel Nacional”, la cual involucra 1,837 colegios por un monto de S/.90 millones.

Al respecto, recientes comunicados señalan que otra empresa postora en la licitación y que además venía realizando el servicio en mención hasta la fecha, Telefónica, había sido declarada, en un primer momento, como ganadora de la licitación por haber ofrecido S/.26 millones menos que la oferta competidora, pero que, por no cumplir (supuestamente) con un requisito relacionado a la experiencia de su personal, fue descalificada del proceso.

Este requisito consistía en acreditar la experiencia exigida de dos años como mínimo del Jefe de Proyecto propuesto.

Lo grave del asunto es que Telefónica sí había demostrado durante el proceso, con documentación en mano, que su Jefe de Proyecto tenía más de dos años de experiencia laboral en la gestión de servicios de telecomunicaciones y conectividad, además de que venía laborando en su organización desde el 2006.

Aún con ello, el Comité de Selección determinó que la constancia de Telefónica “carece de las precisiones necesarias” y por tanto, correspondía su descalificación. Con lo cual, dicho Comité, indirectamente, redujo el Presupuesto del Ministerio de Educación en S/.26 millones, a través de una decisión discrecional que, como ha indicado el portal Lucidez, estaría yendo en contra del “Principio de Eficacia y Eficiencia” de la Ley de Contrataciones del Estado

¿Cuáles son las implicancias para el Estado Peruano si se llegara a esclarecer un acto de corrupción en este proceso de licitación?

Por un lado, mellaría la imagen del Gobierno y el MINEDU perdería mucha más legitimidad de la que ya ha perdido-como se dio en su momento por el caso de las compras irregulares de computadoras durante la gestión de Saavedra- dado que se tratan de fondos de un sector, que está caracterizado por grandes brechas sobre todo en infraestructura y en calidad de la enseñanza. Estos S/.26 millones de soles podrían ser direccionados a la construcción de decenas de colegios o para hacer mantenimiento a los que actualmente existen, pero que a duras penas pueden operar, posibilitando el progreso de nuestros compatriotas más humildes y sus familias.

Por otra parte, dicho suceso pondría de relieve una vez más la fragilidad institucional de nuestro sistema de contratación pública, el cual hace varios años pide a gritos una reforma integral que lidie con la gran cantidad de sobornos que se dan actualmente en los procesos de licitación. Como es de conocimiento, nuestro sistema de contratación adolece de una falta de transparencia durante todo el ciclo de vida de los proyectos, desde la fase de publicación de las bases hasta la adjudicación u otorgamiento de la buena pro. Esto genera una falta de competencia, traducida en menor número de postores por concurso y por ende, una menor eficiencia, reflejada en precios menos competitivos, como es en el presente caso.

Sin embargo, en este caso particular no podemos esperar sentados a que se haga una reforma para darle solución a un problema de presunta corruptela, por lo que instamos a la Contraloría General de la República, el Ministerio Público y todas las Entidades del Estado a quienes les compete investigar y detener corruptelas si así lo fuera para este caso. No podemos tolerar más escándalos de corrupción, como los que ya han acontecido en el transcurso del año, y menos en uno de los sectores que promueven la movilidad social a lo largo del territorio nacional. Lampadia

Ver líneas abajo más detalle sobre el proceso de licitación involucrado:

ESTADO PERUANO PERDERÍA 26 MILLONES DE SOLES POR ARBITRARIO MANEJO DE CONTRATACIONES EN SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DEL MINEDU

  • Comité de Selección del Concurso Público N° 004-2018-MINEDU/UE026 ha tenido un trato desigual con las empresas postoras, cuya consecuencia será un innecesario gasto millonario del Ministerio de Educación.
  • La mejor alternativa para revertir esta situación y que se haga un eficiente uso de los recursos del Estado es declarar la nulidad de oficio del Concurso y que se convoque a una nueva licitación en condiciones iguales para los postores.

En abril del 2018, el Ministerio de Educación (MINEDU) lanzó un Concurso Público N° 004-2018-MINEDU/UE026 para renovar el “Servicio de Conectividad para instituciones Educativas a Nivel Nacional” (1,837 colegios) por un monto base S/. 104 MM, servicio del cual Telefónica es proveedor actual.

En la licitación Telefónica presentó una oferta por S/. 64 MM y Viettel por S/. 90 MM. El 30 de noviembre de 2018 se llevó a cabo el acto de Evaluación, Calificación de las Ofertas y Otorgamiento de la Buena Pro y, tras la evaluación de las ofertas admitidas, Telefónica obtuvo el primer puesto por haber presentado la mejor propuesta económica. Como se podrá advertir, la diferencia entre ambas propuestas es de alrededor de S/. 26 MM.

Sin embargo, en la calificación, de manera sorpresiva e incluso cuestionable, el Comité de Selección decidió descalificar la propuesta de Telefónica. El argumento de esta descalificación fue por no acreditar la experiencia exigida de dos años como mínimo del Jefe de Proyecto propuesto. En estricto, el Comité indicó que no se señalaba con claridad el período efectivo en la función de Jefe de Proyecto y que no se podía hacer una conexión de sus años de experiencia con la actividad solicitada en las bases, la de gestión de servicios de telecomunicaciones y conectividad.

Sin embargo, la constancia de trabajo presentada con la oferta de Telefónica precisaba que el Jefe de Proyecto propuesto, labora en el Grupo Telefónica desde el 1 de mayo de 2006 hasta la fecha, cumpliendo, entre otras funciones, las de Jefe de Proyectos y teniendo más de 12 años de experiencia en la gestión de servicios de telecomunicaciones y conectividad.

En ese sentido, es falso que no se lograra acreditar la experiencia requerida del personal propuesto. En este punto resulta cuestionable el trato desigual dado que el referido Comité no realizó las mismas observaciones a la constancia de Viettel, quienes presentaron un documento similar al presentado por Telefónica.

Lo que más llama la atención es que se observe la experiencia del Jefe de Proyectos cuando él ha sido el Jefe de Proyecto a cargo de la etapa de implementación, por el mismo servicio, en el Concurso Público anterior del MINEDU.

Constancia presentada por Telefónica:

Constancia presentada por Viettel:

Las decisiones y sus respectivos argumentos que ha tomado el Comité de Selección afectará de forma considerable el presupuesto del Estado yendo en contra del “Principio de Eficacia y Eficiencia” de la Ley de Contrataciones del Estado. En una clara interpretación arbitraria de la norma, el Comité ha determinado que la constancia de Telefónica carece de las precisiones necesarias, por lo que opta por descalificar su propuesta y otorgar la Buena Pro a un postor cuya oferta es de más de S/. 26 MM más elevada. ¿Justifica esta decisión dilapidar 26 millones de soles de todos los peruanos?

Se debe respetar y promover la libre competencia, sobre todo cuando se tratan de servicios que van a favor de todos los peruanos. En ese sentido, urge exhortar a la SUNEDU, la OSCE y la Contraloría de la República, y a otras instituciones del Gobierno, a velar por la transparencia en la gestión de las compras y licitaciones del estado, sobre todo en asuntos que atañen a servicios de educación.




Una reforma hacia sistemas individuales de capitalización

Mientras el mundo real produce cambios que inviabilizan los sistemas de pensiones de reparto y piden más años de aportes pensionarios, dado el aumento de la esperanza de vida, nuestros políticos siguen organizando falsos regalitos populacheros como jubilaciones a menores edades.

Esperamos que las reflexiones siguientes les ayuden a reflexionar, o por lo menos a darles vergüenza cuando hacen propuestas contraproducentes. 

El envejecimiento de la población y la baja tasa de natalidad causarán problemas en el sistema de pensiones de jubilación. El desafío principal es que las personas viven más tiempo y, mientras que es un gran logro que el Perú tenga una mejor expectativa de vida, podría generar una situación inviable para los sistemas de jubilación de reparto en el país, ONP y Pensión 65.

¿Cuál es el problema a nivel global? Si bien la dramática expansión de las expectativas de vida es uno de los logros de la humanidad, lo que una vez fue solo una década de subsistencia en los planes de ahorro y pensión, a menudo se ha convertido en dos o más décadas. Al mismo tiempo, el número de trabajadores jóvenes que los reemplazaron se ha reducido, poniendo en duda el sostenimiento de los modelos de los sistemas de pensiones de reparto.

Rafael Puyol, el Director del Observatorio de Demografía del Instituto de Empresa Business School, realizó una presentación titulada El envejecimiento de la población y el futuro de las pensiones, en un evento organizado por la Asociación de AFP y la Universidad Privada de Ciencias Aplicadas.

En el evento, el experto explicó que el bono demográfico se inicia en América Latina en la década del 70 y prevé que puede durar 50 años, lo que significa que ya se estaría acabando en aproximadamente una década. Por lo tanto, el sistema de jubilación de reparto (establecido en Alemania en el siglo XIX por Otto von Bismarck) ya no es viable porque fue pensado para una población cuyas expectativas de vida activa no superaban los 40 años y debían jubilarse a los 70 años. 

¿Y en Perú? Nuestro país refleja las mismas tendencias generales. Su tasa de fecundidad es de 2.4 hijos por mujer, una reducción muy marcada desde los años 70 cuando el promedio era de 6 hijos, y, según el INEI, en los últimos 14 años, la población mayor a los 65 años pasó de 7% a 12%, mientras que la participación de los menores de 15 años bajó de 37% a 26%.

“La tasa de fecundidad en el Perú está en declive. Según el World Population Prospects del 2017, esta será de 2.12 hijos por mujer entre el 2025 y 2030, y de 1.84 entre el 2045 y 2050, con lo cual el Perú estará por debajo de la tasa de reemplazo; es decir, que el número de los nacidos será menor a de los fallecidos”, afirmó Puyol.

De hecho, Puyol inició su conferencia haciéndose la pregunta más básica: ¿cómo definimos el envejecimiento? Mientras que durante mucho tiempo se definía el envejecimiento de la población cuando cruzaban el umbral de los 65 años, eso está cambiando. Dado el exponencial crecimiento de la esperanza de vida de la población en el mundo, el porcentaje de personas que supera ese umbral crece continuamente. Así que el experto propone que esta definición es obsoleta y que, más bien deberían usarse un umbral móvil en vez de uno fijo, basado en la esperanza de vida al nacer.

Según Puyol, estas tendencias hacen inviable mantener mucho tiempo o volver al sistema de reparto (la Oficina de Normalización Previsional se rige bajo este sistema). Los instrumentos de capitalización, con una pensión básica para las personas sin recursos, es mucho mejor procedimiento. Al menos, el modelo europeo puede servir de ejemplo de lo que es necesario evitar. Esto significa que, en el 2050, el Perú no tendrá la cantidad suficiente de trabajadores en actividad para cubrir las pensiones de los jubilados, cuyo número seguirá subiendo por el aumento en las expectativas de vida.

Entonces, ¿qué debemos hacer?

Lo que propone Puyol es que abandonemos el sistema de reparto y que sigamos la tendencia de los sistemas individuales de capitalización “porque van a ser los únicos [sistemas] que permitirán que un trabajador (con la ayuda del Estado mediante bonificaciones y otros instrumentos fiscales) pueda planificar su futuro”.

Advirtió que dichos sistemas de capitalización requieren la ayuda del Estado mediante bonificaciones u otros instrumentos fiscales que permitan incrementar el fondo de capitalización del trabajador y así financiar su jubilación. Lampadia




El Presidente tiene que buscar un acuerdo para dar el SI a la bicameralidad

El Presidente tiene que buscar un acuerdo para dar el SI a la bicameralidad

Jaime de Althaus
Para Lampadia

Cuando el presidente Martín Vizcarra o el Premier Cesar Villanueva reiteran su posición de votar por el NO a la bicameralidad, cabe preguntarse si no están pensando más en la aprobación popular que en el país.

Blog de Fernando Tuesta Soldevilla

Primero, porque es difícil pensar que no se percaten del daño irreparable que ocasionará a nuestra democracia y a nuestra propia gobernabilidad tener durante las próximas décadas un congreso unicameral sin reelección de congresistas. Un congreso de esa naturaleza contiene todos los peligros imaginables:

  • Podríamos tener una mayoría opositora cerril conformada por personajes novatos algunos de los cuales podrían ser aventureros sin control o populistas desenfrenados. Es decir, una mayoría obstruccionista sin el contrapeso de un Senado elegido con un sistema más proporcional.
  • Con un congreso de esa naturaleza será más difícil consolidar un sistema de pocos partidos políticos estables y serios (como veremos más adelante) y más complicado aún consolidar una clase política experimentada. Nos condenamos a la improvisación como sistema.
  • Las leyes resultantes tenderán a ser de mala calidad, sin revisión posterior, y eventualmente muy destructivas de la estabilidad fiscal, que es una conquista histórica del pueblo peruano.

Ventajas de la bicameralidad

Por eso es que siempre ha existido el planteamiento de retornar a la bicameralidad, pero una bicameralidad mejorada en la que la Cámara de Senadores no tenga iniciativa legislativa, sino que su función sea revisar y aprobar o desaprobar los proyectos de ley aprobados en la Cámara de Diputados. A fin justamente de mejorar la calidad de las leyes y moderar los ímpetus populistas y eventualmente abusivos de la Cámara baja.

Con el añadido de que dos cámaras hacen posible que una de ellas –Diputados- pueda ser elegida en distritos electorales más pequeños –uni o binominales- para que la gente se sienta realmente representada al saber quién es su congresista, y para reducir, de paso, el número de partidos porque al elegir solo a uno o dos diputados en cada circunscripción, los partidos pequeños, sin opción a ser elegidos, buscarán unirse con partidos más grandes para tener chance de llegar al Congreso.

En cambio, la Cámara de Senadores puede ser elegida en distrito único nacional o en distritos macroregionales, lo que permitiría rescatar para la política a personas muy calificadas de los distintos sectores de la sociedad y permitiría además moderar la tendencia del sistema de distritos pequeños a sobre representar al partido más votado.

Las ventajas de la bicameralidad, como vemos, son enormes. Por eso era ya un escándalo que la clase política peruana y los sucesivos congresos unicamerales estuvieran eludiendo la necesidad de esta reforma fundamental durante lustros, y esa fue la razón por la que apareció como una gran idea y una gran oportunidad para el país que el gobierno planteara esa reforma vía el referéndum, de modo que pudiera ser aprobada como parte del conjunto de reformas y con la recomendación de un mandatario que ha conquistado credibilidad popular.

Ver en Lampadia: Un Senado es mucho más que una segunda instancia.

La cuestión de confianza

Lamentablemente el propio presidente está echando por la borda esta gran oportunidad al cambiar su respaldo a la bicameralidad por su rechazo a ella. El pretexto es el cambio que el Congreso aprobó a la institución de la cuestión de confianza, que le resta potencia como arma de contrapeso del Ejecutivo frente a posibles excesos de un Congreso opositor u obstruccionista.

Yo fui el primero en señalar –por medio de dos tuits la misma noche en que se aprobó, y de mi columna en el Comercio dos días después- que ese cambio era un grave error porque alteraba el equilibrio de poderes a favor del Congreso en un país como el Perú que más bien requiere de un Ejecutivo fuerte capaz de llevar a cabo con eficiencia las tareas de desarrollo. No solo eso. Señalé que las fuerzas políticas en el Congreso estaban actuando así acaso por reacción visceral ante la amenaza del Ejecutivo de disolver el Congreso si no se aprobaba la nueva cuestión de confianza planteada, pero sin mirar más allá de sus propias narices porque esa medida repercutiría en su contra como un boomerang si llegaban a ser gobierno el 2021 o más tarde.

El presidente reaccionó recién cinco días después, luego de que en un primer momento felicitara al Congreso por la aprobación de las cuatro reformas. Anunció que el Ejecutivo en el tema de la bicameralidad se pronunciaba por el NO. Pero en lugar de usar esa posición para buscar un diálogo con el Congreso a fin de lograr un acuerdo que permita modificar esa parte nociva del proyecto de reforma constitucional, desoyó los llamados en esa dirección que algunos congresistas empezaron a sugerir.

La oportunidad desperdiciada para un acuerdo

Por eso también es que pensamos que está poniendo su aprobación por encima de los intereses del país. Porque la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucionales las modificaciones que meses atrás el Congreso había efectuado a la ley del reglamento del Congreso en los mismos términos que luego incluyó en el proyecto de reforma constitucional, era la oportunidad de oro, si realmente pensara en el destino de la democracia peruana, para recoger esa sentencia y sobre la base de ella pedir un acuerdo con las bancadas para modificar la parte infectada de la reforma. No lo hizo. No solo eso, desoyó manifestaciones en esa línea del vocero de Fuerza Popular, Carlos Tubino, y del vocero de su propia bancada, Gilbert Violeta.

Pero aún estamos a tiempo. La iniciativa, según lo que vemos, tiene que venir del propio Congreso. Si ya la principal bancada de oposición y la del gobierno parecen estar de acuerdo en la necesidad de enmendar esta absurda situación, sería conveniente que, sumando a otras, soliciten una reunión con el presidente para proponerle un acuerdo de modificación de los artículos cuestionados a cambio de que el presidente restablezca el Sí a la bicameralidad. Que esto no se caiga por la indolencia de la clase política.

La cuestión de confianza es menos gravitante en un congreso bicameral

Por último, los asesores del presidente deberían explicarle que aun si no se lograra ese acuerdo, la institución de la cuestión de confianza, tal como está redactada en nuestra Constitución, es más gravitante e importante frente a un congreso unicameral, que ante uno bicameral. Por la sencilla razón de que la existencia de dos cámaras ya constituye un mecanismo de autolimitación del poder del Congreso. Si la cuestión de confianza es un instrumento para contrapesar el poder del Congreso, este poder se reduce o limita a sí mismo con la bicameralidad. Entonces la cuestión de confianza, siendo importante, no lo es tanto como ante un congreso unicameral.

Y esto es así porque la Cámara de Senadores modera las extralimitaciones de la Cámara de Diputados. Y lo hace no solo porque, en general, se trata de un cuerpo de parlamentarios de más edad y mejor preparación, sino por el sistema de elección de los senadores, en distrito único nacional o en distritos macroregionales, que es mucho más proporcional de modo que, como decíamos arriba, la fuerza más votada no sobredimensiona tanto su porcentaje de parlamentarios. En otras palabras, si Diputados estuviera dominado por una fuerza opositora, lo más probable es que en Senadores esa fuerza opositora no tendría la mayoría o ésta sería muy precaria. Nuevamente, eso hace la cuestión de confianza menos decisiva.

Eso no es todo. El presidente, si quisiera, podría solicitar la aprobación de otras reformas constitucionales que contribuirían a que la cuestión de confianza aún menos necesaria. Por ejemplo, elegir el Congreso junto con o después de la segunda vuelta presidencial. Eso tenderá a darle mayoría en el Parlamento al Ejecutivo. Otra reforma en la misma línea es una que ni siquiera es constitucional, sino legal: que la insistencia del Congreso en las leyes observadas por el Ejecutivo no se apruebe por la mitad más uno del número legal de miembros del Congreso, sino con los 2/3 de dicho número, como es en todas las democracias de América Latina.

De modo que, si el presidente quisiera realmente resolver el problema planteado pensando en el futuro de la institucionalidad democrática y la gobernabilidad, tiene varios recursos a la mano y varias razones para recomendar lo que debe recomendar: el Sí a la bicameralidad. Lampadia




La revolución que el SIS necesita

La revolución que el SIS necesita

Jaime de Althaus
Para Lampadia

Acabada la guerra con el Congreso por conseguir la aprobación de las reformas institucionales, que le permitió elevar su popularidad, el presidente Vizcarra deberá conducir ahora otras cruzadas, pero esta vez para resolver los problemas de la población, si quiere mantener indefinidamente los altos niveles de aprobación que ha conseguido. Y uno de esos problemas es la atención de la salud. En el siguiente gráfico, por ejemplo, vemos que el porcentaje de la población que considera que el gobierno viene manejando bien o muy bien los servicios de salud en postas y hospitales, ha bajado de 12% en junio del 2017 a 9% en setiembre del 2018. Es decir, la gente percibe que los servicios de salud, lejos de mejorar, se vienen deteriorando.

Los extraordinarios resultados de Lima Este

Lo increíble es que el gobierno tuvo a la mano y empezó a aplicar el instrumento para mejorar radicalmente los servicios de salud, pero incomprensiblemente se deshizo de él. Y el piloto de ese instrumento ya se había probado el 2006. Es lo que descubrimos asistiendo al Congreso Peruano de Administración de Salud, llevado a cabo en el colegio médico, donde el 20 de julio el Dr. Moisés Rosas Febres hizo una presentación titulada: “Reforma de Financiamiento vs Reforma de Pago”. Allí el doctor Rosas explicó el piloto que el SIS ejecutó el año 2006 en la Dirección de Salud (DISA) Lima Este, con resultados extraordinarios. Esta región estaba conformada por un hospital nacional (Hipólito Unanue), 4 hospitales de menor jerarquía y 99 centros y puestos de salud. Y atendía a alrededor a de 400 mil beneficiarios directos (afiliados al SIS), y 1.6 millones de personas viviendo en Lima Este como beneficiarios indirectos.

Como sabemos, los problemas de nuestro sistema de salud se expresan en que:

  • No hay los medicamentos que debería haber
  • Muchos pacientes del SIS deben pagar por medicinas y exámenes
  • No hay cupos para atención en los hospitales porque el primer nivel de atención no funciona

Pues bien, la intervención que se hizo en la región Lima Este mejoró todos estos problemas el año 2006. Como se pudo apreciar en los gráficos mostrados, el porcentaje de pacientes a los que se les cobró por la atención, medicamentos, exámenes de laboratorio y/o imágenes, o no se les entregó todos esos servicios de manera completa, disminuyó dramáticamente en sólo 60 días. También disminuyó abruptamente el no cumplimiento de guías o protocolos de atención, así como el número de historias clínicas que no tuvieran todos los actos médicos registrados de acuerdo a las normas del MINSA.

La realidad hasta ese momento en la DISA Lima Este era que casi el 40% de los pacientes que se atendían por el SIS tenían que pagar por los exámenes, imágenes y medicamentos recetados, o estos sencillamente no existían en los establecimientos, y por lo tanto tenían que comprarse fuera. Gracias a la reforma implementada ese déficit se redujo casi a cero. La atención plena y gratuita mejoró sustancialmente. Esto está documentado en el sistema de auditoría de SIS de entonces.

Este resultado, realmente espectacular, quedó confirmado por la encuesta ENAHO del INEI: comparando con el año previo, el porcentaje de atendidos por el SIS que declararon que les dieron sus medicamentos completamente gratis durante la experiencia subió 44% (de 29% a 73%) en Lima Este, mientras que en el resto de Lima y Callao solo subió 4% (de 54% a 58%).

No solo eso. También mejoró el problema estructural de falta de cupos para atención en los hospitales. El primer nivel de atención empezó a funcionar. De hecho, la ENAHO confirmó que el porcentaje de pacientes que declaró que los servicios de salud en Lima Este le habían resuelto el problema por el que acudió a dichos servicios aumentó 23% (de 53% a 76%), mientras que en el resto de Lima y Callao disminuyó 10% (de 78% a 68%).

Y además, resulta que esa mejora absoluta en la calidad del servicio de salud se hizo con menos recursos presupuestarios que los que se hubiesen usado si se seguía con la metodología tradicional, liberando 30% del presupuesto anual del SIS destinado a la DISA Lima Este para que pueda ser reinvertido en la propia DISA. De modo que, con este nuevo modelo de gestión del SIS, se lograba mucho mejores resultados a menor costo. Más no se puede pedir.

Lamentablemente esta experiencia no se pudo continuar en los años siguientes porque la denuncia de corrupción en la adquisición de raciones por el SIS luego del terremoto de Pisco, generó un quiebre en la gestión, de modo que se regresó a las prácticas anteriores.

El secreto: cambio en la forma de pago y administración de riesgos

¿Cuál fue el secreto de este nuevo modelo de gestión del SIS? Hubo varios cambios, pero acaso el principal fue el que se produjo en la manera en que el SIS pagaba a los establecimientos de la DISA Lima Este, que modificó radicalmente el sistema de incentivos.

El SIS pagaba –y sigue pagando- por atenciones médicas, no por resultados. Lo que eso fomenta, por supuesto, es que se multiplique el número de atenciones, encareciendo el presupuesto y muchas veces sin que se le resuelva al paciente su problema de salud, y que además estas atenciones se concentren en los hospitales. 

Lo que hace el SIS es devolver la plata por todo lo que se gasta en medicamentos, insumos, análisis, imágenes, etc. Esto, naturalmente, fomenta el gasto. Y, además, de una manera perversa, porque no es solo que pague, digamos, por una operación quirúrgica, sino por todo lo que los médicos digan que gastaron en esa operación. Por supuesto, aumentará la cantidad de insumos usados a placer, y por eso es que el presupuesto del SIS nunca alcanza hasta final de año. Como me decía un experto: “Si uno compra una mesa, no hay forma que te engañen, pero si uno le dice al carpintero que le pagará lo que gaste, él dirá que le puso mil clavos a la mesa y habrá que pagarlos”. Entonces, cuanto más desagregado es el gasto que hay que devolver y más fragmentada la atención, más dispendio y fraude habrá y más difícil controlar insumos y calidad.

La experiencia del 2006 cambió radicalmente el modo de pago. Ya no se pagaba por atenciones ni por insumos, etc., sino por resultados. La consecuencia inmediata de no pagar por atenciones, es que desaparece el incentivo a inflar el número de atenciones, análisis, exámenes e insumos de todo tipo. El nuevo modelo de pago contemplaba el pago de una cantidad determinada para reposición de insumos (cuyo costo bajaba) y un pago adicional por gestión si es que se cumplía con los siguientes objetivos:

  • Que no se le cobrara al paciente
  • Que se entregaran todos los medicamentos e insumos
  • Que se resuelva la enfermedad por la que consultó
  • Que no se tercericen los servicios si se puede evitar hacerlo
  • Dar mantenimiento a los equipos
  • Trabajo coordinado y complementario entre los niveles de atención

La idea era que si el porcentaje de pacientes al que no se le cobra nada, al que se le entrega todos los medicamentos, al que se le resuelve la enfermedad por la que acudió, etc., desciende por debajo de un cierto nivel, previamente acordado, pues se le entrega una cantidad a la red o a la región por el cumplimiento de esa meta. Lo que se produce entonces es un alineamiento de los actores en la dirección de adquirir más medicamentos a mejor precio y no venderlos por lo bajo, así como resolver el problema del paciente en lugar de ordenarle múltiples atenciones. También a no tercerizar sino solo lo indispensable y a dar mantenimiento a los equipos.

Con el nuevo modelo de pago, al hospital ya no le conviene concentrar todas las atenciones –porque no percibirá más por eso- sino desconcentrarlas a los centros y postas, fortaleciéndolos, porque al final, al gastar menos como hospital, le quedará más dinero para adquisiciones de equipos, por ejemplo. Se produce así una redistribución de la carga hacia los niveles básicos de atención, de modo que desaparece la congestión para los turnos en las operaciones quirúrgicas y en la atención ambulatoria en el hospital, ya que mejora la prevención.

Verificación

¿Cómo se verifica el cumplimiento de esos indicadores? Pues con auditorías muestrales directas a la historia clínica, a diferencia de las auditorías actuales que no son muestrales y que demandan mucho gasto de las entidades prestadoras para subsanar miles de observaciones relativas a supuestas fallas en los llamados “formatos de atención”, donde se suele copiar defectuosamente lo que el médico ha prescrito y lo que ha recibido el paciente.

Normas anti corruptelas

Además, se implementan normas y mecanismos para reducir el costo de reposición de medicamentos, insumos y equipos. Para comenzar, se diseñaron mecanismos para atar el inventario de medicamentos e insumos al número de ítems reportados en los formatos de atención de cada paciente. Es decir, se establece un control informático del uso del inventario en función de las recetas de los médicos.

Porque lo que ocurre en los hospitales es que de pronto medicamentos caros empiezan a desaparecer y aparecen en farmacias cercanas. Una de las razones por las que ocurre esto es que muchos hospitales compran esos medicamentos caros al menudeo, pagando, de paso, mucho más por ellos. Allí ya puede haber arreglos. Pero desaparecen. Terminan en farmacias cercanas. La solución que el modelo ha planteado para esto es obligar al hospital a comprar para todo el año cualquier medicamento que el año anterior se haya comprado. Así, el SIS paga por adelantado para compra medicamentos todo el año. Esto abarata considerablemente las compras. Hay que tener en cuenta que el sector como tal realiza compras corporativas de 400 ítems, pero el SIS paga 26,000 ítems, comprados por los hospitales. 

Pero la razón principal por la que los medicamentos pagados por el SIS terminan en las farmacias vecinas, es que cualquier vecino, asegurado o no, puede ir a comprar medicamentos en un establecimiento público, con receta. Entonces lo que ocurre es que se genera gran cantidad de recetas falsas, y mediante compras hormiga, pacientes o supuestos pacientes sacan los medicamentos, sobre todo los caros. Y después los venden a las farmacias.

Una solución propuesta es dar una ley que establezca que los medicamentos que se venden en los establecimientos de Salud son solo para pacientes del SIS, y que, si se quiere mantener una venta subsidiada al público en general, esta se haga, por ejemplo, en farmacias municipales.

Otra corruptela es la que se da en el pago a los proveedores. Cuando el 2017 el SIS pagó la deuda a los hospitales, esto no se expresó en un pago inmediato por parte de los hospitales a los proveedores privados. Había una cola de facturas por pagar, situación que podía prestarse para que algunos quizá cobraran algún porcentaje de la factura al proveedor para pagarle antes que a otros.  Lo que intentó hacer el SIS el 2017 fue dar una norma según la cual con dinero del SIS solo se podía pagar en orden de ingreso. Pues esa norma no llegó a salir. Los intereses corruptos lo impidieron.  

En cuanto al mantenimiento de equipos, los contratos adquisición deben venir con un paquete de mantenimiento. Además, en el convenio que firma el SIS con la unidad prestadora (una región) debe colocarse una cláusula que establezca que, si el equipo sufre un desperfecto o queda inutilizado, y el establecimiento no cumplió el protocolo de mantenimiento, entonces sufre una penalidad económica. Y ante una penalidad económica, la intervención de control interno es inevitable para identificar y sancionar a los responsables de hacerle causado una pérdida de ingresos a la entidad. 

Por supuesto, todas estas normas generan resistencias en las redes que viven de estas corruptelas. Por eso es que, hasta ahora, no se aplican.

Conclusión

La verdadera reforma de la Salud, entonces, comienza por poner en marcha una reingeniería del SIS como la que se aplicó el 2006 y como la que empezó a ejecutarse el 2017, que lamentablemente abortó. Si se hiciera, habríamos hecho una revolución. Los pacientes serían atendidos, se les resolvería el problema por el cual acudieron al establecimiento de salud, y recibirían sus atenciones y medicamentos de manera gratuita. Habríamos dado un salto histórico. Lampadia




Patraña judicial

Patraña judicial

Oscar Schiappa-Pietra (*)
Para Lampadia

La inescrupulosa actuación de los magistrados que en 2017 integraban la Quinta Sala Superior Civil de Lima, sumada a un vacío legal, nos cuesta a los contribuyentes tres mil millones de Soles. El caso meramente ratifica cómo la podredumbre ha carcomido los cimientos de legitimidad del Poder Judicial, y subraya la urgencia de su radical reforma.

La cuestión se origina al entrar en vigencia la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial, en junio de 1993, que fijó una escala salarial para jueces alineada con la remuneración de los vocales supremos. El 03 de febrero de 2009, la Asociación Nacional de Magistrados (ANMP) presentó una demanda de cumplimiento para que el propio Poder Judicial procediese a hacer efectiva la correspondiente homologación remunerativa; y el 27 de noviembre de 2013, el Tribunal Constitucional falló ordenando el pago de dicha homologación. Ya el Poder Judicial había pagado en 2011 los 87 millones de soles resultantes de tal obligación. Sin embargo, en este mismo año, cuando ya se había cumplido la sentencia y era cosa juzgada, la ANMP reclamó el pago de devengados, una pretensión que no había sido considerada en su demanda de 2009.

El 30 de marzo de 2015, el juez constitucional Hugo Velásquez Zavaleta resolvió favorablemente el pedido de la ANMP ordenando en consecuencia el pago de tales improcedentes devengados. El 13 de julio de 2017, la Quinta Sala Superior Civil de Lima confirmó el fallo de primera instancia.

Hasta aquí los hechos superficiales, en lo que parecería ser una mera controversia laboral de magistrados. Pero ahondemos. El juez constitucional Hugo Velásquez Zavaleta tiene una cuestionadísima trayectoria: fue el magistrado que falló declarando la nulidad de los ocho informes producidos en el marco de la investigación parlamentaria sobre actos de corrupción perpetrados durante el segundo gobierno de Alan García; y recientemente se publicó un audio en el que él coordina con el hoy encarcelado expresidente de la Corte Superior del Callao, Walter Ríos, para lograr el abono irregular a éste de 76 mil Soles, como parte precisamente de los improcedentes devengados.

Y, en el extremo de la irregularidad y de la falta de escrúpulos, el propio Secretario de la ANMP -parte demandante en este caso- Rómulo Torres Ventocilla, a la sazón también integrante de la Quinta Sala Superior de Lima (instancia que conoció en apelación esa misma demanda), no se inhibió de participar como juez en el caso -¡y actuó como magistrado ponente de la sentencia!- pese al clarísimo conflicto de intereses.

El juez Rómulo Torres Ventocilla pretendió guardar las apariencias solicitando a la Sala su inhibición, pero su pedido “fue rechazado” por sus otros dos colegas integrantes del colegiado. Refiriéndose a este pedido de inhibición, la presidenta de la Quinta Sala Superior de Lima, Emilia Bustamante, sostuvo: “Sí, lo planteó y lo desestimamos. La Asociación Nacional de Magistrados del Perú es un ente gremial que agrupa a la mayoría de jueces de esta Corte Superior de Lima. Discutimos el tema y caímos en la cuenta que la doctora Vidal, integrante de la Sala, también era miembro de la asociación, aunque no de la directiva, por lo que también debía inhibirse. Pero, con ese criterio, ¿quién resolvería el caso? No podíamos dejar de resolver, así que proseguimos. Eso no es ilegal”.

El caso en cuestión expone la revulsiva falta de escrúpulos de los magistrados implicados, con el cómplice beneplácito del gremio representativo de todos los jueces del Perú. La administración de justicia basa su legitimidad en la aplicación cotidiana de los principios de independencia e imparcialidad de los jueces, según está reconocido en la Constitución, en los tratados internacionales sobre derechos humanos y en el sentido común de la abogacía. Pero esas son sofisticaciones para quienes están dispuestos a lucrar por cualquier medio, y particularmente cuando ello ocurre bajo las sombras de la ilegalidad o de la interpretación caprichosa de las normas.

Es hora ya de poner fin a tanto estropicio, y de forjar un sistema de administración de justicia probo y eficiente. Como parte de ese proceso, se requiere salvar el vacío legal existente, que posibilita la patraña de jueces dictando sentencias que los favorecen a ellos mismos. El Ejecutivo debiera presentar al Congreso un proyecto de ley que encomiende a un tribunal arbitral independiente y permanente, plenamente ajeno al Poder Judicial, las responsabilidades de conocimiento y resolución de todo litigio en el cual los jueces pudieran ser parte interesada, individual o colectivamente. Lampadia

(*) Abogado. Magister en Derecho Internacional Económico, y en Derecho Internacional y Comparado.




Las increíbles declaraciones del Ministro de Trabajo

Las increíbles declaraciones del Ministro de Trabajo

Jaime de Althaus
Para Lampadia

Si no supiéramos que es el ministro de trabajo el que habla, tomaríamos a broma lo que dice. Ni le haríamos caso. Pero como es el ministro de Trabajo, y entonces no queda sino preguntarnos qué espera el gobierno para cambiarlo.

La entrevista que acaba de dar, en Gestión (27-9-18) se titula: “Yo discrepo de que exista una rigidez laboral en el Perú”. Es una afirmación que dejaríamos pasar porque no valdría la pena perder el tiempo contestándola, si no fuera –repetimos- porque quien la afirma es el ministro de trabajo. Es imposible que no sepa que hay una sentencia del Tribunal Constitucional del año 2001 que interpreta el artículo 27 de la Constitución en el sentido de que no basta la indemnización para proteger adecuadamente a un trabajador del despido, sino que es posible la reposición en el puesto de trabajo. Y que esa es la razón por la que muchas empresas no contratan de manera indefinida a sus trabajadores sino solo con contratos temporales, que también tienen un límite en el tiempo. Pues nadie se arriesga a no poder reducir personal cuando bajan las ventas.

El laboralista Jorge Toyama explica que es más fácil liquidar a una empresa que despedir a un trabajador, debido a la rigidez de la regulación laboral. “El Perú es uno de los pocos países donde existe reposición, indemnización por daños y perjuicios, seguros de desempleos y CTS juntos. Es necesario una reforma”, dijo en la SNI.

El ministro da algunos argumentos, pero incomprensibles. Pues solo con galimatías se puede negar o minimizar lo evidente. En realidad, no argumenta. Palabrea, dice cosas sin sentido. Discrepa de que haya rigidez laboral, porque:

“no es un tema que debe ser visto únicamente desde la óptica de la economía. No creo en los reduccionismos económicos. La óptica de analizar las relaciones de trabajo tiene que ir de la mano con los criterios valorativos, los criterios de la mejor manera de pensar una solución política a esos problemas complejos”.

¿Ud. entendió algo? ¿Qué tienen que ver los criterios valorativos con la solución política? ¿De qué está hablando? Y si una empresa no toma decisiones racionales desde el punto de vista económico, no sobrevive. Obviamente no contrataría trabajadores formalmente si ante una reducción de la demanda, de las ventas, de aquello que produce, no puede reducir el número de dichos trabajadores. Por el contrario, si tuviera flexibilidad y pudiera crecer y contratar sin temor, a la larga habría más demanda de trabajadores y los salarios subirían solo por esa razón.

Quizá lo que está diciendo es que, si queremos flexibilizar, hay que ver la manera política de hacerlo.  ¡Ojalá fuera! Su siguiente respuesta da una pista algo más clara. Dice:

“La estabilidad no solo debe ser vista como un sobrecosto, ni el seguro social o las contribuciones que paga un empleador… Enfocarlas únicamente como un sobrecosto es perder de vista que son sistemas de protección”.

Nos vamos acercado. Allí quizá delata su clientela. Pues la estabilidad laboral absoluta implícita en la sentencia del TC es un mecanismo de protección, sí, a los relativamente pocos que tienen contrato indefinido de trabajo, a quienes el ministro ha defendido como abogado privado. Pero, en esa misma medida, condena a la desprotección a la mayoría de trabajadores que no pueden acceder a un contrato formal de trabajo. Y no solo por eso, por supuesto. La gran mayor parte de las micro y pequeñas empresas, que es donde está gran parte del empleo también, no puede contratar formalmente ni siquiera a plazo fijo porque el salario mínimo es muy alto en comparación al salario promedio nacional y es aún más alto que los ingresos de muchísimos informales. Suena bonito defender un salario mínimo alto, se consigue aplausos de la galería y de los sectores protegidos, pero es sumamente irresponsable porque se expulsa a las grandes mayorías a la informalidad sin derechos, al reino de la explotación pura.

El ministro en buena cuenta defiende la explotación en este mercado de trabajo rígido y normativamente oneroso. Y lo hace enarbolando la protección de los trabajadores. ¿Cuándo vamos a acabar con esta hipocresía cínica que solo sirve para mantener a las mayorías en el estancamiento y la indefensión?

Lejos de eso, reincide. Afirma: “En el Perú no existe la estabilidad absoluta”. Lea por favor la sentencia del TC. Pero lo increíble es lo que agrega:

“Lo que yo creo es que la estabilidad es un problema dentro de un conjunto de problemas del mercado de trabajo”

¡Bravo! Reconoce que es problema, aunque uno más dentro de un conjunto de problemas. Sería un buen comienzo para empezar a trabajar si no fuera porque lo que agrega a continuación revela que no ha entendido nada. ¿Cuáles son para él esos otros problemas?:

“Uno de ellos es el exceso de la contratación temporal, y el otro es la debilidad de la libertad sindical”

¡Pero si esos dos problemas son justamente consecuencia del primero, de la sentencia del TC del 2001! Esto ya lo demostró hasta la saciedad Miguel Jaramillo. A partir de ese año se produce un salto dramático en el incremento del número de contratos fijos y una caída igualmente dramática en el número de contratos indefinidos o permanentes, de modo que ahora, estos últimos, cuya cantidad era algo superior a la de contratos temporales, en la actualidad alcanza casi al ¡80%!

Por supuesto, los negacionistas argumentaron que la contratación temporal venía subiendo desde 1991, pero Jaramillo demostró con este gráfico que dicha contratación, que estaba en niveles muy bajos, creció naturalmente luego de las reformas de 1991, que abrieron nuevas modalidades contractuales, pero luego de 1996 la contratación temporal se estanca en alrededor del 50 por ciento, e incluso ya empezaba a bajar, hasta que se da la sentencia oscurantista del 2001, cuyo efecto es abrupto e innegable para cualquiera que tenga honestidad intelectual.

Menos aún se quiere reconocer que la expansión desmedida de los contratos a plazo fijo afecta la tasa de sindicalización, porque los empleados temporales son mucho menos proclives a inscribirse en un sindicato. Esa sentencia, pues, ha ayudado a precarizar aún más el trabajo y la propia sindicalización.

Por eso, lo inteligente de parte de la CGTP y de sus abogados como el ministro Sánchez, sería procurar el cambio de esa sentencia para incrementar la proporción de contratos permanentes y ampliar por esa vía la base sindical en el país, que hoy es ridículamente baja, apenas algo más de 5% en el sector privado. Si el ministro quiere abogar realmente por la sindicalización y por el empleo adecuado con derechos, pues debe liderar la reinterpretación adecuada del artículo 27 de la Constitución y proponer un conjunto de reformas que ayuden a flexibilizar el mercado laboral de modo que haya más trabajo formal mejor remunerado para todos y que podamos proteger al trabajador, no al puesto de trabajo.

En una economía crecientemente liderada por la cuarta revolución industrial, en permanente evolución tecnológica, no se puede defender los puestos de trabajo, que pueden quedar obsoletos más temprano que tarde a la vez que aparecen nuevos puestos y funciones. De lo que se trata es de proteger al trabajador para que pueda pasar de un trabajo a otro reciclándose y capacitándose permanentemente y pueda sostenerse durante los meses de desempleo. En una economía dinámica y flexible habría mucha más inversión y mucho más empleo y, por lo tanto, salarios mucho más altos.

Estas son, en realidad, verdades de Perogrullo, salvo para el ministro de Trabajo. Por eso hay que repetirlas una y otra vez porque sigue prevaleciendo la frivolidad facilista de escudarse en palabras vacías de contenido para defender un statu quo que frena al país y excluye a la mayor parte de peruanos del derecho a crecer en empleos formales cada vez mejor remunerados, y que solo beneficia a los abogados que viven de él porque ni siquiera es bueno para los trabajadores “protegidos” por ese régimen, que hoy estarían percibiendo ingresos bastante mayores y participando en estructuras sindicales más amplias si tuviéramos un mercado laboral dúctil y expansivo.

No podemos seguir eternamente escamoteando la realidad solo para defender posiciones personales, en perjuicio del desarrollo económico y social del país. ¿Hasta cuándo vamos a seguir en este juego irresponsable? ¿Cuándo vamos a hablar con la verdad y tomar las decisiones que de ella se desprendan? Lampadia