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Los antídotos contra el patrimonialismo

Los antídotos contra el patrimonialismo

Jaime de Althaus
Para Lampadia

El concepto de “dominación patrimonialista” fue creado por Max Weber para designar monarquías en las que no se distingue la propiedad pública de la privada, en las que el rey hace uso de los bienes públicos como si fueran propios, y afianza su poder otorgando beneficios, monopolios, prebendas, licencias, etc. Y en las que no hay una burocracia formada por profesionales contratados por sus méritos, ni existe una planificación con arreglo a metas racionalmente sustentadas.[1]

Organizaciones patrimonialistas no resuelven problemas ni generan desarrollo; administran privilegios.  

Weber explica que el patrimonialismo no es compatible con el capitalismo, porque supone formas de propiedad y de disposición de bienes y privilegios que entorpecen o anulan el funcionamiento de los mercados. No hay leyes racionales en cuya duración pueda confiarse, por “el amplio ámbito del arbitrio de los actos discrecionales puramente personales del soberano y…por la tendencia connatural de todo patrimonialismo hacia una regulación de la economía” basada en ideales utilitarios, ético-sociales o ‘culturales’”. [2]

Guillermo O’Donnel observó que en nuestros Estados subsistían rasgos “neo patrimonialistas”. En el Perú, salvo en las islas de excelencia y en los sectores vinculados a la administración económica, esto es notorio. El caso de la Digemid, que hemos descrito, es casi un arquetipo, pero el patrimonialismo está presente en general en el sector salud, con médicos dueños de sus puestos en un sistema sin meritocracia organizado para trabajar pocas horas, desviar medicamentos y derivar pacientes a los consultorios privados, lo que explica por qué, habiendo multiplicado ese sector su presupuesto por 7 en términos reales en los últimos 20 años, los servicios no mejoraron ni de lejos en la misma proporción.

En Educación, jefes de Ugel o directores pueden operar como dueños de su pequeño feudo burocrático cuando venden cambios de localidad o licencias laborales o contratos. Y hemos visto cómo la Policía y el Poder Judicial son también organizaciones semi patrimonialistas basadas no en meritocracia y cumplimiento de metas sino en relaciones personales de amistad, promoción, compadrazgo o parentesco que pueden derivar en redes de corrupción interna.[3]

Los gobiernos subnacionales, por su parte, suelen ser verdaderos paraísos patrimonialistas. El alcalde electo se convierte inmediatamente en un autócrata que usa los recursos municipales como si fueran propios, despide a los técnicos de la gestión anterior y coloca a sus amistades o parientes en los puestos clave sin concurso público. Esto le permite la complicidad en el otorgamiento discrecional de licencias, concesiones u otros beneficios para conformar una clientela y una red de apoyo y enriquecimiento mutuo, y que explican la ineficacia en el ordenamiento del transporte, del comercio ambulatorio, bares y discotecas, invasiones, etc., es decir, el funcionamiento caótico de las ciudades, que no se regulan de acuerdo a un plan sino a la lógica de las reciprocidades patrimonialistas.[4]

Para no hablar de gestión de la obra pública, multiplicada por el trasvase de la inversión pública del gobierno central a los locales y regionales en los últimos 25 años, y en pleno crecimiento económico. Verdaderos botines presupuestales que hay que asaltar.[5]

Hay raíces sociológicas e históricas para todo esto. En el caso de los gobiernos locales más pequeños, las relaciones de parentesco y reciprocidad de las familias campesinas se trasladan a la gestión municipal[6] que, por añadidura, maneja recursos que no son recaudados localmente sino transferidos desde el gobierno central, lo que determina que no exista una base de ciudadanos contribuyentes que fiscalicen el gasto municipal. Hay allí una reproducción a la inversa y malamente reparadora de la falla de origen del Estado peruano, que en el virreinato estuvo organizado para la extracción de recursos, no para servir a la población. El Estado virreinal era patrimonialista por definición.

Juega aquí también el proceso migratorio a las ciudades que, al decir de Juan Yamamoto,[7] expuso a los migrantes a relaciones de discriminación -incluso por migrantes más antiguos-, lo que rompió los valores tradicionales llevándolos a desarrollar conductas aprovechadoras o ventajistas para obtener un reconocimiento espurio. De allí la compra de títulos universitarios falsos para ingresar al Estado no por verdadero concurso sino por vinculación con algún funcionario de cuya argolla tendrá que formar parte para medrar. Y de allí la eventual lucha de argollas o mafias dentro de algunas entidades.

El otro mecanismo es la captura de entidades por grupos de interés o gremios profesionales, como el caso de la Digemid que mencionáramos antes. O Salud y Educación.

Por supuesto, ha sido perfectamente funcional a esos condicionamientos la ideología de la estabilidad laboral, que consagra la propiedad del puesto de trabajo. Pese a que se trata de servidores pagados por todos los peruanos, ingresan y permanecen por vara y privilegio legal, no por mérito.

El mejor antídoto contra el patrimonialismo es la profundización social del mercado libre, y la meritocracia en el Estado. Son lo mismo. La libre competencia en el mercado es esencialmente meritocrática: gana más el que trabaja más y mejor. La libertad económica supone la eliminación de la discrecionalidad burocrática. El patrimonialismo se vuelve inocuo si carece de discrecionalidad. Una burocracia profesional basada en el mérito se orienta no a trabar la actividad sino a facilitarla y resolver problemas. De eso depende su ascenso, remuneración y permanencia.  

De hecho, en la década del 90 el Perú avanzó de manera importante en la despatrimonialización del Estado en todo lo relativo a la regulación de los mercados y la administración económica (aunque el manejo de la Inteligencia y las FF.AA. fue típicamente patrimonialista). La liberalización de la economía fue un avance sustancial pues redujo la discrecionalidad de los funcionarios al mínimo y dictó normas universales que no diferenciaban beneficios para no fomentar el mercado de compra de beneficios o ventajas.  Eliminó, en buena cuenta, el mercantilismo, que es la forma que adopta la administración de la economía en los estados neo-patrimonialistas. En la medida en que ya no era necesario pedirle permiso a un burócrata para actuar, la corrupción derivada de la administración de la economía disminuyó. Una economía libre, sin peajes, es una economía libre de corrupción.[8]

Como parte de ese esquema se crearon o refundaron organismos reguladores que funcionaron con principios técnicos y racionales, y algunos ministerios y organismos de lucha contra la pobreza pasaron a organizarse de la misma manera. Fueron las llamadas “islas de excelencia”. El Estado patrimonialista se refugió, sin embargo, en las áreas donde el funcionario todavía decide o brinda servicios: en la justicia, en las licencias municipales, en los medicamentos, en la salud y la educación y, naturalmente, en las compras estatales y la obra pública. Y a partir de cierto momento, movilizado por gremios o grupos de interés, empezó a recuperar poder discrecional incluso en los temas económicos. Por eso venimos creciendo poco en los últimos años y la pobreza incluso se incrementó el 2017. Lampadia

[1] Ver Weber, Max, 1969 (1922: primera edición en alemán) Economía y Sociedad, FCE, México, pp 173-193

[2] Op Cit, P. 192

[3] Ver De Althaus, Jaime, 2016: La Gran Reforme de la Seguridad y la Justicia, Planeta

[4] Ver Reyna Arauco, Gustavo,   2010    “Cultura Política y Gobernabilidad en un Espacio Local”, en               Gonzalo Portocarrero, Juan Carlos Ubilluz y Victor Vich editores, Cultura Política en el Perú.

[5] Ver: De Althaus, Jaime: La Promesa de la Democracia, Planeta 2011

[6] Ver Huber, Ludwig:

2007 Hacia una interpretación antropológica de la corrupción”, en  la revista “Economía y Sociedad” número 66, CIES, diciembre

 2008ª  “La representación indígena en municipalidades peruanas: tres  estudios de caso”. En Romeo Grompone, Raul Hernández y Ludwig Huber, Ejercicio del gobierno local en los ámbitos  rurales: Presupuesto, desarrollo e identidad. Lima, IEP.

 2008b  Romper la Mano: una interpretación cultural de la corrupción, Proética, IEP,

[7] Ver: Yamamoto, Jorge: La Gran estafa de la Felicidad”, Paidos 2019. También presentación TED. 

[8] Ver De Althaus Jaime, Op.Cit




¿Por qué no hay oxígeno?

¿Por qué no hay oxígeno?

Jaime de Althaus
Para Lampadia

Las candidaturas presidenciales deberían diagnosticar bien lo que está pasando con el Estado en esta pandemia, para no ofrecer recetas contraproducentes.

  • ¿Qué es lo que hace que el Estado no pueda resolver la trágica falta de oxígeno en los hospitales y en el mercado, o que una ONG privada con recursos privados haya tenido que encargarse de traer el primer millón de vacunas, porque el Estado no atinaba a cómo hacerlo sin romper su profusión normativa?
  • ¿O que el MINSA nunca pudiera organizar una estrategia eficaz de testeo-aislamiento de contagiados y sus contactos, ni comprar pruebas moleculares?
  • ¿O que ni siquiera pudiera repartir bien canastas de alimentos en la primera cuarentena ni pueda hacerlo aun en esta segunda?

Y así sucesivamente. Solo los equipos de toma de pruebas y la Operación Tayta funcionan relativamente bien, pero con alcance limitado.

La explicación no es la falta de recursos, como piensa el flamante ministro Ugarte. Casi 900 millones de soles destinados a la lucha contra el COVID se dejaron de gastar el 2020. Ni siquiera existe una falta de recursos histórica en el sector: en los últimos 20 años el presupuesto de la salud pública se multiplicó por 7 en términos reales. Hubo recursos, pero gestionados de manera patrimonialista y corrupta.

Ese es el quid del asunto. Pongamos la lupa en el caso del oxígeno. Mucha gente se enferma y necesita oxígeno en sus casas. Pero ya no hay balones de oxígeno en el mercado y si Ud. encuentra uno se dará cuenta que pesa 100 kilos. La solución es un pequeño equipo concentrador de oxígeno doméstico. Resulta que solo las droguerías registradas en la DIGEMID están autorizadas a importarlos con una serie de requisitos, y deben pedir permiso cada vez. Hay empresas que han importado esos equipos y la DIGEMID no las autoriza a sacarlos del aeropuerto porque no son droguerías. Mientras tanto, la gente se muere por falta de oxígeno.  

Y este es el punto: una droguería está obligada a tener un químico farmacéutico regente, y éste debe estar al día en sus cotizaciones al Colegio de Químicos Farmacéuticos. Lo mismo ocurre con las farmacias. La DIGEMID es en la práctica una agencia de empleo de los químicos farmacéuticos. Esa entidad ha sido capturada por ese gremio, que la usa como si fuera de su propiedad. Es suya. Neo patrimonialismo puro.

No somos los ciudadanos peruanos los propietarios de Digemid que, se supone, trabaja por encargo nuestro y a nuestro servicio. Es un grupo profesional el dueño y los ciudadanos estamos a su servicio.

Ese gremio, muy organizado, consigue leyes y decretos que le otorgan cada vez más poder y control de las actividades relacionadas a la DIGEMID. Nada se mueve sin autorización de esa entidad. Productos muy sencillos requieren licencias y registros complicados. Es para darles poder, trabajo y oportunidades de cobros irregulares, por supuesto.

Es obvio que mientras no se libere la importación de oxígeno y de equipos de concentración, la gente se seguirá muriendo asfixiada.

Pero no es solo que no se deja al privado operar para atender las necesidades públicas y el mercado. La naturaleza neo patrimonialista de muchas entidades del Estado hace que tampoco puedan resolver ellas mismas los problemas. Están intrínsecamente incapacitadas para una gestión eficiente. Por dos razones: porque no están centradas en las necesidades de la gente, de los usuarios, sino en asegurar poder y beneficios para los grupos interesados. Es decir, no miran hacia afuera, sino hacia adentro. No operan por resultados, sino por intereses. No tienen entonces los reflejos ni las capacidades necesarias para resolver un problema externo, una crisis de cualquier tipo. Tampoco pueden planificar.

Y, en segundo lugar, porque la proliferación de requisitos, procedimientos y trabas que imponen a los usuarios funciona también hacia adentro. Entonces son entidades extremadamente lentas, internamente trabadas, aherrojadas.    

La escasez de oxígeno ya la habíamos vivido, y se pudo haber previsto. Por lo demás, importar ya no equipos de concentración, sino oxígeno medicinal, es fácil. Pero esa importación también está controlada por la DIGEMID, y además se requiere importar tanques para almacenar el oxígeno y CENARES se niega a hacerlo, seguramente por las razones estructurales mencionadas en los párrafos anteriores. Entonces tuvo que ser “Legado Panamericanos”, una entidad operativa creada sin burocracia para administrar las propiedades y recintos construidos por los Panamericanos -que el año pasado construyó rápidamente hospitales en varias ciudades-, la que ha tenido que ocuparse y ya está trabajando en la importación de Alemania de 20 de esos tanques para que el Perú pueda abastecerse de oxígeno Centro América y Chile, desde donde ya hay ofertas. Pero ha tenido que hacerlo con el aporte privado: la Sociedad Nacional de Industrias está recolectando el dinero para pagar el alquiler por seis meses de esos tanques y el Estado se haría cargo del transporte y compra de oxígeno, si es que logra organizarse para eso.

La solución a estos problemas pasa por una reforma profunda del Estado que incluya la eliminación de licencias, requisitos y trámites que frenan la actividad empresarial y recortan la libertad económica –es decir, por la eliminación de todas las normas que agregan más costos que beneficios-, y por la aplicación de la ley de servicio civil para implantar la gestión de desempeño o por resultados y una verdadera meritocracia en el Estado.   

Llama la atención, en ese sentido, que sean pocos los planes de gobierno de los candidatos presidenciales que pongan énfasis en estas medidas y más bien propongan otorgarle al Estado aún más funciones, atribuciones y poder. Será para acabar con el poco dinamismo que le queda a la economía, que lo que necesita es, más bien, de la máxima libertad para poder reconstituirse y volver a crecer a tasas altas. Lampadia




Reforma del CNM y de la administración de justicia

Reforma del CNM y de la administración de justicia

Jaime de Althaus
Para Lampadia

El tráfico de influencias para nombramientos y decisiones judiciales revelado en los audios publicados por IDL Reporteros es grave no solo porque pone de manifiesto la falta total de idoneidad del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para designar o destituir magistrados, sino porque revela una cultura de decisiones judiciales basada en el intercambio de favores y eventualmente en pagos dinerarios o de otro tipo. Es decir, un funcionamiento esencialmente patrimonialista y eventualmente corrupto de las instituciones vinculadas a la administración de justicia.

Lo primero reclama, fuera de las investigaciones y las sanciones ejemplares que haya que aplicar, una reforma radical del CNM. Lo segundo va más allá y exige una reforma profunda del Poder Judicial y del sistema judicial en general.

Este es el momento para emprender esas iniciativas, y no puede ser desperdiciado. Pero no solo necesitamos voluntad política –que hasta ahora ha sido muy débil- sino ideas claras, que tampoco han existido, como veremos.

La reforma del CNM: concurso público

La necesidad de la reforma del CNM, sin embargo, sí fue planteada por varios partidos políticos en la campaña electoral, y también por el partido de gobierno, que plasmó su propuesta en un proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo que establecía modificar el artículo 155 de la Constitución creando un CNM integrado por cinco miembros:

Artículo 155.- Composición del Consejo Nacional de la   Magistratura
Son miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a la ley de la materia:

1. Uno elegido por el Poder Ejecutivo, designado mediante Resolución Suprema con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.
2. Uno elegido por el Poder Legislativo, con el voto de los dos tercios del número legal de congresistas.
3. Uno elegido por el Poder Judicial, entre los magistrados de la Corte Suprema jubilados y en actividad, conforme al procedimiento determinado en la Ley Orgánica del CNM.
4. Uno elegido por el Ministerio Público, entre la Junta de Fiscales Supremos jubilados y en actividad, conforme al procedimiento determinado en la Ley Orgánica del CNM.
5. Uno elegido por los miembros señalados precedentemente de acuerdo a lo que establezca la Ley Orgánica del CNM.

La virtud de este proyecto es que suprime la participación de los colegios de abogados y de profesionales en general, que no ha dado buenos resultados porque no ha servido para elegir consejeros de alto nivel ético y profesional, y establece una composición simple de cinco miembros designados por los poderes del Estado.

Tendría, sin embargo, dos puntos débiles. El primero es que contiene un cierto riesgo de politización de los nombramientos –en la medida en que los dos poderes políticos (Ejecutivo y Congreso) designan sendos consejeros-, que fue lo que se quiso evitar cuando la Constitución del 93 creó el CNM. Aquí hay, sin embargo, una discusión, porque, a la luz de lo visto, el remedio resultó igual o peor que la enfermedad, pues los consejeros designados por la “sociedad civil” y por las instituciones judiciales no tuvieron las cualidades profesionales y de integridad necesarias. Para algunos, entonces, permitir que los poderes políticos –Ejecutivo y Legislativo- designen miembros del CNM sería una forma de sincerar la responsabilidad de la clase política en la salud del sistema judicial, tal como ocurre en otros países como Estados Unidos, por ejemplo.

Por eso mismo, lo que sí sería de todos modos un punto débil de este proyecto, es que las dos instituciones cuestionadas –el Poder Judicial y Ministerio Público- designen también consejeros, lo que contiene el riesgo de mantener la cultura de intercambios patrimonialistas en las designaciones y destituciones de magistrados. Es decir, la perpetuación de lo que acabamos de ver en los audios.

La única manera de salvar los problemas observados en las designaciones efectuadas por estos tres tipos de instituciones, es que todos los consejeros sean seleccionados mediante un concurso público muy bien hecho y realizado por personas e instituciones muy serias.

La propuesta que más se acerca a esta idea es la de la Asociación Civil Transparencia, que es la siguiente:

“Se propone que el Consejo Nacional de la Magistratura se encuentre compuesto por siete (7) miembros que serían seleccionados de la siguiente manera: un miembro designado por el Tribunal Constitucional, un miembro designado por la Defensoría del Pueblo en acuerdo con la Fiscalía de la Nación, un miembro designado por el directorio del Banco Central de Reserva, un miembro designado por la Corte Suprema de la República, y tres miembros seleccionados por concurso público nacional organizado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) con el soporte operativo de SERVIR”.

Quizá lo único objetable en esta propuesta, siguiendo el razonamiento anterior, es que la Corte Suprema designe un miembro. A nuestro juicio, elegir por concurso público a todos los miembros del CNM seguiría siendo la mejor opción.

Ahora bien, la Comisión de Constitución del Congreso procesó este proyecto junto con el del Ejecutivo y otros presentados por las distintas bancadas, y produjo un pre-dictamen que termina proponiendo una composición de difícil elección y que, a nuestro juicio, no resuelve los problemas anotados.

“Artículo 155.- Son miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a la ley de la materia:

1. Un juez superior o supremo elegido por todos los jueces titulares del país, en votación universal, secreta y libre.
2. Un fiscal superior o supremo elegido por todos los fiscales titulares del país, en votación universal, secreta y libre.
3. Un abogado elegido por los miembros del Colegio de Abogados de Lima, en votación universal, secreta y libre.
4. Un abogado elegido por los miembros de los demás colegios de abogados del país, en votación universal, secreta y libre.
5. Un abogado elegido por los miembros de los demás colegios profesionales del país, en votación universal, secreta y libre.
6. Un docente ordinario principal de la facultad de derecho de universidad pública, elegido por todos los docentes ordinarios de las universidades públicas del país en votación universal, secreta y libre.
7. Un docente ordinario principal de la facultad de derecho de universidad privada que cuente con una antigüedad no menor de treinta y cinco años de creación, elegido por todos los docentes ordinarios de las universidades privadas del país en votación universal, secreta y libre.

En buena cuenta, una composición similar a la actual, pero con una forma de elección distinta: votación universal, secreta y libre en todos los casos. Esta forma de elección sin duda es más democrática, pero no solo es más complicada de realizar, sino que contiene el riesgo inevitable de la politización de los procesos electorales. Los partidos tendrán candidatos, con lo que recaemos en lo que queríamos evitar. Por lo demás, para ganar se hará ofrecimientos, que después habrá que pagar con nombramientos o lo que fuere, con lo que agravamos la característica de las decisiones del CNM como el producto de un mercado de pagos y favores.

Redes de poder y corrupción en la administración de justicia

Lo mejor, entonces, repetimos, es la elección de los miembros del CNM mediante un concurso público muy bien hecho. Esto como punto de partida de la propia reforma judicial como tal, que la segunda gran tarea, cuyo objetivo debiera ser facilitar y acelerar el tránsito de un Poder Judicial y un Ministerio Público basados en relaciones personales de amistad, promoción, compadrazgo o parentesco, que pueden derivar en redes de corrupción interna, a organizaciones basadas en la meritocracia y el cumplimiento de metas. Es decir, de instituciones gobernadas por intereses propios a ser gobernadas por el interés de la sociedad. De organizaciones orientadas hacia adentro o unas orientadas hacia afuera.

El antropólogo Jaris Mujica, en “Micropolíticas de la Corrupción. Redes de Poder y Corrupción en el Palacio de Justicia”, describe detalladamente cómo funciona el sistema.[1] Él distingue tres esferas o ejes en torno a los cuales se organizan redes de poder y corrupción en el Poder Judicial.

La primera, en el nivel más bajo, es la que conecta el mundillo exterior conformado por tramitadores, falsificadores (Azángaro), asesores legales y abogados al paso, con secretarios de los juzgados encargados del archivo y tramitación de documentos, por medio de los encargados de la mesa de partes o de los vigilantes del Palacio de Justicia, con la finalidad desaparecer un expediente para demorar el proceso, o reemplazar un documento por otro falsificado o introducir uno falso.

La segunda esfera es la que se da al interior de los juzgados, donde las relatorías y las secretarías pueden conformar el punto final de la cadena en el tráfico de documentación arriba señalado, o un centro de contactos para influir en las decisiones del juez o para ofrecerle un soborno a fin de orientar una sentencia. Los estudios de abogados conocen a los relatores a los que pueden ‘incentivar’ para conseguir un resultado. Según Giovani Priori, todo estudio de abogados tiene sus “procuradores” que, por lo general, han estudiado Derecho, pero no son abogados, y sin embargo, poseen el activo invalorable de contar con una red de contactos en el Poder Judicial construida sobre la base de relaciones de compadrazgo y amistad con secretarias de la mesa de partes, relatores, secretarios o especialistas, con quienes se reúnen frecuentemente en parrilladas y polladas.

Mujica también observa que las redes que se activan para mover las cosas suelen conformarse sobre la base de relaciones familiares o amicales gestadas en la universidad. Los abogados que trabajan en las relatorías (encargadas de los aspectos jurisdiccionales de los casos) acceden a ellas “…a través de los concursos públicos, pero la mayoría manifiesta haber llegado gracias a una recomendación de un juez (amigo, familiar o profesor), a quien le deben solidaridad y reciprocidad”. “Todos tienen sus padrinos. Si no tienes padrino, no llegas al puesto”, explica un abogado de relatoría (p.117). Este “padrinazgo” implica, además, la filiación a una red y a ciertas relaciones de poder, y también actos de corrupción tales como convertirse en el medio para ofrecer un soborno a un juez o para influir en su decisión.

Mujica precisa, sin embargo, que estas prácticas corruptas no pueden ejecutarse todo el tiempo, ante cualquier oferta, porque pondrían en riesgo todo el sistema al hacer demasiado evidentes las relaciones informales o ilegales.

La tercera esfera reseñada por Jaris Mujica estaría dada por los jueces, particularmente los Superiores y Supremos. Explica que la cúpula del Poder Judicial está integrada por jueces Superiores o Supremos que han estudiado en universidades del Estado principalmente (San Marcos y Villareal, aunque también algunos en la San Martín de Porres, que es privada) y que en muchos casos han ingresado a la judicatura gracias a contactos gestados en la vida universitaria. Pero también gracias a conexiones familiares. Se dice en el Poder Judicial que hay cargos que son hereditarios. Muchos hijos, sobrinos u otros parientes de jueces de primera instancia o de jueces superiores o supremos entran a trabajar como auxiliares en virtud de un sistema de trueque: un juez contrata al familiar de otro juez, y este hace lo propio con el primero, a fin de eludir la norma del nepotismo. Según Priori, la manera de llegar a los jueces Superiores y Supremos es a través del esposo o esposa u otro familiar, que trabajan también en el Poder Judicial.

La reforma

Entonces, si queremos empezar a cambiar todo esto, que se manifestó claramente en los audios presentados, es necesario cambiar la manera de elegir a los miembros del CNM, y hacerlo por concurso público. Luego de ello, sería bueno adoptar otra recomendación de la Asociación Transparencia:

“Se propone la eliminación del proceso de ratificación de jueces cada siete (7) años por considerar que favorece círculos de corrupción y el sistema de evaluación no es adecuado. Sin embargo, se mantendría la posibilidad de sancionar o destituir a un juez ante la comisión de cualquier infracción legalmente prevista”.

Esto supone, sin embargo, sustituir la ratificación de los magistrados cada 7 años por un sistema de evaluación de desempeño de jueces y fiscales aplicado por las propias instituciones que sirva tanto para el ascenso como para retirar de la función jurisdiccional al magistrado que resulte desaprobado. Este sistema de evaluación de desempeño es algo que debe ser construido.

Luego resulta fundamental adoptar la recomendación que en su momento formuló la Comisión Especial para la Reforma Integral de la Administración de Justicia (CERIAJUS), de pasar a una Corte Suprema de muy alto nivel integrada por solo 11 miembros dedicada a establecer jurisprudencia a partir de casos emblemáticos. Esto es fundamental para establecer predictibilidad en las sentencias –y en esa medida reducir la corrupción- y para crear una cabeza de alto valor profesional y ético que sirva de ejemplo al conjunto del cuerpo judicial.

También debe acogerse la recomendación de alargar el periodo del presidente del Poder Judicial de dos a cuatro años, empoderándolo tanto a él como al gerente general.

Estas dos últimas medidas dependen de decisiones del Congreso. ¿Existirá la voluntad política para hacerlo?

Para cerrar el círculo, la firma por parte de los estudios de abogados de un código de buenas prácticas que contenga un pacto para no sobornar, sería fundamental. Si los Estudios toman la iniciativa de hacerlo, tendrán la autoridad moral para demandar la reforma del CNM y las vinculadas a la administración de justicia que estamos resumiendo.

Por supuesto, está el asunto del expediente judicial digital, que debe incorporar el ámbito penal.

Y distritalizar (en Lima) la justicia penal, juntando en un solo local distrital a un juez, un fiscal y una carceleta para penas cortas a delincuentes menores, a fin de acabar con la impunidad y cortar de raíz el crimen que luego se vuelve organizado. Las municipalidades son las principales interesadas y contribuyen donando el local. Es cuestión de concertar. Lampadia

[1] Ver “La Gran Reforma (de la Seguridad y la Justicia)”, Jaime de Althaus, Planeta, 2016