1

Retroceso histórico de 30 años

Retroceso histórico de 30 años

Jaime de Althaus
Para Lampadia

Si hubiésemos tenido Senado, probablemente el Congreso no habría aprobado la ley que modifica el Código Penal y el Código de Protección y Defensa del Consumidor para penalizar el acaparamiento, la especulación y la adulteración.

Algún senador se habría encargado de explicar que esa ley es inconstitucional, porque en una economía de mercado no puede haber control de precios; que el control de precios genera lo contrario de lo que busca porque produce escasez y por lo tanto sube los precios, afectando sobre todo a los más pobres. Habría recordado la experiencia que tuvimos con el primer García. Habría señalado que esta ley es un retroceso histórico de casi 30 años.

Lamentablemente tampoco tendremos Senado porque congresistas que eximen de segunda votación la aprobación de una ley como ésta, es muy difícil que quieran aprobar un Senado.

La modificación no establece explícitamente un control de precios, pero lo supone. Señala que la especulación que incrementa los precios de los bienes de servicios esenciales utilizando prácticas ilícitas que no se sustenten en una “real estructura de costos y el correcto funcionamiento del mercado”, aprovechando una situación de mayor demanda por causas de emergencia, conmoción o calamidad pública, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis años.

¿Quién determina qué es una “real estructura de costos”? ¿El burócrata? Sobre esos costos añadirá lo que le parecerá una utilidad “justa”, y he allí el precio controlado. Si producir o vender a ese precio no resulta rentable, pues nadie produce. Y allí sube el precio.

Porque los precios en un mercado no se basan en los costos, sino en la oferta y demanda. Si hay poca oferta y mucha demanda, los precios suben. Ese es el “correcto funcionamiento del mercado”. Al subir, los productores producen más, y entonces el precio baja. Los precios son un sistema de señales que indica cuándo debo producir o importar más o menos. Si interferimos ese sistema, nadie sabrá cuando producir o importar más. El “especulador” es un comerciante que está respondiendo a la demanda. Si no puede subir el precio, los productores o los importadores no se enteran de que es negocio producir o importar más. Y nos quedaremos sin el producto.

Si hay libertad económica y libre competencia, la economía sola resuelve el problema. El “acaparamiento” es consecuencia de la falta de libertad y competencia. De la intervención en el mercado. Si yo impongo un precio bajo, algún comerciante comprará todo lo que puede para vender luego más caro, porque sabe que habrá escasez. Pero si hay libertad, apenas falta algo el precio sube y el bien se repone. Y entonces el precio naja. El acaparamiento es consecuencia de la escasez, no su causa.   

La ley, además, penaliza con cárcel entre dos y seis años la cartelización, en lugar de una multa fuerte, como era hasta ahora. Esto anula el programa de clemencia que tenía Indecopi, una suerte de colaboración eficaz para la empresa que denunciara un cartel. Este programa permitió denunciar y desmantelar varios carteles o concertaciones de precios.

Según Ivo Glagliufi, desde el 2012 en que se lanzó, el Indecopi ha recibido 23 solicitudes de clemencia, y hasta la fecha en 6 de los casos resueltos por la Comisión de Libre Competencia se ha aplicado esta figura. Los dos casos más conocidos fueron:

  • El del “cártel del papel higiénico”, donde la Comisión declaró a Kimberly Clark y a Protisa (Productos Tissue del Perú S.A.) responsables de llevar a cabo, entre 2005 y 2014, prácticas colusorias ―en la modalidad de acuerdo para la fijación concertada de precios y condiciones comerciales― en la comercialización de papel higiénico y otros productos de papel tisú.
  • El denominado “caso Ro-Ro (buques Roll-on, Roll-off)”, de prácticas colusorias entre importantes compañías navieras en el mercado de transporte marítimo internacional de carga rodante.[1]

Esta ley debe ser denunciada por inconstitucional ante el Tribunal Constitucional. No podemos reemplazar al mercado por la discrecionalidad del burócrata. No podemos seguir anulando los mecanismos que permiten y fomentan el crecimiento. No podemos regresar al pasado de las colas y el hambre. Lampadia

[1] Exámenes Inter-Pares de la OCDE y el BID sobre el Derecho y Política de Competencia. Perú 2018. OCDE BID (pp. 61-62)