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¿Costo de la electricidad o de la energía?

¿Costo de la electricidad o de la energía?

Carlos Gálvez Pinillos
Ex presidente de la SNMPE
Para
Lampadia

Hay una discusión permanente respecto a cómo se debe reportar el costo marginal de generación eléctrica de corto plazo ante el COES (Comité de Operación Económica del Sistema Eléctrico), la misma que se exacerba ante las ganancias o pérdidas potenciales de los generadores térmicos e hidráulicos.

El tema se complica cuando el análisis se quiere reducir solo a la generación eléctrica y no a los componentes y costos de la energía. Unos exigen que, para el cálculo del costo marginal de generación térmica con gas, se asuma que el costo del gas puesto en planta para generación sea considerado como costo variable. Por otro lado, los generadores termoeléctricos reclaman, con justa argumentación técnica que, para el costo marginal deban reportar sólo el costo variable del gas consumido y no el total proveniente de los contratos “take or pay”.

Este es precisamente el meollo del asunto, pues los contratos “take or pay” se diseñaron para asegurar el desarrollo del proyecto de gas de Camisea, la infraestructura de su transporte y la planta criogénica de Melchorita para la exportación. Tal modalidad de contratación buscaba cubrir los riesgos de inversión propios de la incertidumbre de la demanda, puesto que no se contaba con compromiso de consumo asegurado.

Todos comprendemos que la solución adoptada de suscribir contratos “take or pay” era indispensable, tanto para la comercialización del gas, como para el transporte del mismo. Lo que resulta muy claro es que, estas soluciones son temporales y sólo aplican mientras se den las condiciones de debilidad e incertidumbre de la demanda, condición que debe eliminarse cuando el proyecto madura y la demanda es suficiente.

Es el caso  del proyecto del gas de Camisea, que se construyó hace quince años y la demanda del gas creció lo suficiente, al extremo que TGP (Transportadora de Gas del Perú) se vio obligada hace varios años a incrementar la capacidad de transporte del tubo, instalando compresores para aumentar el volumen de gas transportado.

Lo anterior hace que nos preguntemos si hay, a estas alturas de la historia, razón alguna para las empresas que compran gas estén obligadas a suscribir cláusulas “take or pay” con el productor del gas y con el responsable de su transporte. La consecuencia de mantener esa modalidad de contratación genera un ingreso (utilidad) por un bien (gas) o servicio (transporte) no vendidos y en exceso a lo realmente consumido. Claramente eso no es adecuado.

Cuando introducimos este ajuste (corrección) en la comercialización del gas, inmediatamente convertimos el costo del gas y su transporte en costo variable. Entonces la fórmula planteada y discutida entre los generadores térmicos e hidráulicos adquiere sentido y a partir de ese momento alcanzaremos un costo marginal de generación de corto plazo más adecuado y justo.

Es claro que también se debe transparentar TODOS los elementos que impactan los costos de generación, como, por ejemplo; las restricciones técnicas de arranque y tiempo mínimo de operación de las máquinas térmicas, pues, por esa vía también se ha impactado por muchos años los costos marginales de generación en beneficio de tales generadoras térmicas.

Para que cualquiera entienda con facilidad, cuando alguien declara que su máquina “tiene que operar” como mínimo un número de horas (168 horas) muy superior al real (2 horas), está obligando al mercado a pagarle por horas de operación, pero de una forma muy graciosa; el generador térmico obliga a que todos los generadores  le paguen entre ellos el costo total del gas y su transporte como costo variable, mientras que para generar regularmente, asumen que tal costo es fijo y no se debe computar.  La consecuencia es que les deben reconocer un costo en el que no incurren realmente. Eso no es correcto e impacta la tarifa, exacerbando el conflicto entre hidroeléctricas y termoeléctrica, pues se manipula ciertos parámetros en beneficio de estos últimos y perjuicio de los primeros. Lampadia