1

La figura del feminicidio

La figura del feminicidio

A continuación, compartimos un reciente artículo publicado por The Economist en el que se aborda brevemente cómo es el tratamiento diferenciado hacia los delitos de feminicidio en América Latina y los pros y contras de adoptar este enfoque en la prevención de dichos delitos.

Lo interesante del artículo es la reflexión final que hace el popular medio británico en relación a las críticas. Como sugiere la evidencia disponible, que también aplica al Perú, el aplazamiento de penas, más allá de disuadir a los asesinos en la comisión de estos delitos, lo que ha generado es crear una sobrecarga a los fiscales, al punto de ser sumamente complejo emitir dictamen de sentencias relacionadas.

Además de este problema de sobrecarga legal que claramente vale la pena hacer hincapié que, desde el plano moral, la defensa del derecho a la vida no debería consentir diferencias de género y por ende tampoco diferencias en el tratamiento de delitos que violen este derecho fundamental. El principio de igualdad ante la ley, tanto para hombres como mujeres, que es además una de las bases de una sociedad libre, debería primar en los sistemas penales de nuestra región. Sin embargo, es muy importante destacar este tipo de crímenes abusivos que se han multiplicado tremendamente, pero evitando entrampamientos de todo tipo. Lampadia

Víctimas especiales
¿Por qué América Latina trata los “feminicidios” de manera diferente a otros asesinatos?

¿Tratar algunos asesinatos de mujeres como un crimen separado ayuda a llevar a los responsables ante la justicia?

The Economist
7 de marzo, 2020
Traducida y comentada por Lampadia

Lidia Florencio Guerrero guarda un santuario a la luz de las velas para su hija, Diana, quien en 2017 fue violada y asesinada en Chimalhuacán, un pueblo mexicano. Ella tiene un archivo que documenta cómo la policía arruinó la investigación. No pudieron acordonar la escena del crimen ni usar guantes mientras manipulaban el cuerpo de Diana. Su ropa desapareció. Se tomaron fotos descuidadas del cadáver, dice la hermana de Diana, Laura. Guerrero no puede mirar. Ella usa la palabra “feminicidio” para describir la muerte de su hija.

La palabra tiene siglos de antigüedad, pero recientemente ha adquirido un significado particular: el asesinato de una mujer debido a su sexo. En América Latina, el feminicidio también tiene un significado legal. Desde 2007, 15 países lo han reconocido como una categoría distinta de asesinatos. La proporción de asesinatos de mujeres que se reconocen como feminicidios varía ampliamente. En México, donde los criterios incluyen lesiones “degradantes” o violencia sexual infligida a la víctima y una “relación sentimental” entre ella y el asesino, la proporción es aproximadamente una cuarta parte. Los países de otras regiones, como Francia, están debatiendo si adoptar leyes de feminicidio.

El concepto de feminicidio aumenta la conciencia pública sobre la violencia contra las mujeres, dice Martha Cecilia Reyes, directora del instituto de mujeres de Nuevo León, un estado en el norte de México. Se supone que ayuda a llevar a los responsables ante la justicia. En muchos países, las penas de prisión son más rígidas que por asesinato. El máximo para el feminicidio en Nuevo León es de 70 años, 30 años más que para otros asesinatos. Los tribunales mexicanos no requieren que los fiscales demuestren que un acusado de feminicidio tenía la intención de matar a su víctima. Eso hace que sea más difícil para los hombres que mataron a golpes a sus esposas escapar con una condena por homicidio involuntario, dice Estefania Medina, abogada.

Las instituciones específicas de feminicidio desarrollan experiencia. Guatemala tiene, en efecto, un sistema de justicia paralelo, con jueces y fiscales especializados. Los investigadores en las unidades de feminicidio a nivel estatal de México están capacitados para pensar de manera diferente sobre las escenas de asesinato, dice Griselda Núñez Espinosa, la fiscal de feminicidios de Nuevo León. Eso incluye aprender a buscar basura en los tejidos con rastros de semen. Los casos de feminicidio tienen más probabilidades que otros homicidios de terminar en una sentencia de cárcel, ya que muchos tienen un “sospechoso obvio” en forma de amante o familiar, dice Núñez.

Pero las leyes de feminicidio tienen críticas. Algunos abogados consideran absurdo que un esposo celoso que mata a su esposa tenga décadas más de cárcel que uno que mata a su amante. Los investigadores de casos de feminicidio no tienen más capacitación y recursos que otros, dicen algunos abogados, por lo que no tienen más éxito en ganar condenas.

Una encuesta de fiscales en Perú descubrió que muchos consideraban demasiado difícil probar que un asesino había sido motivado por la misoginia. Algunos clasificaron erróneamente los feminicidios como homicidios ordinarios porque pensaron que sería más fácil ganar condenas. El fiscal general de México, Alejandro Gertz Manero, recientemente planteó la idea de derogar la ley que reconoce el feminicidio como un delito separado. Sugirió que crea trabajo adicional para los investigadores sobrecargados.

Guerrero no se enteró de la muerte de su hija durante una semana porque la policía la registró como hombre (deliberadamente, ella cree). Se niegan a clasificar su asesinato como feminicidio. Cambiar eso no traería justicia. Pero, dice Guerrero, reconocería que “Diana fue asesinada simplemente por ser una mujer”. Lampadia




Derechos humanos en demasía

Derechos humanos en demasía

La Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU que, en 1948 sentara y delimitara las bases de los derechos humanos irrenunciables, parece haber quedado olvidada ante la enorme dispersión de derechos creados en el mundo occidental.

Desde los denominados derechos sociales que tienen que ver con la protección social, la salud y la educación, pasando por derechos en materia laboral como las denominas leyes de cuotas o el mismo resarcimiento ante el despido arbitrario, hasta el derecho de las minorías LGBTQ como el derecho a la adopción homoparental o el matrimonio homosexual, nos hace pensar que el mundo contemporáneo está lleno de derechos y parece que seguirá por el mismo camino por los años venideros.

Ello a los ojos de un buenista, constituiría el mejor de los mundos; sin embargo, este enfoque en la práctica ha generado no solo una reducción sustancial y hasta aminoración de los derechos que otrora garantizaban la dignidad humana; como el derecho a la vida, la propiedad y la libertad, sino que además ha generado conflictos internos dentro de los países no occidentales en los que se ha tratado de inculcar a la fuerza dichos derechos, por ser completamente incompatibles con sus culturas.

Ello se resume muy bien en un reciente artículo que publicó la revista Foreign Policy y que compartimos líneas abajo. Como bien destaca en la introducción del mencionado artículo: “…dados los innumerables desafíos de los derechos humanos en la actualidad, parece oportuno repensar algunos supuestos de derechos humanos ampliamente aceptados.”

No podríamos estar más de acuerdo. Los derechos humanos universales no son simples instrumentos institucionales en los que uno puede realizar un cherry picking y decidir cuáles son buenos para todo el mundo simplemente porque a Occidente le parece así. En un mundo en donde aún persisten sendas problemáticas globales, como la discriminación racial y el sentimiento antinmigración, las guerras y genocidios en el Medio Oriente y la delincuencia al otro lado de nuestras fronteras, como es el caso de Venezuela, se hace imperativo que se retome los principios básicos de La Declaración Universal de Derechos Humanos, de manera que puedan ser adoptados de manera flexible entre los países no occidentales y se asegure que no habrán conflictos en su implementación, de por medio. Lampadia

Cuando todo es un derecho humano, nada lo es

Volver a enfatizar los derechos fundamentales es la mejor manera de mantenerlos universales.


Illustración de Foreign Policy

Seth Kaplan
Foreign Policy
6 de setiembre, 2019
Traducido y glosado por Lampadia

El lanzamiento por parte del Departamento de Estado de los EEUU de una Comisión de Derechos Inalienables ha suscitado oposición, ampliamente cubierta en los medios de comunicación. Pero dados los innumerables desafíos de los derechos humanos en la actualidad, parece oportuno repensar algunos supuestos de derechos humanos ampliamente aceptados.

La causa de los derechos humanos está en peligro en todas las regiones: por negligencia, debilidad, negación deliberada y proliferación. La incapacidad del mundo para responsabilizar a estados como Siria, Yemen y China por graves violaciones de los derechos humanos ha llevado a muchos a cuestionar la idea misma de los derechos universales. A países como China, Arabia Saudita y Pakistán se les permite formar parte de organismos internacionales como el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas —todos son actualmente miembros— y las instituciones están perdiendo su autoridad. Los llamados a hacer que todo, desde el acceso a Internet hasta la asesoría laboral gratuita, sea un derecho humano han abaratado el significado y multiplicado los enfrentamientos de derechos. El contexto en el que opera el movimiento de derechos ha cambiado dramáticamente desde el cambio de milenio. Mientras que muchos estados emergentes alguna vez aceptaron ideas de derechos humanos por deferencia a los logros o el poder de Occidente, hoy rechazan cuando las organizaciones financiadas por Occidente usan la etiqueta de derechos humanos para promover ideas que no son ampliamente compartidas.

Algunos desacuerdos sobre los derechos humanos provienen de regímenes represivos o líderes comunales, y tales quejas son fáciles de descartar. Pero cuando las críticas provienen de personas que simpatizan con la causa de los derechos humanos, reflejan algo más fundamentalmente preocupante.

¿Cómo se volvió tan impotente una idea que alguna vez fue lo suficientemente poderosa como para unificar a una amplia gama de personas en la lucha contra el totalitarismo y el apartheid?

Un factor importante, irónicamente, fue la ambición dual desmesurada nacida de esos éxitos. Los defensores de los derechos humanos han ampliado el alcance de los problemas cubiertos por los derechos humanos al tiempo que reducen el margen de diferencias para dar vida a esos derechos. Al hacerlo, interpretan erróneamente los objetivos originales de los derechos humanos, más claramente plasmados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la base de gran parte del proyecto de derechos posterior a 1945.

Incluso a medida que aumentan sus ambiciones, los activistas de derechos humanos no han tenido en cuenta cómo los nuevos programas expansivos podrían agravar la sospecha de los derechos humanos en el mundo multipolar de hoy. Y los intentos de hacer cumplir una concepción uniforme de los derechos podrían reducir el espacio para que los actores locales formulen sus propios caminos, alimentando el escepticismo sobre los derechos mismos. Por ejemplo, los intentos de los países occidentales de promover los derechos de los homosexuales en África desencadenaron un resentimiento profundamente arraigado acerca de cómo Occidente trata a África; los resultados son leyes más estrictas, una retórica más fuerte, más fondos para las organizaciones de defensa de los derechos de los homosexuales e incluso un mayor acoso a los activistas. Como informó el New York Times, “más africanos llegaron a creer que los derechos de los homosexuales eran una imposición occidental”.

Los países no occidentales no están necesariamente en desacuerdo con los objetivos básicos de derechos humanos. Más bien, como el académico brasileño Oliver Stuenkel argumenta en su libro Post-Western World, estos impugnan la “operacionalización de las normas liberales” y “las jerarquías implícitas y explícitas de las instituciones internacionales” que privilegian a los países occidentales. El control de los EEUU en el Medio Oriente y el surgimiento de estados autoritarios como China reducen el alcance efectivo de ideas que son demasiado restringidas o que no son creíblemente universales, en el sentido de estar profundamente arraigadas en los principales sistemas filosóficos y religiosos del mundo. Y reducir las aspiraciones excesivamente expansionistas y revisionistas, como Jennifer Lind y William C. Wohlforth escribieron recientemente en Foreign Affairs, es esencial para preservar el orden internacional liberal posterior a la Segunda Guerra Mundial.

Si los defensores de los derechos humanos desean superar los desafíos actuales, harían bien en aprender del curso del proyecto de derechos humanos del ideal a la realidad a raíz de la Segunda Guerra Mundial. Los autores de la Declaración Universal aprendieron que la mejor manera de construir un sistema de derechos con un fuerte reclamo de legitimidad en diferentes culturas e ideologías era apegarse a lo básico. Hoy, solo un enfoque modesto y flexible puede restaurar la autoridad moral que le dio a la idea universal de los derechos humanos sus mayores éxitos.

La Declaración Universal de 1948 fue el producto de un intenso debate, negociación y compromiso, todo hecho con el entendimiento de que sus principios podrían cobrar vida de manera diferente en diferentes partes del mundo. El discurso de los derechos humanos de hoy, sin embargo, está impregnado de supuestos normativos occidentales que son controvertidos incluso en Occidente. Los occidentales juegan un papel extraordinariamente grande como patrocinadores y organizadores de organizaciones de derechos humanos y debates académicos, formando directa e indirectamente agendas, marcos de análisis y métodos de evaluación en el proceso. Como resultado, los derechos humanos se han convertido, como la profesora de la Universidad de Nueva York, Sally Engle Merry, escribe en Human Rights and Gender Violence, “parte de una visión modernista distintiva de la sociedad buena y justa que enfatiza la autonomía, la elección, la igualdad, el laicismo y protección del cuerpo”, convirtiendo a su vez las normas culturales de una parte del mundo en derechos universales.

En consecuencia, los valores no individualistas, como los que promueven los deberes comunales o los relacionados con las creencias religiosas, han sido menospreciados. Los argumentos de que existen otros medios para promover y garantizar la dignidad humana se descartan como poco realistas o ignorados. Las instituciones y leyes africanas, asiáticas y otras instituciones de derechos humanos no occidentales están marginadas.

Mientras tanto, el número de derechos y reclamos de derechos ha aumentado abruptamente a medida que varios grupos de intereses especiales bien intencionados han tratado de aprovechar la autoridad moral de la idea de los derechos humanos para sus causas. La infraestructura legal internacional se ha ampliado, produciendo instituciones como la Corte Penal Internacional (CPI) y doctrinas como la “Responsabilidad de proteger”, pero estas se centran principalmente en debilidades geopolíticas o sin importancia: 10 de las 11 situaciones bajo investigación en la CPI son países africanos, mientras que gobiernos como Siria cometen atrocidades con poco temor a ser procesados o intervenidos porque Rusia, uno de sus dos principales patrocinadores internacionales, socava cualquier intento de responsabilizar a los líderes del país.

Las ambiciones del campo de los derechos humanos no solo han producido enfrentamientos innecesarios sobre los derechos humanos, sino que también han disminuido los derechos fundamentales que estaban destinados, por encima de todo, a defender la dignidad humana.

La mentalidad que prevalece actualmente entre muchos actores de derechos humanos hace que sea extremadamente difícil alcanzar el objetivo de los redactores de la Declaración Universal de promover la implementación de principios fundamentales de derechos humanos en una variedad de circunstancias y culturas. El resultado ha sido reducir tanto la efectividad como el atractivo de esos principios. Las organizaciones de derechos humanos son menos capaces de integrarse en las culturas locales y ganar legitimidad a los ojos de la gente local.

Una mayor flexibilidad en la implementación permitiría a los defensores de los derechos humanos centrarse en la importancia de la dinámica política y los incentivos para promover el cambio dentro de los países. Por ejemplo, el fin del gobierno blanco en Sudáfrica se produjo no amenazando a los líderes del apartheid con justicia internacional, sino primero sancionando y luego ofreciendo incentivos para que los líderes transfieran el poder. Las comisiones de reconciliación y verdad desempeñaron papeles prominentes; la retribución fue limitada. El país creó una nueva identidad nacional inclusiva y desarrolló una constitución en torno a las instituciones existentes, un marcado contraste con los esfuerzos en Irak y Libia que intentaron reemplazar las instituciones y excluir a los miembros del régimen anterior.

El movimiento de derechos humanos debe volver a centrarse en los principios de la Declaración Universal, un documento más elogiado que entendido. Sus redactores desarrollaron un marco para los derechos humanos que era universal y flexible. Su objetivo era establecer un “estándar común de logro”, basado en la “dignidad inherente” y los “derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”.

Esto implicaría reconocer que en un mundo de gran diversidad cultural y política, los derechos humanos no pueden ser universales a menos que se mantengan en un pequeño núcleo de derechos tan fundamental que casi ningún país se opondrá abiertamente a ellos.

En la Declaración Universal original, solo un puñado se redactó de tal manera que dejara poco espacio para la flexibilidad en la implementación. Estos incluyen protecciones para la religión y la conciencia, así como prohibiciones contra el genocidio; esclavitud; tortura; trato o castigo cruel, inhumano o degradante; medidas penales retroactivas; deportación o traslado forzoso de población; y discriminación basada en raza, color, sexo, idioma, religión, nacionalidad u origen social. Hoy en día, muchos tratados de derechos humanos hacen que estos derechos no sean aplicables, es decir, no hay circunstancias en las que puedan ser levantados o suspendidos.

En lo que respecta a otros derechos, los redactores de la Declaración Universal dejaron claro que la universalidad no significa homogeneidad en la implementación. Esperaban que los estados experimentaran con diferentes modos de implementación, para permitir que “diferentes tipos de música” fueran “tocadas en el mismo teclado”, como lo expresó el filósofo francés Jacques Maritain, quien apoyó el proceso de la ONU. De hecho, Eleanor Roosevelt dejó claro en 1948 durante uno de los debates sobre la Declaración Universal que los métodos para implementar muchos derechos “necesariamente variarían de un país a otro y tales variaciones deberían considerarse no solo inevitables sino también saludables”. Por ejemplo, individuos en todas partes tienen derecho a estar libres de tortura, pero diferentes países pueden llegar legítimamente a diferentes conclusiones sobre cuándo se puede tomar la propiedad privada para uso público.

Además, al resolver las tensiones entre los derechos, ningún derecho fundamental debe ignorarse por completo. Al especificar que todos los derechos deben ejercerse con el debido respeto a los derechos de los demás, los redactores pretendieron que los enfrentamientos sean ocasiones para descubrir cómo dar a cada derecho la mayor protección posible sin subordinar nunca un derecho completamente a otro.

En definitiva, una cultura de los derechos humanos solo se puede construir de abajo hacia arriba. Centrarse en las violaciones más graves de la dignidad humana y comprender que otros derechos pueden protegerse en una variedad legítima de formas es la mejor manera de lograrlo. Lampadia

El Dr. Seth D. Kaplan es profesor titular en la Paul H. Nitze School of Advanced International Studies (SAIS) de la Universidad Johns Hopkins, asesor principal del Instituto de Transiciones Integradas (IFIT) y consultor de organizaciones como el Banco Mundial, USAID, el Departamento de Estado y la OCDE.