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Otro problema ético y legal de la “católica”

Rafael Rey Rey
Para Lampadia

Hace pocos días se hizo finalmente público el escándalo económico de los cobros ilegales en la llamada “Pontificia Universidad Católica del Perú” y de la increíble “justificación” de la ilegalidad cometida por parte de su entonces rector. Como resultado del mismo han sido destituidos además del rector Marcial Rubio Correa, los Vicerrectores Pepi Patrón Costa y Carlos Fosca Pastor. Por algún motivo, que en su momento conoceremos, algunos periodistas y medios de comunicación trataron de minimizar el escándalo. No es la primera vez que eso sucede. Tampoco es la primera vez que las autoridades de esa universidad, ayudados por determinados periodistas y medios de comunicación, mienten sobre asuntos sobre los que no quieren que se conozca la verdad.

En las líneas que siguen resumo la verdad de otros hechos sobre los que se ha mentido sin escrúpulos en declaraciones, entrevistas, artículos y “reportajes ad hoc”. Se trata del problema legal entre la universidad todavía llamada “católica” y el Arzobispado de Lima. Una explicación más detallada se puede leer en el libro “La herencia de la Riva Agüero: Que la verdad se haga luz e ilumine sobre las tinieblas”, en el que Natale Amprimo Pla explica y relata con detalle la historia y donde se pueden revisar todos los documentos oficiales sobre este otro penoso escándalo que muestra a lo que pueden llegar algunos en su afán de poder y de manipulación. 

Don José de la Riva Agüero (1985-1944) principal benefactor de la entonces Universidad Católica (en adelante “la universidad”), realizó varios testamentos. En el de 1933 estipuló que a su muerte cedía el usufructo de sus bienes a la universidad y que, si ésta seguía existiendo 20 años después de su muerte, le cedía también la propiedad de los mismos. Sin embargo, en su último testamento, de 1938, introdujo dos cambios radicales: eliminó el usufructo y el condicional sobre la existencia de la universidad y erigió a ésta en automática heredera y propietaria de sus bienes, pero, para la administración de los mismos, estableció como condición insustituible una Junta de Administración (en adelante “la Junta”), de carácter perpetuo, compuesta finalmente por el rector de la universidad y un representante del arzobispo de Lima.

Fallecido Riva Agüero algunos parientes suyos reclamaron la propiedad de los bienes argumentando que, según testamento de 1933, aunque su usufructo correspondía a la universidad, la propiedad de los mismos le correspondería recién al cumplirse 20 años de su muerte, es decir en 1964. Entonces la universidad hizo valer judicialmente la última voluntad de Riva Agüero expresada en el testamento de 1938 y, conforme al mismo, el Poder Judicial sentenció que la propiedad de los bienes correspondía a la universidad desde la muerte de Riva Agüero y su administración a la Junta. Durante 50 años la labor de la Junta fue ininterrumpida y fructífera, hasta que en 1994, sus integrantes, Salomón Lerner Febres y Carlos Valderrama Adrianzén, se arrogaron la atribución de “interpretar” el testamento, y, apartándose de la voluntad de Riva Agüero, de lo establecido por el Poder Judicial, de lo inscrito en los Registros Públicos y de la propia práctica ininterrumpida de la universidad, decidieron que en adelante fuera la propia universidad y no la Junta, la que administraría los bienes heredados.

Trascurrieron 11 años sin que se conociera lo anterior, y de pronto en 2005, siendo ya Arzobispo de Lima Monseñor Cipriani, se presentó un día a las oficinas del arzobispado el representante del Colegio Juan XXIII con la preocupación de haber recibido una comunicación del rector de la universidad en la que se exigía al colegio que comprara el inmueble por US$ 5.5 millones de dólares o que lo desalojara. Explicó entonces que, años atrás, el terreno había sido entregado en uso para la fundación y funcionamiento del mencionado colegio, no por la universidad sino por la Junta. Estudiados los documentos, los abogados concluyeron que correspondía solicitar al rector una reunión de la Junta. Para sorpresa de todos, el rector contestó que en 1994 la misma había decidido que, en adelante, sería la universidad la que se ocuparía de la administración de los bienes de la herencia de Riva Agüero.

Finalmente, cuando el representante del arzobispo insistió en que la Junta fuera convocada, puesto que, por voluntad testamentaria de Riva Agüero, ésta había sido instituida a perpetuidad, la universidad respondió con una demanda judicial contra el arzobispado de Lima aduciendo que éste amenazaba la propiedad de sus bienes y la autonomía universitaria. Tramitada la demanda, la universidad pierde en todas las instancias y el Poder Judicial sentencia a favor del arzobispado.

Perdida la causa en el Poder Judicial la universidad decide recurrir al Tribunal Constitucional (TC) mediante un recurso de agravio constitucional en contra el arzobispado.

Luego del estudio y análisis del caso, el TC sentencia a favor del Arzobispado de Lima afirmando:

  1. que la propiedad de los bienes no ha estado ni está amenazada por el arzobispado.
  2. que se debe convocar a la Junta de Administración, la misma que tiene el derecho de administrar a perpetuidad los bienes de la universidad heredados de Riva Agüero.
  3. que la pretensión de la Junta de “interpretar”, el testamento es ineficaz y no tiene efectos jurídicos.
  4. que el recurso de agravio interpuesto por la universidad es infundado.

Hasta el día de hoy, sin embargo, la universidad se niega a cumplir con la sentencia del TC y sigue administrando ilegalmente los bienes que recibió en legado condicionado.

Estos son los hechos reales. Es muy probable que el lector haya “conocido” una historia muy distinta. Falsa, por cierto. La que vendieron las autoridades de la universidad ayudados por muchos periodistas y medios de comunicación: Que el cardenal Cipriani había querido apropiarse de la universidad. Que él había denunciado a la universidad iniciando así el problema legal. Que el arzobispado pretendía tergiversar la voluntad testamentaria de Riva Agüero. Como se puede comprobar, es todo lo contrario. Lampadia