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Una reforma a medias

Una reforma a medias

Jaime de Althaus
Para Lampadia

El Congreso aprobó por fin uno de los 6 proyectos de ley pendientes de la reforma del sistema judicial. Las razones de la preocupante demora son incomprensibles. Todos los proyectos han sido dictaminados hace más de dos meses por las comisiones de Justicia y Constitución, pero no se ponían al debate en el pleno. Según el presidente Daniel Salaverry, ello se debía a que los ponentes de ambas comisiones no estaban dispuestos para tal tarea, versión no desmentida hasta ahora. Pero por fin salió uno, la importante ley de creación de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, que supone la pronta aprobación de su ley gemela para el Ministerio Público.

La gran diferencia con relación a la Oficina del Control de la Magistratura (OCMA) vigente, es que la nueva Autoridad de Control tendrá más autonomía política, porque su jefe no será nombrado por la Corte Suprema sino por la Junta Nacional de Justica (JNJ) mediante concurso de méritos y por un periodo de 5 años no renovables, y solo puede ser destituido también por la propia JNJ. Es un avance importante.

Autonomía política sin autonomía económica

Lamentablemente esa autonomía política no viene acompañada de una autonomía económica y administrativa. La ley no dispone un pliego propio para la Autoridad ni tampoco un porcentaje del presupuesto del Poder Judicial. Se especifica, sí, que “El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a solicitud de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, prioriza la dotación de instalaciones especiales, presupuesto, personal especializado, sistemas informáticos, equipos multidisciplinarios y peritos con reconocida solvencia técnica y probidad en el ejercicio del cargo”. Pero esto es puramente declarativo. A la hora de los hechos, podría ocurrir con la nueva Autoridad lo mismo que ocurre con la OCMA, que carece de recursos y de buenas computadoras acaso porque al sistema no le conviene una autoridad de control fuerte.

Esto se hubiese resuelto si hubiese prosperado la modificación que introdujo el dictamen de la Comisión de Justicia, que adscribía la Autoridad (a la que llamaba Superintendencia) no al Poder Judicial sino a la propia Junta Nacional de Justicia. Lamentablemente esa propuesta no pudo prosperar porque se argumentó que implicaba una enmienda constitucional. Quizá sería bueno entonces plantear dicha reforma constitucional, para que la reforma traiga consigo un cambio real.

En lo administrativo la dependencia del Poder Judicial es absoluta. La Autoridad ni siquiera hará su propio reglamento de organización y funciones, sino que éste será elaborado y aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Solo jueces, aunque especializados en control

También se ha retrocedido en la propuesta de que los integrantes de la Autoridad pudieran no ser todos ellos jueces sino profesionales externos en alguna proporción. Ahora deben ser jueces, aunque jueces especializados en control, pues se crea “la especialidad de control disciplinario judicial”. Eso es mejor que lo actual, sin duda, porque reduce los conflictos de interés y las compadrerías que se presentan cuando un juez puede ir y venir de la judicatura al Control. La ley establece que los magistrados de la Autoridad Nacional de Control “son denominados jueces de control y se incorporan mediante concurso público de méritos conducido por la Junta Nacional de Justicia para prestar servicios en la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial”.

Ya no hay cuerpo policial

Otro retroceso, esta vez en relación al proyecto original de la comisión Wagner, es que se ha eliminado la disposición clave de que la Autoridad tuviera un cuerpo policial adscrito para investigar y develar casos de corrupción en las Cortes. La necesidad de este cuerpo era tanto más notoria luego de que el ex presidente de la Corte Suprema, Víctor Prado, confesara que había cuando menos 14 Cortes Superiores penetradas por el crimen organizado, lo que en realidad no era ninguna novedad. No se entiende por qué el Congreso retiró esta disposición. Debería ser repuesta en un nuevo proyecto de ley.

Tal parece que la concepción de control que ha primado es la de un control puramente disciplinario referido a faltas en el ejercicio de la función, y no a desarrollar mecanismos preventivos y correctivos de la corrupción propiamente dicha. De allí que no se haya admitido la posibilidad de funcionarios de fuera, sino que tengan que ser jueces, y que tampoco se haya incorporado la propuesta de un cuerpo policial.

Conclusión

Para que esta reforma no se diluya y adquiera toda la potencia de cambio que pudiera tener, debería quedar en la agenda legislativa pendiente la necesidad de darle a la Autoridad Nacional de Control tanto autonomía económica como capacidad de investigación de la corrupción existente en el cuerpo judicial. No vale tanto esfuerzo y tanta lucha política para terminar en una reforma a medias. Lampadia




Una reforma a medias

Una reforma a medias

Jaime de Althaus
Para Lampadia

El Congreso aprobó por fin uno de los 6 proyectos de ley pendientes de la reforma del sistema judicial. Las razones de la preocupante demora son incomprensibles. Todos los proyectos han sido dictaminados hace más de dos meses por las comisiones de Justicia y Constitución, pero no se ponían al debate en el pleno. Según el presidente Daniel Salaverry, ello se debía a que los ponentes de ambas comisiones no estaban dispuestos para tal tarea, versión no desmentida hasta ahora. Pero por fin salió uno, la importante ley de creación de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, que supone la pronta aprobación de su ley gemela para el Ministerio Público.

La gran diferencia con relación a la Oficina del Control de la Magistratura (OCMA) vigente, es que la nueva Autoridad de Control tendrá más autonomía política, porque su jefe no será nombrado por la Corte Suprema sino por la Junta Nacional de Justica (JNJ) mediante concurso de méritos y por un periodo de 5 años no renovables, y solo puede ser destituido también por la propia JNJ. Es un avance importante.

Autonomía política sin autonomía económica

Lamentablemente esa autonomía política no viene acompañada de una autonomía económica y administrativa. La ley no dispone un pliego propio para la Autoridad ni tampoco un porcentaje del presupuesto del Poder Judicial. Se especifica, sí, que “El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a solicitud de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, prioriza la dotación de instalaciones especiales, presupuesto, personal especializado, sistemas informáticos, equipos multidisciplinarios y peritos con reconocida solvencia técnica y probidad en el ejercicio del cargo”. Pero esto es puramente declarativo. A la hora de los hechos, podría ocurrir con la nueva Autoridad lo mismo que ocurre con la OCMA, que carece de recursos y de buenas computadoras acaso porque al sistema no le conviene una autoridad de control fuerte.

Esto se hubiese resuelto si hubiese prosperado la modificación que introdujo el dictamen de la Comisión de Justicia, que adscribía la Autoridad (a la que llamaba Superintendencia) no al Poder Judicial sino a la propia Junta Nacional de Justicia. Lamentablemente esa propuesta no pudo prosperar porque se argumentó que implicaba una enmienda constitucional. Quizá sería bueno entonces plantear dicha reforma constitucional, para que la reforma traiga consigo un cambio real.

En lo administrativo la dependencia del Poder Judicial es absoluta. La Autoridad ni siquiera hará su propio reglamento de organización y funciones, sino que éste será elaborado y aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Solo jueces, aunque especializados en control

También se ha retrocedido en la propuesta de que los integrantes de la Autoridad pudieran no ser todos ellos jueces sino profesionales externos en alguna proporción. Ahora deben ser jueces, aunque jueces especializados en control, pues se crea “la especialidad de control disciplinario judicial”. Eso es mejor que lo actual, sin duda, porque reduce los conflictos de interés y las compadrerías que se presentan cuando un juez puede ir y venir de la judicatura al Control. La ley establece que los magistrados de la Autoridad Nacional de Control “son denominados jueces de control y se incorporan mediante concurso público de méritos conducido por la Junta Nacional de Justicia para prestar servicios en la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial”.

Ya no hay cuerpo policial

Otro retroceso, esta vez en relación al proyecto original de la comisión Wagner, es que se ha eliminado la disposición clave de que la Autoridad tuviera un cuerpo policial adscrito para investigar y develar casos de corrupción en las Cortes. La necesidad de este cuerpo era tanto más notoria luego de que el ex presidente de la Corte Suprema, Víctor Prado, confesara que había cuando menos 14 Cortes Superiores penetradas por el crimen organizado, lo que en realidad no era ninguna novedad. No se entiende por qué el Congreso retiró esta disposición. Debería ser repuesta en un nuevo proyecto de ley.

Tal parece que la concepción de control que ha primado es la de un control puramente disciplinario referido a faltas en el ejercicio de la función, y no a desarrollar mecanismos preventivos y correctivos de la corrupción propiamente dicha. De allí que no se haya admitido la posibilidad de funcionarios de fuera, sino que tengan que ser jueces, y que tampoco se haya incorporado la propuesta de un cuerpo policial.

Conclusión

Para que esta reforma no se diluya y adquiera toda la potencia de cambio que pudiera tener, debería quedar en la agenda legislativa pendiente la necesidad de darle a la Autoridad Nacional de Control tanto autonomía económica como capacidad de investigación de la corrupción existente en el cuerpo judicial. No vale tanto esfuerzo y tanta lucha política para terminar en una reforma a medias. Lampadia




¿Qué hacer para reconvertir en positiva la unicameralidad sin reelección?

¿Qué hacer para reconvertir en positiva la unicameralidad sin reelección?

Jaime de Althaus
Para Lampadia

El referéndum ha servido para consolidar la aprobación presidencial y para canalizar el rechazo de la población al Congreso y a la clase política. Pero, como sabemos, las soluciones respaldadas por el pueblo no son las mejores para consolidar una democracia funcional y eficiente. La unicameralidad sin reelección es un albur completo, y no sirve para consolidar una clase política capacitada ni para reconstruir un sistema de partidos. En ese marco, ¿qué podemos hacer?

La solución que había conversado en privado el presidente Martín Vizcarra con el presidente del Congreso, Daniel Salaverry, era que luego del referéndum, el Congreso aprobaría el establecimiento de la bicameralidad vía dos legislaturas ordinarias, lo que sería respaldado por el Presidente para darle respaldo político. Pero el resultado del referéndum ha sido abrumador en este punto: sólo un 9% del voto válido respaldó el SI a la bicameralidad. Más de un 90% lo ha hecho por el NO. ¿Es viable políticamente que el Congreso proceda a aprobar una reforma constitucional que el pueblo ha rechazado de manera tan contundente?

Muy difícil. Si, como parece, no queda más remedio que resignarse a mantener la unicameralidad, solo quedan tres medidas para controlar en alguna medida tanto la tentación del poder como la eventual mala calidad o el populismo de las normas que pueda dictar una cámara única:

  • La primera sería que la insistencia del Congreso ante una ley observada por el Ejecutivo, sólo pueda ser aprobada por los 2/3 del número legal de congresistas (como es en casi todas las democracias) y no solo por la mitad más uno, como es ahora, que limita severamente el poder de veto presidencial. La observación de leyes excesivas por parte del Ejecutivo cumpliría en alguna medida el papel del Senado.
  • La segunda es que las exoneraciones de segunda votación o del pase a comisiones, o sean prohibidas, o requieran también una votación bastante más alta que en la actualidad.
  • La tercera es aún más importante: crear en el Congreso una Oficina de Análisis de Impacto Regulatorio y Económico de los proyectos de ley, cuyos informes no tengan necesariamente poder vinculante pero sí sirvan como una referencia tanto para el legislador como para la opinión pública, que podrá juzgar si una ley tiene efectos contraproducentes o un costo mucho mayor que el beneficio que traería. El congresista Alberto de Belaunde planeó a inicios de este Congreso un proyecto de ley para crear dicha Oficina, pero no ha sido considerado hasta ahora. 

Por su parte, la no reelección de congresistas, que dificulta la formación de una clase política y atenta contra la consolidación de los partidos políticos, obliga a aprobar una reforma política que ayude a consolidar unos pocos partidos serios y a que los congresistas que no pueden reelegirse de manera inmediata puedan reciclarse en un think tank partidario un su período sabático.  Las reformas serían las siguientes:

Para reducir el número de partidos:

  • Distritos electorales más pequeños, uni o binominales
  • Subir la valla a las alianzas, para que no sean una manera de saltar la valla del 5%
  • Obligación de participar en todas las elecciones generales y en todas las subnacionales con candidatos por lo menos en el 50% de las circunscripciones

Para fortalecer los partidos:

  • Eliminar el voto preferencial (reemplazándolo precisamente por distritos electorales más pequeños)
  • Elecciones internas, de preferencia primarias y abiertas, organizadas por la ONPE

Para que los congresistas que acaban su periodo puedan tener la opción de seguir en actividad política en el partido y contribuir así a firmar una clase política preparada:

  • Que las empresas puedan financiar con el pago de sus impuestos think tanks en los partidos. Es decir, Partidos por Impuestos (PxI), una muy buena propuesta de Carlos Meléndez.

Esta reforma como esta ayudaría de paso a fortalecer los partidos políticos, pues tendría el efecto importantísimo de permitir que las organizaciones partidarias se conviertan en centros de estudios y discusión de la realidad nacional e internacional de modo que puedan formular planes de gobierno serios que les sirvan para gobernar cuando llegan al poder. Esto redundaría, entonces, en la gobernabilidad del país, haciendo la democracia más eficiente y capaz de responder a los problemas del pueblo.  

El Congreso debería aprobar estas propuestas, a fin de sacar el mejor provecho posible del referéndum del 9 de diciembre del 2018. Lampadia