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El Congreso Virus en las AFP

El Congreso Virus en las AFP

Fernando Muñoz Nájar Perea
Para Lampadia

Nuestros políticos, en su mayoría, tienen siempre el mismo comportamiento populista. Aquí precisaremos algunos conceptos y cifras y haremos una propuesta de una reforma de pensiones que podría resolver el problema de los independientes, que son la gran mayoría de la población. Alejándonos del pensamiento de esos políticos que tratan de ganar popularidad a costa del dinero de los trabajadores en los Fondos de Pensiones, causándoles daño en su futura pensión.

Revisemos las propuestas de los políticos en las últimas crisis:

  • En la crisis del 2008 se propuso: que las AFP paguen.
  • En el Niño Costero se propuso: que las AFP paguen.
  • En el Corona Virus se propone: que las AFP paguen.

Y cuando llegue el día de la jubilación le dirán:

Que Dios te pague la pensión, porque tú ya la gastaste.

Y el congresista “amigo” le dirá:

¿por qué la gastaste?, tú tienes la culpa.

Cada día es más urgente hacer una “reforma de pensiones”, que incluya en los colegios un curso dedicado a enseñar la necesidad de las pensiones de jubilación. Así se eliminarán las propuestas “salvadoras” de las crisis para regalar los fondos de las AFP a sus propietarios, quienes además son una pequeña porción de la población.  

Para las etapas de crisis deben crearse seguros de desempleo, utilizar los fondos de emergencia, etc. Las propuestas ya han desvirtuaron la finalidad de la CTS, ahora quieren hacerlo con las AFP. Utilizan la engañosa frase “las AFP no te quieren dar tu plata”. Sucede que el dinero es del trabajador y lo recibe cuando se jubila, es así de sencillo. Cualquier cosa diferente es mentira y aceptarla le costará muy caro al trabajador.

Antes de analizar la propuesta de una posible reforma precisemos algunos conceptos, que luego de 27 años de funcionamiento de las AFP no se han entendido, en especial respecto del dinero del Fondo de Pensiones en las AFP:

  • El dinero del Fondo NO es de las AFP, es de cada trabajador. Ahorrado con esfuerzo, con el sacrificio de sus ingresos mensuales en toda su vida laboral. Es un robo al trabajador utilizarlo para otro fin.
  • El dinero del Fondo es de propiedad del trabajador, y si este fallece, constituye herencia al igual que una casa, un auto o cualquier bien. La AFP NUNCA se queda con un sol del trabajador.
  • El dinero del Fondo tiene como objeto lograr una pensión de jubilación para el trabajador. Que al cumplir 65 años tendrá una expectativa de vida de 87 años, en promedio, deberá vivir de su pensión 22 años. Es claro entonces que NO es para solucionar crisis, NO es para cuando se cae la economía del país, tampoco para fenómenos del clima, ni para problemas de epidemias. Tampoco para viajar o comprar autos. Hay que repetirlo, para esos fines están la CTS, los seguros de salud, ahorros, etc., y los supuestos fondos de contingencia del Estado.
  • Ese dinero es INTANGIBLE según la ley que creó el SPP. Pero ese término no lo entienden los congresistas, ni los presidentes de turno y menos la prensa roja.
  • El rendimiento del Fondo del trabajador va a la cuenta del mismo trabajador, la AFP NO puede tocar un sol de ese dinero. La AFP se sostiene de las comisiones que cobra, no de las utilidades del Fondo del trabajador. Para hacer clara la diferencia existen dos contabilidades separadas la de la AFP y la del Fondo.
  • El dinero del Fondo está invertido 55% en el Perú y 45% en el extranjero, por dos razones: i) para una amplia diversificación de la inversión la cual produce mayor rentabilidad para el trabajador y ii) porque en el Perú NO hay suficientes instrumentos financieros de largo plazo en donde invertir. Más claro, no hay obras de infraestructura nuevas hace tiempo, o hay muy pocas y son de lentísimo inicio, porque nuestros gobiernos no las han realizado.  
  • El dinero del Fondo normalmente tiene fluctuaciones, que van de acuerdo a la economía del país y del mundo. Es natural que se reduzca y que luego recupere con creces. Como sucedió en la crisis del 2008, en que inicialmente se redujo por pérdidas en la bolsa, pero meses después se recuperó con creces. Para eso está bien invertido y controlado por la SBS día a día. Igual sucede hoy con el problema del Corono virus.

Veamos la composición de la Población Económicamente Activa (PEA) o en edad de trabajar, dividiéndola en dependientes e independientes, según estén o no en una planilla de sueldos de una empresa:

Revisemos ahora cuántas son las personas que están en una AFP y cuántas en la ONP (cuyas pensiones son bastante reducidas) y que porcentaje del total de la PEA representan:  

Preguntas que surgen luego de ver las cifras:

¿Por qué no se hace un sistema para los 13 millones de trabajadores que no tienen acceso a ningún sistema? ¿No es el grupo más grande sin derecho alguno a pensiones y salud?

¿Por qué nadie menciona que la ONP deja sin pensión a un tercio de sus aportantes? ¿Ignorancia de lo que pasa en la ONP? ¿tal vez porque es empresa pública y siendo pública no tiene importancia que deje en la calle a miles de peruanos? 

¿Por qué en cada crisis se pretende arreglar el problema del Perú dando dinero de su propio Fondo a los trabajadores afiliados aportantes a las AFP?, Si son solo el 18.2% de la PEA? (aportantes 3,2 MM / PEA 17.6 MM)? ¿Es por odio hacia el sistema de AFP?

Revisemos también cuántos son los pensionistas en las AFP, que actualmente son beneficiarios del dinero de su Fondo:

Estas casi 180 mil personas viven de su pensión actualmente y hay más de tres millones en camino de recibir su pensión al cumplir los 65 años, si es que los congresistas se lo permiten, si no, al jubilarse tendrán que vivir en la miseria o en la incertidumbre, como la mayor parte de los trabajadores peruanos.

Una propuesta responsable para los trece millones de independientes

Es esta una importante coyuntura para hacer cambios en favor de la población, cambios dirigidos a dotar de beneficios a los que no los tienen y que hasta hoy el Estado no ha sido capaz de brindarlos.

La propuesta es la siguiente:

Crear un fondo para pensiones y salud, dirigido a los casi 13 millones de trabadores independientes, utilizando una porción del IGV y del ISC que paga cada uno de ellos, trasladándola, a una cuenta individual a su nombre.

Con el dinero de esa cuenta se pagará su seguro de salud y se creará un Fondo para su futura pensión.

Esta propuesta tiene la ventaja de que el independiente no tendría que pagar un sol, su aporte sale de los impuestos que hoy paga. La mayoría de independientes desconoce cuánto es lo que paga por IGV y por el ISC día a día.

La ley que se propone debe prohibir que el ciudadano retire, tome prestado el dinero o lo use para un concepto diferente. Deberá también especificar penas privativas de libertad para toda persona que incentive, plantee o trate de cambiar su uso. Evitando de esa forma que políticos inescrupulosos de siempre propongan utilizar ese dinero para ganar votos, causando miseria en la etapa de jubilación de los trabajadores y/o desapareciendo el servicio de salud.

La administración del Fondo que se crearía se licitaría a instituciones privadas y públicas, de reconocido prestigio. Debería estar a cargo de la SBS.  

El procedimiento sería sencillo, el trabajador se identificaría con su número de DNI al adquirir un bien o un servicio, la SUNAT separaría una porción del IGV que se depositaría directamente en la cuenta individual administrada por el Fondo de independientes.

La finalidad del Fondo de Independientes será único y exclusivo:

  • Pagar el seguro de salud que el trabajador libremente escoja y
  • Crear un fondo dirigido a su pensión de jubilación que también iría a la administradora que el trabajador escoja libremente.   

Considerando que la recaudación del IGV y el ISC en el año 2019 ha sido de 42,600 millones de soles, un monto casi igual al del impuesto a la renta, sería muy razonable que una porción se utilice directamente para brindar salud y pensiones al trabajador que paga esos impuestos.

Se entiende que esta facilidad estará dirigida exclusivamente a los trabajadores independientes. Una ventaja adicional es que permitiría a la SUNAT identificar a las personas con un nivel alto de consumo que no tributan.

Fuentes:

  • SBS para datos de las AFP.
  • Sunat para datos tributarios.
  • ONP no hay información exacta.

Las cifras han sido respetuosamente redondeadas para facilitar su comprensión.

Lampadia




La reforma laboral del ministro de economía

A pesar de las lecciones del CADE

Recientemente, el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva, dio algunos alcances acerca de lo que sería la tan ansiada y, a la vez, controversial, reforma laboral que propondría el Ejecutivo. Ello en un contexto en el que el Presidente Vizcarra cae en serias contradicciones entre su reciente discurso en el CADE –que motivó la salida del Ministro de Trabajo- y sus posteriores declaraciones en su mensaje a la Nación de la semana pasada, en el que afirmó: “Este gobierno no pretende realizar una reforma laboral que recorte los derechos adquiridos de los trabajadores, ni de quienes se incorporen al mercado laboral”. [Ver Lampadia: El Presidente cierra la puerta a reformas que generarían mucho empleo].

Abstrayéndonos del muro puesto por delante por el presidente Vizcarra, queremos referirnos a las ideas del ministro.

La propuesta del Ministro es insuficiente y no tendría efecto alguno en una mayor generación de empleo formal y por ende en el aumento de los salarios de los trabajadores. Pero más importante aún, no se constituye como un verdadero derrotero para superar la informalidad laboral, puesto que no ataca la alta rigidez que caracteriza nuestra legislación laboral, proveniente en su mayor parte de lo onerosa que es la práctica del despido en los contratos a plazo permanente en nuestro país.

Veamos:

En primer lugar, el Ministro de Economía propone que como alternativa a la reposición a los trabajadores por despido arbitrario, se pueda concretar una indemnización. O sea, de darse la indemnización, ya no debería caber la reposición.

Pero el ministro lo plantea como una alternativa, en vez de eliminar la reposición. La que por supuesto, solo debiera mantenerse para casos de despidos irregulares.

¿Por qué es perniciosa la reposición al trabajador?

La reposición del trabajador se generalizó como producto de un fallo del Tribunal Constitucional en el 2001 en el que se perseguía el objetivo de “reponer las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación de un [supuesto] derecho constitucional”, es decir, devolver al trabajador -en este caso, contratado permanentemente- a su puesto de trabajo en caso haya sido despedido arbitrariamente.

El impacto generado por este fallo ha sido gravísimo en términos de generación de empleo formal y crecimiento de la informalidad y precarización del empleo. Por ejemplo, un riguroso estudio presentado por GRADE en el 2017, demuestra un cambio de la estructura del tipo de empleo:

Fuente: Los efectos desprotectores de la protección del empleo: el impacto de la reforma del
contrato laboral – Almonacid,  De la Flor & Jaramillo (2017)

Tal como evidencia dicho estudio, desde que entró en vigencia esta medida hasta el 2015, se han perdido 900,000 empleos que hubieran sido a plazo indefinido, pero que, debido a esta reforma, han tomado la forma de contratos temporales. Esto se traduce en una pérdida de ingresos de los trabajadores en el orden de los 6,100 millones de soles.  Peor aún, 36,000 trabajadores que hubieran sido sindicalizados ya no lo son debido a esta misma medida. En otras palabras, una política que tenía como objetivo “proteger” a los trabajadores terminó “desprotegiéndolos”.

Pero eso no es todo. Actualmente, el costo del despido en el Perú no solo conlleva al pago de una indemnización y la eventual reposición del trabajador, sino que a esto, por el ingenio de la Corte Suprema de Justicia, se suma también un pago por supuestos “daños y perjuicios”, que, como señaló Jorge Toyama en el reciente CADE, es una compensación hecha por un “estrés post-despido”, monto que puede ascender entre 4 a 5 sueldos. Dadas estas condiciones, no es de sorprender que el Perú ocupe el puesto 128 de 140 en lo que refiere a prácticas de despido y contratación, según el último Reporte de Competitividad del Foro Económico Mundial.

En segundo término, la propuesta del ministro plantea un cambio de las vacaciones que pasarían de 30 días calendario a 22 días laborables, con la posibilidad de que las personas pudiesen tomarlos a su elección durante el año. Consideramos que esta medida tendrá un impacto ínfimo sobre los llamados “sobrecostos laborales”, que vale la pena decir, no representan ni el 1% de la problemática de la rigidez en la legislación laboral, la cual está básicamente explicada por el alto costo del despido.

Los llamados “sobrecostos laborales”, entiéndanse, CTS, gratificaciones, asignación familiar, entre otros, son conceptos de gasto que si bien están internalizados por los empresarios en sus costos de empleo anuales, y no deberían resultar relevantes para ser reputados como sobre costos, si determinan una importante brecha de costos con el empleo informal, y por lo tanto, terminan constituyéndose como inhibidores del empleo formal.

En esta línea, consideramos que el Gobierno podría verse limitado a poder variar cualquiera de estos conceptos de gasto, pero de ninguna manera es aceptable, que se mantengan los abultados costos de despido, especialmente, la reposición del trabajador en su empleo. Urge acabar con esta medida populista que no ha hecho más que incrementar la valla de la formalidad imposibilitando el crecimiento de las clases medias que hoy en día quisieran disfrutar del sistema. Los 300 mil jóvenes que entran cada año a la fuerza laboral agradecerán tal decisión. Lampadia

Ver video de sesión: Informalidad, límite para el crecimiento del CADE 2018 con presentaciones de Jorge Lazarte, Jorge Toyama, José Carlos Saavedra, y Sandro Fuentes:

 




Momento del acuerdo político para la reforma laboral

Momento del acuerdo político para la reforma laboral

Jaime de Althaus
Para
Lampadia

Hace unos días Lampadia dio cuenta de una noticia extraordinaria: el congreso brasilero había derogado una ley del año 1943 inspirada en la “Carta de Lavoro” de Mussolini que creaba un impuesto para subvencionar a los dirigentes sindicales de las empresas. En buena cuenta el Estado pagaba un salario a las dirigencias laborales. Fuera de eso, la ley aprobada por el congreso brasilero puso fin a la estabilidad laboral absoluta facilitando la contratación y la desvinculación de los trabajadores a cambio de una debida indemnización.

En el Perú no logramos construir hasta ahora la suficiente decisión política para reformar nuestra excluyente y rígida legislación laboral, que no solo mantiene en la informalidad y sin derechos a la gran mayoría de trabajadores peruanos, sino que, de paso, nos pone amarras que no nos dejan competir con eficiencia en la economía global a fin de crecer a tasas que nos permitan desarrollarnos.

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Fuente: scoop.it

En su discurso de 28 de julio, el Presidente Pedro Pablo Kuczynski se refirió de manera muy general al tema del empleo y sencillamente no planteó el problema tal como es ni la necesidad de reformar el carácter excluyente de nuestro marco legal. Su discurso fue vencido nuevamente por el temor político, pero anunció que el tema se vería en el Consejo Nacional de Trabajo, como si no supiera que la CGTP ya se retiró de esa instancia hace pocos meses cuando el ministro Grados empezó a plantear los asuntos de fondo, pese a que, como veremos, la CGTP sería la principal beneficiaria de las reformas, al poder ampliar su base sindical.

Por lo tanto, si no nos vamos a pasar el periodo entero de gobierno sin atrevernos a enfrentar el asunto, no cabría otra salida que convertirlo en materia del acuerdo político que empezó a gestarse en la reciente reunión entre el Presidente Kuczynski y Keiko Fujimori.

Eliminado la estabilidad absoluta, la CGTP podría ampliar su base sindical

No vamos a repetir los datos ya conocidos acerca de los altísimos niveles de informalidad laboral que tenemos, de los más altos del mundo. Somos uno de los pocos países en el que la indemnización no cuenta como una protección adecuada al despido, de modo que el juez puede imponer la reposición del trabajador aun cuando haya sido indemnizado y haya cometido actos manifiestamente delictivos. (Se ha llegado al extremo de reponer policías dados de baja por delitos). Ya conocemos los efectos perversos de este condicionamiento. Perjudica incluso a los sindicatos y a las propias centrales sindicales, que deben resignarse a operar sobre una base sindical minúscula debido no solo a la altísima informalidad, sino a que, aun dentro de la pequeña esfera formal, la tasa de sindicalización es casi inexistente: los trabajadores sindicalizados en el sector privado son hoy apenas el 1.2% de la población ocupada, un porcentaje ridículo que debería darle vergüenza a la CGTP. Y son apenas el 5.8% de los trabajadores privados en planilla.[1] Ridículo también.

La explicación del tamaño irrisorio de la sindicalización en nuestro país es precisamente la legislación laboral vigente y la antojadiza interpretación del artículo 27º de la Constitución por parte del Tribunal Constitucional, presidido por el acciopopulista Javier Alva Orlandini a principios de siglo, que consideró, estableciendo el precedente,que la indemnización por despido no constituye protección suficiente contra el “despido arbitrario”. Esto, sumando a los altos costos no salariales del trabajo, inhibe a las empresas de todo tamaño, y sobre todo a las medianas y pequeñas, de contratar formalmente trabajadores. Y cuando los contratan optan por el contrato temporal a plazo fijo. Si antes la mayor parte de los contratos en el sector privado eran a tiempo indeterminado, en la actualidad cerca del 70% de los contratos son temporales a plazo fijo. Pero, como señala PLADES,[2] los contratos a plazo fijo “desincentivan la afiliación sindical y restringen el acceso a la negociación colectiva de los trabajadores, disminuyendo las posibilidades de obtener mejores remuneraciones y mejores condiciones de trabajo”.

Sí resulta claro que lo que le convendría a la CGTP es que las empresas encuentren atractivo el contrato a plazo indeterminado, para que la mayor cantidad de trabajadores se puedan sindicalizar y pueda así la CGTP ampliar sus bases y su poder, uno se pregunta si la renuencia de la clase política y del Tribunal Constitucional a precisar los alcances del artículo 27º de la Constitución en el sentido natural, obedece a una conspiración política para que ni la sindicalización, ni la negociación colectiva ni la CGTP crezcan.

Las propuestas del Ministro

Por supuesto, no es esa la única reforma que deba ser materia de un acuerdo político. El ministro de Trabajo, Alfonso Grados, ha venido trabajando en el diseño de un conjunto de mejoras específicas de la normativa orientadas a generar nuevos puestos de trabajo, duplicar la formalidad laboral pasándola del 28% de la población ocupada al 52% el 2021, elevar la productividad promedio de los trabajadores y elevar su ingreso promedio. Es obvio que un mercado laboral menos atado demandará más trabajadores formales y una  mayor demanda de trabajadores llevará a mayores salarios. Ese ha sido el camino de los países del sudeste asiático, que comenzaron con salarios misérrimos hace 30 o 40 años y hoy son varias veces superiores a los de nuestros trabajadores peruanos. 

En diciembre del año pasado el ministro de Trabajo presentó al Consejo Nacional del Trabajo 19 propuestas vinculadas a temas como los ceses colectivos (para que funcionen pero protegiendo mejor la situación de los trabajadores),[3] la negociación colectiva (para mejorar el arbitraje potestativo[4] por ejemplo), y las escalas de multas del Sunafil (para que no se aplique a una familia o a una microempresa la misma multa que a una gran empresa, por ejemplo), entre otros. Esas propuestas se discutieron, pero a la hora entrar a discutir reformas de fondo para facilitar la contratación formal de trabajadores manteniéndolos más tiempo en la planilla, es decir, con mayor seguridad para ellos, pero adaptando distintas modalidades laborales a las realidades del mercado en los distintos sectores a fin de mejorar la competitividad global de nuestras empresas y que estas, al crecer, puedan ofrecer más empleo formal y de calidad, las centrales se retiraron.

Las reformas que plantea Grados buscan reducir los llamados “costos no salariales del trabajo” sin reducir beneficios o derechos, a fin de incentivar la contratación de más trabajadores formales, cambiando, por ejemplo, para los nuevos, la CTS por un seguro de desempleo con capacitación, de modo que no se proteja el puesto de trabajo –que puede quedar obsoleto- sino al trabajador mismo. Esta propuesta, sin embargo, aún no ha sido aceptada por el MEF.

¿Eliminar los regímenes especiales para la exportación?

Una de las propuestas que está elaborando el ministro responde a un pedido clásico de la CGTP y de los sindicatos de los países importadores (que buscan así proteger sus mercados). Consiste en eliminar el régimen de exportación no tradicional de inmediato y el régimen agrario a su vencimiento, el 2021.Es una propuesta preocupante a primera vista porque esos regímenes han funcionado muy bien y han permitido desarrollar las exportaciones respectivas de una manera sin precedentes, proporcionando al mismo tiempo gran cantidad de empleo formal. En realidad, es casi el único empleo formal nuevo y masivo generado en los últimos 20 años.

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Fuente: revistaganamas.com

Lo que plantea el Ministro es incorporar esos dos regímenes en el régimen general, introduciendo en este últimoalgunas de las características de esos regímenes especiales. Por ejemplo, el Régimen General adoptaría, de manera voluntaria, la llamada RIA (Remuneración Integral Anual), de manera que se pueda pagar las gratificaciones y la CTS en doce alícuotas, junto con el sueldo mensual. Al mismo tiempo, se ajustaría y simplificaría los contratos sujetos a modalidad del régimen general de modo de incorporar en ese régimen, regulándolas mejor, las modalidades hoy recogidas por los regímenes agrario y de exportaciones no tradicionales. En el caso de este último la idea sería ajustar la contratación a plazo a los pedidos de exportación, por ejemplo, poniendo un límite alto al número de años en que se puede renovar el contrato a plazo. En nuestra opinión, esta última medida corre el riesgo de convertirse en una caja de Pandora que todos los años sea motivo de negociaciones que la lleven a su desnaturalización.

En cuanto al régimen agrario, el ministro nos explica lo siguiente: “La idea es mantenerlo hasta el 2021 con una gradual revisión de las vacaciones, incrementándolas paulatinamente de modo que el impacto sea manejable. Efectivamente la RIA se aplicaría voluntariamente al nuevo régimen general y si eventualmente el MEF valida el seguro del desempleo, resolveríamos el tema de la CTS. Sí tendríamos que ajustar en algo la RIA mínima del régimen agrario pues hoy, al desagregarlo, no cubre la RMV. Creo que ese ajuste lo debemos hacer pronto. Por todo lo dicho, nuestra postura no es eliminar el régimen al 2021, sino que a esa fecha las diferencias entre el régimen agrario y el nuevo Régimen General no serían tan grandes, y con ello se tomarán decisiones más ajustadas”.

En otras palabras, se incorporaría al régimen general, ajustándolas,algunas particularidades de esos dos regímenes especiales.

Una alternativa más efectiva para lograr un ambiente regulatorio ‘pro-empleo’, sería más bien, llevar paulatinamente el régimen general hacia los regímenes especiales, pero es muy difícil que un gobierno débil se avenga a plantearlo.

Paralelamente la llamada “Comisión de Protección Social” ha venido preparando una propuesta, que aún no está lista, que incluiría un nuevo sistema de pensiones, la integración y universalización del aseguramiento en salud, y, como decimos, la protección contra el cese laboral. Algo que debería merecer un amplio debate público antes de empezar a configurarse.

Como fuere, el lastre del marco legal del trabajo en el Perú es demasiado pesado y oneroso como para seguir con la venda en los ojos. Es hora que el gobierno y Fuerza Popular se sienten a trabajar un acuerdo político que permita que la mayor cantidad de peruanos pueda acceder a un empleo formal, con derechos y mejor pagado. Todo lo demás es demagogia o cobardíaLampadia

[1] Ver Ministerio de Trabajo, Anuario Estadístico Sectorial 2015, Cuadro Nº 55

[2]Plades, Trabajo y Desarrollo, Alertas laborales Nº 1, Abril-Mayo 2017

[3]Según el ministro Grados, el Ministerio de Trabajo prácticamente nunca a autorizar ceses colectivos, pero la norma es usada por los empleadores pues les permite que el primer día que ingresa el expediente puedan pedir “suspensión perfecta de labores”, por la cual los trabajadores dejan de percibir ingresos hasta que cese colectivo se resuelva. Si es denegado los trabajadores deben debe ser repuestos y reconocérseles los días no trabajados. Pero el Ministerio casi nunca llega a resolver porque mientras tanto los empleadores negocian uno por uno sus renuncias. En la reforma propuesta ya no hay suspensión perfecta de labores, sino solo  por grave situación económica. En esos casos resuelve en 10 días.  Ya no es unilateral. Y el trabajador recibe una  indemnización aunque pequeña. Por supuesto, la respuesta de la CGTO es: “Ud. Quiere masificar los ceses colectivos”.

[4] Para que el arbitraje potestativo no sea invocado abruptamente, cortando negociación colectiva. Tiene que haber alguna causal: mala fe, primera negociación o si no hay acuerdo en torno a instancia. Y, sobre todo, elimina la capacidad de árbitros de atenuar propuestas de las partes. Deben elegir entra una o otra, a fin de obligar a las partes a aproximar sus posiciones.

 

 




La reforma laboral que los peruanos necesitan

La reforma laboral que los peruanos necesitan

(Shhh, ¡Cuidado, de eso no se debe hablar!)

Uno de los temas principales en la agenda pendiente del Perú, para promover el empleo de calidad y superar la informalidad, que condena al 70% de los trabajadores, a vivir sin derechos laborales efectivos, es la normativa laboral. Nuestras regulaciones laborales inhiben la formalización del trabajo y, contrariamente, a los considerandos con que se fue creando, solo favorece a los pocos que tienen trabajo formal y, de facto, es elitista y está representada por cúpulas sindicales, como la CGTP, que solo pueden hablar en nombre de una ínfima proporción de trabajadores.

El arreglo de esta situación conlleva el tener que enfrentar una reforma laboral  que despercuda nuestras normas de sus estipulaciones fariseas e hipócritas. La manipulación populista de este tema ha llegado a tal nivel de penetración, que durante la reciente campaña electoral, ninguno de los candidatos se atrevió a tocar el tema por miedo a recibir un ‘bullying’ político y mediático.

Esta situación de inconsecuencia llega a tal nivel, que en el pasado mes de abril, cuando el gobierno socialista francés planteo una reforma laboral modernizante, la noticia no fue difundida por los medios nacionales, con excepción de Lampadia (ver: Reforma laboral francesa: flexibilidad o más desempleo). Solo cuando las protestas de los jóvenes franceses tomó cuerpo, algunos medios reportaron los desmanes.

Todo esto ejemplifica, una vez más, la debilidad de nuestra clase dirigente y la falta de líderes visionarios que muestren tercamente el camino de la prosperidad.

Según el World Economic Forum, por las normas de contratación y despido, el Perú es uno de los países con mayor rigidez laboral en el mundo; ocupamos el puesto 14 de 144 (donde el primero es el de mayor rigidez). Como afirmó Iván Alonso en La reforma laboral (Comentado por Lampadia): “¿Qué aspiración al desarrollo podemos contemplar si nuestro sistema laboral es más rígido y menos propicio para la creación del empleo formal que en todos los países desarrollados que integran la OECD? ¿Qué Alianza del Pacífico queremos forjar si el Perú tiene los costos no salariales y costos para el despido mucho mayores que en Chile, Colombia y México?”

Una reciente publicación de EY titulada Guía de Negocios e Inversión en el Perú (publicada en nuestra sección documentos), describe en una de sus secciones los principales elementos de nuestra legislación laboral, los cuales analizamos líneas abajo.

Contratación

Se da mayormente mediante contratos a plazo indefinido, y otorga al trabajador todos los derechos y beneficios laborales creados por la profusa normativa (ver líneas abajo).

Además de regímenes especializados para ciertos sectores, existen otros dos tipos de contratos: a plazo fijo y a tiempo parcial. El primero es por un periodo en particular y también cuenta con todos los beneficios, mientras que el segundo es de a lo mucho cuatro horas a la semana en promedio y no cuenta con el beneficio de indemnización por despido arbitrario ni compensación por tiempo de servicios (CTS) y solo cuenta con 6 días laborables de vacaciones anuales.

En el caso de los extranjeros, se dan las mismas opciones, pero, adicionalmente se requiere que sus contratos sean aprobados por el MTPE con la estipulación de ‘calidad migratoria habilitante’. Esto podría ser más complicado de lo que parece. Por ejemplo, gracias a la Ley Universitaria (Mora – Saavedra), para ser profesor universitario, es obligatorio tener una maestría con 48 créditos y haber culminado con una tesis.  El problema es que en el extranjero, muchas maestrías solo tienen 24 créditos y no necesariamente requieren de tesis. Ergo: un escondido mecanismo de protección para evitar la competencia de extranjeros que perjudica al objetivo del sistema educativo: el estudiante. (Una maestría de la Universidad Alas Peruanas permite la docencia, pero una del MIT, Yale o Harvard, no).

Beneficios Laborales

Estos beneficios son un gran dilema para la formalización del empleo. El exceso de beneficios y la obligación de que se apliquen uniformemente, sin tomar en cuenta diferencias de tamaño y productividad de las empresas, inhibe su aplicación en el llamado sector informal. El conjunto de estos derechos laborales crea grandes sobrecostos. Según Alonso, “sumando las gratificaciones, CTS y otros beneficios, y dividiendo entre los 12 sueldos por año, se llega a la conclusión de que hay unos sobrecostos del orden del 50% o 60%”.

Despido

El mayor inconveniente de las regulaciones radica en el costo de despido, que en teoría es de 1.5 remuneraciones por año trabajado hasta un tope de 12 remuneraciones.

Pero, más allá del costo monetario, está la ‘suerte de estabilidad laboral absoluta’ que se ha ido generando como producto de fallos de la Corte Suprema y del Tribunal de Garantías Constitucionales. Éstos llevan a tener que hacer reposiciones que desconocen la realidad económica de las empresas, destruyen la productividad y hasta, en instituciones como la Policía Nacional, por orden judicial, se obliga a reponer a elementos separados por actos delincuenciales. En este caso, se ha llegado a judicializar la disciplina en las Fuerzas Policiales.

Tributos y aportes que gravan las remuneraciones

El empleador asume la responsabilidad de retener y pagar el impuesto a la renta de sus trabajadores, monto que dependerá del ingreso anual del mismo. Además, el empleador asume el pago de los siguientes elementos:

El ‘Valle de la Muerte’

Tal vez el mayor escollo para la formalización, mayor al tributario, es el laboral, pues los fiscalizadores laborales pueden exigir compensaciones y multas hasta por los diez años anteriores. El resultado de esta eventual carga es de tal proporción, que de aplicarse efectivamente ‘quiebra’ a la empresa es lo que Pedro Olaechea ha llamado “el valle de la muerte” (el imposible paso de micro y pequeña empresa a una categorías de mayor tamaño y formalización). Ver en Lampadia: Sin flexibilidad laboral perdemos empleo y productividad.

Por eso es que el Perú no tiene muchas empresas medianas. Las que se atreven a hacer la transición mueren y, las demás se inhiben de formalizarse.

Como hemos reseñado líneas arriba, el Perú es uno de los países de mayor rigidez laboral del mundo. Lo que es más, durante los últimos 15 años hemos transitado de regreso a la estabilidad laboral absoluta, uno de los grandes frenos a la creación de empleo formal y de calidad. Una afrenta injustificable e hipócrita que afecta a los trabajadores más humildes y más necesitados de una protección laboral adecuada y efectiva.

¿Quién le va a poner el cascabel al gato?

La reforma laboral ha devenido en ser un acto de justicia social y por lo tanto debiera ser afrontada con realismo y responsabilidad, tal como ha tenido que plantear el gobierno francés, otrora modelo de políticas populistas que solo generaron a los galos, desempleo y pérdida de competitividad. Esperamos que el nuevo gobierno esté a la altura de las verdaderas demandas sociales. Lampadia