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No funcionó la suspensión perfecta y ahora qué

No funcionó la suspensión perfecta y ahora qué

Germán Lora
Abogado especialista en Derecho Laboral
Para Lampadia

Cuando a mediados del mes de abril, y luego de casi 30 días de una obligada e inmodificable licencia con goce de haber (compensables), el Gobierno creó un nuevo procedimiento de suspensión perfecta en la búsqueda de otorgar un respiro a las entidades empleadoras, todos pensamos que allí podría estar la posibilidad de mantener los puestos de trabajo. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo se ha encargado de regresarnos a la realidad a través de sus resoluciones denegatorias. Entonces ¿ahora qué hacemos?

Las medidas adoptadas por el Gobierno, desde la declaración del Estado de Emergencia Nacional, se plantearon como excepcionales y temporales. Lamentablemente, con el pasar de los días y semanas, nos hemos dado cuenta de que esta coyuntura en la que nos encontramos no será temporal y se convertirá en una nueva normalidad que tomará varios meses más. Han pasado más de tres meses desde que el país se encuentra casi totalmente paralizado, por lo cual es necesario tomar medidas radicales que permitan reactivar la economía, con el objetivo de recuperar los puestos de trabajo perdidos, flexibilizando la contratación de trabajadores en el sector privado. Aproximadamente 2.3 millones de personas se quedaron sin trabajo entre los meses de marzo y mayo, según el INEI.

Frente a situaciones complicadas, debemos tomar medidas extremas. No podemos seguir como estamos. Una de las medidas que planteamos está referida a la “contratación libre” sin la necesidad de justificar una contratación a plazo fijo – es decir por tiempo determinado – con una causa objetiva. En esa línea de ideas, el Ministerio de Trabajo podría elaborar un Decreto Supremo que le otorgue un contenido ad hoc al denominado contrato de emergencia regulado en el artículo 62 del TUO del Decreto Legislativo 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral, el que simplemente lo define como “aquel que se celebra para cubrir las necesidades promovidas por caso fortuito o fuerza mayor coincidiendo su duración con la de la emergencia”. Sería una gran oportunidad.

Es importante recordar que el reglamento del TUO del Decreto Legislativo 728 solo establece lo siguiente con relación al contrato de emergencia: “El caso fortuito o la fuerza mayor en el contrato de emergencia, se configura por su carácter inevitable, imprevisible e irresistible”. Es decir, existe una gran posibilidad en que el Gobierno modifique el reglamento mencionado para poder “crear” un contrato de trabajo temporal necesario para esta emergencia, en la búsqueda de una simplificación – temporal – de la contratación, que converse con la reactivación económica planteada por el Gobierno.

Lo que planteamos es diferente, y necesario desde nuestra perspectiva. Un contrato a plazo determinado, que podría ser utilizado hasta que acabe el 2021, siempre evaluando como va evolucionando la pandemia, en donde el empleador pueda contratar a trabajadores “sin justificar” el contrato con una causa objetiva, como lo exige de forma muy estricta nuestra legislación y nuestros jueces laborales. Introducir este contrato temporal, permitirá no solo que se elimine la incertidumbre antes planteada, sino que, además, al flexibilizar la contratación, los empleadores se verán más dispuestos a contratar, reactivando la economía y beneficiando a miles – o millones – de desempleados, pues además se tratan de relaciones laborales formales.

De una vez por todas nos debemos dar cuenta que la formalización de las relaciones laborales y de los trabajadores, mas que pasar por mayores beneficios laborales, debe representar la protección de la seguridad social (pensiones, salud, desempleo) que hemos extrañado durante la pandemia.

Estos planteamientos, si bien alejan del proteccionismo del Gobierno que ha tenido durante toda la pandemia en favor de los trabajadores y la estabilidad laboral absoluta que venimos padeciendo desde hace más de 20 años, son necesarios para que el empleo se reactive. Si no se da un respiro a los empleadores, con normas que ayuden y no entorpezcan, es muy probable que la tasa de desempleo siga en aumento. Las medidas radicales necesitan llevarse a cabo en una situación tan radical como la es la pandemia del COVID-19. Flexibilizar las normas laborales creemos que es la solución, las cuales no deben entenderse como una desprotección del trabajador, sino como una nivelación de la balanza, permitiendo a los empleadores poder reactivar sus actividades y estabilizarse en una nueva normalidad. Lampadia




Ley de Promoción Agraria propició prosperidad

Ley de Promoción Agraria propició prosperidad

Los beneficios tributarios y laborales provistos por la Ley 27360, más conocida como Ley de Promoción Agraria, han sido artífices de una de las recientes historias de éxito de uno de los sectores económicos de alto valor agregado y empleo intensivo en nuestro país: la agroexportación.

Hagamos un breve repaso de tales beneficios – los cuales abarcan a toda la actividad agropecuaria, no solo a la agroexportación – antes de exponer dicha historia de éxito.

Beneficios provistos por la Ley de Promoción Agraria

Beneficios tributarios  

Beneficios laborales

  • Pago del 15% por concepto de impuesto a la renta.
  • Posibilidad de recuperar anticipadamente el IGV en la etapa preoperativa

 

 
  • Pago de una remuneración diaria (RD), que incluye la CTS y las gratificaciones de julio y diciembre, y que se ajustará en el mismo porcentaje que los incrementos en la remuneración mínima.
  • Descanso por vacaciones remunerado de 15 días calendario.
  • Indemnización por despido arbitrario equivalente a 15 RD por cada año de servicio.
  • Aporte mensual al seguro de salud a cargo del empleador, equivalente a un 4% de la remuneración mensual.

Fuente: Comex

Como lo demuestra el comportamiento de una serie de indicadores económicos y sociales de la actividad agraria en el país, desde la entrada en vigencia de este régimen especial en el año 2001, se ha observado un crecimiento inusitado y exponencial de la agroexportación, algo jamás antes visto en toda nuestra historia republicana. Estos hechos los ha reflejado muy bien la Sociedad de Comercio Exterior – ComexPerú en una reciente presentación que compartimos al final del artículo.

Veamos los indicadores más destacables:

  • Un incremento de la formalidad en el empleo del sector, que ascendió a casi 20 puntos porcentuales en la costa.

  • Posicionamiento de las empresas agrarias entre los principales empleadores a nivel nacional. Entre las empresas del rubro a destacar se encuentran Complejo Agroindustrial Beta (5°), Camposol (7°), Danper Trujillo (8°), Sociedad Agrícola Virú (9°) y Sociedad Agrícola Drokasa (19°).

  • Un aumento considerable de la participación de la mujer en la fuerza laboral del sector, la cual está considerada entre las más altas en toda la economía.

  • Un incremento significativo de la contribución a las arcas del Estado por parte del agro gracias al crecimiento económico experimentado por dicho sector.

  • Un crecimiento exponencial de las agroexportaciones las cuales se multiplicaron por 10 en las últimas dos décadas.

  • Exportaciones que además son altamente productivas, lo cual se sustenta en su formidable capacidad para equilibrar la balanza comercial (ver Lampadia: La Nueva Agricultura Peruana), y por ende, en constituirse como importantes fuentes de divisas. Así, en el Perú usamos tan solo 180,000 hectáreas de cultivo de productos agroindustriales, a cambio de 2’570,000 hectáreas de cultivo en productos tradicionales que se cultivan en el resto del mundo, lo cual nos hace 14 veces más productivos respecto al resto del globo en este rubro.

  • Ello sin mencionar nuestro posicionamiento como líderes mundiales en varios de los mercados internacionales de agroexportación.

Sin embargo, a pesar de todo este círculo virtuoso de prosperidad en términos de crecimiento del empleo formal, de los ingresos tributarios, de las agroexportaciones e inclusive un mayor empoderamiento de la mujer en el ámbito laboral, muchos de nuestros políticos siguen haciéndose de la vista gorda y no discuten la permanencia de dicho régimen especial.

Así, recientemente se vienen discutiendo algunos cambios a la ley, así como su prórroga por 10 años más, a propósito del dictamen emitido por el Ministerio de Agricultura y Riego (en adelante, Minagri); sin embargo, ambas iniciativas no están encausadas hacia lo que debiera ser por amplio margen la prioridad de este sector: la vigencia permanente del régimen especial agrario.

Según cálculos de ComexPerú, la renovación de la Ley de Promoción Agraria, dándole un horizonte de largo plazo, permitiría alcanzar un millón de puestos de trabajo directos y dos millones de puestos indirectos, en un sector (agroexportación) que además representa el 3% del PBI y el 11.4% del trabajo formal del sector privado. Asimismo, permitirá:

  • Duplicar el empleo formal en los próximos 5 años.
  • Potenciar los beneficios para los peruanos en las zonas más alejadas del país ej. Inversiones de palmito en selva (Amazonas).
  • Acercar al ciudadano oportunidades de empleo y esperanza de un futuro mejor.
  • Otorgar seguridad jurídica y predictibilidad a las inversiones para asegurar la ejecución de los proyectos de irrigación.
  • Consolidar al Perú como potencia agroexportadora y proveedor de alimentos a nivel global.

Por otra parte, es menester señalar que entre los aciertos de esta discusión impulsada por el Minagri, es que la ministra ha mostrado la intención de hacer efectiva su aplicación al sector forestal y acuícola. Consideramos que de darse tal suceso, se promovería una mayor dinámica económica a ambos sectores, cuyo enorme potencial aún ha sido poco explorado por nuestras autoridades, en particular, el sector forestal.

Lamentablemente la ministra ha declarado: “El dictamen es por 10 años y nosotros hemos conversado con el Congreso, porque lo que tenemos que encontrar es un régimen, que vaya acercándose al general, porque ya sabemos que es temporal”.

Lo que quiere decir que Fabiola Muñoz no entiende la importancia del sector para las más caras necesidades del país, empleo y formalización.

Esperamos que la discusión en torno a la vigencia permanente del régimen especial agrario pueda ser ponderada en las sesiones próximas que se darán en el Congreso. Aún estamos a tiempo de seguir generando desarrollo en el sector que más empleo genera en nuestro país. Lampadia

A continuación, compartimos la presentación completa elaborada por ComexPerú respecto del éxito del sector agroexportación en las últimas dos décadas.