El Comercio, 17 de mayo de 2016
La autonomía del banco central es crucial para asegurar que la política monetaria se oriente hacia la estabilidad de precios
En el Perú, la estabilidad macroeconómica, condición necesaria para lograr un crecimiento sostenido, se ha ido consolidando por el desarrollo de un diseño institucional apropiado.
En el primer caso, la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal ha inducido un manejo disciplinado de las finanzas públicas. Por el lado monetario, un banco central autónomo y con el objetivo único de estabilidad de precios ha sido fundamental para mantener la inflación bajo control.
El esquema legal bajo el que opera el BCR recoge una tendencia global sobre banca central que viene desde los ochenta. A inicios de esa década, la evidencia y los desarrollos teóricos llevaron al convencimiento de que bancos centrales con objetivos múltiples (control de la inflación, pero también crecimiento o empleo) imprimían un “sesgo inflacionario” sobre la economía.
Como solución a este problema, en un entorno de insatisfacción con los resultados de la política monetaria para estabilizar el ciclo económico y contener las presiones inflacionarias, los bancos centrales de diversos países industrializados se reformaron para convertirlos en entidades autónomas y con mandatos explícitos de estabilidad de precios.
La evidencia a favor de este tipo de arreglo institucional para las autoridades monetarias fue contundente: economías con bancos centrales de este tipo registran tasas de inflación más bajas sin que ello genere una mayor volatilidad sobre otras variables económicas.
La autonomía del banco central es crucial para asegurar que la política monetaria se oriente hacia la estabilidad de precios, y evitar presiones para privilegiar otros objetivos que no puede alcanzar (por ejemplo, acelerar permanentemente el crecimiento).
En el caso del BCR, su autonomía está garantizada por prohibiciones señaladas en el artículo 84 de la Constitución y en su ley orgánica, como conceder préstamos al Tesoro. Esta ley también señala algo muy importante: el BCR tiene autonomía presupuestal.
Así, el esquema legal bajo el que opera el BCR protege su independencia. Por ello, resulta sorprendente que el Tribunal Constitucional haya establecido que debe ser considerado dentro del ámbito de las instituciones públicas que están bajo Servir, la entidad encargada de la gestión del personal al servicio del Estado. Dado que Servir está adscrita a la PCM, un órgano del Poder Ejecutivo, ¿no afecta esta decisión la autonomía del BCR?
Servir es parte de una reforma que busca mejorar la administración pública, vinculando criterios meritocráticos con mejoras salariales y ascensos. Pero ¿no tiene el BCR el mejor programa de selección de personal del sector público (el Curso de Verano) que se basa sobre criterios de desempeño y que ha permitido consolidar una institución con un alto nivel de capital humano?
El BCR debe responder con flexibilidad a un entorno altamente cambiante. ¿Qué ocurriría si los parámetros de Servir no le permitiesen contratar el personal requerido?
Las reformas dentro de la administración pública deben realizarse para mejorar las cosas, no para deshacer lo que viene funcionando muy bien.